¿Seguridad social y devaluación?


¿Podrá coexistir exitosamente la Seguridad Social y las sucesivas devaluaciones del bolívar en Venezuela? La Constitución de 1999 en su artículo 86 contempla el derecho de todos los venezolanos a la seguridad social como un servicio público de carácter no lucrativo que asegure la salud y la contingencia de maternidad, paternidad, enfermedad, invalidez, enfermedades catastróficas, discapacidad, necesidades especiales, riesgos laborales, pérdida de empleo, desempleo, vejez, viudedad, orfandad, vivienda y cargas familiares. Visto en este concepto tan amplio, la Asamblea Nacional ha creado una comisión para redactar la ley bajo los siguientes sub-sistemas: 1) sub-sistema de salud; 2) sub-sistema de pensiones; 3) sub-sistema de paro forzoso; 4) sub-sistema de riesgos laborales; y 5) sub-sistema de vivienda. La Asamblea Nacional ha decretado en varias oportunidades "vacatio leyis" que han diferido la redacción y aprobación de esta urgente ley. Venezuela ha esperado con ansiedad la aprobación de la Ley de Seguridad Social. Esta Ley no fue incluida en el grupo de las 49 leyes de la Habilitante, precisamente para dejar a la Asamblea y a todos los sectores de las fuerzas vivas del país el espacio de la concertación en este polémico tema. Pero, ¿qué ha sucedido desde el año 2000 hasta el presente?


Existen básicamente tres sistemas de seguridad social imperantes en el mundo actual. El sistema de capitalización individual, el cual se instauró en Chile y depende de los aportes de cada persona hasta acumular un mínimo establecido. El sistema de capitalización colectivo, el cual se instauró en Uruguay y se parece mucho al vigente del IVSS de nuestro país. El sistema de capitalización mixta, que contempla ambos sistemas anteriores, o sea el de capitalización individual y el de capitalización colectiva. Todas estas variantes han tenido problemas básicamente por la gran concentración del capital de garantía del Fondo de Seguridad Social. Los Estados ricos tienden a un fondo de capitalización colectiva, mientras que los países donde el Estado no es rico, recurre a fondos de capitalización individuales o capitalización mixta.


Siendo Venezuela un país de inmensos recursos, el sistema de Seguridad Social que ha imperado es el sistema de capitalización colectiva a través del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales. Pero la Ley de creación del IVSS solo ha abarcado de manera insuficiente todos los subsistemas de estudio de la Asamblea Nacional mencionados anteriormente, de los cuales el subsistema de vivienda es atendido de manera atomizada e imperfecta por otros entes del Estado y con otras leyes, entre las cuales podemos mencionar la Ley de Política Habitacional. Por esta razón se requiere que la nueva Ley de Seguridad Social abarque los cinco subsistemas de estudio creados por la Asamblea Nacional, para así atender de manera cabal e integral lo expresado en el Artículo 86 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. De todos los sistemas imperantes actualmente en el mundo sugerimos entonces que la Asamblea Nacional debe considerar la Ley de Seguridad Social de capitalización colectiva obligatoria para el sector público y para el sector privado, por la experiencia acumulada en Venezuela durante muchas décadas.


El actual gobierno del Presidente Chávez heredó una inmensa deuda social la cual ha comenzado a cancelar poco a poco de acuerdo a las posibilidades. Buena parte de esa deuda social que tiene el Estado con los trabajadores se refiere a la Seguridad Social. No son solo los trabajadores del sector público los incluidos en esa deuda. También los trabajadores del sector privado son acreedores de esa deuda social. La Seguridad Social debe cubrir a la totalidad de los venezolanos. Ahora, ¿cómo garantizar un Fondo que sirva de garantía para que sea eficaz la Seguridad Social? ¿Cómo evitar que las nefastas y continuadas políticas devaluacionistas de nuestro signo monetario afecten el éxito del Sistema de Seguridad Social todavía pendiente de aprobación por la Asamblea Nacional? Para lograr esto sugerimos que la creación de un fondo estable para que la capitalización no se diluya con las devaluaciones que hemos sufrido en los últimos 20 años. Pero además, ese fondo debe garantizar que no sea desviado para otros fines como ha ocurrido en el pasado. Para ello es necesario que el fondo de reserva o reaseguro y los aportes (de los trabajadores y patronos) a ese Fondo sean en moneda dura, o sea moneda no devaluable.


El destino y finalidad de las reservas internacionales que centraliza y administra el BCV se pueden resumir en: 1) garantizar la cobertura de los compromisos internacionales de la República; 2) apoyar la política monetaria para lograr la estabilidad cambiaria; 3) abaratar los costos financieros por la favorable percepción del riesgo país en los mercados internacionales; y 4) a cubrir las contingencias, o sea minimizar los riesgos relativos a la interrupción de los flujos de ingresos externos, por la volatilidad de los ingresos por exportaciones y los términos de intercambio de los flujos de capitales. Todos sabemos que esas reservas internacionales de la República están integradas por las reservas operativas (en divisas) y las llamadas reservas no operativas. Las reservas no operativas constituyen en la actualidad el 28% de la totalidad de las reservas internacionales de Venezuela (actualmente en 22.4 millardos de dólares) y que aproximadamente montan 6,3 millardos de dólares estadounidenses. Estas reservas no operativas están constituidas por oro monetario, oro en lingotes y otros activos que merecen la calificación de no operativos.


Si la Asamblea Nacional legisla una Ley de Seguridad Social de capitalización colectiva, con un Fondo (de partida) de 6,3 millardos de dólares correspondiente a esas "reservas no operativas" (que de paso no son movilizables), se crearía así una garantía real para el Fondo de Seguridad Social de los 24 millones de venezolanos actuales. De esta manera se cubriría la contingencia de interrupción del flujo de ingresos internacionales de la República por las exportaciones. Este Fondo funcionaría como una especie de Fondo de Reaseguro para que el BCV provea los fondos internos en bolívares que atiendan las necesidades de esa Ley de Seguridad Social. Ahora, ¿cómo se garantizaría que los aportes a ese fondo sean en moneda dura o no devaluable? Una solución sería que esos aportes sean en unidades tributarias (U.T.) las cuales anualmente son actualizadas por el SENIAT como base de medida de los impuestos que por la Ley de ISLR es obligatoria para todos. Claro, esta medida significaría una indexación de los salarios de los venezolanos y afectaría los contratos colectivos públicos y privados. Esta solución si sería verdaderamente revolucionaria. Este punto levantaría serias polémicas, pero explicaremos cuales son las ventajas.


La principal ventaja o beneficio de la utilización de U.T. como medida de los salarios y los aportes al Fondo de Seguridad Social es que obligaría al Gobierno Nacional a detener la política devaluacionista que nos ha empobrecido de manera sostenida en los últimos lustros. Si hay devaluación del bolívar, los salarios y las prestaciones sociales se indexarían automáticamente. Si no hay devaluación, no pasa nada y si el gobierno cree conveniente revaluar el bolívar, significaría una disminución del valor en bolívares de la U.T., una disminución de los salarios y su valor asociado en bolívares, pero el aporte al Fondo de Seguridad Social se mantiene estable, sin sufrir variaciones. ¿Preguntémonos ahora si de esta manera el gobierno sería tentado a devaluar? ¿No lo pensaría acaso más de una vez antes de hacerlo? Creemos que así se aseguraría la estabilidad de nuestra moneda y se haría justicia con la política humanista y social reflejada en la Constitución de 1999.


Como ven amigos lectores, con este escenario se demuestra que el Fondo de Seguridad Social así concebido garantizaría la adecuada eficiencia y eficacia de la Ley de Seguridad Social a aprobar por la Asamblea. Esta es una alternativa bolivariana para el bienestar de todos. El Fondo garantizado con las reservas no operativas del BCV está asegurado en moneda dura. Con esta garantía se impediría las tentaciones de "ponerle la mano" ante contingencias, si así es mencionado en la Ley de Seguridad Social a aprobar por la Asamblea. De esta manera se garantizaría la mejor rentabilidad de esos depósitos para beneficio de todos los venezolanos, sin exclusiones. Se alejaría las tentaciones de los grandes grupos trasnacionales por ese capital para el usufructo de su rentabilidad, dado que la Constitución señala expresamente que es un servicio público de carácter no lucrativo. La Ley de Seguridad Social deberá cubrir todos los subsistemas, por lo cual tiene implicancias también de modificar otras leyes, entre las cuales está la Ley del IVSS, la Ley de Política Habitacional, la Ley del BCV y otras mas. Así poco a poco se van adaptando las viejas leyes de la Constitución de 1961 a la Constitución de 1999.


En los países desarrollados sus leyes de seguridad social son muy costosas, a tal punto que compromete cantidades enormes de dinero que han causado déficit internos realmente importantes. En los EEUU la seguridad social ha sido responsable de un déficit interno que condujo a una deuda interna impagable por su enorme cantidad. Lo mismo ha ocurrido en los países europeos. La causa principal de este enorme déficit interno ha sido el aumento de la población que no cotiza y el aumento de la vida promedio de sus habitantes, que en algunos casos supera los 80 años. Este hecho y la disminución de la población joven por el bajo crecimiento de la poblacional ha ocasionado que los aportes realizados a los sistemas de capitalización vigentes en cada país, son muy cortos en relación a los beneficios que reciben. Así pues en esos países hay jubilados con 60 años de edad, que cotizaron 25 años y reciben beneficios por un promedio de 30 años después de jubilarse. En algunas de esas sociedades de países desarrollados, como por ejemplo Alemania, la población decrece año a año, o sea tienen tasa negativas de crecimiento. Son pueblos llenos de viejos y con muy pocos jóvenes que aporten a esos sistemas de capitalización colectivos. La solución ha sido crear otros impuestos para cubrir ese déficit, y unas políticas inmigratorias selectivas, para invertir esa tendencia. Nuestra Venezuela afortunadamente está lejos de esa situación. Nuestro pueblo es esencialmente joven, con tasas de crecimiento anual superior al 2,5% sostenible por lo menos hasta la segunda década de este siglo que estamos comenzando.


Solo el manejo de estos fondos de seguridad social produciría beneficios de tal magnitud que representaría varias veces el ingreso petrolero anual del país. En Chile el fondo de capitalización individual alcanza la cifra de 35 millardos de dólares. En nuestro país con 24 millones de ciudadanos no es extraño que dicho fondo llegue a alcanzar más del triple de esta cantidad. Este es el punto más importante de la diatriba entre el oficialismo y la oposición. Creemos con razón que dentro del sector oficialista hay reticencia para que el sector privado maneje esos inmensos recursos. Por otro lado por parte del sector privado hay desconfianza para que el sector oficial maneje los mismos recursos, dada las malas experiencias de los gobiernos de las últimas décadas que han desbancado ese fondo. En el resumen, el sector privado aspira administrar ese fondo de 100 millardos de dólares de la seguridad social. El manejo de esa cantidad de dinero le otorgaría ingresos de por lo menos 5 millardos de dólares anuales sin ningún riesgo y sin ninguna inversión, aparte de lo que significa administrar el servicio de salud de 24 millones de personas. Estamos hablando de un negocio que supera los 20 millardos de dólares anuales. ¿Entienden los amigos lectores el por qué del interés de la oposición y la diatriba política? ¿Entienden por qué de ha demorado la aprobación de la Ley de Seguridad Social en la Asamblea Nacional? ¿Pueden entender los lectores cual es el interés de los grupos opositores más recalcitrantes a que se apruebe el sistema de capitalización individual o mixto, y no el de capitalización colectiva administrado por el Estado? Finalmente, ¿se puede entender que con el ejercicio de esta propuesta se crearía un poderoso freno a la nefasta política devaluacionista que nos ha empobrecido a los venezolanos de manera sostenida e incremental?

jairolarottas@cantv.net



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Jairo Larotta Sánchez

Ingeniero Civil UCV 1970, Magister Scientiarum Ingeniería Sismo Resistente IMME-UCV 1976, postgrado en UNAM Mexico, UC Berkeley (1974-77). Amplia experiencia en dirección, gerencia en empresas de ingeniería en el área petrolera e industrial. Consultor y asesor de 11 empresas privadas y asesor de Ministerio de la Vivienda y Ministerio del Ambiente (1988-2014), patólogo de estructuras (2005-actual). Construcción de edificios residenciales, centros comerciales, estaciones de metro, naves industriales (1979-86). Secretario Ejecutivo de FUNVISIS (1975-79). Once publicaciones científicas en congresos nacionales y mundiales sobre ingeniería sísmica (1972-77). Más de 120 artículos en Venezuela y exterior sobre monetarismo y macroeconomía (2003-actual). Orador en conferencias, foros, entrevistas por radio y TV sobre macroeconomía geoestratégica, creador del bolivar oro divisa y criptodivisa oficial asociada para venta de hidrocarburos, productos no petroleros, compra de bienes y servicios foráneos (2005-actual). Libros publicados: coautor de "Cien años de compañía", Editorial Don Bosco, Caracas 2006; autor de "El síndrome de la piñata en la idiosincrasia del venezolano", Editorial Dictus Publishing, Saarbüken, Deutschland (2014) ISBN- 978-3-8473-8853-1

 jairolarottas@gmail.com

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