Los Derechos Humanos i el proceso revolucionario bolivariano (IV)

Como sabemos, los Derechos Humanos cuando empezaron a contemplarse en el campo internacional, se concretaban a derechos poco humanos, a regularización de la guerra i no de la paz, i era llamativo, por ejemplo, que lo primero que se mencionara fuese el Derecho a la vida, aspecto que ha venido explotando especialmente la iglesia, pero que desde un principio, ese derecho i el de la libertad del hombre, estaba supeditado al Estado, naturalmente frente a los intereses económicos de las guerras. La vida i la libertad eran inviolables, mientras no se tratara de “defender la patria” por lo cual el Estado podía disponer, como vimos en las dos grandes guerras mundiales, de la vida i el destino de la juventud más sana i fuerte, para ir al frente de batalla. Estaban en el deber de entregar en plena juventud la vida, absolutamente sanos; la odontología progresó muchísimo desde entonces, pues para ir a morir, no se podía tener ni caries dentales. Habían pasado los tiempos en los cuales, los Jefes de una nación, iban al frente de sus ejércitos. Ahora, mientras millones pueden morir en una guerra que la ciencia i la tecnología han hecho más cruel que nunca, los jefes de estado pueden estar jugando golf, bebiendo champaña o en amorosas relaciones sexuales. La muerte, como dice en uno de sus cuartetos en Pasatiempo, Mario Benedetti, es “la de los otros”.

Por esto, los autores, señalan etapas o generaciones de los Derechos Humanos, ahora identificados para comodidad, por las siglas DDHH. En la época de las revoluciones de independencia, desde el siglo XVIII en adelante, se empezaron a hablar de los derechos civiles i políticos, pese a que, sin embargo, todo queda en el papel de declaraciones o proclamas; por eso en nuestra independencia, España los ignoró tanto que, el Libertador, desde la Campaña Admirable, tuvo que dar en respuesta de desquite, porque no se cumplió ni se respetó ningún derecho, aquel Decreto de Guerra a Muerte en Trujillo.

En la siguiente etapa generacional, tiempo de las revoluciones nacionalistas i socialistas, se habla entonces de derechos económicos, sociales i culturales. La Revolución Francesa había exaltado principios de convivencia política, libertad, igualdad, fraternidad que iniciada por los desposeídos, fue tomada de comienzo por los patricios hasta pasar al pueblo, dando origen a la frase de Chateubriand: "los patricios empezaron la Revolución; los plebeyos la acabaron”. Parecía entonces que, los derechos solamente estaban en las clases altas i poderosas; la sumisión o la esclavitud en las clases populares i humildes. Cada nueva etapa, propiciada por los cambios de la estructura política de los pueblos, permitía conocer o anhelar nuevos derechos, por lo cual se sumaron luego los derechos colectivos i de los pueblos, aunque igualmente en teoría; todo obligaba a luchar por alcanzarlos.

Entonces, el desarrollo industrial i post industrial, el desarrollo de las universidades i numerosas nuevas instituciones, las lecciones de la historia con sus letras de sangre i de muerte en muchas guerras, el progreso de la ciencia, la tecnología i el pensamiento filosófico i ético –aunque no patrimonio de muchos ha llevado a pensar en todos los derechos posibles, desde la vida sobre el planeta, hasta los derechos de las generaciones futuras, de los animales, del sistema ecológico o, de nuevos por el acicate de la ciencia i la filosofía, a revisar nuestros propios derechos, el derecho de la mujer sobre su cuerpo, el derecho del hombre a decidir totalmente su destino, incluyendo la manera de morir.

Así nació la promulgación de los Derechos del Hombre en 1948, pero con las deficiencias que luego fuimos agregando en los años 50, 66 i 69, siempre con la esperanza de no quedarse en el papel, o de vigencia exclusiva para los ricos i poderosos. En la Asamblea Nacional Constituyente, me tocó luchar por muchos derechos en el campo biológico, en el de la medicina i especialmente sobre los derechos de la mujer, afortunadamente atendido mi esfuerzo, por una publicación titulada LOS DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS EN LA NUEVA CONSTITUCIÓN VENEZOLANA, coordinada por Mercedes Muñoz i un grupo de investigadoras. Esas señoras estuvieron en los corredores del Palacio Legislativo, luchando con sus mesas llenas de libros, folletos, consignas, pancartas, afiches, etc., hasta que fueron desplazadas del sitio, por influencia del tristemente célebre Cardenal Velasco, en combinación con el Traidor Mayor Luis Miquilena. En la Constituyente, cuando ignorantes del problema del aborto, como lo eran i son todavía, Olavaria i H.Escarrá, éste último me incluyó en sus intervenciones, entre los “partidarios de la muerte” i cómo contesté con dos folletos que repartí en la Asamblea, jamás se atrevió a acercárseme. Son ejemplos típicos, de los que yo llamo los deshonestos intelectuales.

El Pacto Internacional de las Naciones Unidas en 1966, incluye en los derechos civiles i políticos –expone Valencia Villa “el derecho a la libre determinación de los pueblo, los derechos de los detenidos y condenados, los derechos de los niños y los derechos de las minorías étnicas, religiosas y lingüísticas. Y la Convención Americana o Pacto de San José de Costa Rica, adoptado por la Organización de Estados Americanos en 1969, añade el Derecho a la integridad personal, el derecho a la rectificación o respuesta y el derecho al nombre”. Prácticamente todos estos derechos, están contemplados en nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, i se cumplen, pese a las violaciones que propicia la oposición, con el respaldo de los Estados Unidos, el país que más viola TODOS LOS DDHH en el mundo i apoya su violación en otros países, cuando conviene a sus intereses económicos, subyugantes i terroristas, en búsqueda de las riquezas ajenas. Para demostrar estas verdades, simplemente tenemos que fijar la atención en lo que hace en Irak en los momentos actuales, lo que pretende hacer en Venezuela i, en cuanto al derecho a la integridad de las personas, a los detenidos i condenados (porque es el país que más aplica la PENA DE MUERTE) solamente hai que mirar hacia Guantánamo (espacio arbitrariamente tomado en Cuba) o ver cómo en el Congreso Norteamericano, un parlamentario (ese que condecoró el Congreso colombiano) sencillamente pide que se asesine al presidente Castro i quizá otros, de los que se opongan al azote imperialista. Veamos: en 1948 en Convención, se aprobó la prevención i sanción de delito de genocidio. Citemos las más recientes: Afganistán e Irak. En 1965, la eliminación de todas las formas de discriminación social: solamente hai que mirar hacia los Estados Unidos; allí brillan todas. En 1973, la represión i los crímenes del “apartheid” i ya sabemos su historia; también todas las formas de discriminación contra la mujer (1979) i actualmente vemos las protestas contra el troglodita Bush, respecto al problema del aborto. En 1985 de aprobó lo fundamental sobre los derechos del niño; hubo dos países que no suscribieron el acuerdo: USA i Somalia. En 1985, también nació un Protocolo contra la tortura i la pena de muerte; los Estados Unidos ni lo toma en cuenta. En tres ocasiones en las Naciones Unidas, se ha aprobado la suspensión del infame bloqueo al pueblo cubano, con votaciones de 197 contra tres votos en contra, pero allí sigue la terrible vergüenza. En 1990, la Convención sobre la desaparición forzada de las personas; en Estados Unidos, después de la tragedia de las Torres Gemelas, han desaparecido miles de miles de árabes, detenidos sin justificación alguna: simplemente por ser árabes. I finalmente recordemos, ahora que algunos estúpidos claman por aplicar la Carta de la OEA a Venezuela ¿De parte de cuál país se puso la OEA, cuando la guerra de Las Malvinas? Conclusión: ¿con qué autoridad moral, política, jurídica i ética, el primer país terrorista del mundo, puede hablar de Derechos Humanos?


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Roberto Jimenez Maggiolo


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