Fueron los ejecutivos, los capitales y la capacidad tecnológica y administrativa de las empresas transnacionales, principalmente de Estados Unidos, las que incursionaron en los suelos de nuestra América e hicieron dependientes nuestras economías, hasta tal punto que en “los dos últimos decenios, ha eclipsado la asistencia oficial al desarrollo. De un tercio a la mitad de toda la inversión privada en los países en desarrollo procede ahora de la IDE”, Inversión Directa Extranjera1.
En la cotidianidad socio-económica de las Américas, estas empresas fueron estructurando los lineamientos del modelo de desarrollo a seguir por nuestros gobiernos y las burguesías nacionales, así como la ideología necesaria donde soportar lo que más tarde se denominó Doctrina Monroe; por ello, bajo estos supuestos, el actual candidato a la presidencia de los Estados Unidos, Lyndon H. LaRouche, afirma su vigencia “John Quince Adams, cuyo diseño de la Doctrina Monroe definió la política exterior estadounidense en defensa de la soberanía de las naciones Estados de las Américas, contra la intromisión tanto de la monarquía británica como de las potencias continentales de la Santa Alianza”2.
Esta doctrina, según varios especialistas, es la base política de lo que hoy se conoce como Área del Libre Comercio para las Américas (ALCA) o simplemente de los Tratados de Libre Comercio (TLC), pero consideramos que dicha apreciación es también valida para el Plan Puebla Panamá (PPP) y para la Integración de la Infraestructura Regional Sur Americana (IIRSA), es por ello, siguiendo ese mismo orden de ideas el candidato LaRouche señala la vigencia de los proyectos ferroviarios que ya desde 1898 promovía el presidente de Estados Unidos William McKinley para “conectar América del Norte y del Sur”2, de tal manera que podríamos afirmar que esta visión imperial es hoy unos de los primeros antecedentes de la infraestructura presentada en los proyectos PPP/TLC/ALCA para México y América Central e IIRSA/TLC/ALCA para América del Sur.
Pero fueron los llamados “Ajustes Estructurales” impuestos a los países en desarrollo por el BM y FMI bajo los intereses de Estados Unidos, el Acuerdo General sobre Comercio y Aranceles (GATT) y la creación de la OMC unos de los antecedentes más cercanos de los llamados TLC o ALCA. Según Geoff Nettleton: Por recomendación y financiamiento del Banco Mundial, entre 1988 y 1993, se había generado ya 270 mil millones de dólares americanos por las ventas de las empresas mineras estadales financiadas, se había debilitado el control y la influencia del Estado, así mismo la “Liberación” en los países de sus leyes mineras para ofrecer diversos incentivos y menores restricciones a los inversionistas privados mineros, tales como: a) Facilidad de acceso a los proyectos mineros, b) Derechos garantizados para pasar de la prospección a la actividad minera, c) Pagos reducidos o participación del Estado y d) Libre repatriación de los beneficios.
Existe una base material que coadyuva a que los Estados ricos en minerales tomen este camino: a) Aminorar su deuda externa y su desequilibrio comercial y b) Gobierno que no presenta contratos cada vez más atractivos, las empresas amenazan con retirarse del país o reducir sus actividades3.
La estrategia del Banco Mundial para la regulación minera mundial se basó en una investigación realizada en África (Banco Mundial, 1992, Documento Técnico Nº 181, Estrategia para la Minería Africana). Las leyes e incentivos para atraer a los inversores surgieron de las propuestas que señalaron los mismos inversores mineros, pues se le pidió que ellos señalaran los cambios que les satisfarían3.
Pero es a través del Estado norteamericano y de su gobierno democrático empresarial como los capitales estadounidenses están logrando encerrar a todos los países de las Américas en un sólo marco contractual de comercio liberal, llámese TLC o ALCA, pues de manera individual no podían del todo controlar.
Desde el control del Estado norteamericano, los empresarios logran compactar una política única de libre comercio acompañada de toda una estrategia de hegemonía imperial, ya que cuentan con un aguerrido aparato diplomático y con las acciones legales e incubiertas del Comando Sur y sus bases militares esparcidas por distintos puntos estratégicos correspondientes a la ubicación de los recursos naturales y lugares de desarrollo exógenos donde se cocinan los bastos negocios de infraestructuras y el nuevo modelo de endeudamiento a asumir por los gobiernos de la región al aceptar como suya la construcción de la compleja infraestructura impuesta por los doces Ejes de Integración desde las recomendaciones del BID, la CAF o el BM para América del Sur (IIRSA) o el Plan Puebla Panamá (PPP). Pero la otra cara de la moneda es que estas aspiraciones imperiales se hacen realidad gracias a coordinación complaciente, a espalda de los intereses populares, de la mayoría de los gobiernos y de las burguesías criollas que han hecho posible que “la globalización económica se está imbricando en nuestros sistemas de producción, en nuestra legislación, y en nuestras costumbres”4.
En nuestro caso, como país andino, estamos ubicados dentro de del Eje de Integración Andino (IIRSA) y de la lógica expancionista comercial militar que dinamiza el Plan Colombia, para el control de los bastos recursos naturales energéticos y biológicos, por ello la necesaria tarea popular de cuidar para las generaciones venideras nuestros únicos recursos, que desde la óptica de la globalización pose importancia comercial.
El 52% del total de las exportaciones de la Comunidad Andina consisten en productos generadores de energía, tales como el petróleo, carbón y gas5, además representan el 25% de la biodiversidad del mundo, 20% del agua del planeta (incluyendo a Brasil), 4 veces la reservas de petróleo de los Estados Unidos, 8 veces las reservas de petróleo del Mercosur, 74% de las reservas de gas natural de América Latina y 75% de la producción de carbón de América Latina6.
El modelo de desarrollo impuesto en nuestra América hasta hoy sigue siendo el de centro-periferia, y así lo concibe los modernos TLC o el ALCA, que no han podido superar la visión de explotación binomio tierra-campesino/indígena, el deshumanizado urbanismo y la depredadora extracción de recursos naturales; son pocos los países en la región que han podido superar la brutal exportación de grandes volúmenes de materia prima o de simple manufactura. Estas economías o las que han logrado algún nivel de industrialización como México, Argentina o Brasil terminan también encerradas en la pobreza del pueblo dada la “transferencia crónicas de excedente de la periferia del sistema hacia los países desarrollados, como expresión de la dialéctica de desigualdad establecida en las relaciones económicas internacionales”7.
Deterioro ambiental en los TLC
Con los TLC o el TLCAN, o con el ALCA, el viejo modelo de desarrollo se termina de inclinar a 160º a favor del capital, mejor dicho, de la visión comercial anglosajona, haciendo que todo jurídicamente se transforme en mercancía, y se disparará, de esta manera, la recolonización de las Américas, solo que en esta oportunidad todo será a la manera anglosajona.
El imperio necesita reorganizar la estructura y la superestructura de las Américas de tal manera que se propone a través del pensamiento único homogenizar la diferenciada compleja red cultural aún existente en esta otra parte del mundo considerada por ello su “patio trasero”, entronizar una serie de normas jurídicas, administrativas y aduanales que limite las soberanía de cada uno de estos países enmarcadas en la tutela de un sólo Estado y un sólo comercio posible.
Pero estos acuerdos llamados TLC o ALCA de nada sirven si no se posee la manera más expedita de transportarlos a los Estados Unidos, y por estas misma infraestructura a construir enviar sus exportaciones subsidiadas, así mismo determinar con precisión en donde y por donde montar sus tecnología de punta en la telecomunicación, de fibras óptica, tendidos eléctricos, privatización del agua o de la biodiversidad, siembra de semillas transgénicas, plantaciones, etc.
Los TLC o el ALCA requieren obligatoriamente el PPP y la IIRSA, son dos caras de una misma moneda, es más, hoy con los niveles de desarrollo jurídicos y de comercio neoliberal presentes en las Américas, la IIRSA y el PPP por si solos pueden funcionar dado que los enormes volúmenes de materia prima a trasladar lo exige con urgencia, principalmente combustibles fósiles, así como se necesitó con urgencia controlar los de Afganistán e Irak. Recuerde que Estados Unidos para mantener su estándar de vida y sus nivelas de industrialización necesita superar los 2 millones y medio de barriles de petróleo diario y las 800 millones de toneladas métricas de carbón que anualmente consume.
Los TLC o el ALCA necesitan principalmente minimizar o eliminar por completo cualquier obstáculo que les limite la extracción de materia prima, o la instalación y funcionamiento de nuevos mercados e industria en las Américas. Son las leyes o decretos ambientales, más que las constituciones de los países, el principal bastión de resistencia jurídica con la que cuenta la población, tal como fue el caso de San Luis Potosí, México4.
Afirma la Comisión para la Cooperación Ambiental-CCA (1994) derivada del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte-ACAAN, con el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) se ha puesto de bulto que es en el manejo jurídico del ambiente donde se encuentran las mayores lagunas estructurales, y todo indica que sus soluciones conceptual-jurídicas se encontraran a través de los años: “La evaluación de los efectos del comercio, la liberalización comercial y los tratados comerciales sobre el medio ambiente es una tarea difícil (…) Se han propuesto muchos métodos para analizar minuciosamente la relación medio ambiente-comercio (…) pero no hay una respuesta absoluta a la interrogante de si el comercio ayuda o daña los esfuerzos para la protección ambiental (…) Un problema de la liberalización comercial es que, en la medida que el comercio crea problemas ambientales, la mayor actividad comercial crea más problemas”8.
Algunas de las principales observaciones ambientales a los TLC o al ALCA son que, por sus fallas estructurales existentes entre la relación de los conceptos ambiente-libre comercio, se conviertan los países llamados en vía de desarrollo en “refugio de la contaminación”, llamado también “efecto estructural” o “efecto indirecto”: “el comercio puede alentar a las industrias “contaminantes” a ubicar sus instalaciones en países donde los estándares ambientales son bajos o débiles en cuanto a su aplicación”, o el “efectos de escala” o “amplificador”: “los productores aumentan su producción para satisfacer una mayor demanda de los mercados externos”, o simplemente “el daño ambiental no se “internalice,” es decir, que los costos de los problemas ambientales no recaigan sobre aquellos que crearon el problema”8. En todo caso, en esta relación se “evidencian la supremacía de los criterios comerciales por encima de cualquier otro, incluso a nivel internacional”4. A este nivel de la problemática, para paliar la situación, hay empresarios, que coinciden con los ecologistas, en que se “internalicen los costos de los daños ambientales que están provocando”, de tal manera que se aplique el “principio del que contamina paga”8.
El capítulo 11 del TLCAN
El Instituto International de Desarrollo Sustentable (International Institute for Sustainble Development-iisd), afirma que el TLCAN “contiene un amplio procedimiento de solución de controversias entre el inversionista y el Estado, que les da a los inversionistas extranjeros el derecho de desafiar directamente a los gobiernos receptores en su cumplimiento del Tratado”, de allí que “el Capítulo 11 del TLC se han usado repetidamente para desafiar las leyes ambientales y decisiones administrativas del país receptor (...) contiene el conjunto más amplio de derechos y correctivos que se haya ofrecido nunca a inversionistas extranjeros en un acuerdo internacional”1.
Los procedimientos para plantear diferencias o demandas tienen dos características de fondo:
1. “El procedimiento permite a los inversionistas extranjeros soslayar las salvaguardas procesales o del interés público favoreciendo un sistema no transparente y sigiloso de arbitraje, sin derecho de apelación. Aunque es algo común en áreas puramente comerciales donde sólo está en juego un interés pecuniario”.
2. “El derecho a entablar una demanda no está trabado por ninguna necesidad de consentimiento de las Partes”1.
Denuncia el Instituto International de Desarrollo Sustentable que una demanda resulta un costo moderado para la firma comercial, con un enorme costo potencial para el gobierno “iniciar esos procesos resulta virtualmente sin costos para las grandes empresas, ya que cuesta literalmente unos pocos miles de dólares preparar una nota de intención de recurrir a arbitraje, con la que se inicia el proceso y que concede acceso privilegiado”1.
Hay cinco disciplinas a las cuales deben adherir las Partes:
a. Trato nacional (Art. 1102);
b. Trato de nación más favorecida (Art. 1103);
c. Nivel mínimo internacional de trato (Art. 1105);
d. Prohibiciones contra ciertos requisitos de desempeño a los inversionistas (Art. 1106); y
e. Disposiciones que rigen la expropiación (Art. 1110)1.
Los artículos 1102 y 1103 exigen que el “país receptor trate a un inversionista extranjero de manera “no menos favorable” que el modo en que trata a sus propios inversionistas o a los de cualquier otro país”. La aplicación de estos artículos “podría ser demasiado limitada para los reguladores del medio ambiente, que necesitarán considerar también las repercusiones ambientales de la producción, el consumo y la eliminación de los bienes”. El artículo 1105 es el menos traumático de todos pues el “derecho internacional, incluido trato justo y equitativo, así como protección y seguridad”, el artículo 1106 “prohíbe determinados tipos de requisitos que los gobiernos podrían tratar de imponer a los inversionistas” y el 1110 “pueda interpretarse que este artículo impide a los gobiernos regular la actividad comercial para proteger el medio ambiente, o la salud o la seguridad humana, ejerciendo “poderes de policía” que tradicionalmente no se consideran expropiación en el derecho internacional”1
Se entiende por expropiación: “a) La propiedad privada no sólo se refiere a la tierra y las instalaciones, sino también al valor comercial de la propiedad, incluyendo el valor en acciones de la compañía y las futuras utilidades. b) Tradicionalmente, la compensación era otorgada sólo cuando se perdía el total de la propiedad. Bajo la actual definición se aplica cuando se pierde cualquier parte de su valor comercial y c) Se requiere compensación no sólo por una expropiación, sino por actos “equivalentes a una expropiación”. Esto significa que un amplio rango de políticas, leyes o medidas administrativas pueden ser consideradas con un efecto similar a la expropiación”4.
Este capitulo ha sido utilizado ya en varios casos:
a. La empresa canadiense, Mexthanex, demandó al gobierno de EUA por 970 millones de dólares porque aplicó las leyes ambientales del estado de California4.
b. La empresa Ethyl Corp. de Estados Unidos que demandó al Gobierno canadiense por 250 millones de dólares americanos sólo porque la discusión de una ley prohibiendo un aditivo tóxico (MMT) de gasolina usado por la empresa “constituyó una expropiación de sus inversiones, porque la crítica pública a la empresa dañó su reputación”. En este caso Canadá tuvo que negociar, dar marcha atrás en la legislación correspondiente y compensar a la empresa con $13 millones de dólares.
c. El 30 de agosto de 2000 el fallo del tribunal internacional afirma que el gobierno de México tomó medidas “equivalentes a expropiación” contra la empresa canadiense Metalclad Distribution Services en violación del artículo 1110 del capítulo 11 del tratado. Razones a) La “negativa del ayuntamiento de Guadalcázar a la solicitud de Metalclad para obtener un permiso para la construcción de un confinamiento de residuos peligrosos”, b) Porque “las autoridades federales mexicanas eran responsables de no haber forzado al municipio a emitir el permiso de construcción” y c) por la declaratoria de “reserva ecológica en el área en la que se encuentra ubicado el confinamiento”.
En todo el litigio se dejo claro entre otras cosas que “el ayuntamiento hizo uso de sus atribuciones y que la empresa lo construyó de todas maneras, ilegalmente” y que “La declaratoria de área natural protegida es jurídica y técnicamente correcta, responde a la petición de la comunidad de Guadalcázar y deja a salvo cualquier derecho legal que la empresa tuviera. Aún así, se considera que es “equivalente a expropiación”4.
Con respecto al Capitulo 11 del TLCAN afirma Gerard Geenfield “si sólo consideramos el poder y los intereses de las corporaciones mineras canadienses..., este derecho “tendría un efecto devastador en las comunidades locales y en el ambiente”9
Pero las apetencias demandantes de las empresas no se quedan solamente enmarcadas dentro de un TLC, éstas realizan acciones aún en casos donde no se han firmados acuerdos globalizantes, como ocurrió en Costa Rica con la empresa Harken Costa Rica Holdings, “firma corporativa con vínculos cercanos a Harken Energy de Texas, la ex compañía de petróleo del Presidente Bush, y MKJ Xplorations of Meterie de Luisiana”, que demandó al pequeño país el 15 de septiembre de 2003 “por más de 57 billones de dólares en compensación, casi tres veces mayor que el producto interno bruto y once veces mayor que el presupuesto anual del gobierno de Costa Rica” ante “el Centro Internacional para la Resolución de Conflictos de Inversión del Banco Mundial” por no aprobarle el Estudio de Impacto Ambiental que presentó para explorar petróleo en el mar caribe de Costa Rica. Ante las acciones interpuestas (febrero del 2002) de no asistir a un tribunal internacional esta demanda no prosperó; bajo un TLC, Costa Rica no hubiese tenido ninguna opción y habría tenido que someterse de manera obligatoria al tribunal internacional”10, pero desde el 25 de abril de 2004 todos los Gobiernos de los países de América Central aceptaron la propuesta de Washington de ir a un TLC.
Deterioro Ambiental de la IIRSA
La propuesta de reorganización que del espacio suramericano propone la banca regional, BID y CAF, e impulsada además por el BM significa el mayor impacto cultural, social y ecológico sufrido en la historia de este continente.
Los gobiernos todos están adquiriendo una enorme deuda para satisfacer principalmente los intereses de los empresarios estadounidenses y del estado imperial. Los doce Ejes de Integración que descompone el espacio y reestructura de nuevo en doce partes el continente suramericano es ahora un elemento necesario para dinamiza la economía y agiliza el transporte de los ansiados estratégicos recursos naturales hacia Estado Unidos.
Estos doce ejes generarán a la vez otras subdivisiones territoriales, unas veces agrupando o dividiendo a varios países, o parte de ellos, proponiendo subregiones, pasos interoceánicos, hidrovías o represas binacionales, ubicación, privatización o administración privadas de aguas o acuíferos subterráneos, o variedades de puertos multimodales a construir, o aeropuertos, o más bien, pequeñas o grandes vías ferroviarias, puentes binacionales, tendidos eléctricos y gaseoductos nacionales, binacionales o continentales, plantaciones, privatizaciones de bosques o administración privada de parques nacionales, entre otras tantas infraestructuras a construir.
Tomaremos como ejemplo ilustrativo algunos impactos aislados a los ríos Amazona y Orinoco. Transformar en una enorme hidrovía los ríos La Plata, Amazona y el Orinoco-Apure significa uno de los mayores ecocidios cometidos en la historia de América, y todos los Gobiernos, con la excepción de Chile por no formar parte de la cuenca amazónica, están dispuestos a asumir, eso sí con la asesoría técnica de Estados Unidos y financiamiento extranjero; ya la empresa estadal petrolera Petroperú y la Sosa Oil del Perú desde el año 2000 están sacando por gabarras barriles de petróleo y de diesel desde Iquitos, Perú, hasta Puerto Velho, Brasil, “navegación que duró 23 días, en un recorrido altamente riesgoso de más de 2.500 kilómetros aguas debajo por el caudalosos Amazonas, para luego remontar el crecido río Madeira”10.
La biota, el potencial pesquero, sus valores ecológicos y culturales que depende del inmenso río Amazona y sus áreas de influencia de su curso están en peligro por el impacto que causará transformarlo en una hidrovía. Civilizar el río a través de la ingeniería sería mermar su capacidad generadora de valores intangibles, de equilibrio ecológicos dador de vida y bienestar colectivo “En el ámbito de los ríos se destacan enormes tormentas eléctricas, con vientos huracanados de más de 140 kilómetros por hora, acompañados de olas de hasta de dos metros de alturas; existen enormes y peligrosos remolinos, que se forman especialmente en las confluencias de los ríos; y el de mayor riesgo de todos son los “bancos de arenas”, que no están señalados en las cartas de navegación por sus frecuentes cambios de lugar debido a la constante creciente de los ríos. Los mismos representan un peligro a la embarcación y su carga”10.
El río Orinoco, que forma parte, según la IIRSA, en el “Eje Multimodal Orinoco-Amazonas-Plata” y según Plan Nacional de Desarrollo Regional 2001-2007 del Ministerio de Planificación y Desarrollo “Eje de Desarrollo Orinoco-Apure” al entrar en esta estrategia imperial también sufrirá un magno impacto, así lo asegura la posibilidad de su navegación y las de sus más importantes afluentes “Navegación fluvial por el río Orinoco, a través del brazo Caciquiare, continuando al suroeste hasta el río Negro hasta llegar al “farm tank” en Manao, Brasil. Esta alternativa no es factible por el bajo calado del brazo Caciquiare más el peligro de muchos raudales, entre los más importantes se destacan Atures, Garcitas y Maipures en el río Orinoco, y Zurucucu, Cabarua y Murciélago en el brazo Caciquiare. Esta alternativa requiere de una gran inversión para ser factible la navegación de grandes gabarras en un futuro próximo”11.
El Eje de Desarrollo Occidental
El modelo de desarrollo que se viene entretejiendo desde mediado de 1970 por el Estado venezolano (Corpozulia/Carbozulia) y las corporaciones transnacionales mineras, en especial del carbón, hoy significa que el Zulia sea condenado a ser una zona de sacrificio y un puente o plataforma al Mara Caribe entre los Andes (Eje de Integración Andino)12 y el Sur (Eje Venezuela-Brasil-Guayana-Suriname y Eje La Plata-Amazona-Orinoco)12. Estos tres ejes regionales al entrar a Venezuela se comenzaron a denominan desde el segundo Gobierno del Carlos Andrés Pérez Ejes de Desarrollo Oriental, Occidental y Orinoco Apure, que en un plano físico tienen forma de “H”, de tal manera que gran parte de los recursos naturales y otra forma de mercancía de todos los países de América del Sur pueden salir por Puerto América, ubicado en el Golfo de Venezuela, cerca de la entrada del Lago de Maracaibo en la Isla de San Bernardo-San Carlos, unos de los puntos más cercanos en la región al sureste de Estados Unidos13.
Gran parte de los estudios realizados de Puerto América han sido financiados por el Banco Mundial, BID, CAF y el Gobierno de Holanda y elaborados por empresas holandesas de ingeniería ambiental como las empresas Alkyon Hidraulic Consultancy & Research y la Royal Haskonig, su primer modulo el Terminal Carbonífero de la Isla de San Bernardo pretende ser construido por la empresa arubana Inter-American Coal, N.V/Trans-Coal de Venezuela, C.A.
Todo el piedemonte de la Sierra de Perijá limite natural con la República de Colombia ha sido entregado a través del Ministerio de Energía y Minas (MEM) en concesiones mineras por el Estado venezolano. Hasta ahora se han entregado 318.319, 15 hectáreas en concesiones para explotar minerales, de ellas 236.997, 15 son de carbón, de las cuales Corpozulia posé 206.689, 32 hectáreas: en la Subregión Perijá 125.956, 80 y en La Guajira 80.732, 52. Sólo de las minas Paso Diablo (Corpozulia/Anglo American Coal/RAG Coal International) y Mina Norte (Corpozulia/Inter-American Coal, N.V.) están hoy en explotación movilizando 8 millones de tonelada métricas al año, estos dos sectores mineros ubicados en el piedemonte de la Sierra de Perijá, en La Guajira, municipios Mara y Páez, pretenden elevar la exportación de carbón a 22.5 millones de toneladas anuales abriendo las minas, también a cielo abierto, Socuy y Cachirí respectivamente. Estas minas tienen los nombres de los ríos que contaminan y destruyen.
Las otras empresas las que tienen firmados contratos de arrendamientos con Corpozulia, como COSILA y Carbones de Perijá, y las que han solicitado por su cuenta concesiones de carbón como Carboníferas Caño Seco, Carbones del Socuy, Minera MAICCA, Consultores Mineros y Carbones de Occidentes aspiran sacar 13.5 millones de toneladas más anuales para un total de 36 millones. Todo este carbón es el elemento estructurante y dinamizador del Eje de Desarrollo Occidental, de tal forma que los grandes puertos a construir en el Golfo de Venezuela o al interior del Lago de Maracaibo son para carbón, al igual que las líneas ferroviarias y nuevas carreteras, así se especifica no solo en los proyecto del Ministerio de Planificación y Desarrollo, sino en los planes del BID14 y de las multinacionales del carbón. La CAF llega ha decir que el financiamiento de la ampliación de la carretera La Fría-Machiques a cuatro canales se justificaría si se intensifica la explotación de carbón en la Sierra de Perijá, en el estado Táchira y en Norte de Santander, Colombia, y se construye los puertos gabarreros del Sur del Lago y Puerto América15.
Estos proyectos mineros, ubicado en las cuencas de todos los ríos del la Sierra de Perijá, justificadores del Eje de Desarrollo Occidental, no sólo dejarían al Zulia sin agua, profundizarían el proceso de desertificación de los suelos en Perijá y La Guajira, mermarían los bosques y la biodiversidad de la flora y fauna perijanera, sino que reducirían aún más las tierras y los hábitats de los indígenas Barí (Chibcha), Yukpa (Caribe), Wayúu y Añúu (Arawak), por ello la posición obstruccionista de los representantes de los Ministerios de Energía y Minas y del Ambiente de no aceptar en la Mesa Nacional de Demarcación ante la propuesta de Autodemarcación por parte de las comunidades indígenas y las observaciones realizadas al Reglamento oficial de la Ley de Demarcación y Garantía del Hábitat de los Pueblos Indígenas, apegado a la nueva Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), que obliga al Gobierno demarcar las tierras de los indígenas en un tiempo de no mayor de dos años, en diciembre de 2004 se cumple cinco años. La Comisión de Demarcación Nacional está entrabada por los siete representantes del Estado (los indígenas son ochos) no se hayan como hacer para otorgar a los indígenas tierras que no estén dadas en concesión mineras, y el 80% de las tierras y hábitats de los indígenas del Zulia están en concesiones mineras de carbón, los Wayúu que viven en las cuencas de los ríos Guasare, Socuy, Cachirí y Maché están en donde se pretende explotar el carbón, igual suerte corren los indígenas Barí y Yukpa a través de los Proyectos de Corpozulia: Río de Oro y Tukuko Aricuaizá. Esto se agrava ya que el Instituto Nacional de Tierra (INTI) se niega, por mandato del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARN), a entregarles a estos indígenas las Cartas Agrarias solicitadas ante la presión de los mineros y hacendados. A esta penosa situación hay que sumarle que cada vez que ocurre un secuestro en la ciudad de Maracaibo de inmediato se dispara una arremetida contra estos pobladores en la frontera, principalmente en el Diluvio, Maché, Cachirí y Socuy. Y a los pocos días de nuevo aparecen las presiones a indígenas y campesinos de los representantes de las transnacionales mineras16.
Bibliografía citada
1 IISD, “El Capítulo 11 del TLC y el medio ambiente: cómo tratar la incidencia del proceso inversionista-estado sobre el medio ambiente. Resumen Ejecutivo”.
International Institute for Sustainble Development, (iisd), www.iisd.org/pdf/sp_nafta.pdf
2 LAROUCHE, H, Los Estados soberanos de la Américas. El programa de LaRouche para el desarrollo continental. Movimiento de Juventudes Larouchistas y Comités Laborales Iberoamericanos, primera edición en español, México, marzo 2004, 137 pp.
3 NETTLETON, Geoff, “Tendencias mundiales en la minería y la función de las agencias internacionales”. Socavando Los Bosques, 20-23 por Forest Peoples Programme, Philippine Indigenous Peoples Links, World Rainforest Movement. Inglaterra, enero 2000.
4 MEDELLÍN MILÁN, Pedro y Luz María, Nieto Caraveo, “Caso Metalclad: “Expropiación” de los Derechos de los Mexicanos”. Pulso, Diario de San Luis Sección Ideas, del jueves 17 de mayo de 2001: 4, San Luis Potosí, México.
http://ambiental.uaslp.mx/productos/caso.htm.
5 FERNÁNDEZ DE SOTO, Guillermo Secretario General de la CAN, Bogotá 03/12/03, http://www.comunidadandina.org/prensa/discursos/13.
6 WAGNER TIZÓN, Allan Secretario General de la CAN, 29/01/04,
http://www.merco-sur.net/opinion/opinion_290104_02.htm.
7 GUILLÉN Arturo, “La renegociación y el desenvolvimiento reciente de la deuda externa de México”. La deuda externa, grillete de la nación, 39-99 por Arturo Guillén, Eugenia Correa y Gregorio Vidal. Editorial Nuestro Tiempo, México 1989. 157 pp.
8 SECRETARIADO DE LA COMISIÓN PARA LA COOPERACIÓN AMBIENTAL (CCA), “Efectos del TLC. Estudio sobre intentos recientes para modelar los efectos ambiente del comercio: informe general y documentos de referencia” Serie # 2 medio ambiente y comercio - Efectos del TLC. Estudio sobre intentos recientes de medir los efectos del comercio en el medio ambiente.
CEC CCA CCE.
www.cec.org/pubs_docs/documents/ index.cfm?varlan=espanol&ID=293 - 15k
9 GEENFIELD, Gerard “Las Reglas del TLC en Metalclad vs Mexico: Un Contexto más Amplio”. http://wtoaction.org/greenfield2.phtml, citado en Medellín Milán, Pedro y Luz María, Nieto Caraveo, “Caso Metalclad: “Expropiación” de los Derechos de los Mexicanos”. Pulso, Diario de San Luis Sección Ideas, del jueves 17 de mayo de 2001: 4, San Luis Potosí, México.
http://ambiental.uaslp.mx/docs/PMM-AP010517-Metalclad.pdf
10 HERSHOWITZ, Ari y David Waskow, “La Amenaza al medio ambiente por parte del Tratado de Libre Comercio con Centroamérica (TLC): El caso de la empresa Harken Costa Rica Holdings y la exploración petrolera en el mar”.
www.encuentropopular.org/areas/tlc/artic037.htm - 34k,
Encuentro Popular, info@encuentropopular.org
11 SOSA VEGAS, José Félix. 2002 “PDVSA y la cuenca amazónica” 34-35 Petróleo YV No.8. Año 4, 48 pp.
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14 BID, Capítulo 6, Infraestructura Regional: 151. http://www.iadb.org
15 CAF, Red Vial de Venezuela. Orden de Prioridades de Los Proyectos Viales de Integración Andina: 1-2, http://www.caf.com/espanol_old/05d01/venezue/cven00.html
16 HOMO ET NATURA y ANPA/ Agencia de Noticias del Pueblo, “Los Gringos no tienen tierras en La Guajira y Perijá”, Publicado el Martes, 15/06/04 11:15pm
http://www.aporrea.org/