Hay corrupción pública por falta de rigor en los controles internos

La lucha anticorrupción ágil, oportuna y efectiva es una prioridad si queremos preservar la estabilidad del gobierno Bolivariano, pues su enemigo mayor utiliza los casos denunciados y otros muchos para desprestigiarlo sin descanso y con toda intensidad, básica y fundamentalmente, para horadarlo y lograr así su derrocamiento…

La Constitución Bolivariana en su artículo 62 prescribe que: "Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos directamente o por medio de sus representantes elegidos o elegidas. La Participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individualmente como colectivo. Es obligación del Estado y deber de la sociedad facilitar la generación de las condiciones más favorables para su práctica".

Como desarrollo de ese mandato, se han puesto en vigor, al menos, dos instrumentos legales que hacen una realidad indiscutible ese protagonismo, como son: la Ley Orgánica del Poder Público Municipal y la ley Contra la Corrupción.

Ambos instrumentos legales no solamente propugnan el mayor protagonismo y participación de los ciudadanos en la función pública, sino que hacen obligante esa participación, al punto de que el primero en su artículo 2 prescribe que deberán ser incorporados "de manera efectiva, suficiente y oportuna, en la definición y ejecución de la gestión pública y en el control y evaluación de sus resultados" y la segunda, les otorga, además, derechos en materia de control sumamente importantes, como por ejemplo, que en su artículo 10, establece: "Los particulares tienen el derecho de solicitar a los órganos y entes cualquier información sobre la administración y custodia del patrimonio público de dichos órganos y entes. Asimismo, podrán acceder y obtener copia de los documentos y archivos correspondientes para examinar o verificar la información que se le suministre, de acuerdo con el ordenamiento jurídico vigente, salvo las excepciones…" (seguridad y defensa de la Nación).

De manera que hay instrumentos legales a la mano para que todos cooperemos en esa lucha que tiene que ser frontal contra la corrupción y contra el burocratismo aberrante, tanto el apuntalado en una infame cultura heredada de la Cuarta República, como aquél preconcebido para provocar malestar y desestabilización de las instituciones. No puede ser que nos quedemos con los brazos cruzados solamente criticando como acostumbran (o acostumbraban) las viejas chismosas de pueblos pequeños. Todos debemos incorporarnos a esa lucha con una conducta ética y moral inquebrantable para destruir, sin piedad, ese morbo de la corrupción donde quiera que esté. 

Hay que actuar ya y a fondo. Debemos ganar esa batalla y para ello se impone el concurso honorable de todos, empezando -obviamente- por los organismos de control, los cuales tienen la obligación histórica de incluirse en la vanguardia de esa batalla que muy seguramente será cruenta, pero que no podemos ni debemos evadirla. 

No tenemos ninguna duda de que el pueblo organizado es mucho lo que puede aportar para garantizar el triunfo en esa contienda, pero sólo y sin el apoyo decidido de las instituciones de control y jurisdiccionales, sus esfuerzos serán en vano.  

Hemos dicho hasta la saciedad que el discurso anti-corrupción y contra el burocratismo por sí sólo no basta para derrotar a los corruptos. Se impone complementarlo en la praxis dando acatamiento irrestricto a la Ley Orgánica de la Contraloría General y del Sistema Nacional de Control,aplicando con el debido rigor las muy claras disposiciones contenidas en sus artículos 35 al 38*, las cuales prescriben a los interno de las áreas administrativas de los órganos del Estado, el control previo al gasto y al pago. Igualmente, en cumplimiento de esas mismas disposiciones de la mencionada Ley, llevar adelante, entre otras acciones contraloras, un plan de inspecciones permanentes y sorpresivas y, fundamentalmente, articulando todo ello con un aparato de justicia que actúe imparcialmente y sin los retardos perversos que históricamente han conducido a que nada pase y a que los asuntos, por más bochornosos que pudieran ser, finalmente prescriban para asombro de todos.

Recordemos que hace no muchos años y en plena revolución (creo que hace no más cuatro años), por ejemplo, prescribieron las causas contra Lusinchi y Blanca Ibáñez por la estafa con la compra de una enorme flota de vehículos jeep y al parecer, por información oficiosa que recibimos recientemente, que así sucederá con los hechos de corrupción que se detectaron en el Consejo de la Judicatura por miles de millones de bolívares por la compra con sobre precios de inmuebles ubicados en la Urbanización Lebrun, en Petare, cuando esa importante entidad pública estuvo en manos del ex diputado salta talanquera Luis Velázquez Alvaray

¡Increíble, pero cierto…! 

Otro sí:

Vale recordarles a nuestros asambleístas y, por supuesto, también a los de la oposición, que en sus manos duerme ya por mucho tiempo el proyecto de "Ley Especial para Facilitar e Incentivar la Denuncia por Hechos de Corrupción Contra el Patrimonio Público y Proteger a sus Denunciantes y Testigos"el cual presentó para su aprobación la Contralora General, Dra. Adelina González, hace ya más de dos años. Sabemos que en octubre del 2013 fue presentado el Informe preliminar a la Comisión de Contraloría y que de allí no se ha movido… 
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(*)    Hacer clic aquí y leer los artículos indicados: Leyes - Contraloría General de la República Bolivariana de ...



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Iván Oliver Rugeles


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