La gran pantalla circense, la mofa y la burla, no señores, no es una promoción de un espectáculo cómico o de circo, estos adjetivos resumen el cinismo de parte de las autoridades en la Universidad Deportiva del Sur en Cojedes y su círculo elitario.
Todo comienza a principio de este año, un grupo de trabajadores se reunieron con la finalidad de formar La Unidad de Contraloría Social en la institución, éste lo formaban representantes del sector administrativo, docente, estudiantil y obrero, es decir el interés era del poder popular universitario en pleno, como lo dicta la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica de Contraloría Social y sobre todo el legado del Comandante Eterno Hugo Chávez.
Artículo 3. LEY ORGÁNICA DE CONTRALORÍA SOCIAL
El propósito fundamental del control social es la prevención y corrección de comportamientos, actitudes y acciones que sean contrarios a los intereses sociales y a la ética en el desempeño de las funciones públicas, así como en las actividades de producción, distribución, intercambio, comercialización y suministro de bienes y servicios necesarios para la población, realizadas por el sector público o el sector privado.
De la mano de la unidad de auditoría interna en la casa de estudios, se organizaron grupos de treinta trabajadores para que recibieran el taller introductorio del tema pautado: INTRODUCCIÓN A LA CONTRALORÍA SOCIAL. La gran mayoría de los trabajadores participaron, dejando abierta la posibilidad de un nuevo taller, pero profundizando más en el objetivo; de allí que se llama a una segunda jornada, donde se completó de disipar algunas dudas y se dispusieron a crear y organizar dicho ente de control popular.
En marzo de este mismo año fue entregado en rectorado un proyecto de reglamento para la Contraloría Social de la Universidad Deportiva del Sur, dicho estatuto sería el punto de apoyo para la conformación de planchas y la realización de elecciones y así democráticamente, se encontrara la forma de darle el poder que merece el pueblo, sobre las irregularidades del manejo del dinero de la nación. Dicho documento está en manos del Consejo Rectoral de la Universidad Deportiva del Sur, desde ese momento y aun no se ha recibido respuesta alguna, basado en el temor que el poder popular infringe en los contrarrevolucionarios enquistados.
Aquí comienza la comedia trágica, al ver como los que dirigen la institución organizaron un taller llamado "Control fiscal para servidores públicos", invitaron a excelentes profesionales de la Contraloría del estado Cojedes para la realización, irónico es que aun después de siete meses que no han dado respuesta a la propuesta del Reglamento de la Contraloría Social, organizan este tipo de foros; otra característica especial fue que se citó solamente a algunos funcionarios de la universidad, que al momento del inicio de la actividad, se evidencio nuevamente la inconformidad que tiene más del 80% de los trabajadores con la gestión, que cada decisión que toma es contraria al pensamiento de Chávez, "acumular la mayor suma de felicidad para todos gracias a la igualdad", el lugar del evento no estaba ni por la mitad, esto demostró dos hipótesis importantes, una es el rechazo de los trabajadores y hasta de los estudiantes que tienen las autoridades y la segunda es la pantalla que usan para esconder la verdad.
Capítulo I. LEY ORGÁNICA DE SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES ADMINISTRATIVOS.
Simplicidad, transparencia, celeridad, eficacia, eficiencia, rendición de cuentas, solidaridad, responsabilidad.
Artículo 4. LEY ORGÁNICA DE SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES ADMINISTRATIVOS.
La simplificación de los trámites administrativos tiene por finalidad racionalizar y optimizar las tramitaciones que realizan las personas ante la Administración Pública a los fines de mejorar su eficacia, eficiencia, pertinencia, utilidad, para así lograr una mayor celeridad y funcionalidad en las mismas, reducir los gastos operativos, obtener ahorros presupuestarios, cubrir insuficiencias de carácter fiscal y mejorar las relaciones de la Administración Pública con las personas.
Artículo 12. LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
La actividad de la Administración Pública se desarrollará con base en los principios de economía, celeridad, simplicidad administrativa, eficacia, objetividad, imparcialidad, honestidad, transparencia, buena fe y confianza. Asimismo, se efectuará dentro de parámetros de racionalidad técnica y jurídica.