Del crédito al delito

Hasta que el financiamiento hipotecario nos alcance

"No todas las muertes violentas son por delitos".

http://www.ultimasnoticias.com.ve/noticias/actualidad/politica/no-todas-las-muertes-violentas-son-por-delitos.aspx#ixzz3hEN6vmm1

 

La violencia no es condición suficiente y necesaria de la constitución del delito. Pues no todo delito es necesariamente  violento. Pero si suficientemente causa de violencia, ya que al ser delito es acto conclusivo suficiente para violentar el orden sujeto a derecho establecido: he allí el dilema, el ser o no ser de la cuestión. La pregunta por la cosa doctrinaria, respecto a la tipificación del delito. Justo pero ilegal e injusto pero legal.

 

Independencias de delitos violentos o no. Violencias sin delitos y delitos con violencias.

Siendo por deducción o inducción; que el delito no es condición suficiente pero si necesaria de violencia o su viceversa. Por lo tanto:

Depende de la doctrina derecho actuado procesal, y la jurisprudencia qué le determina y estipula así para ello, o si  no existe, hacerla categorizándola apropiada a lo político de la  política que le precedería o a la justicia humanista trascendental? Es el dilema social presente… ¿Qué se define, comprende y  entiende por delito, y por violencia? ¿Condiciones y circunstancias, espacios y tiempos? Cómo; juzgar circunstancias, condiciones, estados accionantes, sujeto-s, objeto-s, objetivo-s  responsables o no del ¿hecho delictivo violento? responsabilidad civil privada o  responsabilidad civil pública del Estado, ¿violencia causal de Estado? y ¿Delito causal de Estado?  ¿Causas y, o consecuencias? todas escrutadas bajo, y con la lupa exhaustiva de la doctrina jurídica de donde precede; examinanda desde sus  precedencias y procedencias  como antecedentes causales del delito? Con,  sin,  o  en,   de diversos culturales calificativos de violencia-s.

La causal es como refiere la magistratura institucionalizada según la doctrina tomada referente, pudiendo  o  no toda  violencia acarrear delito alguno,  pero su análisis debe ser también cualitativo además de positivista cuantitativo, para ser inclusivo determinante del: ¿qué tipo acción violenta le califica consecuente para delito o no y viceversa?

 Por ello,  la no ambigüedad doctrinal del derecho en su principio de  identidad categorial de violencia y de delito es importante para sustanciar la causa, y especificar de sus métodos y reglamentos como medidas procedentes de  determinada doctrina penal  procesal orgánica  ¿positiva cuantitativa solamente o también emergente crítica distributiva cualitativa?

Bajo estos aspectos constitutivos y sus respectivos contextos conexos; circunstanciales y condicionales, son los que le determinarían la organicidad jurídica operativa en ley, --la praxis crítica de la justicia social para la paz,--   evaluados procedentemente categoriales, universales o nacionales; ¿qué, cómo, dónde, cuándo, porque, quién y por qué la violencia o el delito? Responsabilidad de la razón social de estado o de particulares razones jurídicas naturales, y en que límites de la razón social civil privada se articula dicha esfera de responsabilidades.  Como procedentes instruyentes determínales causales de, o en delito,  con o sin violencia ninguna u alguna.

Por ello percibidos como elites de  gobiernos en sistemas de fraudes y pecados, y que se quiere perpetuar por el poder en poder de sí mismo, sin reconocer errores, así, toda la “guerra económica” luce mentir sin mentiras, y no es “culpa solo del imperio” inhumano  oposicionista, también de la impuesta  metódica “violencia sin delito” administrativa, con fraudes desvirtuados de in-humanismos procedentes de, con, y  en integral desafecto del amor al prójimo, falseando al prójimo, solo pendientes del dialogo negociado finiquito entreguista, entre in-comuniones in-comunes nacionales al interés nacional, la sociedad inconfesable, el dialogo que no era, la mentida solidaridad, fraternidad y libertad popular  de derechos dizque humanistas, -violencias humanistas-  solo el clientelismo electoral vigente, compra venta de curules, oficialismo en ecuación diferencias implícita en  la violencia abierta opositora también por poseer inmediatamente la  cosa económica pública,  todos  en  afectiva paga, sin fomento moral alguno nacional humanista, eso no importa, somos petroleros exportadores para siglos…hipotecándonos colonialmente más, creciendo el déficits riesgo país en estanflación, ”deuda social e inversión social,” ¿gasto? Así o ¿inversión? La reconocida y necesaria consciencia para la superación ética, pero que solo ella no dignifica la mora y moral del pueblo, esa es solo moral provisional, hasta que el financiamiento nos alcance.



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Alejandro Álvarez Osuna


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