La Administración Pública está al servicio del pueblo

Venezuela es un Estado Democrático, Social, de Derecho y de Justicia, que respeta como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.

La Constitución de la República Bolívariana de Venezuela (CRBV), articula que el Gobierno Venezolano y el de sus entidades políticas son democráticas, participativas, electivas, descentralizadas, alternativas, responsables, pluralistas y de mandatos revocables.

Es por ello que la CRBV es la norma suprema del ordenamiento jurídico, por tanto, todos los ciudadanos y las ciudadanas y los órganos del Poder Público están sujetos al Texto Fundamental.

En consecuencia, la CRBV reafirma que la democracia es el sistema político más eficiente y más humano, que garantiza a plenitud el cumplimiento de los derechos del hombre y la mujer, y su sistema político no sólo es una democracia participativa y protagónica, sino también una democracia social al servicio del pueblo, con un sistema económico puesto al servicio del pueblo y no al servicio del sistema capitalista, ya que prevalece el imperio de la Ley, para éstas y las futuras generaciones.

Venezuela para el logro de "la mayor suma de felicidad posible" de su pueblo, como lo advirtió el Padre de la Patria, el Libertador Simón Bolívar, erradicó todo lo que revele una actitud prepotente en los servidores públicos como sucedía con la Constitución de 1961, en el que muchas veces el administrador se creía que concedía dádivas o favores a los particulares y éstos a su vez no tenían derechos ni tampoco como reclamar las malas actuaciones de los funcionarios de la administración pública.

Con la entrada en el año 1999 de la novísima CRBV comenzó en la nación venezolana una revolución administrativa, transformando su informalidad en procedimientos enmarcados en las leyes, expedita y eficiente, sin dilaciones.

En el viejo Estado venezolano era inconcebible la impotencia de los administrados ante posturas indeseables de los trabajadores públicos, lo cual generaba impotencia y sujeción en el pueblo.

Hoy existe legalmente una situación colmada de garantías y derechos –todo un arsenal jurídico--, que es una respuesta satisfactoria a la gestión transparente de los administradores de la cosa pública.

La acción-participación no es sólo la simple actuación, sino una acción que conduce al cambio social, erradicando lo viejo, para reemplazarlo por lo nuevo, es una acción-participación continua, sobre la realidad, abordada no sólo para conocerla, sino para transformarla, toda vez que, en la medida que haya mayor reflexión acerca de la realidad, mayor calidad y eficacia transformadora se tendrá en la gestión pública.

Estos planteamientos no son especulativos, pues si colocamos como referencia el Preámbulo de la CRBV, encontramos que debemos:

"…refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones"; y además, se "asegure el derecho a la vida, al trabajo, la cultura, a la educación, la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna".

Este es el camino del pueblo que tranzó la CRBV, el de sus gobernantes y el de los administradores de la cosa pública, incluyendo al erario nacional, pues la Constitución de la cuarta república la hoguera de la historia la pulverizo y sólo quedan las reminiscencias de sus cenizas.

El bravo pueblo está venciendo.



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Alberto Vargas

Abogado y periodista, egresado de la UCV, con posgrado en Derecho Tributario y Derecho Penal. Profesor universitario en la cátedra de Derechos Humanos

 albertovargas30@gmail.com

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