Juicio al Deporte

En persecutoria de la ley del deporte. Eliminatorias a los JDNJ 24

Un hombre que oculta lo que piensa, o no se atreve a decir lo que piensa, no es un hombre honrado (Caraciolo Parra 1.819). - Desde mi Lara querida, mayo 11- 2024. – Cumpliendo con el deber ser seguimos en la persecutoria de la ley orgánica del Deporte Actividad Física y Educación Física vigente a un solo efecto de hacerla conocer a todo aquel interesado.

Establece el artículo 21 ejusdem la creación, componentes, propósitos y subsistema. De la creación, componentes, propósitos y subsistemas Creación del Sistema Artículo 21. Se crea el Sistema Nacional del Deporte, la Actividad Física y la Educación Física para la integración funcional y coordinación de los siguientes componentes: 1. Programáticos: Marco jurídico, políticas, planes, programas, proyectos, acciones nacionales, estadales, municipales y comunales en la materia.

2. Infraestructura y recursos financieros: Infraestructuras deportivas, recursos presupuestarios, equipos y dotaciones deportivas. 3. Registro Nacional del Deporte, la Actividad Física y la Educación Física: Instancia administrativa del Instituto Nacional de Deportes en la cual se asentará la inscripción de las organizaciones sociales promotoras del deporte, de los establecimientos deportivos públicos y privados de uso público, de las entidades del deporte profesional, de los y las atletas, de los deportistas profesionales, de los entrenadores y entrenadoras, de los árbitros y árbitras, de los instructores e instructoras y demás personas naturales y jurídicas vinculadas con la práctica deportiva y las actividades de servicio público de promoción, organización, desarrollo y administración de deportes, actividades físicas y educación física.

4. Orgánicos: El Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de deportes, actividades físicas y educación física, órganos de la Administración Pública Nacional, estadal y municipal; institutos públicos, asociaciones civiles y fundaciones del Estado; instituciones de educación inicial, primaria, media y universitaria de cualquier carácter; las organizaciones sociales promotoras del deporte indicadas en esta Ley; las organizaciones del Poder Popular y las organizaciones con fines empresariales.

5. Talento humano: Entrenadores y entrenadoras, profesores y profesoras de educación física, árbitros y árbitras, jueces y juezas, directores técnicos y directoras técnicas de los equipos, funcionarios y funcionarias de los órganos y entes públicos. El Sistema Nacional del Deporte, la Actividad Física y la Educación Física, se estructurará con base a un régimen técnico-administrativo común y de los regímenes especiales que sean necesarios para atender los requerimientos del proceso deportivo. Estará bajo la rectoría del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de deportes, actividades físicas y educación física y comprenderá los subsistemas: educativo, comunal, indígena, laboral y Fuerza Armada Nacional Bolivariana.

Es axioma que el propósito y razón del legislador patrio fue incorporar y definir términos totalmente desconocidos en la legislación deportiva nacional. Su creación sistemática busca como propósito la integración, adición y coordinar componentes a utilizar como base para el desarrollo en las tres fases del Estado, nacional, regional y municipal.

Sostengo en auto, que el legislador analfabeto deportivo debió incluir en esta fracción la industria deportiva. Los que estamos inmersos en el deporte, la actividad deportiva somos testigos de oficio los altos costos especulativos por los que está atravesando la compra de artículos y accesorios deportivo actualmente

Si en el ordinal dos (2) anotó los recursos financieros y la infraestructura, no le costaba soñar, carajo de anotar la IDN. Se agrega la importancia de creación del Registro Nacional del Deporte, (RND) y la actividad física y la educación física. Hasta allí la vaina está bien, pero……..

El adefesio, vacío jurídico notorio y público, que los actores de la ley suscribieron fue abismal. Con grasa ignorancia, falta de una consulta, debate nacional, incluyeron este despropósito, disparate, extravagancia.

Hubo el directorio del IND dictar una resolución para transferir la competencia registral a los Estados y municipios, aprovecho la ocasión para denunciar que en los actuales momentos esta parte esta congelada, paralizada por parte del IND.

En incertidumbre la eliminatoria que se ha venido realizando con motivo de la futura realización de los XXII JDNJ24. Con toda responsabilidad asumo el peligro que, se corre si el Gobierno Nacional no monta estos juegos a la fecha que anuncio

Consecuencia y respuestas que nos hacemos, me interrogan ¿cómo quedarían las edades para competir, si dichos juegos no se llegasen a realizar en las fechas previstas. El tiempo, gastos invirtieron no tendrá reparación en cuanto a las edades calendario de cada deporte y disciplina.

Ahora bien, a que obedecen estas interrogantes, muy fácil, sabemos que los juegos nacionales juveniles fueron paralizados, sin justificación alguna durante 13 años por el Gobierno Deportivo revolucionario venezolano, ¿cuál será la postura de las Asociaciones y Federaciones, entrenadores, atletas, sus representantes?

No adivinamos el futuro, pero la experiencia nos dictamina antedata pitonisa. Entonces estamos en capacidad de actuar y prevenir de buena fe, después no digan que les dije.

La ciudad de la cordialidad, San Cristóbal y su Estado Táchira, una vez más montando un gran evento ciclístico, En esta ocasión el tercer Tour Internacional Andina 91.9. Las categorías juveniles, élite y sub 23. El mismo contó con solidario apoyo de la Alcaldía de San Cristóbal y del gobierno de Freddy Bernal, la empresa privada y la seguridad del Estado. Felicitaciones al amigo, colega Luciano Rojas por esta iniciativa, ojala que no balla a desaparecer tempranamente como muchos, suerte para competidores y organizadores, viva el ciclismo tachirense.

Me siguen llegando quejas de padres y representantes de niños y adolescente del Estado Lara, en relación a la privatización del deporte popular, sobre manera en el municipio Iribarren y Cabudare. Autoridades deportivas, fiscalía del ministerio público, defensoría del Pueblo, Gobernador, Adolfo Pereira, alcalde , Luis Jonás Reyes, ustedes están en la obligación de hacer una revisión y dictaminar sobre el asunto de marras.

Amigo lector la posología para conservar buena salud, nuestra vida es, caminar, trotar 45 minutos Inter diarios semanalmente. Invita, organízate con tus panas, familia, esposas, vecino, preferible hazlo en la mañana temprana, oxígeno en la atmósfera menos contaminado, usa franelilla y short, al terminar realiza una sesión de ejercicios físicos durante 30 minutos

Se terminó el espacio. Nos leeremos en la venidera, Dios nos ayudará. Comunicadores somos todos, pero no todos somos comunicadores sociales. Con la verdad no temo ni ofendo



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Willians Escalona Terán

Willians Escalona Terán ("El abogado del deporte") CEDV-1083- CNP 12.592, PNI 10.782, Locutor UCV.31.464-Ipsa.54.795. Facebook Willians Escalona Terán escalonabufete24@yahoo.com Barquisimeto.

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