A propósito de ser ciego

“Constituyente” no es supraconstitucional ni plenipotenciaria

Hasta dónde pretende llevarnos la ignorancia jurídica y la ignominia de quienes ejercen el poder, entre panegíricos, zascandiles y vacuos, abogados y "constituyentes", que pretenden someternos al yugo totalitarista con una semántica y sintaxis que no está dispuesta en ninguna parte del texto constitucional, salvo en lo que dictaminan en sus propias decisiones, es decir, como se dice en criollo: "se pagan y se dan el vuelto".

De hecho, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en sus artículos 347, 348 y 349, no deja dudas en sus disposiciones. El primer artículo cuando expresa que es el pueblo el depositario del poder constituyente originario y "puede convocar una Asamblea Nacional Constituyente". En el segundo artículo, queda claro quiénes pueden tener la iniciativa de convocatoria de tal espacio constitucional, situación que fue claramente violentada por el presidente de la República, cuando no convocó un referendo para que el poder originario representando en el pueblo, validara su conformación, acción que lamentablemente también fue constreñida tanto por el poder judicial como el poder electoral en sentencias y actos administrativos amañados. Mientras que el último de los artículos descritos dice en parte de su contenido que: "Los poderes constituidos no podrán en forma alguna impedir las decisiones de la Asamblea Nacional Constituyente". Soy reiterativo, "poderes constituidos".

Ante ello ¿En qué parte de la Constitución se habla que cualquier constituyente" puede ser "supraconstitucional y plenipotenciaria"? Es más, tales palabras ni siquiera aparecen en el texto constitucional. Si eso es así bajo el remoquete de "actos constituyentes": ¿Puede cualquier "constituyente" en el futuro decidir que Venezuela puede unirse con Cuba en un solo país? En ese contexto, ¿Podrá esta "constituyente" o cualquier otra, "interpretar" que es un "acto constituyente", implementar la pena de muerte o de cadena perpetua o de trabajos forzados para quienes ellos consideren "traidores a la patria"?

O sea, como los "constituyentistas" se declaran "plenipotenciarios", éstos se encuentran sobre el bien y el mal. Pudieran, incluso si la mayoría de ellos son ateos, aplicar "supraconstitucionalmente" la máxima ironía de Nietzsche en "La Gaya Ciencia", cuando dijo que "Dios ha muerto", y declarar la eliminación de las distintas corrientes y doctrinas religiosas en Venezuela ¿Puede, acaso un recién "designado", fiscal general de la República, a quien no le hemos leído tesis doctoral, pero se hace llamar "doctor" y firma documentos oficiales como tal, lo cual desde mi perspectiva representa un delito por suplantación de funciones públicas y de ejercicio profesional, hablarnos de "justicia con equidad"?

¡Ah, claro! La "constituyente" en el uso de sus autoproclamadas funciones "plenipotenciarias", resuelve el problema de quienes no son doctores, y emplaza a las universidades maduristas para que otorguen "doctorados honoris causa" en cambote, y así "legalizan" lo que no pudieron obtener por vía académica, mientras en contrario, ¿pudieran estos "constituyentistas", por los cuales no voté, declarar que este artículo es parte de lo que ellos llaman "guerra psicológica", y por ende, someterme a una "comisión de la verdad", que dictamine tal semántica política como un hecho de violación jurídica, y posteriormente, enjuiciarme con tribunales militares, encarcelarme, y hasta embargarme mi vivienda e inhabilitarme en todos los aspectos de mis derechos constitucionales?

Lo insólito de esta "constituyente" es qué ellos dicen cuánto tiempo deben estar en el ejercicio de sus funciones. Verbigracia, ¿Pueden quedarse en el poder dos, tres, cuatros años o per secula seculorum, estos "constituyentistas" en el ejercicio de sus "labores"? ¿Cómo explicarle a la opinión pública, que si debe haber elecciones presidenciales en 2018, se puede elegir un nuevo presidente, y que éste, a pesar de haber sido electo por el depositario del poder originario, es decir, el pueblo, pueda estar sujeto o sometido sobre los designios de una "constituyente" cuyos integrantes decidieron que su período no termina, sino cuando a ellos les dé la gana? ¿O será acaso, que cómo la "constituyente" es "plenipotenciaria" decide aplicar la aberración de la retroactividad a los hechos jurídicos, y extenderle el periodo presidencial a Nicolás Maduro o en su defecto suprimir las elecciones presidenciales?

Otro hecho que nos llama la atención, es que los voceros de esta "constituyente" nos hablan que su centro será el "económico". Si eso responde con tal "principio": ¿Bajo cuáles parámetros pretende esta "constituyente" financiarse? Porque entiendo que cómo es "supraconstitucional" si deciden, sus miembros ganar 30, 40, 50 o más salarios mínimos, el Estado, en medio de esta crisis no puede oponerse a sus "actos constituyentes". ¿Debemos aceptar los venezolanos tal "presupuesto" cuando millones de venezolanos estamos pasando necesidades económicas apremiantes? Y también nos preguntamos: ¿Si vienen del "pueblo", y son del "pueblo", no debemos escuchar en debate público, sobre el cuánto tienen que ganar? ¿O eso no es de interés nacional, sino que responde ante acuerdos de cúpulas y cenáculos?

Esta "constituyente" la cual tiene en duda su número de votantes, tuvo una abstención que no puede ponerse en duda, representa la inmensa mayoría del país, razón por la cual y las razones esgrimidas, tal "constituyente" no puede autoproclamarse ni "supraconstitucional y menos plenipotenciaria". Tampoco puede arrogarse la conducción política, económica, social y menos humana sobre un pueblo. Si tuvieran un mínimo de vergüenza, o si están tan seguros que son inmensa mayoría del país, deberían convocar un referendo para que legitimara la continuación o cese de sus funciones. Eso sí sería verdaderamente honesto y sujeto sobre la constitucionalidad y la justicia.

¡Pero qué va! ¡Se harán los pendejos! Son 545 "constituyentistas" cuyos integrantes, jamás debatirán, ni dirán esta boca es mía para disentir y menos para ir en contra de lo que decida su "junta directiva". Son 545 "constituyentistas", a quienes por cierto, cuánto falta les hace un cursito sobre el uso adecuado del verbo haber¹, porque la verdad, lo que demuestran es que tienen el déficit de la lectura en máximas cantidades.

En síntesis, ¿quiénes tienen la potestad de "interpretar" los llamados "actos constituyentes" sin ningún tipo de control o límite? ¿Nadie? Pues, si, ¡El propio pueblo! Tenga claro esta "constituyente" que el país está al borde la guerra civil, y que sus actos iniciales, no han llamado precisamente a la paz, sino lo que estamos viendo es más división, mas enfrentamiento, y más actos sobrevenidos. A propósito de ser ciego. Quien tenga ojos que vea.

¹ https://www.aporrea.org/ideologia/a246053.html



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Javier Antonio Vivas Santana

Más de 6 millones de lecturas en Aporrea. Autor de la Teoría de la Regeneración del Pensar. Dr. en Educación (UPEL). Maestría en Educación, mención Enseñanza del Castellano (UDO). Lcdo. en Educación en las menciones de Ciencias Sociales y Lengua (UNA). Profesor de pre y postgrado tiene diversas publicaciones y ponencias internacionales acreditadas y arbitradas por editoriales, universidades e instituciones de España, Rusia, Estados Unidos, Alemania, Francia, y naciones de América Latina.

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