Recordando aquel 15 de marzo de 1946 cuando se le concede el Derecho al Sufragio Universal Directo y Secreto a todos los venezolanos, permitiendo que nuestras mujeres pudieran votar y ser elegidas a cargos deliberantes.
Sabías que. Aun con todas las limitaciones de la época, el derecho a votar en Venezuela, surge en el siglo XIX bajo el gobierno de José Antonio Páez. Esa prerrogativa del ciudadano a dirimir sus diferencias a través del sufragio y, no por las armas o con invasiones militares foráneas, por primera vez aparece en la Constitución de 1830.
Hubo de transcurrir más de un siglo para que ese derecho sólo establecido para los hombres fuese otorgado a las mujeres de nuestro país. De ese modo lo refrendó el Congreso de los Estados Unidos de Venezuela, a través de la ley de Elecciones promulgada a los diecinueve días del mes de septiembre de mil novecientos cuarenta y cinco en la ciudad de Caracas.
Así fue como en esa Ley de Elecciones, en su Artículo 2, el legislador les otorga a las mujeres el derecho no sólo a votar sino a ser elegidas a cualquier cargo deliberante: "Las mujeres venezolanas que reúnan las condiciones que se requieren en la disposición anterior, gozan del derecho al sufragio activo y pasiva".
Teniendo como precedente esta Ley de elecciones, el 15 de marzo de 1946, la Junta Revolucionaria de Gobierno, mediante el Decreto Nro. 217, Artículo 1, concede el Derecho del Sufragio Universal, Directo y Secreto para todos los venezolanos mayores de 18 años, sin discriminación por razones sociales, culturales o de sexo. Esto permitió a las mujeres venezolanas votar y ser elegidas para la Asamblea Nacional Constituyente de octubre de 1946. Este es otro saber republicano.