El abuso de las ya frecuentísimas declaraciones sobre la aplicación de la Carta Democrática Interamericana contra Venezuela por parte de voceros políticos nacionales e internacionales atenta contra el espíritu, propósito y razón de la misma.
Sectores políticos de la derecha venezolana e internacional, que encuentran en el Secretario General de la OEA, Luis Almagro, un aliado, siempre dispuesto a pronunciarse sin reparar en los límites de sus competencias, se han dado a la tarea de generar expectativas en la opinión pública acerca de la potencial invocación de este instrumento contra Venezuela, y, paradójicamente, contra su dinámica democrática.
La tradición de arremetidas contra el Gobierno Bolivariano hoy se nutre con el abuso de los recursos mediáticos y la presencia de actores políticos evidentes. Es el caso del Secretario General, quien parece clamar por que se le presente una solicitud de invocación de la Carta Democrática Interamericana, por parte de un poder distinto al Ejecutivo venezolano, incurriendo así en el abuso flagrante del espíritu y contenido de la Carta Democrática Interamericana, ya que las relaciones internacionales son conducidas por los Estados a través de sus poderes ejecutivos.
La representatividad en la OEA, organización multilateral conformada por Estados como lo reconoce su propia Carta fundacional, no es ajena a este principio, que, por lo demás, se corresponde con la práctica reconocida por el Derecho Internacional, y contra el cual no puede ir ningún instrumento.
Desde principios de este año y a partir de los resultados de las elecciones legislativas, celebradas en diciembre de 2015, se han incrementado las visitas, declaraciones, iniciativas y amenazas orientadas a una interpretación o reinterpretación de la Carta Democrática.
Es importante recordar que esa misma práctica de sugerir reinterpretaciones para aplicar al gobierno venezolano la Carta Democrática Interamericana fue utilizada en Venezuela por miembros de la oposición política, con el respaldo de sectores académicos vinculados al sistema interamericano como un elemento de la campaña política y mediática de desestabilización contra el Gobierno del Presidente Hugo Chávez Frías en 2002. Muchos de ellos actualmente respaldan estas iniciativas. No es la primera vez que sufrimos tales intentos espurios.
A esto se suma la agudización del intervencionismo mediático, liderado por el Washington Post, cada vez menos respetuoso de la soberanía venezolana. Así lo ilustra su más reciente editorial "Venezuela está en necesidad desesperada por una intervención política", escrito por el señor Jackson Diehl, enemigo histórico de la Revolución Bolivariana y del Presidente Hugo Chávez, quien recientemente encomió las acciones que contra Venezuela estaba perpetrando el Secretario General Luis Almagro.
¿Qué es lo novedoso?
El nuevo mecanismo que se utiliza contra gobiernos que no responden a los intereses de la derecha es el llamado a golpes parlamentarios, cuyo objetivo es erosionar la institucionalidad del Estado, intentando hurtarle la legítima representatividad al Poder Ejecutivo y violar el principio de no intervención, pilar de la Carta de la OEA y de la Carta Democrática Interamericana.
¿Qué dice la Carta Democrática Interamericana sobre su activación?
La Carta Democrática Interamericana es una Resolución de la Asamblea General de la OEA, no es un Tratado, no obstante genera compromisos a todos los Estados Miembros y a los Órganos de la OEA, incluida la Secretaría General.
La Carta Democrática Interamericana parte de un supuesto de hecho: corresponde al Estado concernido, entiéndase poder ejecutivo (gobierno) activar la Carta Democrática. Aspecto éste fundamental que respeta la soberanía de los Estados y el principio de no intervención en los asuntos internos de los Estados Miembro de la OEA.
Existe consenso respecto a la gradualidad de los artículos para invocar la Carta Democrática Interamericana: "menos grave (artículos 17 y 18) a más grave (artículos 19, 20 y 21)". Este tema fue central para alcanzar consenso en la negociación y adopción de esta Carta.
En concordancia con los artículos 17 y 18, la Carta Democrática Interamericana es invocada en aquellas situaciones cuando "el gobierno (Poder Ejecutivo) de un Estado Miembro considere que está en riesgo su proceso político institucional democrático o su legítimo ejercicio del poder. En tal situación, el Estado "podrá recurrir al Secretario General o al Consejo Permanente a fin de solicitar asistencia para el fortalecimiento y preservación de la institucionalidad democrática".
El Artículo18 establece que "Cuando en un Estado Miembro se produzcan situaciones que pudieran afectar el desarrollo del proceso político institucional democrático o el legítimo ejercicio del poder, el Secretario General o el Consejo Permanente podrá, con el consentimiento previo del gobierno afectado, disponer visitas y otras gestiones con la finalidad de hacer un análisis de la situación (…)".
En conclusión, la apreciación de la situación y la actuación posterior requiere el consentimiento de Estado. Ambos elementos son básicos para invocar la Carta Democrática Interamericana.
Los Artículos 19 y 20 están referidos a la "(…) ruptura del orden democrático o una alteración del orden constitucional (…)". Éstos han sido invocados ante un Golpe de Estado (Venezuela, Honduras) situaciones en las cuales no existía un gobierno legitimo en el poder, y en consecuencia, no era posible "el consentimiento". Por ello en este caso, cualquier Estado o el Secretario General podrían solicitar la convocatoria inmediata del Consejo Permanente (Artículo 20).
NO existe en Venezuela ninguna situación fáctica que encaje o se subsuma bajo los supuestos de hecho establecidos en la Carta Democrática Interamericana. No existe una ruptura o alteración del orden constitucional.
Tales son los usos de la Carta Democrática Interamericana. Cualquier otra lectura o intento de proceder por intereses particulares y políticos sesgados en contra de un Gobierno, es un abuso en las previsiones de la Carta que debería tener consecuencias jurídicas.
Los abusos
Una supuesta actuación del Secretario General - vía invocación de la Carta Democrática Interamericana - se convertiría en un intento de usurpar la autoridad y soberanía del Estado y en el desconocimiento de su gobierno, que sería rechazado. No puede el Secretario General a través de una interpretación acomodaticia y temeraria de la Carta Democrática Interamericana modificar tales acuerdos, incluida la gradualidad en su aplicación. Incurriría, en tal caso, en una usurpación de funciones de la Asamblea General de la OEA, órgano al que correspondería modificarla. Esta situación prefiguraría un supuesto de hecho para solicitar la destitución del Secretario General, pues daría un golpe a la institucionalidad del Estado o estados concernidos.
El Secretario General dice actuar en función de sus principios pero no pareciera tomar en cuenta para nada los principios de la Organización a la cual se debe. La desproporcionada exposición mediática e irresponsable manejo de los temas de la Carta Democrática Interamericana en relación a la situación venezolana son de suyo una expresión de un comportamiento desequilibrado, parcializado, irresponsable y que va en contra de la ética de un funcionario internacional.
No es nuevo el debate sobre la ampliación de los actores que pueden activar la Carta Democrática Interamericana, pero lo que es claro es que la única instancia que puede modificar la Carta Democrática Interamericana es la Asamblea General de la OEA, compuesta por los Ministros de Relaciones Exteriores de los Estados Miembros, y no al Consejo Permanente o a una instancia administrativa como lo es la Secretaría General. Adicionalmente, una modificación de la Carta Democrática Interamericana, en este sentido, pasaría por una modificación de la propia Carta de la OEA, en lo relativo a su naturaleza, propósitos y principios. En consecuencia, usurpar las funciones de la Asamblea General no tiene fundamento jurídico y es un abuso en la interpretación de la Carta Democrática.
Más allá de estas consideraciones jurídicas e institucionales de la aplicación de la Carta Democrática Interamericana a Venezuela, la conducta ya pública y notoria del Señor Almagro lo inhabilita para tener cualquier tipo de participación sobre los asuntos relacionados con Venezuela. De ello él está consciente. Su conducta es perjudicial para la OEA porque contribuye a confundir a la opinión pública sobre cuál es su posición como individuo y cuál la de la Organización.
Lo hemos repetido, el Señor Almagro abusa de su condición de Secretario General colocándose como un actor con intereses políticos particulares y partidistas sin ninguna neutralidad ni objetividad y actuando imprudentemente en una acción intervencionista violatoria de la Carta de la OEA y del Derecho Internacional.
Debemos estar muy alerta a los próximos acontecimientos. La conducta de la alianza político- mediática de sectores de la derecha radical venezolana e internacional, cuyo nuevo vocero es el Secretario General de la OEA Luis Almagro, permite pensar que estarían dispuestos a desafiar y desatender los acuerdos y la institucionalidad de los Estados Miembros que conforman la OEA.
El interés obvio de presentar una solicitud de invocación de la Carta Democrática Interamericana contra Venezuela, que saben es ilegal, es potenciar, en complicidad con algunos medios de comunicación, el rédito personal y mediático de Almagro y sus aliados y, al mismo tiempo, socavar la credibilidad del Consejo Permanente, presentándolo como aquél que se niega a actuar políticamente sobre el caso de Venezuela. Í Qué gigantesca irresponsabilidad!
En cualquier escenario, esto será una prueba para la Organización: ¿Estará la OEA dispuesta a situarse al margen de la legalidad y retroceder a su oscuro historial de intervenciones de los tiempos de la guerra fría? ¿Estaremos frente a un mega show mediático?
Lo que no se puede aceptar es el engaño, la manipulación y la generación de expectativas falsas, básicamente como parte de una campaña para golpear al Gobierno de Venezuela y a su Pueblo.