Las Fronteras venezolanas en dos tiempos: la Constituyente de 1999 y ahora la Constituyente de 2017

Atribuyo al Consejo Nacional de Fronteras el pecado original de haber pensado en una frontera venezolana, socialista, bolivariana, integradora de pueblos y luego haberlo plasmado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999. Ninguno de los 27 textos constitucionales anteriores, promulgados desde el año 1811, trató los asuntos fronterizos en función de la protección del territorio y de la integración de la plurinacionalidad existente en las regiones fronterizas de Venezuela.

El más importante logro del CNF fue lograr en los debates de aquella Constituyente, insertar y visibilizar en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el tema fronterizo, conjuntamente con la cuestión indígena, pues la casi totalidad de los pueblos originarios venezolanos tienen su hábitat en nuestras fronteras.

El Texto Constitucional de 1.999, introdujo con absoluta claridad principios, contenidos y disposiciones directa e indirectamente relacionadas con nuestras fronteras; dictó finalmente la Disposición Transitoria sexta ordenando con prioridad legislar la Ley Orgánica de Fronteras dentro de los dos años siguientes a la promulgación de la nueva Constitución. La Asamblea Nacional mantuvo una inexplicable omisión legislativa de 16 años, engavetando tres proyectos de ley, el primero, suspendido en 2da. Discusión, en la oportunidad de que la Asamblea Nacional era presidida por el entonces Diputado Nicolás Maduro Moros y dos proyectos sucesivos presentados a consideración del Presidente Hugo Chávez vía habilitante, conjuntamente por el CNF y el Consejo de la Defensa de la Nación CODENA.

En el año 2015, la Asamblea Nacional habilitó al Presidente de la República para legislar sobre un conjunto de materias relacionadas directamente con los asuntos fronterizos, cuestión que le permitió promulgar el 30 de diciembre un Decreto-Ley Orgánica de Fronteras, instrumento de corto alcance al no desarrollar integralmente los artículos constitucionales 15º y 327º. Pero aún con estas deficiencias, los altos funcionarios obligados por la ley, vigente desde el 1º de enero de 2016, PERO, nueve gobernadores fronterizos, el Ministro de Fronteras, el Ministro de Relaciones Interiores (por ejercer jurisdicción sobre las Dependencias Federales), el Ministro de Petróleo y Minería, la Ministra de Pueblos y Comunidades Indígenas, el Ministro de la Defensa, el Ministro de Planificación y Finanzas, el Ministro de Eco socialismo y Ambiente y el Vice-presidente Ejecutivo de la República, amén de los consejos legislativos de esos nueve estados fronterizos, entre otros, no han mostrado la voluntad o interés de desarrollar la ley en sus 18 meses de vigencia.

El proyecto bolivariano y socialista debe fundamentar la NUEVA FRONTERA DE PAZ, para defender los derechos políticos, culturales, económicos y sociales de los que viven en cualquiera de las catorce fronteras configuradas hoy en el territorio de Venezuela: tres países continentales y once países caribeños, con sus vecindades, costumbres, idiomas y orden legal diversos, algunos son colonias o departamentos de ultramar de USA, Holanda y Francia. Pero si se trata de naciones diversas, limitamos también con muchos más pueblos que estos catorce países limítrofes, basta agregar en nuestro territorio, el hábitat de las 28 comunidades y pueblos indígenas que tienen su hábitat en los municipios con limite internacional.
Las fronteras venezolanas se encuentran hoy dominadas por los modos y manifestaciones más perversos del capitalismo, donde la vida humana no vale, al ser asediada por bandas criminales y paramilitares; donde se desangran los cuantiosos recursos económicos del país; donde imperan modernas formas de esclavitud; donde se deforma la conciencia social y la identidad nacional, para imponer una cultura delincuencial.

De la mano de los delitos más abyectos, el consumo y tráfico de drogas, el tráfico de personas, el saqueo de riquezas naturales y económicas, caminan juntas mafias desarrolladas al margen de la ley, pero también enquistadas en el aparato gubernamental. La riqueza que genera Venezuela y que sale ilegalmente más allá de sus fronteras es inocultable; no tan solo es un desaguadero de gasolina, gas doméstico, oro, diamantes, coltán.

A la burla del control del estado sobre sus importaciones de bienes de consumo destinados para los venezolanos que viven en el territorio nacional, se fugan alimentos, medicinas, maquinarias, repuestos. Las mafias fronterizas han saqueado al país, hasta ocasionar severos daños a nuestra economía. A la vista tenemos por ejemplo el parque automotor que circula en Colombia con placas venezolanas, ubicado allá sin requisitos ni impuestos de exportación, amparado por leyes colombianas que estimulan el delito del contrabando, así también se extraen de Venezuela electrodomésticos, línea blanca o marrón, computadores, celulares, ropa, calzado, alimentos y medicinas, los cuales han salido durante años, a través de nuestras fronteras, a costa del desabastecimiento de los pueblos fronterizos venezolanos.

Es de dominio público el hecho demográfico causado por el desplazamiento hacia Venezuela de cinco millones personas a causa de la guerra civil que agobia a Colombia desde hace 65 años. En su gran mayoría se encuentran domiciliados preferentemente en los estados Zulia, Táchira, Barinas y Apure, acogidos solidariamente por Venezuela, han obtenido la nacionalidad venezolana, pero a pesar de haber accedido sin más condiciones a nuestra ciudadanía, por falta de una política del estado venezolano de integrarlos al proyecto socialista, se sienten aún más vinculados al modelo capitalista pro- norteamericano que domina al pueblo colombiano.

La política del Estado hacia sus regiones fronterizas es ineficaz, errática o dispersa en la consecución de sus fines. La realidad de los catorce espacios limítrofes del Territorio Nacional y la dinámica de hoy día tienen, exige una clara y definida política del Estado Venezolano para sus fronteras, a fin de consolidar la integridad territorial y fomentar el desarrollo de estas regiones en concordancia con las estrategias económicas, sociales, de seguridad y defensa, ambientales, tecnológicas y culturales del Plan de la Patria.

Es una exigencia para el Constituyente fronterizo del poder originario de 2017, defender, ampliar y blindar el ordenamiento constitucional hacia las fronteras, determinando las regiones fronterizas consagradas en el Artº 15, los hábitats indígenas y los municipios fronterizos con los cuales debe determinarse la franja de seguridad fronteriza prevista y no delimitada en el artº 327 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Si la nueva Constitución se inclina por la vigencia del Estado Comunal, atribuir a las comunas y CLAP que se organicen en frontera, asignaciones económicas especiales para el fortalecimiento de sistemas productivos desarrollados por los pueblos fronterizos.



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Feijoo Colomine


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