Vencimiento de la concesión de RCTV (III)

Todas estas reglamentaciones previstas en materia de contenidos de transmisiones y comunicaciones cursadas a través de los distintos medios de telecomunicaciones quedaron vigentes a la luz de la promulgación de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones en el año 2000, siempre que no contradijeran los principios constitucionales ya vigentes, tal y como lo prevé su artículo 208. Sin embargo, a partir de la aparición en escena de la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión, en el año 2004, publicada en Gaceta oficial n° 8.081, del 08 de diciembre del mismo año, quedaron derogadas.

La sociedad mercantil RCTV, C.A. es titular de la concesión contenida en el oficio N° 1685, del 20 de septiembre de 1952, mediante el cual se autorizó la instalación de una estación de televisión en el área metropolitana de Caracas. Dado que la mencionada concesión no previó lapsos de vigencia y fue otorgada bajo el régimen de la Ley de Telecomunicaciones de 1940, su duración está determinada por el Reglamento sobre Concesiones para Televisoras Radiodifusoras, del 27 de mayo de 1987, publicado en Gaceta oficial nº . 26, mediante decreto Nº 1577, cuyo artículo primero dice que “las concesiones para el establecimiento y explotaciones de estaciones televisoras y radiodifusoras se otorgarán por 20 años”.

Es por esta razón que la concesión de RCTV tiene como término para su vigencia el 27 de mayo de 2007, es decir, 20 años después de la fecha en la cual se dictó el Reglamento sobre Concesiones para Televisoras y Radiodifusoras, en cumplimiento con lo acordado en el artículo 210 de la Ley de Telecomunicaciones del año 2000. Este artículo expresa que “(...) todos los derechos y obligaciones adquiridos al amparo de la anterior legislación permanecen en pleno vigor, en los mismos términos y condiciones establecidas en las respectivas concesiones y permisos”. Por lo tanto, la situación que se presenta en Venezuela con el operador televisivo RCTV es la extinción jurídica de una concesión que el Estado decidió no renovar.

En vez de ello, el Estado ha decidido, por órgano del Ministerio del Poder Popular para las Telecomunicaciones, destinar el uso de la señal del canal 2 para honrar la exigencia constitucional, expresada en el artículo 108, que le exige garantizar a la ciudadanía “(…) servicios públicos de radio, televisión (…), con el fin de permitir el acceso universal a la información”.

Tal decisión responde, además, a una estrategia que apunta a modificar el modelo comunicacional que rige en Venezuela, en el cual el dueño del medio es el dueño de todos los mensajes. También, favorece la desintegración del monopolio comunicacional, a favor de la democratización del espectro radioeléctrico. La propuesta para el uso de la señal del canal 2 desarrolla un modelo en el cual hay un administrador de la frecuencia que no genera contenidos, sino que administra una programación que es seleccionada mediante un mecanismo plural, en el cual participa la sociedad. La producción de contenidos le corresponde a los productores nacionales independientes, productores nacionales, regionales y comunitarios y a las comunidades organizadas, entre otros grupos no gubernamentales.

Adicionalmente, debe considerarse que la Ley Orgánica de Telecomunicaciones (LOTEL) en el quinto numeral del artículo 108 expresa que no serán otorgadas las concesiones para el uso del espectro radioeléctrico a quienes —aunque cumplieran con los requisitos de ley— estén incursos, entre otros, en el supuesto siguiente: “Cuando surjan graves circunstancias atinentes a la seguridad del Estado que, a juicio del Presidente de la República, hagan inconveniente su otorgamiento”. En virtud de esta facultad y de este planteamiento, para el Estado venezolano resulta “inconveniente” renovar la concesión a RCTV. Es fundamental, por lo tanto, recordar los mandatos que la Constitución Nacional asigna a los medios de comunicación para evaluar las actuaciones de RCTV durante dos episodios que comprometieron la democracia y los Derechos Humanos en Venezuela, como fueron el golpe de Estado ocurrido en abril de 2002 y el paro petrolero de diciembre de 2002 y enero de 2003.

rcTV en el golpe de estado

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece en el artículo 108 que “Los medios de comunicación públicos y privados, deben contribuir a la formación ciudadana (…)”. Es una condición que exige la norma constitucional a los medios impresos, audiovisuales y digitales que se fundamenta, básicamente, en su deber de proporcionar información plural y diversa que permita a los ciudadanos identificarse como miembros de la sociedad. Al respecto, el artículo 58 constitucional puntualiza, en uno de sus párrafos que “(…) Toda persona tiene derecho a la información oportuna, veraz e imparcial, sin censura, de acuerdo con los principios de esta Constitución.

El artículo constitucional 57 le garantiza al ciudadano la posibilidad de hacer uso de cualquier medio de comunicación y difusión para expresarse, e insiste: “sin que pueda establecerse censura”. El mismo texto declara la prohibición del anonimato, la propaganda de guerra, los mensajes discriminatorios y los que promuevan la intolerancia religiosa. Finaliza este artículo indicando que “se prohíbe la censura a los funcionarios públicos o funcionarias públicas para dar cuenta de los asuntos bajo sus responsabilidades”. Según la opinión de diversos organismos no gubernamentales (ONG) internacionales, los medios de comunicación en Venezuela simpatizan claramente con los partidos de oposición, actúan como defensores de sus posturas y han liderado el activismo político opositor al gobierno bolivariano.

Expresó el Observatorio Global de Medios, capítulo Venezuela, el 21 de noviembre 2002, que en los análisis hechos a los medios se evidencia constantemente “la tergiversación de los hechos, ocultamiento de datos y referencias, manipulación de las declaraciones, desbalance en la escogencia de las fuentes y una permanente tendencia a presentar el desarrollo de los acontecimientos desde una perspectiva tendenciosamente apocalíptica”. Agregó, además que “la pluralidad de opiniones, una de las condiciones que requiere el sistema democrático para su funcionamiento, ha sido prácticamente eliminada”.

Luego de una semana de haber ocurrido el golpe de Estado, el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez, en su discurso ante el Consejo Federal del gobierno el 19 de abril de 2002 indicó: “Este golpe de Estado no hubiese sido posible sin el apoyo de los medios de comunicación. Si los medios, especialmente las televisoras, quieren seguir alentando esto y nosotros lo permitimos, ellos nos van a llevar a una guerra”, añadió, en plena coincidencia con la opinión de esta ONG, y de muchas otras, como se verá más adelante. RCTV dejó expresa evidencia de su participación en el golpe de Estado, no sólo mediante la difundida imagen que registró la presencia de su director general, Marcel Granier, en el Palacio de Miraflores durante la inconstitucional juramentación del empresario Pedro Carmona como presidente ilegítimo de Venezuela, sino también a través de sus posiciones editoriales, la difusión de información falsa, propaganda política y aplicación de censura.

Lo que se vio en la pantalla

Algunas de las evidencias más relevantes de conductas violatorias a la normativa legal por parte de RCTV son detalladas. Debe señalarse, antes, que estas acciones son contrarias a las exigencias contempladas en la normativa legal que se encontraba vigente para la época en la cual se desarrollaron estos hechos: RCTV, al igual que otros prestadores de servicio de televisión, dividió la pantalla durante la difusión de un mensaje oficial de la entonces ministra del Trabajo, María Cristina Iglesias. Además, insertó un mensaje en el que declaraba como ilegales las transmisiones en cadena del Estado, violando el artículo 192 de la LOTEL que obliga la transmisión gratuita de mensajes o alocuciones oficiales. (10-04-02).

Difundió la falsa noticia, declarada como “rumor”, sobre la supuesta retención del Presidente de la República por parte de un grupo de generales que le estarían pidiendo la renuncia (11-04-02). Insertó en la pantalla, repetidamente, el mensaje “Ni un paso atrás” haciendo referencia a las consignas políticas que vociferaban quienes asistían a la marcha del 11 de abril, en una evidente muestra de difusión de propaganda política anónima. Su programación durante el 11 de abril fue de exclusiva cobertura a los hechos relacionados con la marcha de la oposición mediante reseñas desde los lugares de concentración, entrevistas a personajes de la oposición, tanto desde el estudio como desde la calle. Su noticiero, El Observador, no dio cabida a la difusión de otras voces que tuvieran posiciones afines al gobierno bolivariano, por el contrario, privilegió la de voceros que alentaban la actuación opositora.

RCTV, al igual que otros prestadores de servicio de televisión, dividió, en un nuevo desafío a la normativa legal, la pantalla durante la alocución presidencial del 11 de abril. Difundió simultáneamente los sucesos acaecidos durante ese día, con un claro objetivo de asociar la figura del primer mandatario con las muertes de civiles; matriz informativa que instauraron los medios de comunicación privados luego de la tragedia. Transmitió constantemente declaraciones de militares y políticos de la oposición que responsabilizaban al gobierno nacional de las muertes ocurridas durante la marcha del 11 de abril, convirtiéndose en juez ilegítimo y mellando la reputación y buen nombre de personas e instituciones públicas, lo cual atentaba contra la normativa legal vigente.

Interrumpieron la transmisión de la rueda de prensa convocada por el Fiscal General General de la República, Isaías Rodríguez, en lo que éste, en lugar de dimitir, como esperaba la oposición, denunció que se trataba de un golpe de Estado y que el presidente no había renunciado. (12-04-02); otra evidencia de una clara censura de información. De igual forma, RCTV impidió que los manifestantes a favor del regreso del Presidente Hugo Chávez se pronunciaran ante sus cámaras. Sólo mediante la decisiva manifestación y protestas de los ciudadanos frente a RCTV, y a otros prestadores de servicio de televisión, cedieron a la presión ciudadana y permitieron que la gente se expresara.

Durante el 13 y 14 de abril impusieron un silencio informativo, con el cual censuraron las movilizaciones a favor del regreso del presidente Hugo Chávez. Luego de bombardear con incesantes emisiones reporteriles durante tres días, RCTV contrastó su programación e impuso la difusión de dibujos animados y películas de ficción como El libro de la selva, Furia al volante, El espía del deseo, Hoguera de pasión, entre otras. El director General de RCTV, Marcel Granier intentó justificar este silencio informativo de la siguiente forma: (…) nosotros quedamos muy impactados con lo que ocurrió el 27 de febrero (primera manifestación social contra el neoliberalismo.), en donde evidentemente, la transmisión de esos saqueos contribuyó, en cierta forma, a que un país que no estaba preparado para enfrentarlos se desbocara (...) en el caso nuestro fue peor: primero, unos quedaron prisioneros aquí (en la sede del canal); otros en Miraflores y otros en Fuerte Tiuna; de manera que nuestros reporteros no tenían acceso a las noticias.

La principal microondas que era la que estaba en Mecedores había sido cortada de manera ilegal por el Teniente Coronel Hugo Chávez cuando trató de ocultar la masacre de Puente Llaguno. Nosotros, esa señal no la pudimos restituir hasta la semana siguiente. La microondas que teníamos en Fuerte Tiuna tampoco nos permitían los militares utilizarla y la de Miraflores tampoco se podía usar. A parte de esto, muchos periodistas estaban sitiados en sus casas, perseguidos, incluso, muchos tuvieron que refugiarse en Embajadas por las amenazas que recibieron. Sin embargo, los periodistas que permanecían en las instalaciones de RCTV, durante los hechos de abril, sí recibían información generada por las agencias internacionales.

De acuerdo con el testimonio de Andrés Izarra, ex ministro de Comunicación e Información y actualmente presidente de la televisora Telesur, quien se desempeñaba como Gerente de Información del noticiero El Observador para entonces, RCTV prohibió difundir las noticias de la detención ilegal del Presidente Hugo Chávez, generadas por la cadena Telemundo, así como las relacionadas con la inconformidad de varios países en cuanto a la designación de Pedro Carmona como presidente. Son declaraciones de Izarra recogidas en el libro Chávez y los Medios de Comunicación Social (2002).

Dice el artículo 171 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones que “será sancionado con la revocatoria de la habilitación administrativa o concesión, según el caso”. “(Literal 6to) El que utilice o permita el uso de los servicios de telecomunicaciones para los cuales está habilitado, como medios para coadyuvar en la comisión de delitos; (…). Vale puntualizar que coadyuvar, según la definición del diccionario, significa “contribuir o ayudar a la consecución de alguna cosa”.

Veamos en detalle el mensaje editorial que difundió el 12 de abril de 2002, en repetidas ocasiones, RCTV a través de la pantalla, para declarar su conformidad con el incorrectamente declarado “gobierno de transición” y los hechos que se habían generado. RCTV, que ya había decidido aparecer en primer plano, puso en pantalla los siguientes caracteres: La bandera amarilla, azul y roja ondeó hoy con bríos de democracia, agitada esta vez, para siempre, por los vientos de la libertad.

En la histórica jornada, el pueblo venezolano se encargó de izar el glorioso estandarte, tan alto como su voluntad de no claudicar ante los designios de un oscuro régimen. Quizá desde ahora el amarillo reflejará no sólo las riquezas de la naturaleza, sino también el tesoro de la dignidad nacional. Quizá, el azul sea a partir de este momento un océano de esperanza y el rojo, que evoca en la memoria orgullosa la sangre de los héroes que forjaron nuestra emancipación nos recuerde eternamente a los mártires de esta fecha, regando la tierra con su ejemplo de lucha y honor. Desde ya un torrente de paz, de civismo, orden y respeto volverá a plenar los cauces constitucionales para reinstaurar la autonomía de los poderes y el debido rol de cada entidad, de cada persona. Y a quien nos ocupa la misión de informar, asumir una vez más, con mayor empeño un compromiso que es sagrado por el porvenir del país.

Resulta importante precisar que haber destinado el medio televisivo para usos contrarios a los que les ha asignado la ley implicó presuntas infracciones a las normativas en el área comunicacional vigentes en los años 2002 y 2003, según lo previsto y acordado en el artículo 208 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones (LOTEL). Puntualmente, la difusión de estos mensajes implica la presunta trasgresión del artículo 53 del Reglamento de Radiocomunicaciones de 1984, —derogado por la Ley de Responsabilidad} Social en Radio y Televisión del año 2004, pero vigente para el año 2002— en prácticamente, todos sus literales (“c”, “d”, “e” “g”, “i”, “j”, “k”, “l”, “m” y “o”), al igual que el artículo 2 (literales “c”, “d”, “e”, “h” e “i”) de la reforma parcial de ese mismo reglamento dictada en 1992.

El Reglamento de Radiocomunicaciones, además de considerar en su artículo 199 irrisorias multas para estos presuntos delitos –entre 100 y cuatro mil bolívares–, también contempla como sanción la suspensión temporal o definitiva de las transmisiones, lo cual, evidentemente, no fue aplicado. Una vez que dimite Pedro Carmona y asume la presidencia el entonces Vicepresidente Diosdado Cabello, RCTV acata la obligación de transmitir la cadena oficial que refleja este hecho. También, difunde la imagen del retorno del Presidente de la República Bolivariana de Venezuela Hugo Chávez. Pareciera que el país regresaba a la normalidad. Pero, lamentablemente, los enfrentamientos y desafíos por parte de los prestadores de servicio, en especial RCTV, no cesaron, más bien se acentuaron, como sucedió durante el paro petrolero que ocho meses después convocó la oposición y que promovieron los medios de manera más evidente.

rcTV en el paro petrolero

Otro episodio de la relación medios-Estado lo constituyó el paro petrolero convocado por el gremio empresarial de Fedecámaras, la coalición opositora Coordinadora Democrática, la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV) y un grupo de trabajadores de PDVSA durante diciembre de 2002 y enero de 2003. Sólo que esta vez la conducta política de RCTV y sus presuntas violaciones a la ley produjeron la reacción de varias instituciones públicas en respuesta a sus obligaciones de garantizar el estado de derecho. RCTV se encargó, durante el paro petrolero, no de reflejar la realidad, sino de construir una realidad, evidentemente modelada según los propósitos políticos de la oposición. Para ello utilizó actores, fabricó lemas, guiones e imágenes asociadas a la oposición e inundó su programación con claros mensajes desestabilizadores. El Consejo para Asuntos Hemisféricos (COHA), en un documento fechado el 30 de abril de 2003, desde Washington DC, EEUU, opina: Puede afirmarse que la mayoría de los medios actuaron la mayor parte del tiempo de modo antiprofesional y con reducida responsabilidad, viéndose a sí mismos más como adversarios de Chávez que como operadores neutrales y responsables. (…) Es indudable que los medios venezolanos no se han comportado de un modo muy democrático.

Es una apreciación que puede comprobarse mediante el inventario de mensajes que forma parte del fundamento legal hecho por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, Conatel, a través del Ministerio de Infraestructura, en el 2003, para argumentar un procedimiento administrativo que abrió a RCTV, al igual que al prestador de servicios de televisión Globovisión, por infracciones al ordenamiento jurídico incurridas durante este nuevo ataque a la democracia.

El 20 de enero de 2003, Conatel visitó a RCTV y entregó los documentos en los que se les informaba de la apertura de las investigaciones. Los documentos de notificación de la apertura de los procedimientos administrativos señalaron que se sustentaban en las normativas establecidas en el Reglamento de Radiocomunicaciones, el Reglamento Parcial sobre Transmisiones de Televisión —vigentes para la fecha de los acontecimientos— y la Ley Orgánica de Telecomunicaciones que prohíben la difusión de contenidos que hagan apología del delito, inciten a la rebelión, al irrespeto, a la subversión del orden público, al desprestigio de personas e instituciones y a la transmisión de noticias falsas o tendenciosas, escenas que susciten el terror, así como mensajes que muestren cuadros sombríos o patéticos.

Declaraciones de incitación difundidas por rcTV

Algunos de los argumentos del expediente del Procedimiento Administrativo abierto por Conatel incluyen las trascripciones de las declaraciones y mensajes de los siguientes ciudadanos difundidas por RCTV: Manuel rosendo (Se desempeñaba como Jefe del Comando Unificado de la Fuerza Armada Nacional, CUFAN): Señor Fiscal ¿dónde está su responsabilidad? ¿Por qué el doctor José Vicente Rangel no tiene nada que lo involucre en los hechos que ocurrieron el 11 de abril cuando todos sabemos cual fue su actuación?... Así como imputó una serie de acusaciones contra los ciudadanos Presidente de la República, Vicepresidente Ejecutivo y miembros de la Asamblea Nacional en torno a la “masacre del 11 de abril de 2002”. (9 de octubre de 2002).

Álvaro Martín Fossa (Era el Jefe del Estado Mayor Conjunto) dirigiéndose a los integrantes de la Fuerza Armada Nacional y a la ciudadanía: ...el pueblo no puede obedecer a un gobierno que ha cometido crímenes de lesa humanidad, como el monstruoso caso de Puente Llaguno, aún no resuelto, que ha desencadenado la más brutal corrupción. ...un gobierno que a través de su presidente ha sembrado de manera programada y perseverante el odio entre los venezolanos, que ha pretendido sembrar diferencias raciales en un país mestizo e igualitario, como es el nuestro, a través de un discurso descalificador, prepotente, grosero y autoritario, un gobierno, en fin, que enaltece y justifica la violencia y busca la lucha fraticida, dadas las respuestas continuas de burla, manipulación y desprecio del gobierno a las manifestaciones masivas a las protestas cívicas de la sociedad venezolana, así como a la intermediación de organizaciones nacionales e internacionales.

Entre otras expresiones de similar contenido y llamados a la desobediencia por parte de la colectividad. Asimismo, se evidencia una propaganda transmitida por RCTV, en la cual dicho ciudadano reitera un mensaje de desobediencia e incita a las Fuerzas Armadas a la rebelión. (9 de octubre de 2002). Alfredo ramos (Dirigente del partido político de oposición Causa R): “... ante todo una profunda indignación y el dolor que se sentimos todos los venezolanos por esta masacre que ocurrió hoy en esta plaza, la libertad, y cuyo único responsable es el asesino de Miraflores, Hugo Chávez Frías”. (6 de diciembre de 2002).

Andrés Velásquez (Dirigente del partido político de oposición Causa R): “... No puedo sino calificar de miserable, ruin, el más ruin criminal, a Hugo Chávez Frías. El responsable de lo que aquí acaba de ocurrir es Hugo Chávez Frías, Hugo Chávez Frías cargó de odio este país, Hugo Chávez Frías nos llenó de violencia, Hugo Chávez Frías es el responsable de esta situación... aquí lo que está claro es que después de esta masacre Hugo Chávez Frías no puede permanecer más en el poder. (6 de diciembre de 2002).

Hermann Escarrá (Abogado identificado con la oposición): “... El paro tiene que ser indefinido hasta que salga Chávez (...) el pueblo tiene que salir a las calles mañana, el pueblo tiene que permanecer en las calles mañana, y yo me pregunto, en estas horas vamos a demostrar la resistencia civil, pero yo quiero saber dónde está el honor y la resistencia militar (...) el llamado es al pueblo, pero el llamado es también a los militares que deben portar esos uniformes que se los hemos dados nosotros” (6 de diciembre de 2002).

Carlos Ortega (Ex presidente de la CTV): “... de las balas asesinas de Hugo Chávez Frías, y que frente a estos hechos que lamenta el pueblo venezolano no hay duda de que los planteamientos de la sociedad civil en relación a la salida de la crisis es definitivamente el actual régimen (...) quiero decirle a Gaviria, es usted el mejor testigo de lo que ocurre en Venezuela, no queda duda señor Gaviria: Chávez es el asesino”. (6 de diciembre de 2002) “Señor Chávez todo ese fantasma no existe, el único saboteador, golpista y conspirador, convicto y confeso es usted, allí están los antecedentes con relación a su conducta...” (27 de diciembre de 2002) Presunta infracción Según expresa Conatel, “de tales declaraciones, se puede apreciar la presunta transgresión a la prohibición absoluta de transmitir mensajes, discursos, prédicas y conferencias en los cuales se incitare a la rebelión o al irrespeto de las instituciones y autoridades legítimas; y al irrespeto a esas mismas instituciones y autoridades, prevista en el literal c) del artículo 53 del Reglamento de Radiocomunicaciones.

Más declaraciones:

Carlos Ortega: ...especialmente ahora, y con toda la responsabilidad, anunciamos que el pueblo democrático de Venezuela se declara en desobediencia tributaria. La Constitución, al autorizar la desobediencia civil autoriza también la desobediencia tributaria, lo cual implica una suspensión, una ruptura con la obligación de contribuir al gasto público. La desobediencia tributaria consiste en no atender a la obligación de presentar declaraciones de impuestos, y no pagar el pago de los impuestos nacionales por parte del pueblo debe tener su contrapartida en un Estado que funcione para todos los habitantes. Presunta infracción Constituye una apología al delito de defraudación tributaria.

Propagandas de subversión emitidas por rcTV

El documento elaborado por Conatel analiza la incidencia legal de las propagandas emitidas por el operador televisivo de manera continua y reiterativa durante el paro petrolero.

Propagandas

Tranca tu calle y Toma tu calle: Son una invitación dirigida a la ciudadanía a cerrar calles, urbanizaciones, avenidas y barrios.

La gran batalla: Es una convocatoria realizada por la Coordinadora Democrática, cuyo contexto musical y mensajes incitan a la guerra entre venezolanos.

Presuntas infracciones

* Quebrantamiento a la prohibición absoluta de transmitir propaganda tendente a subvertir el orden público o social, según lo dispuesto en el literal d) del artículo 53 del Reglamento de Radiocomunicaciones.
* Menoscabo al derecho que tienen los ciudadanos de transitar libremente y por

cualquier medio a lo largo del territorio nacional, consagrado en el artículo 50 de nuestra Carta Magna. Violación al artículo 57 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

— Quebrantamiento de la prohibición absoluta de transmitir propaganda tendente a subvertir el orden público o social, establecida en el literal d) del artículo 53 del Reglamento de Radiocomunicaciones.

Propagandas

* Estar unidos o Un mensaje de aliento y esperanza de Proyecto Venezuela: Mensajes que relacionan el nombre del ciudadano Presidente de la República en señalamientos tales como “confrontación, viajes innecesarios, ataques a la iglesia”. La propaganda expresa “quien sólo ha sembrado odio nunca podrá traer la paz”.
* Hay un solo responsable: Dice “no te dejes engañar, en este país, nuestro país hay un solo responsable de tanta violación, impunidad, anarquía e ingobernabilidad. Venezuela no te dejes engañar, el único responsable de la violación de la Constitución, de financiar los círculos del terror creados a la sombra de su gobierno, de regalar nuestro petróleo, de la toma de nuestra marina mercante por parte de mercenarios, de la tortura de PDVSA, de la politización de las Fuerzas Armadas... del odio entre hermanos(...) de tanto horror, de tanta tristeza, de tanto terror, de tanta violencia, de tanta intransigencia, de tanta insensibilidad...”



Historia de un fracasado:

Expresa “Como golpista, fracasó. Con los niños de la calle, fracasó. Contra la corrupción, fracasó. Aplicando justicia, fracasó. En la unidad de Venezuela, fracasó”.

*Usted es el único rico: Mensaje patrocinado por la organización Mujeres por la Libertad, en el que distintas ciudadanas dicen: “Embustero. Usted Presidente, es el único rico. El petróleo de Venezuela no es para financiar un proyecto político, es de todos y no te equivoques. No nos arrebatarás nuestra libertad y la democracia la defenderemos. Chávez, a las mujeres de Venezuela no nos vas a engañar, el único responsable de esta crisis eres tú, no te vamos a permitir que los sueños de nuestros niños se conviertan en una pesadilla”.

Presuntas infracciones — Inobservancia de la prohibición absoluta de transmitir conceptos que afecten de alguna manera la reputación y buen nombre de las personas o instituciones, preceptuado en el literal i) del artículo 53 del Reglamento de Radiocomunicaciones.

* Las propagandas Estar unidos o Un mensaje de aliento y esperanza de Proyecto Venezuela y Hay un sólo responsable podrían considerarse “Escenas o mensajes que susciten terror”. Tales contenidos, señalados en el literal d, del artículo 4 del Reglamento Parcial sobre Transmisiones de Televisión, están absolutamente prohibidos de acuerdo con lo previsto en el literal b, del artículo 6 del mismo Reglamento.



Propagandas

*Todos juntos, de la Coordinadora Democrática: Emplea imágenes de personas asfixiadas y de una persona herida con perdigones en el rostro.

* Ni un muerto más, de Alianza Cívica; Canto por la vida; Recoger, de la Coordinadora Democrática y Una sola Venezuela: Muestran escenas de sangre, heridos y muertos producto de los acontecimientos ocurridos en la Plaza Francia de Altamira el día 6 de diciembre de 2002.

* Prohibido olvidar: Presenta imágenes alusivas a los hechos de la Plaza Francia de Altamira y los funerales de las víctimas. La voz de fondo es de una locutora de RCTV. * Venezuela quiere vida y libertad: Proyecta imágenes en blanco y negro de niños con rostros que reflejan tristeza y demás sentimientos negativos. Rompen fotos alusivas a hechos de sangre y violencia de diferentes lugares del mundo.

Presunta infracción

— Transgresión del literal m) del artículo 53 del Reglamento de Radiocomunicaciones que contiene la prohibición expresa de transmitir cuadros sombríos o patéticos, narraciones sensacionalistas o relatos de hechos poco edificantes.

— Adicionalmente, las propagandas Recoger y Prohibido olvidar podrían considerarse como “Escenas o mensajes que susciten terror”. Tales contenidos, señalados en el literal d, del artículo 4 del Reglamento Parcial sobre Transmisiones de Televisión, están absolutamente prohibidos de acuerdo con lo previsto en el literal b, del artículo 6 del mismo Reglamento.

Propaganda

* Ni un bolívar más, patrocinada por Alianza Bravo Pueblo: Bajo el lema “ni un bolívar

más para la corrupción”, invita a todos los contribuyentes a no cumplir con el pago de los tributos legalmente establecidos.

Presunta infracción

— Constituye un llamado a inobservar la obligación constitucional de coadyuvar con los gastos públicos mediante el pago de impuestos, prevista en el artículo 133 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. También puede presumirse como una apología del delito de defraudación fiscal.

Propaganda

* La gran batalla: Convocó a la ciudadanía a que asistiese a una concentración en las inmediaciones de Los Próceres, con la intención de llegar al monumento denominado “Los Monolitos” el día 3 de enero del año 2003.

Presuntas infracciones

— Promociona el incumplimiento del régimen especial de la Zona de Seguridad de Fuerte Tiuna, cuya sanción se encuentra prevista en el artículo 56 de la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación. También puede presumirse como una apología del delito.

— Ambas propagandas (Ni un bolívar más y La gran batalla) contravienen lo previsto en el literal o) del artículo 53 del Reglamento de Radiocomunicaciones que prohíbe la transmisión de todo lo que envuelva la comisión de un delito castigado por las leyes penales venezolanas.

— Igualmente, las señaladas propagandas transgreden el numeral 6 del artículo 171 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones que establece que podrá ser sancionado quien utilice o permita el uso de los servicios de telecomunicaciones para los cuales está habilitado, como medio para coadyuvar en la comisión de delitos.

Donaciones de propagandas no declaradas

Una de las acciones ilegales que detectó el Estado a través del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) fue la evasión del pago de tributo, no sólo por parte de RCTV, por la difusión de propaganda política de la Coordinadora Democrática y otros entes de la oposición que fue declarada por el operador televisivo como donación y cuyos impuestos evadió.

Se estima, según el escritor e investigador Roberto Hernández Montoya y el periodista y profesor universitario Earle Herrera, que RCTV y los prestadores de servicios de televisión Venevisión, Globovisión y Televen emitieron, durante los 63 días que duró el paro petrolero, 17.600 mensajes políticos presentados en forma de propaganda. El Superintendente Nacional Tributario del Seniat, José Vielma Mora, al respecto, aclaró que los montos exigidos por el pago de impuestos derivados de la difusión gratuita de esos mensajes —aproximadamente 2 mil millones de bolívares, en el caso de RCTV— no eran multas o sanciones y estaban apegados a la Ley de Sucesiones, Donaciones y demás ramos conexos. “Son reparos a unas donaciones que están dentro del libro de ingresos y ventas de las televisoras. (…) por favor entiendan que éste es un ente tributario y deben pagar sus impuestos”, aclaró.

Capítulo IV

(Tomado del Libro “Libro Blanco sobre RCTV), publicado por el Ministerio del Poder Popular para la Comunicación y la Información. Marzo, 2007. 1era Edición Impreso en la República Bolivariana de Venezuela ISBN: 980-227-038-5 Depósito Legal: lf8712007384754 (Caracas, Venezuela).

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Julio César Colmenares

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