Los Consejos Comunales nacen en Venezuela como un instrumento del Poder Popular para construir una sociedad de equidad y justicia social. Es decir, una sociedad de bien común, sin corrupción ni burocratismo.
Eso en la práctica significa que el pueblo organizado se moviliza para resolver necesidades sociales (alimentación, transporte, telecomunicaciones, vivienda y hábitat) y concretar aspiraciones de participación protagónica de las comunidades, especialmente de aquellas empobrecidas, atomizadas, desarticuladas y marginadas por el capitalismo.
Como podemos observar, la potencia de los Consejos Comunales va mas allá de la obtención de financiamiento para proyectos reivindicativos, como muchos pretenden hacernos creer. Su alcance llega al Desarrollo Comunitario para que florezcan nuestros caseríos, pueblos, barrios y urbanizaciones, envejecidos prematuramente. Estamos hablando de procesos y proyectos comunitarios (infraestructura social: museos, bibliotecas, polideportivos), sociales (capacitación y formación) y productivos (soberanía productiva: agroindustriales, alimentarios).
Se cumple la consigna con la cual llegamos al gobierno en 1998.
¡Con Chávez Manda el Pueblo!
Cuando revisamos a profundidad la razón política de la Ley de Consejos Comunales nos encontramos que estos deben ejecutar todas, pero todas sus actividades, orientados por dos líneas estratégicas: (I) la Democracia Participativa y Protagónica, y (II) el Desarrollo Endógeno.
Aquí esta el meollo.
Bajo esta premisa tenemos que decir:
¡Los Consejos Comunales son un agente de Desarrollo Endógeno!
Como el Desarrollo Endógeno no tiene otro fin, que elevar la calidad de vida de las comunidades y dada la importancia que esto reviste para la revolución, vale preguntarse:
¿Cuando el Consejo Comunal está dentro de la estrategia endógena?.
1-La señal concreta es un Plan de Desarrollo, que sea producto del diagnostico participativo, donde todos los vecinos han jerarquizado las necesidades e identificado los proyectos de interés colectivo. Por supuesto, este plan requiere la validación y aprobación de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas del barrio.
2-Es importante que en la asignación de recursos para el Plan de Desarrollo, en primera instancia se consideren las riquezas, tecnologías proyectos y talentos propios del caserío, pueblo, barrio o urbanización, y en segundo lugar, el financiamiento del Fondo Nacional, proyectos y recursos humanos asignados por otros entes de gobierno.
3-Este plan también debe contemplar entre las líneas gruesas: (I) un programa para conformar cooperativas estratégicas (vivienda, alimentos, telecomunicaciones, transporte de carga, transporte de personal de empresas básicas, producción de electrodomésticos, comedores industriales), (II) solicitud de transferencia de algunos servicios públicos (electricidad, aseo urbano, transporte escolar), (III) Núcleos de Desarrollo Endógeno (agrícolas, industriales, turísticos, mineros y energéticos), y (IV) Propuestas de Autogestión y Cogestión de empresas públicas, según sea la realidad del lugar.
4-Es vital, un programa de formación permanente en: Cooperativismo, Contraloría Social, Presupuesto Participativo, Microfinanzas, Diagnostico Participativo, Técnicas Parlamentarias, Democracia Participativa y Economía Popular, entre otros.
Con este listado de cosas, a primera vista, pareciera difícil para los Consejos Comunales mantenerse dentro de la estrategia endógena. Pero no resulta así, cuando se asume que ese es el rumbo a seguir, y que nuestro proceso revolucionario que se consolida paso a paso.
Compatriotas, no hay que apresurarse, solo hay que imprimirle el ritmo que nos permita nuestro nivel organizativo, conscientes que con los Consejos Comunales estamos construyendo, con una estrategia endógena, el Socialismo Comunitario, que es el Socialismo del Siglo XXI.
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