El poder popular (Casi) en la incertidumbre

En una oportunidad anterior, comenté en una nota[1] que la Ley Orgánica de los Consejos Comunales no dio muchas posibilidades para el fortalecimiento y desarrollo del poder popular. Comentaba en esa ocasión, que la Ley incorporaba lineamientos y procedimientos para el registro de los Consejos Comunales ante una instancia que llevaría un registro y decía también, que se incorporaba una propuesta para la revocatoria de vocerías. Son aspectos importantes, pero el aspecto sustantivo de una ley de este tipo (orgánica) y en un contexto en el cual se hace énfasis en el fortalecimiento del Poder Popular; la ley no dio un tratamiento adecuado. No dio alternativas para acercar el poder al pueblo.

Recientemente se aprobó y se le puso el ejecútese a la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno (LOCFG) y este instrumento abre una posibilidad cierta para transferir poder al pueblo. Es muy pronto todavía para exigirle a la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno (LOCFG) que presione a las autoridades para comenzar a organizar iniciativas con el objeto de proceder a realizar esta transferencia, no obstante, la realidad emite señales y esas señales tienen su sentido y significado al momento de evaluar, cómo ese (posible) proceso de transferir poder al pueblo gana terreno.

¿Cuál es la señal?

Si realizamos un seguimiento (contraloría) a las iniciativas desarrolladas después de haberse aprobado la LOCFG, notaremos que ya existe una propuesta de Distritos Motores del Desarrollo y eso es altamente positivo, muy positivo, pero no hemos visto o podido analizar, una propuesta que incluya un proceso que precise, bajo una orientaciones claras, la entrega al pueblo (consejos comunales, comunidad organizada) de competencias para poder ver cómo es que se come eso: Poder Popular. Si contabilizamos esta iniciativa un poco más atrás, alguien con alguna razón pudiera decir: Bueno, pero el gobierno ha entregado a las comunidades organizadas una considerable suma de recursos para desarrollar acciones y proyectos. Eso es verdad, pero una cosa es entregar a las comunidades unos millones de bolívares para acometer una obra o proyecto muy puntual y otra muy distinta, es darle poder al pueblo y transferirle competencias.

La opción de entregar recursos para un proyecto es muy importante, pero es para una tarea puntual. La iniciativa para la transferencia de competencias al poder popular tiene otras implicaciones más profunda y conectada con la propuesta que observamos en el discurso y en el Plan Nacional “Simón Bolívar”. Esta última alternativa, incorpora al Poder Popular (Consejos Comunales) en la red de gobierno y toma de decisiones sobre las políticas públicas. La primera opción, dirigida a darle recursos a los Consejos Comunales para la ejecución de un proyecto puntual, ha podido servir como proceso para el aprendizaje de las comunidades y al gobierno, como forma de evaluar la madurez de las comunidades para pasar a otra instancia: tener competencias y tomar decisiones.

A pesar de estar muy reciente la aprobación de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales y de la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno, el tiempo transcurrido desde el lanzamiento del fortalecimiento del Poder Popular como elemento sustantivo del Proceso bolivariano parece ser suficiente para tener muchas experiencias en este campo. La única iniciativa que he oído sobre este asunto, se ha orientado a plantear transferirle a los Consejos Comunales y comunidades los Infocentro. Parece bueno, pero no es suficiente, ni es una situación que pudiera calificarse como estratégica para lograr el objetivo de fortalecer y consolidar el Poder Popular. Esa iniciativa, que es muy positiva, es una “ñapa” a la opción que ha estado ejecutándose, cuya orientación o finalidad ha estado dirigida a ofrecerle algún recurso a las comunidades para desarrollar un proyecto u obra puntual.

evaristomarcano@cantv.net







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Evaristo Marcano Marín


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