Derecho, política y revolución

Aunque algunos desconfiados lo hayan olvidado, a pesar de sus sesudos estudios de la literatura fundamental de la revolución anticapitalista, el Derecho es la manifestación normativa de la voluntad de las clases y sectores sociales dominantes en una determinada sociedad y, el límite de su vigencia esta fijado, no por la norma misma, sino por la preservación del Poder Constituido de esas clases, hecho Estado, para imponerle al conjunto de la sociedad sus intereses.

Contrario a las viejas doctrinas jurídicas burguesas, promovidas en las Escuelas de Derecho y en los estrados tribunalicios, el Derecho conocido no es ni puede ser una emanación de la naturaleza del Ser Humano ni mucho menos expresión de la “voluntad general de las sociedades:”, sino el producto político y cultural del desarrollo de las sociedades de clase, cuyo contenido y propósito responde, en cada momento del desarrollo histórico concreto, a quienes ejercen la hegemonía social y, por esa vía, ejercen el control del Poder del Estado y lo ponen al servicio de sus intereses de clases.

El Derecho  es el regulador de la vida política de un Estado, determinándoles a los ciudadanos y a las ciudadanas el ejercicio de sus derechos, garantías y libertades y  el cumplimiento  de sus obligaciones, a la vez que les establece una relación de reglamentada subordinación a los órganos del Estado, al establecerles a estos sus atribuciones, competencias y funciones e, instituyendo su Judicatura, como instrumento final de legitimación y defensa en los casos en que el Derecho establecido favorece la posibilidad de cuestionar la preservación del sistema.

Toda revolución, cuando asume la dirección del Estado, “naturalmente” desarrolla la producción de un orden jurídico que responda a tal proceso de cambio y en consonancia con las clases y sectores sociales a favor de los cuales se desarrolla tal revolución, pero tal Estado de Derecho no esta ni puede esta por encima de la Revolución misma, a tal punto de ponerla en riesgo ante las acciones contra-revolucionarias internas y externas, razón por la cual, en la contradicción entre  Derecho establecido y el Derecho de Defensa de una Revolución, no puede haber dudas de que este Derecho deberá imponerse, no importando la formalidad invocada y el artificio jurٕídico esgrimido, porque la Revolución es el Derecho Fundamental de los Pueblos oprimidos, en sus luchas contra el imperialismo y las clases propietarias que se les subordinan, con el propósito de derrotar un proyecto revolucionario popular que se propone destruir el Estado de los Propietarios, en Transición al Estado de los Trabajadores.

No puede entenderse entonces, como organizaciones venezolanas y respetables colectivos e individualidades que se definen revolucionarias y dicen asumir el proceso revolucionario venezolano bajo el liderazgo del comandante Chávez, se convierten en expertos defensores del Derecho nacional e internacional,  invocándolos como instrumentos para rechazar una decisión política, que no tuvo otro propósito que  defender al Estado en Transición Revolucionaria de una, más que demostrada, conspiración, fraguada por el imperialismo, instrumentada por el Estado oligárquico colombiano y apoyada por el gobierno otanista del Reino de Suecia, aprovechando el circunstancial viaje a Venezuela de un militante revolucionario colombiano.

Será posible que estos camaradas sigamn pensando que, en términos de la lucha de clases nacional e internacional, nuestro Derecho a la Revolución esta supeditado al Derecho y que podemos avanzar en nuestros objetivos estratégico de derrotar definitivamente al imperialismo y a las clases propietarias internas, apegándonos irrestrictamenrte a las normas del Derecho Internacional creadas y violadas descaradamente  por los Estados burgueses, con el fin de preservar la hegemonía mundial del Capital y atacar a los  Estados, gobiernos y movimientos sociales anticapitalistas, que desafían su pretensión de dominación mundial?.

No se trata hacerle apología al anarquismo, desconociendo la existencia de un cierto Derecho inevitable y necesario en todo Estado, incluso en un Estado  en Transición Revolucionaria, sino tener  siempre presente que el principal Derecho de los Pueblos es el Derecho a la Revolución y que tal Derecho, en todo caso, siempre estará por encima de cualquier  consideración jurídica, porque, aunque no lo quisiéramos, estas son las condiciones impuestas por la dura y difícil lucha de clases y, con ese referente fundamental, debemos responder frente a la amenaza contra-revolucionaria. Si quienes  desconfían de la decisión del comandante Chávez tienen alguna duda sobre este tema, entonces deberían revisar las recientes decisiones y acciones,  de los Estados Unidos de América, el Consejo de Seguridad de la ONU,  la OTAN, La Unión Europea y el ente sionista israelí sobre el proceso político en  el Medio Oriente y el Norte de Africa.

yoelpmarcano@yahoo.com

  
 



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Yoel Pérez Marcano


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