En defensa de Soto Rojas

La información según la cual el comandante guerrillero y diputado Luis Fernando Soto Rojas, quien ejerció la presidencia de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela en el año 2011, no puede ingresar al Estado de Canadá, por existir en su contra medidas judiciales de investigación y detención por sus antiguas actividades revolucionarias, debe ser motivo de consideración de nuestro pueblo y nuestro gobierno bolivarianos, no solo porque se trata de un alta personalidad del Estado Venezolano titular, seguramente, de un pasaporte diplomático con el cual iba cumplir una misión de Estado como miembro de la delegación venezolana en la reunión anual del Grupo Latinoamericano y del Caribe de las Naciones Unidas, GRULAC, a realizarse en la provincia francófona de Quebec, sino porque en esa condición se encuentran cientos de camaradas combatientes guerrilleros y dirigentes revolucionarios venezolanos que el imperialismo y sus aliados regionales, les mantienen medidas policiales y judiciales que ponen en peligro su libertad y les impide desplazarse libremente por el mundo en sus actividades personales y políticas.

El caso más resaltante, había sido el del exdiputado del Parlamento Latinoamericano, Amílcar Figueroa, que fue objeto de una medida judicial de detención, captura y búsqueda internacional por tribunales de la República de Colombia, por defender políticamente el derecho de los revolucionarios colombianos de oponerse a los bárbaros y sanguinarios gobierno colombianos que han ensangrentado ese país para preservar los intereses de su oligarquía y las empresas transnacionales mineras, petroleras y agrarias; decisión que limita el libre tránsito y desenvolvimiento de su vida personal y política por la amenaza de ser capturado y entregado a la injusticia colombiana.

Aunque de manera silenciosa, antes de decidir emprender un viaje internacional, son muchos los antiguos revolucionarios venezolanos y las revolucionarias venezolanas que deben considerar la elaboración de una ruta de viaje utilizando “caminos verdes” (fuera del circuito imperialista) por temer, fundadamente, que al pasar por aeropuertos de algunos países como Colombia, los Estados Unidos, México, Canadá, el Reino Unido y España, entre otros, pudieran ser objeto de interrogatorios abusivos, registros indignantes e, incluso, detenciones arbitrarias, relacionadas con antiguas acusaciones policiales e investigaciones judiciales abiertas, por supuestos delitos de “terrorismo”, rebelión y otros delitos conexos.

La situación vivida por Soto Rojas y Amilcar Figueroa debe ser valorada, no en lo individual sino en lo colectivo de todos los militantes y combatientes revolucionarios y revolucionarias que fueron objeto de medidas policiales y judiciales de investigación y persecución y las primera atención debe estar dirigida a la situación interna porque, por negligencia y saturación de nuestro nuestros tribunales y fiscalías penales y militares y el anacronismo del manejo de los archivos judiciales, se mantienen formalmente abiertas antiguas investigaciones y efectivas órdenes de detención que, en la oportunidad de trámites de pasaportes o cédulas de identidad o de solicitud de antecedentes de investigación criminal o de antecedentes penales o, cuando se intenta salir del país, aparecen en los archivo de registros oficiales que le generan a estos nobles patriotas venezolanos y venezolanas, situaciones de molestias que son injustas e inmerecidas por el sacrificio que hicieron en su lucha contra el Capitalismo y el imperialismo en nuestra Patria e, incluso en otras tierras del planeta.

Los revolucionarios venezolanos y las revolucionarias venezolanas tienen el Derecho a su Libertad plena y no a ser molestados dentro de nuestro territorio por las actividades políticas que cumplieron o cumplen dentro del territorio nacional y, el Estado venezolano en revolución, tiene la obligación ética, política y jurídica de garantizar ese Derecho dentro del país, erradicando definitivamente de los archivos policiales, de la Fiscalía y los Tribunales civiles y militares, toda las medidas que fueron emitidas en contra de tales personas, por cuanto es insuficiente, en si mismos, los decretos de Amnistía y las medidas de Sobreseimientos de la Causa que pudieron haber dictados, si ellas no constan directamente en le expediente ni se han depurados los archivos informáticos en las terminales de aeropuerto y puertos de la República y en el Sistema de Información Policial, SIPOL, SEBIM y la Dirección General de Inteligencia Militar.

De la misma manera, los gobiernos que aprecian la amistad de nuestros pueblo y gobierno bolivariano y aquellos que tengan interés en mantener relaciones cordiales, amistosas y de cooperación, tienen que entender que deben colaborar en la solución total y definitiva de ésta situación, promoviendo las medidas políticas, administrativas y judiciales que den por concluidas las acciones policiales y judiciales que en el pasado, tales Estados tomaron en contra de nuestros ciudadanos en razón de sus ideas y acciones políticas; condición importante para favorecer un clima de respeto y colaboración entre nuestros países.

yoelpmarcano@yahoo.com


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Yoel Pérez Marcano


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