La Federación Nacional de Abogados emitió un pronunciamiento en el que se declaran en "rebeldía" ante las decisiones del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).
En este sentido plantearon situaciones radicales, donde instaron a "desconocer en cada circuito judicial a los magistrados del TSJ y las sentencias por ellos dictadas"; les agregaría yo: también tendrán que desconocer las decisiones de los tribunales regionales en sus distintas instancias, por cuanto los dictámenes de estos están sujetos a la jurisprudencia y lineamientos que en sentido general devienen del TSJ, además de las decisiones vinculantes de la Sala Constitucional que son de obligatorio cumplimiento; por lo tanto las sentencias de divorcio, de paternidad, de violaciones, asesinatos, de actos mercantiles, entres otras, deberían ser anuladas independientemente a quien favorezcan.
Los gremios de Abogados, que tienen como 20 años a la misma directiva sin ningún proceso de renovación de sus autoridades, manifiestan entre otros aspectos: que el TSJ ordeno desincorporaran a los Diputados de Amazonas; que se opuso a la Ley de Amnistía; que estableció que la AN no puede aprobar una enmienda destinada a disminuir el período de un Presidente; que se centralizó en el Ejecutivo la elaboración y ejecución del presupuesto nacional.
Vistos estos planteamientos daré respuesta de la forma más sintetizada posible a cada uno de ellos: 1) La no incorporación de los Diputados de Amazonas obedece a un presunto fraude electoral cometido en esa región, donde el TSJ ordeno su desincorporación hasta tener sentencia firme al respecto; en este caso yo diría que se debe agilizar la decisión y si lo que aplica es una nueva elección en Amazonas que se haga lo más pronto posible, pero la AN cometió desacato al no desincorporar tales Diputados; 2) Sobre la ley de Amnistía hablé en reiterados artículos, esta ley es violatoria del ordenamiento jurídico porque entre otras cosas se deberían dejar en libertad a asesinos, corruptos, atracadores, traficantes de drogas, entre otros delitos, incluidos en tal amnistía; 3) La AN si puede proponer una enmienda para disminuir un periodo presidencial, pero es ilógico e ilegal que se aplique en el mandato que está corriendo; los efectos de este tipo de leyes son a futuro; o sea aplicable desde el próximo ejercicio presidencial; 4) Con respecto a la Ley de Presupuesto se los voy a ejemplificar: existen algunos Concejales de Cámaras Municipales, de distintas tendencias políticas que han pretendido que los Alcaldes le otorguen recursos adicionales, sin tener recursos la Alcaldía para ello y sin estar contemplado ese ingreso adicional a la Cámara, y como medida de presión manifiestan que no le aprobaran los créditos adicionales y el presupuesto; en estos casos he fungido de mediador y personalmente les he explicado lo ilegal de tal situación y en caso de que se les otorgue podrían ser sancionados por la Contraloría General de la Republica, previa declaratoria de Responsabilidad Administrativa, con multas y la inhabilitación para ejercer cargos públicos, amén de las sanciones civiles y/o penales a que hubiere lugar. En este sentido funcionó la conversación; pero lo mismo no pasó en la AN, donde se niegan a dialogar con el Presidente y aprobar un presupuesto que es para beneficio del pueblo, además de haber desacatado la orden del TSJ de desincorporación de los Diputados de Amazonas así como otras instrucciones jurídicas, por lo que el TSJ los declaro en desobediencia a las leyes y por tanto todos sus actos serán considerados de nulidad absoluta.
Nuestro ordenamiento jurídico no establece situación alguna referida al desacato de la AN, por tal motivo caben los análisis e interpretación de la Constitución y las Leyes. Si se tranca el juego y la AN no deja al Gobierno honrar sus compromisos, caeríamos en un caos donde ni los trabajadores podrían cobrar su sueldo, situación que buscan los radicales de la oposición. Ante esta disyuntiva el Estado no se puede paralizar y por eso comparto las decisiones del TSJ.