Ininteligible diálogo ahorcado: ¿justicia como mercancía "Ser" de la Paz?
Del método mayéutica del Dialogo desvirtuado. Elenco, objetivos, objeto y su heurística como guerra de ideas profundas en lo práctico moral, industrial, para y con contenido ciencia popular o académica, no provenientes de pensamientos colonialistas, sin oligarquías nepoticas para consolidar el Bien del Pueblo, su estado axiomático laboral de virtudes, el diálogo debe ser entendible, inteligible, ya que ambos sectores tienen que ser virtuosos exponentes de las intenciones programáticas de la construcción de la nación para el país productivo humanista que necesitamos y queremos.
¿Justicia virtuosa democrática o distractora dialógica? La ética del cristianismo primitivo no es así, empieza con la honesta honradez del espíritu perfectible, amen para verdad depósito de la justicia que empieza no solo reconociéndonos espirituales y materiales sino fundiendo razón con acto, potencia con Fe igual a paz privada personal para socializar ¿equilibrio judicial? Como acto ético republicano humanista. La fe en el futuro con calidad de vida.
Linchando la "Justicia": haciendo "justicia" por su propia mano: derivando en terrorismo jurídico. Las originales y legítimas ideas ilustradas de todo tipo de progreso humanista, como lo es la calidad de vida han sido densamente desvirgados, profanados y a su vez, desvirtuados en sus contenidos desde metodologías carentes de relevancias contextuales, sin la consistencia moral como ejemplo pedagógico doctrinal, la verdadera naturaleza fecunda de cualquiera de los diálogos, desde Platón hasta la actualidad, actualmente en Venezuela, para la justicia de paz con las clases populares dialogando por sus derechos humanos con mejores métodos accesible.
Aclarando en lo práctico moral de la ¿Justicia "terrorista" o la virtud de justicia Estado humanista dialogador democrático?: delincuencias, crisis economicista, inseguridades ciudadanas, injusticias sociales, delitos comunes, públicos, jurídicos, judiciales, políticos, impunidades, inmunidades, privados, oficiales, sectarios, oposicionistas e implantados. Venezuela en "híbridas violencias, guerritas de radicales"
¿Ciencia jurídicas, político administrativas, económicas, sociales y del derecho?
La doctrina de los principios fundamentales, democráticos del entendimiento, para el juicio de los tribunales de la razón pura, la facultad crítica de la ética para juzgar.
Conciencia moral y acción comunicativa, derecho humano para la libertad: "¿libertad de presos políticos?", amnistía, armisticios, indultos, reinserción social de ex convictos, proscriptos, "linchamientos políticos", linchamientos a delincuentes comunes; justica "popular" por propia mano, impunidad de los crímenes económicos, "políticos inocentes" pueblo culpable, exclusiones "fraudes" comiciales, supresión de derechos humanos desaparticularizados, delitos justos pero ilegales, legales pero injustos, privilegios e injusticias sociales:
Sectarias guerritas híbridas. Justicia ahorcada: Venezuela sistema de social de derecho y de justicia; el actual debate nacional: Ética jurídica, justicia, historia, democracia y política: Venezuela.
¿Y, qué de la justicia social para los movimientos de trabajadores, familias, etnias, campesinos, pescadores, desplazados?
http://www.dw.com/es/j%C3%BCrgen-habermas-el-derecho-al-asilo-es-un-derecho-humano/a-18758467
¿Doctrinas éticas: justicia, verdad válida, ética, razón de Estado, fe, saber, religión y política?
Habermas J. propone un modelo que permite analizar la sociedad como dos formas de racionalidad que están en juego simultáneamente: la racionalidad sustantiva del mundo de la vida y la racionalidad formal del sistema, pero donde el mundo de la vida representa una perspectiva interna como el punto de vista de los sujetos que actúan sobre la sociedad, mientras que el Sistema representa la perspectiva externa, como la estructura sistémica (la racionalidad técnica, burocratizada-weberiana, de las instituciones).
https://es.wikipedia.org/wiki/Acci%C3%B3n_comunicativa
https://aquileana.wordpress.com/2007/12/18/junger-habermas-teoria-de-la-accion-comunicativa/
Y la sociedad de la esencia ¿doctrina humanista democrática de Estado social y de justicia garantizado constitucional en derechos? La virtud pública imanada del Estado rector, jurídico institucional, actuando en presente, previniendo, auditando contralorías a derechos efectivos humanos, económicos, sociales organizados contra fraudes, estafas, sesgos virulentos de oposiciones cívicas, morales a deberes objetivos provenientes de toda mala acepción democrática, sin el debido fomento de humanismos ejemplares, prontos e imparciales, para derechos humanos garantizados constitucionales, efectivos por iguales democráticos al debido proceso, en métodos para la justicia integral del "Ser" social eficaz, eficiente para la paz nacional. ¿Democracia de Estado como justas virtudes ciudadanas "Ser" de la paz, o Estado "jurídico" terrorista de particular Estado?
http://www.aporrea.org/oposicion/n275566.html
¿Ciencias administrativas, jurídicas, políticas, económicas, sociales y del derecho?
¿"Justicia con linchamientos"? La pregunta por "la cosa" del delito, y de "la cosa" de su administrativa a derecho, además, cuál doctrina le fecunda eficiente, pronta, eficaz, objetiva, efectiva, imparcial en verdad válida, desde, con, para, y en democracia. ¿Y cuál es el sujeto, y objeto de la justicia?
¿"Terrorismo legítimo democrático"?: en Venezuela.
En particulares facciones prácticas referentes a los Poderes; ejecutivo, jurídico judicial, legislativo, moral republicano y comicial:
Desde una aproximación crítica constructiva:
Democracia: justicia, administración de ciencias jurídicas y del derecho, política, sistema jurídico, judicial, poder ejecutivo, moral republicano, delitos con o sin violencias, derechos humanos, ética jurídica y política: Venezuela.
¿Tribunales "terroristas" contra la ética justicia, político, económica, social común en la razón pura de los pueblos?
http://www.el-nacional.com/sucesos/cadaveres-morgue-dias_0_704929544.html
El ideal de la doctrina de los principios del entendimiento, en el juicio de tribunales de la razón pura, la facultad del juicio "Ético" crítico para juzgar desde la doctrina de los principios para el entendimiento, comprendida analítica con la verdad "Ser" esencia de la justicia, "ente esencia" de la paz.
En conciencia moral y acción comunicativa: impunidad e inmunidad de delitos públicos, comunes, políticos, oficiales, de oposición y de nuevo tipo "fascistoide": en supresión represiva al pueblo, "¿libertad de presos políticos?", ¿amnistía política? con "linchamientos políticos", y justica "popular" por propia mano, "linchamiento de delincuentes", garantías constitucionales, inseguridades ciudadanas , la morgue full cada semana, violación al debido proceso jurídico-judicial sujeto a derecho de justicia garantizada constitucionalmente, armisticios, desplazados forzados, desaparecidos, refugiados, éxodos, inmunidad e impunidad de los crímenes políticos económicos, exclusiones de partidos políticos de iniciativas populares como "fraudes" comiciales, represión social desarticulando derechos humanos, delitos justos pero ilegales y legales pero injustos, privilegios, supresión social generalizada y selectiva desparticularizando derechos humanos, terrorismo judicial-jurídico, sin derecho de expresión en fundamentada opinión crítica constructiva, trabajo y familia en materia laboral tercerizada, delincuencias como vicios fronterizos, causales y consecuencias de éxodos de desplazamientos forzados o no de pueblos-familias, privilegios e injusticias sociales. ¿Democracias o vetocracias?
¿Venezuela sistema social de derecho y de justicia; el actual debate nacional?
¿Doctrinas éticas: agotamiento, colapso de la "administración" del sistema de justicia, justicia, verdad válida en criterios procesales, verdad jurídica y verdad política, judicialización de la verdad válida, ética, razón de Estado y razón política judicial, fe, saber, religión y causa con consecuencia política? Comercialización de la paz así desde el tráfico de la "justicia social"
Habermas J. propone un modelo que permite analizar la sociedad como dos formas de racionalidad que están en juego simultáneamente: la racionalidad sustantiva del mundo de la vida y la racionalidad formal del sistema, pero donde el mundo de la vida representa una perspectiva interna como el punto de vista de los sujetos que actúan sobre la sociedad, mientras que el Sistema representa la perspectiva externa, como la estructura sistémica (la racionalidad técnica, burocratizada-weberiana, de las instituciones).
https://es.wikipedia.org/wiki/Acci%C3%B3n_comunicativa
https://aquileana.wordpress.com/2007/12/18/junger-habermas-teoria-de-la-accion-comunicativa/
De la ¿libertad y los presos políticos de Venezuela? ¿"Linchamientos políticos"? Y, del delito común y sus ¿linchamientos a delincuentes públicos comunes? Sociedad y su concepción de la esencia virtuosa democrática de Justicia desde la ¿doctrina humanista de Estado de Derecho? Rector ejemplar, jurídico institucional, actuando en presente activo conclusivo, contra sus oposiciones morales y materiales a deberes objetivos, prontos e imparciales, para derechos humanos eficientes, efectivos por iguales, al debido proceso, en métodos para la justicia integral del "Ser" social eficaz para la paz nacional. ¿Estado "jurídico" terrorista de Estado?
http://www.aporrea.org/oposicion/n275566.html
Representa esto ¿el agotamiento del sistema legislativo, jurídico, judicial procedimental del sistema de administración acción efectiva de justicia nacional? Cometiendo ¿injusticias sociales por estar faltando al debido proceso?
¿"Estado social de derecho y de justicia"? Actual debate crítico: Democracias y derechos humanos efectivos para todos en Venezuela.
Filosofía ética, política, justicia, doctrina, métodos, eficiencia, derecho y democracia, ciudadanía, ante los diversos rostros del delito.
El deber ser institucional republicano metodológico para la justicia de paz:
Sociedad objetiva, pronta e imparcial de legítimos Jueces instituidos dentro del estado de justicia y derecho; el espejo moral para la justicia requerida, desde el contenido epistemológico jurídico procedimental, procedente del Estado humanista aplicativo en su doctrina metódica del derecho para: la justicia social, efectiva, eficaz y eficiente en pronta praxis jurídica expedita, estructurando reafirmativamente los contenidos axiológicos morales en la lógica del derecho, así, devenida entonces en la ética y, a su vez allanados estos procedimientos yendo hacia su consecuencial estética trascendental humanista, democrática, "Ser" de justicia, para la fecunda paz. Consagrándose así la estética de la justicia para la paz nacional
El tribunal institucional de la razón pura entre el Estado, gobierno, códigos jurídicos y el Pueblo. La facultad crítica de juzgar a través de los principios doctrinarios del sistema de derecho humanista.
¿Ética humanista como el método del derecho crítico democrático?
http://www.aporrea.org/actualidad/n276371.html
Del ¿Código Ético? en la administración de ¿Justicia democrática? contra la "legitimación" de toda corrupción moral
http://www.aporrea.org/actualidad/n276342.html
Defensor del Pueblo: "Tomar justicia por mano propia anulando el Estado de Justicia y Derecho abre puertas al Fascismo"
Genealogía de la moral; justicia objetiva, pronta e imparcial por igual, en el debido procedimiento ajustado a derechos y garantías y sus pertinentes leyes en ejercicio ético, sin tomar la justicia por propia mano.
¿Dialogo desvirtuado flagrantemente?
Ininteligible diálogo ahorcado: ¿justicia como mercancía "Ser" de la Paz?
De la moral kantiana a la venezolana, una sucinta referencia, desde el carácter pedagógico didáctico sosteniblemente reconocido, mostrado con "rostro lógico" para una ejemplar ética nacional de calidad social del ejercicio de los derechos comunales a los nacionales, "vivir viviendo" "calidad de vida socialista" la estética humanista democrática como método al socialismo.
Defensor del Pueblo: "Tomar justicia por mano propia anulando el Estado de Justicia y Derecho abre puertas al Fascismo"
Agosto 10 de 2015.-El Defensor del Pueblo, Tarek William Saab, a través de su cuenta twitter @tarekwilliamsaab, abrió un debate sobre el tema de los "bachaqueros" y el proceso al cual deben ser sometidos legalmente, con apego a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes que rigen la materia concerniente a las conductas ilícitas y/o delictivas. Ello, debido a noticias relacionadas al trato que le están dando a unas personas (presuntos bachaqueros) que salen en fotos, uniformadas con bragas naranja con letreros que dicen "Soy Bachaquero y quiero cambiar" las cuales, aparecen barriendo calles, como medida de "castigo" o "lección" que no está prevista en ninguna ley –hasta los momentos-
Nuestro país es un Estado Social de Derecho y de Justicia, con instituciones garantes del respeto a la dignidad del ser humano y que todo delito debe combatirse legalmente, utilizando la estructura del Estado (Fiscalías y Tribunales), lo contrario, sería incoherente con el sistema político revolucionario y socialista que el Presidente Hugo Chávez, legó a su pueblo.
¡Mano dura con justicia, con debido proceso, rectitud y no a la impunidad!
http://www.aporrea.org/ddhh/n275517.html
La contribución crítica para el análisis de las reconocidas obligaciones éticas en justicia para la paz y deberes para derechos humanos morales efectivos.
http://www.eluniversal.com/sucesos/150825/no-puedo-sacar-de-mi-mente-los-quejidos-de-los-abuelos
Venezuela: desde la requerida Ética crítica democrática para la administración de justicia:
En el sistema filosófico del derecho a la justicia y sus categorías que fungen como abono nutritivo a jurídicas en derechos humanos universales, efectuadas por la Ilustración, y que influyo inevitable notable durante la gesta independentista nacional, ayer y hoy: expuesto por Emmanuel Kant, Alemania, 1724-1804, respecto al conocimiento y la praxis de lo ético para su producto estético social , como democracia trascendental analítica; principiada en la doctrina humanista a través del juicio facultado para juzgar críticamente desde los conceptos puros para el entendimiento humano, refrendada en la metafísica de las costumbres; donde la moral y el derecho se basan en un fundamento integral común, --y no en una moral provisional comicial-- como el denominador común resultante de la razón práctica y la analítica que le principia, con el sentimiento y la voluntad imperativa humana inteligiblemente posible, como ciencia de la conciencia de la experiencia, o la fenomenología del espíritu hegeliano, donde la razón ideal de Estado, es el espíritu absoluto del pueblo, para una razón autónoma e independiente y, esto es, que el hombre en sociedad de derecho y justicia práctica, encuentra construyendo la ley de sus acciones a través de su razón sensible a lo inteligiblemente ético de los intereses republicanos que le orientan sustantivos en su doctrina moral colectiva, como "el deber ser" humanista consagrado como deber a bien común en comuniones, -no escondiendo su rostro moral, sino mostrándose en ejercicio ético universal categórico como humanismo jurídico- pues el fundamento de la obligatoriedad y beneficios de las leyes morales no se puede encontrar solo en las condiciones y circunstancias presentadas por el mundo a priori, sino también luego inteligiblemente a posteriori, en los analíticos conceptos puros del entendimiento moral de la reconocida ejemplar y dignificante razón pura. El ejercicio reconocido mediante la cultura de razón práctica moral de, y entre la sociedad, a través del ejercicio de deberes para derechos ciudadanos. Y, Venezuela no se sustrae aisladamente de lo aquí planteado:
Justicia, ética y política en Venezuela. ¿Tribunales "terroristas" de la justicia político, económica, social en la razón pura?
http://www.el-nacional.com/autores/leopoldo_lopez_gil/
Los jueces no son populares verdugos, son apóstoles éticos del sistema de justicia social para la paz. Razones institucionales.
Con el imperativo categórico de la voluntad; la lógica para la ética es asumida como el "Ser" de la verdad de progreso moral republicana siempre perfectible, pero camino a la paz reconocible y ejemplarmente aclarada, y aceptada legitima de autoridad moral; por tanto, sin necesidad de "jueces sin rostro," como "ejercicio de la justicia" por propios o extraños medios pues entonces, así, la administración de justicia –su moral- sería anónima, estaría mediadamente enmascarando con ella misma. El fascismo "socialista" "ilustrado"
Justicia, ética y política: Venezuela: ¿Ciencia políticas?
Linchando la justicia un punto a dialogar, ¿se está tomando justicia por propia mano, linchamientos políticos y populares?
¿Tribunales "terroristas" de la justicia como "razón" pura?
La solución es desde la moral personal singular, con común acuerdo colectivo, estatal, gobierno, comunal, para el transito nacional de la justicia efectiva, concreta en ejemplo moral, supeditado a los intereses públicos y privados comunes e imparciales por iguales; por la justicia social "Ser" para la paz. La estética trascendental humanista método democrático.
http://www.aporrea.org/internacionales/n275639.html
¿Código ético humanista democrático? y ¿Código "ético" "popular"?
¿Sinéresis o sindéresis administrativa ético jurídica?
De lo racional a lo moral, deslastrando lo puramente intuitivo, emocionalizado, sin la mente vacía de pensamientos, pues lo inteligible es lógico principio de identidades en comprensiones, como práctica integral de la sindéresis común, para un código ético sin privilegios de poder o clase alguna, ¡así es como se gobierna! como la delincuencia y la corrupción se identifican tipológicamente, y se suprimen en mayor medida, pues se superan los ego-antagonismos doctrinarios de "revolución y estado soy yo" y contradicciones de clase, con la dialéctica jurídica y natural, deviniendo así al estado efectivo, -no efectista- de crítica justicia moral, como la "la unión de los pueblos" que empieza por la ética reconocida entre pueblos y jueces con rostros morales, en institucionales funcionarios asimilados como ciudadanos pedagógicos críticos docentes, comuna aula abierta, el Estado ético Comunal. Todo el poder en el pueblo, la utopía orientadora.
Así "…todo ser racional, existe como fin en sí mismo y, no solo como medio." I. Kant
Sociedad fomentado virtudes con rostros abiertos en la praxis de la justicia en el Estado Comunal: ¿Todo el poder para el pueblo?
Obvio, que al ser la República un gobierno de leyes aplicables entre, para, de, y por todos, y no de solo oligarquías de mujeres y hombres inmersos en "virtudes," le es lógico que tiendan a ser incompatible "régimen" con las mayorías de intereses comunes en comuniones como soberanía nacional, y no solamente sean entendidas como potestad absoluta desde la condición ética humana para la eficiente entidad colectiva de la nación, legitimada por la confianza mutua en democrática válida entre los ciudadanos y sus instituciones, que se respetan en común el marco legal establecido, no como una soberanía abstracta ni vinculante "elite" de muchos hombres por promesas; sino aclarada por el reconocimiento digno de la voluntad moral dirigente en la filosofía política desde acciones en los asuntos trascendentales humanos-nacionales.
¿Paz como "justicia linchadora", encubierta, "populares", haciendo "jueces de justicia sin rostro"?
Por eso se dice que la soberanía tiende a escabullirse, que es inalcanzable por la sola "Razón sin ética", pero, la razón tiene su estatuto práctico doctrinario que debe obligatoriamente ser ejercido para fortalecerle como rostro humanista con la garantía simbiótica de su moral, que no se puede poseer como un sofisticado objeto enmascarado, escondido de represalias a doble moral: pero si estamos en deberes obligados a prospectarla, filosofarla, conquistarla, mantenerla, fomentarla, enseñarla, aprenderla, investigarla, metodizarla, criticarla, dialogizarla, sincronizarla, contextualizarla, mostrarla, buscarla, nutrirla y preservarla útil enriquecida sin conculcaciones o proscripciones de derechos humanos y, su garantía es el método democrático humanista al socialismo de justicia "Ser" de, y para la paz
Tratado civil virtuosos contra el delito, reconocido axiológico en normas sociales comunales. La ética como la partera de toda revolución democrática en justicia social, su hija, la estética como justicia humanista socialista.
El poder de respetar la ley haciendo uso racional de la libertad, a través de los deberes y obligaciones con-ciudadanos, para exigir derechos eficientemente efectivos, como record del ejercicio moral fecundo familiar-nacional, es el Saber para el Poder por el prójimo amor mismo y no la confundida "jurídica" oportunista en los "linchamientos".
Y, el poder de infringir la ley haciendo una irracional actuación, tipo verdugo popular justiciero, delimita el Estado democrático legítimo de soberanía, volviéndole eventualmente fascista. Traicionando la confianza jurídica depositada por mayorías constituyentes, así, la legitimación del juego dialéctico republicano va más allá de comicios, misiones o prebendas; pues, es la confianza continua del ejercicio en la virtud política activa, desarrollada plenamente establecida "cosa pública como fin" para ser aceptada reconocidamente, deliberada y votada perfectiblemente entre todos.
La justicia válida racional ética, no puede ser enmascarada, pues ella intenta la paz virtuosa, y la virtud es visión abierta democrática del conjunto ciudadano, como moral ejemplar de institución universal.
http://www.el-nacional.com/mundo/alerta-EE-UU-ciudadanos-Venezuela_0_704329808.html
Así pues, las leyes morales, no nos son impuestas por ningún ente, ni siquiera por "Dios," él solo las prescribe y tenemos el libre albedrío de nuestro proceder, que nos imponemos nosotros mismos a nuestra razón de entendimientos con voluntad para conciencias posibles: en concordancia con conducta en virtudes y ciencias ejecutadas en beneficio o no del bien público y privado; actuando jurídicamente racional, libremente así por ello, desde el reconocimiento del derecho del otro-s, con deberes y obligaciones personales sociales, para retornar nuevamente a lo individual-privado-social, y de allí renovado hasta lo público nacional. Libertad perfectible como jurídica democrática.
http://www.aporrea.org/poderpopular/n277834.html
Pues sí queremos una sociedad más justa, tenemos que actuar en Rebelión jurídica ante represiones que la secuestren, de manera ética tal para la paz, y que no hayan fronteras ni intereses cualquieras, ni leyes con verdugos o sin ellos, ni fascismos en cualquier "doctrina política" que le resten humanismos, ni políticos gobernantes o contrapuestos aspirantes, ni clanes, ni dogmas, ni pactos, ni acuerdos exclusivos, ni contrarios contra-opuestos algunos estén autorizados a infringir , ni puedan traspasar.
http://www.el-nacional.com/mundo/Almagro-democracia-imprescindible-relaciones_0_689931024.html
Del ejercicio de ¿leyes contextuales como justas? sus promociones y evacuaciones y fallos como sentencias sin "verdugos populares". De los derechos morales: epistemologías del derecho humanista, con su lógica, y su ética para su estética, es la soberanía con racionalidad ejercida cono justicia para la paz.
Desde las instituciones de las distintas virtudes para la justicia democrática del Estado de derecho nacional-comunal actual
http://www.el-nacional.com/adolfo_p-_salgueiro/Ud-miedo-leer-escuchar_0_704329706.html
Sin tratar de confundir violencia legítima con ilegitima, la violencia sea cual fuere física o espiritual, psicológica, oficial u opositora… es detestable delito, que puede devenir probablemente eventual, en modalidades y formas numéricas de fascismo, "político" enmascarado o no, tipificada o no, y que intentaría ante los numerosos "delitos comunes públicos", el que las leyes se hagan aplicables solo para el pueblo llano, y que siendo a la vez los más débiles y más numerosos no les prescribiría, yendo a parar a la cárcel.
Y de las minorías que si les prescriben y que necesitan ciertas restricciones que no alcancen ni tengan que enjuiciar a grupo oligárquico poderoso alguno. Así la impunidad lleva mascara entre la jerarquía. Mientras, además, arrogarse verdugos para el pueblo como "justicia" por su mano, es de malas sentencias también anti-jurídica que ilegitima el estado y el gobierno, ya que "legitima" la violencia, "linchando la virtud jurídica de la justicia", reconociéndola vengativa. Así en todo gobierno oligárquico no es totalmente democrático, es fascista por lo antes señalado. Pues para que pretenda justicia común, --justicia democrática-- lo esencial es que el pueblo invada la esfera socio, técnica, política, administrativa, institucional organizacional estadal y estatal, protagonizando competentemente, auditando procedimientos con, y en la autoridad Estado, y en viceversa, con lo proporcional entre el pueblo y los jerarcas "políticos poderosos" --contralorías ciudadanas en constantes y organizadas auditorias publicas a la distintas "cosa pública" de las administraciones de los poderes estatales, estadales nacionales y de organismos conexos de gobiernos, así la justicia es administrada popularmente democrática. Poder contralor competente del pueblo y del estado. ¿"El estado Comunal empoderado competente para la democracia protagónica"?
¿"Tribunales de justica populares con linchamientos"?
O, ¿virtudes ejercidas para la liberación de los pueblos, como éticas razones para la paz?
http://www.el-nacional.com/politica/CNE-descarto-observacion-OEA-CE_0_703729847.html
Ante las partes de ciertas corrupciones doctrinarias, ideológicas, administrativas: organizadas oficiales, no oficiales, privadas, públicas para los comunes intereses; la acción concreta en la sentencia de la moral respectiva, reviste leyes reconocidas y otras emergentes, asistidas por jurisprudencias críticas a lugar relevantes, que le ubiquen definidas en interpretativas de "éticos códigos" para, al y con el pueblo, en proceso institucional pedagógico de enseñanza aprendizaje permanente, entre las acciones de sus individuos conexos orgánicos, entre partes de cuerpos éticos institucionales.
¿La revolución cultural, teológica política, liberadora de las ignorancias humanas, en beneficio de construir la justicia necesaria virtuosa, así asumida facultada para el juicio crítico, rector en el entendimiento nacional, posibilitando superadoramente dialéctica -espiritual-material- la revolución de las consciencias, como praxis cultural popular, en metódica democrática humanista?
¿Desde la doctrina ideológica así garante de ello, en transformaciones virtuosas, jurídicas, humanista, popular, cultural ejemplar ante los pueblos?
No con la idea fija que podemos tener como un deber; el aliviar el sufrimiento humano, intentando la consabida "justicia social" misionera para la paz, -con toda y su necesaria deuda social como compleja eficiente administración que le justificaría,- de mejorar las condiciones de oportunidades con circunstancias y condiciones expresas con derechos efectivos, supliendo necesidades, competencias, capacidades, voluntades, actitudes, entendimiento entre otros a los menos favorecidos, y penalizar condenando "círculos impunes," que aunque esto no forme parte de una obligación moral individual, conforman en su conjunto la necesidad moral como democracia justa en virtudes, para el colectivo pueblo desde la pluralidad categorial entendida en Justicia con métodos humanistas, vista en los éticos intereses del pueblo conforme al Estado en reciproca jurisdicionalidad, como garantías humanas, para el orden distributivo de justicia moralizantemente, proveniente de la ética exigida para el adelanto al desarrollo social compartido en moral pública ciudadana
Moral ciudadana como el elemento aglutínate social, entre el pueblo y su Estado, con la mutualidad permutada y combinada reciproca de los acuerdos sociales-axiológicos magnos constitutivos irrenunciables para el Estado de bienestar total; como su cultura moral y material en, y de justicia hacia la estética humanista democrática, o llamada socialista, si es el caso, pero en todo caso en ética democrática, a reconocimiento social jurídico y con hechos de derechos humanos humanistas, prácticos comunes, menos abstraccionistas, basado en principios operantes liberadores con deberes estructuralizados metódicos, reglamentarios en el aparato de justicia del Estado
¿Ciencia políticas?: administrativas del derecho linchando la justicia:
Justicia facultada desde su filosofía de su ciencia y su metodología: entendida por todo el pueblo para su práctica ejemplarizante ciudadana, es decir, desde las distintas clases sociales, plutocracias o no, oficialista o no, oposicionista o no, como pueblos sin privilegio ninguno, todas y todos incluidos, suprimiendo inmunidades e impunidades de "políticos inocentes," delincuentes políticos o comunes sin "linchamientos" sociales remplazando proceso debido a derechos, desde cualquier "doctrina ideológica" así tratada; delincuencias "populares" comunes u oficiales, contra oposiciones y posiciones, "culpable en hechos pero inocente jurídico a derecho", o "inocente jurídicamente pero culpable evidente por hechos", o de "saqueos por hambre," o de impunidades justificadas o no, de nuevo tipo social que hay que jurisprudenciar, partiendo de sus psicologías para el delito delitos moderno. ¿Rebeliones populares y delito moderno?
http://www.el-nacional.com/sociedad/Reportan-linchamiento-ladron-Palos-Grandes_0_687531490.html
No una concepción acomodada de la verdad de acuerdo a unos fundamentos semánticos discursivos o de seudo-prácticas reformista e interesadas, urgentes solubles en un medio impreciso y restringido de "pedagogías críticas" emergentes. La "para-ética" anti democrática.
Así, con ésta visión, se parte de la idea de que cada nación tiene derecho a elegir por sí misma y para sí misma la forma política de desarrollo de administración de gobierno, con su jurisprudencia sujetas a sus magistraturas con rostro ético estatal, reconocido como sujeto critico, objetivo, imparcial posible, con apóstoles políticos, virtuosos, sociales, de allí su derecho público e institucionalidad legitima, que considere más adecuado para su estado armónico ejerciéndose en justa válida justicia social, de crecimiento económico, social y espiritual para la felicidad en calidades, como una epistemología nacional, entre otras éticas logradas como estéticas políticas, prospectando una administración-gerencia en justicia, sin ser insensiblemente, ininteligible, ciega, sorda, ni muda.
http://www.aporrea.org/ddhh/n276619.html
Los rostros de la "justicia del fascismo" hechos o no hechos sujetos a derecho "democrático": la definición actual de la crisis:
Ahora, el problema planteado a los inevitables sistemas transformadores a bien social en justicia, es el reconocimiento de su ideología humanista, cuando es virtud para el desarrollo social, en lo interno y externo, y no solo a, o para un grupo de autoridad ejemplarmente probo, sino para la genérica incorporación conductual, psicológica social, laboral a la doctrina humanista socializante de todos y cada uno de sus sectores: la ética como código de sociedad acción para su estética en pensamiento, palabra, obra y omisiones a través del sistema pedagógico-educativo con una teoría relevante pedagógica crítica constantemente en reflexión, con rostro de entendimiento y comprensión para evolucionar las consciencias en la ética posible de contenidos humanista, inteligible hacia el logro de una conciencia democrática como justicia sin dogmatismos, sin mascaras fascistas ninguna posible, si como norma humanista, moral, superior que otorga validez irrestricta a todas las leyes naturales y jurídicas establecidas y por establecer institucionalmente.
La competente soberanía política en calidad social popular, enriqueciendo el conjunto del cuerpo axiomático doctrinario, como posibilidad ética productora moral, económica, política, comunal estatal. ¿"Todo el poder para el pueblo"? ¿Una Utopía orientadora o un cliché electoral?
¿Para ser enmascaradas sus sentencias?
Leyes hechas entre suscritos acuerdos, devenidas como nunca antes del debate parlamentario con su necesaria oposición como acuerdos colectivos votados o no, para el desenvolvimiento social en todos y cada uno de los ámbitos nacionales e internacionales. La comuna ética posible
¿El Estado de Derecho crítico Docente, es así virtuosamente impulsado?
Es irrefutable y exitoso en el caso venezolano el surgimiento del empoderamiento desde el origen de la base del común ciudadano, o más académicamente como; la ontológico del poder popular, que despacha el poder otorgándolo democráticamente legitimo desde las raíces populares sujetas a la etnicidad con eticidad para el empoderamiento, posesionado y posicionado del comunal estatal, pueblo soberano, con su representatividad protagónica, mediante el nuevo orden sociológico, -con un catalogo de derechos humanos, inédito mundial— en lo jurídico, antropológico, político, económico, moral, civil, social, nacional del contrato humanista socialista, para, y en desarrollo, aunando la crisis en sus distintas definiciones y contradicciones Ruptura 1985, Venezuela, así desde, y con la verdad válida desde los de abajo hacia arriba, donde se trata del desarrollo social para el fomento del firmamento humanista, inédito crítico paradigmático, teórico social, continuo permanente a escalar, realizando: el pensamiento político filosófico de Chávez 2004 Venezuela, imbricadas en sistemas de ecuaciones compatibles como metodologías orgánicas, "la bilogía social en intelectuales trabajadores de los pueblos, en populares orgánicos; la matemática social realizando la suprema felicidad colectiva…" en función de la esencial doctrinaria democrática humanista, que le prescribe genuinamente, "la metódica justicia social para la paz" como lo señala oportunamente el finado Hugo Chávez, QePD, y, por ello en una libertad necesaria, impregnada de un necesario código ético escrito en nuestras razones y gravada en nuestras conciencias.
Las condiciones soberanas actuales están carentes de especificativos jurídicos, en precisos objetivos códigos de delitos, ¿linchamientos a delincuentes? Como ¿justicia a mano propia? rebeliones como ¿saqueo y bachaqueo? Ante su generalidad total son ¿Delitos o rebeliones populares ante evidentes necesidades? ¿Violencia e inconformidades sociales desbordadas?
¿Ciencia políticas? linchando la justicia consagrada derechos ciudadanos. Ininteligible diálogo ahorcado: la justicia como mercancía "Ser" de la Paz.
Tipificados ¿Cómo delitos violentos o no violentos? y desde ¿Los códigos de comercio y civil, y con el procesal orgánico penal, son procedentes de qué doctrina jurídica, humanista o proscriptora de derechos humanos?; ¿desde qué lógica, ética devenidas para qué estética social, nacional, humanista democrática o retrograda?
Lingüística del hambre ¿Dialogo desvirgado o desvirtuado?
Rostros doctrinarios contra diversos rostros del delito: ¿De lo civil a lo moral ciudadano como democrático republicano; solo esencialmente humanista como método viable superador, trascendente al denominado socialismo, y del código ético en cada ley orgánica constitutiva en virtudes sociales, como su método emergente, cualitativo critico para lo democrático?
http://www.aporrea.org/actualidad/a212849.html
La propuesta humanista para la administrativa procesal de la justicia.
Desarrollando un concepto de racionalidad, para ir más allá de la indolencia de los postulados subjetivistas e individualistas de la filosofía y teoría social actual; dentro de una nueva concepción para la requerida sociedad necesaria, así asistida desde su diversidad para su Unidad; integrando dos enfoques paradigmáticos que se complementarían: sistemas organizacionales, institucionales administrativos sociales y el mundo de la razón práctica humanista de la vida, para desarrollar así un –paradigma— como categoría teoría, crítica de la nueva sociedad –modernidad- que nos permita buscar metodológicamente sistémicos la verdad válida social coherente, para encontrar las respuestas relevantes necesarias, retomando así el proyecto original del mundo como sociedad justa posible humanista en, para, por y de la paz.
El crítico paradigma social posible: El socialismo en la post-modernidad. O, la pos modernidad socialista, "más allá del bien y del mal".
http://www.unavarra.es/puresoc/pdfs/tesis/alustiz/02B-Capitulo_Cuarto.pdf
Por lo tanto, no habrá, y no hay soberanía más que con una condición: no tener la voluntad humana en voluntad política, de conseguir la efectiva eficacia de las eficiencias en los ejercicios de los poderes públicos; virtuosos perfectibles comunes a todos en intereses, y de sus contra-oposiciones también, como norma mostrada a rostro abierto, --sin linchamientos ninguno--, a seguir en la posición, posesión y contraposición del juego político democrático. Dialéctica útil mente necesaria que es acción pública-familiar-estatal a entender administrativamente en la "cosa de Estado" organizativa privada como pública; la política y lo político en los deberes nacionales, identificados en cómo saber de lo que es malo y lo qué es bueno, sin enmascararse sesgados jurídicamente "políticos" judiciales, para tomar fallos a su medida conveniente, y no de su transformación eficientemente propia y productiva perfectible de la ética democrática siempre posible
El resplandor de las virtudes comunales nacionales en ciernes. Con contenidos humanistas en desarrollos axiológicos-lógico haciendo la ética y con ambos consagrando la estética social de la democracia.
http://www.aporrea.org/internacionales/n276320.html
http://www.aporrea.org/regionales/n276370.html
Así pues las normas que fijarían esas fronteras provienen del derecho natural conjuntamente paralelo en el marco cultural de socialización evolucionado psíquico material, aunado en un vital moderno Estado social de derecho y de justicia socialista: Venezuela, garante en las nuevas y revolucionarias legislaciones, haciendo legislaciones jurisprudenciales en cultura moral práctica relevante, que en el caso venezolano es progresistamente inédito y ejemplar - "una teoría sociológica inédita"- con al desarrollo histórico en ciernes de una revolución ética, social, educativa, económica, socio-política, para contribuir a la mayor justicia social posible; metodológicamente y administrativamente así aceptado-aceptando en la integralidad social intersectorial republicana, común en reconocimiento de, y en las normas del Estado axiológico -no nihilista hedonista- para que no peligre su institucionalidad de democrática, como parte esencial del ser humano integral virtuoso, viviendo en progreso de sociedad con todo y sus diferencias siempre por superar.
Justicia, ética y política: Venezuela. ¿Tribunales "terroristas" de la justicia como razón pura? El delito y su corrupciones son los sin rostro a combatir; con la justicia como ley y orden que muestran el esplendor del "Ser" ético en luz hecha así estética social de, y para la paz social.
Del poder político y su ideología como doctrina para los métodos administrativos del sistema de justicia y viceversa, y, de allí a su Estado humanista, crítico, metodológico de derecho social y de justicia válida trascendental. La democracia analítica, fundamental entre los pueblos sin fronteras violentas ninguna. ¿Una inédita filosofía humanista para el derecho basado en justicia democrática humanista mostrada por los principios humanistas desde el mismo Estado?
Con ello es obligatorio que la razón pura de la justicia, tenga que someterse a la crítica facultada en los juicios críticos de todos los sectores de la esfera social nacional, y, con ello preservamos una soberanía identitaría básica, e imprescindiblemente independiente de las influencias e imposiciones de cualquier voluntad, o del propicio inoportuno "político" para sembrar discordias e inestabilidades entre un grupo mayoritario o no, sobre otro. Razones de la justicia como virtud democrática.
Así la soberanía popular dejaría de ser una expresión sin sentido práctico y asistiría evolucionada desde sus contenidos lógicos, a lo ético, y de allí a su plenitud social estética, lo que es la garantía de los derechos humanos, a través de los ejercicios imperativos categóricos de voluntades populares, respaldados e interpretados así por el Estado y el gobierno en la institucionalidad de los procesos políticos; desarrollando las adquisiciones históricas --"poder popular, y, todo el poder para el pueblo"— lo que significaría el avance en la teoría y su práctica de las nuevas jurisprudencias en tratados humanistas, el legado de Chávez 2001 Venezuela, por ejemplo, vertidos en ámbitos y títulos articulados como textos de constituciones, leyes orgánicas, y reglamentarias, suscritas entre iguales y opuestos pero en deberes y derechos democráticos contra las pretensiones en represiones fascistas de cualquier despotismo "doctrinario", de proscripciones en derechos humanos por abstractos que se hacen así difusos.
Desde la ética política como razón democrática apoyando estrategias metodológicas, didácticas, como pedagogías criticas ejercidas mediante el Estado; ejemplarizantes provenientes republicanos, institucionales, rectores, así consolidando la estética democrática a través de sus métodos humanistas en justicia de gobierno eficaz, eficiente y efectivo, procurado en la justicia distributiva, conmutada entre las partes como método a la paz nacional y mundial; devenida coherentemente desde la praxis cultural moral soberana -siempre perfectible-; pero, solo con éstos vitales métodos doctrinales en principios jurídicos, judiciales, humanistas como preceptos orgánicos éticos puestos e impuestos en prácticas contextuales. Patria es así ejemplar para todos "justicia social". Sin lugar a dudas. "la civilización socialista"
Ética y derechos humanos como didácticas precedidas en éticas humanistas en constantes "operaciones liberadoras protectoras de los pueblos…" en ejercicios didácticos, comunales-nacionales para la paz
http://www.aporrea.org/contraloria/n277881.html
Los contratos sociales así aceptados, culturales jurídicos morales relevantes son a lugar, y practicados en democracias participativas y protagónicas populares, que por si mismas se legitiman automáticos, surtiendo así mayor efectividad en el sentir popular de la válida justicia instituida nacionalmente, respaldando "doctrinas y sus ideologías" humanistas, multiplicando razones sociales justas en el pueblo, sin destruir la virtud del electo gobernante ni de sistema jurídico estatal, -que a veces no alcanza para todo-, ni de su adversario electoral, serio responsable, necesario, que lo colocaría así en el juego libre democrático útil obligado a interactuar en las nutritivas dialécticas para la superaciones de los antagonismos de la justicia, como de las ego-contradicciones fascistas de nuevo tipo, y menos negados al abuso de sus respetables pueblo soberanos electores como autoridades constituyentes, esenciales para fomentar la justicia "Ser" social para hacer y preservar la paz
http://www.aporrea.org/tiburon/n275605.htm
Leyes y jueces con principios éticos nacionales vs "éticas ciencias políticas administrativas del derecho" "linchando la justicia"
¿Filosofía ética política como plena Justicia democrática: desde la asociatividad, transitividad, y conmutatividad, sustantivas para la sustanciación de su distribución?
Necesario el Estado ético donde predomine este sistema de buenos vecinos con sus tribunales abiertos para administrar la justicia para la paz --¿el Estado procesal Comunal?-- unidos por un mínimo vinculo de estructurales niveles de organización social establecida e indestructible, donde no se impone la pulsión emocional de lo que arbitrariamente -"justicia por propia mano"- tengamos que actuar, sino lo razonable debido proceso causa-efecto ceñido al derecho humanista, con la requerida debida voluntad administrativa jurídica política, que en cambio nos proporcionaría los viables procedimientos, indicios, casaciones, evacuaciones, y recursos formales para lo que pluralistamente está ligado al los "casos", y no solo al sentir individual sea hecho "linchado", sino yendo a lo expreso en la ley constitucional y orgánica referente; como intereses no solo privados sino humanos sociales, públicos comunes republicanos, facultados por el juicio analítico jurisprudencial en criterios de justicia nacional y con amplio pedagógico docente rostro moral envolviendo al sujeto, como activo objeto y objetivo de la razón jurídica basada en los intereses colectivos necesarios nacionales, la libertad en justicia para la paz social, el orden administrado en, y para la ley; para la justicia social, política, económica, educativa, laboral honesta, honrada y responsablemente procesada, pronta, eficaz y objetivamente ubicada, así, entonces reconocida en todas sus instancias sociales procesales nacionales..
Ética de justicia democrática con rostro de derecho procesal humanista
Con ello se fortifica la acción moral en una especie categórica de sistema político de gobierno aclarado. El Estado Moderno Social revolucionario, incluyendo la familia como primera institución, sus múltiples relaciones-modos de producción económico políticas, versados en el sistema educativo y las diversas relaciones de re-producción social comunal-nacional, que representarían el promulgado Estado Docente. La justicia; rápida, objetiva, precisa, administrativamente lógica y concisamente imparcial.
Una moral política con rostro humanista para la multiplicación de los panes de la conciencia posible, para la justicia de amor y paz asistiendo al derecho al trabajo nacional
http://www.aporrea.org/actualidad/n276351.html
Filosofía ética, política, justicia, jurídica y democracia, ante los diversos rostros del delito.
¿Ininteligible diálogo ahorcado?: la justicia como mercancía "Ser" de la Paz.
¿"Estado social de derecho y de justicia"? Actual debate crítico diálogo en Venezuela.
Ciencias jurídicas, político administrativas, económicas, sociales y del derecho: ¿Justicia democrática?
¿Diálogo desvirtuado?