10-01-14.-En la Gaceta Oficial N° 40.351 de fecha 07 de febrero de 2014, que circula este lunes, aparece publicado el Decreto 782 mediante el cual se prohíbe temporalmente el envío y traslado, desde Venezuela hacia Colombia, por medio de encomiendas particulares, bien sea a través del operador postal público o de operadores postales privados, empresas dedicadas a actividades de encomiendas o correos, o empresas de transporte de personas o de carga de productos los productos que se señalan a continuación:
- Alimentos frescos o procesados, y bebidas en todas sus presentaciones o modalidades.
- Productos de higiene personal.
- Productos para la limpieza del hogar, insecticidas domésticos y similares.
- Productos farmacéuticos o medicamentos, así como material médico quirúrgico y equipos médicos.
- Cualquier otro rubro que determine el Ejecutivo nacional mediante decreto.
El decreto señala que esta prohibición tendrá vigencia hasta que los ministros de Economía, Finanzas y Banca Pública; Alimentación, Agricultura y Tierras, Comercio, de Relaciones Interior, Justicia y paz, Transporte Terrestre, Ciencia, Tecnología e Innovación, Industrias, Defensa y Salud, mediante resolución conjunta establezcan el régimen aplicable al envío o traslado de esos productos.
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