¿Jueces sin rostro? ¿Ética socialista?

Del ¿Código Ético? en la administración de ¿Justicia Socialista? o la legitimación reconocida del rostro delictual y su corrupción moral

 

Genealogía de la moral; justicia y sus leyes en  ejercicio ético sin capucha

De la moral kantiana a la venezolana, una sucinta referencia, como el carácter pedagógico didáctico sosteniblemente reconocido, mostrado con “rostro” para una ejemplar ética nacional de calidad  social del ejercicio de los derechos comunales a los nacionales, “vivir viviendo” “calidad de vida socialista”

 

Reconocidas obligaciones éticas para la paz en deberes y derechos morales. ¿Ética socialista?

En el sistema filosófico expuesto por Immanuel Kant, Alemania, 1724-1804, respecto al conocimiento y la praxis de lo ético;  la moral y el derecho se basan en un fundamento común, el denominador común  resultante de la razón práctica que principia con el sentimiento y la voluntad humana  para una razón autónoma y, esto es, que el hombre en sociedad de derecho encuentra la ley de sus acciones a través de su razón práctica, -no escondiendo su rostro moral- pues el fundamento de la obligatoriedad y beneficios de las leyes morales no se puede encontrar en las condiciones y circunstancias presentadas por el mundo, sino a priori en los conceptos de la reconocida ejemplar y dignificante razón pura. El ejercicio reconocido mediante  la razón práctica de la sociedad, a través del ejercicio de la moral ciudadana.

Los jueces no son verdugos, son apóstoles éticos del sistema de justicia social para la paz

Con el imperativo categórico de la voluntad; la ética es asumida como verdad de progreso moral republicana, reconocible y ejemplarmente aclarada, y aceptada legitima de autoridad moral; por tanto, sin necesidad de “jueces sin rostro,” pues entonces, así, la administración de justicia –su moral- sería anónima, estaría mediadamente enmascarando con ella misma.

La solución es el personal, comunal y nacional ejemplo moral supeditado a los intereses comunes por la justicia social para la paz.

 

¿El código ético socialista?

De lo  racional a lo moral, para un código ético sin privilegios de poder o clase alguna, es como la delincuencia y la corrupción se suprimen en mayor medida, pues se superan los antagonismos y contradicciones de clase, deviniendo el estado de justicia moral, “la unión de los pueblos” empieza por la ética reconocida con jueces con rostro moral, con funcionarios, con ciudadanos, docentes, comunas, Estados,…

“…todo ser racional, existe como fin en sí mismo y, no solo como medio.”  I. Kant

 

Sociedad de virtudes con rostros abiertos en la praxis comunal

Obvio, que al ser la República un gobierno de leyes y no de solo hombres inmersos en virtudes,  le  es lógico que tienda a ser incompatible con la soberanía nacional, no solamente entendida como potestad absoluta desde la condición humana para la eficiente entidad colectiva de la nación legitimada por la confianza mutua entre los ciudadanos y sus instituciones,  que respetan en común el marco legal establecido, no como una soberanía  abstracta ni  vinculante de muchos hombres por promesas;  sino por el reconocimiento digno de la voluntad moral de acciones en los asuntos trascendentales humanos-nacionales. 

 

¿Paz como justicia encubierta en “jueces sin rostro”?

Por eso se dice que la soberanía tiende a escabullirse, que es inalcanzable  por la sola “Razón sin ética”, pero, la razón tiene rostro con la garantía de su moral, que no se puede poseer como un sofisticado objeto enmascarado escondido de represalias, pero si estamos obligados a mostrarla, buscarla, nutrirla y preservarla  y, su garantía es la justicia para la paz

 

Tratando y reconociendo normas comunales.  La ética como la partera de toda revolución en justicia social  

El poder de respetar la ley haciendo uso racional de la libertad a través de los deberes ciudadanos como  record moral familiar-nacional es el poder mismo.

Y,  el poder de infringirla haciendo una irracional actuación, tipo verdugo, delimita el Estado de soberanía. La confianza es así, la legitimación del juego dialéctico  republicano, confianza del ejercicio de la política plenamente establecida y aceptada al ser reconocidamente deliberada y perfectible entre todos

 

La justicia no puede ser enmascarada, pues ella intenta la paz virtuosa

Así pues, las leyes morales, no nos son impuestas por ningún ente, ni siquiera por “Dios,” él solo prescribe y tenemos libre albedrío, sino que nos las imponemos nosotros mismos a razón de voluntad en concordancia con el bien público y privado, actuando racional libremente, desde el reconocimiento del otro con deber y obligación personal para la individual libertad hasta la comunitaria.

Si queremos una sociedad más justa tenemos que actuar de manera ética tal, que hayan fronteras que ni intereses cualquieras, ni leyes con verdugos, ni políticos gobernantes u opuestos estén  autorizados a traspasar.

 

Del ejercicio de ¿leyes justas? y sus fallos como sentencias sin verdugos

De los derechos morales: soberanía, racionalidad, y justicia para la  paz.

 

Los rostros de las distintas virtudes nacionales-comunales

Sin tratar de confundir  violencia legítima con ilegitima, la violencia sea cual fuere es detestable fascismo, enmascarada o no, que intenta el que las leyes se hagan aplicables solo para el pueblo llano que siendo a la vez más débiles y más numerosos prescribe que  necesitan ciertas restricciones que no  alcancen ni tengan que ver  grupo oligárquico poderoso alguno. La impunidad lleva mascara. Y, el asignar verdugos a sus sentencias legitima la violencia, reconociéndola vengativa. Así en todo gobierno oligárquico, o que pretenda justicia común, lo esencial es que el pueblo no invada nunca la autoridad de los poderosos, la máscara en los jueces colaboraría aun más en esta acepción, serían vistos como verdugos

 

Ante la corrupción administrativa organizada y común, la sentencia y acción concreta de la moral reviste leyes reconocidas en sus  individuos orgánicos como cuerpos éticos institucionales

No con la idea fija que podemos tener como un deber; el  aliviar el sufrimiento humano, intentando la consabida “justicia social para la paz,” -con toda y su compleja ministración- de mejorar las condiciones de oportunidades con circunstancias y condiciones expresas también a los menos favorecidos, y, penalizar condenando “círculos impunes”, que aunque esto no forme parte de una obligación moral individual conforman en su conjunto la necesidad de la pluralidad reciproca humana para el orden de justicia compartida, la  mutualidad de los acuerdos para el Estado de bienestar total, reconocimiento de derechos con deberes estructuralizados en el aparato de justicia del Estado, es decir de las distintas clases sociales todas incluidas, suprimiendo impunidades de nuevo tipo y sicologías del delito moderno, como el poder soberano de lo verdadero y legítimo de todo cambio, reforma o revolución necesaria para la paz

 

No una concepción acomodada de la verdad de acuerdo a unos fundamentos interesados urgentes y cómo solubles en un medio preciso y restringido

Así, con ésta visión se  parte de la idea de que cada nación tiene derecho a elegir por sí misma y para sí misma la forma política de gobierno, con su jurisprudencia a sus magistraturas con rostro ético, apóstoles, de allí su  derecho público e institucionalidad  que considere más adecuado para su estado armónico de crecimiento económico y espiritual para su felicidad como una epistemología nacional para entre otras; una ética y una gerencia en justicia, sin ser ciega, sorda o muda.

 

¿El rostro del fascismo hecho  “tribus” na listas?

Ahora, el problema planteado a los inevitables sistemas revolucionarios  es  el  reconocimiento en lo interno y externo, no solo a un grupo de autoridad ejemplarmente probo, sino a  la genérica  incorporación conductual a la doctrina colectivista, la ética como código de sociedad acción, en pensamiento, palabra y obra a través del sistema educativo con una pedagogía constantemente en reflexión con rostro hacia  el logro de una conciencia sin mascaras fascistas posibles, como norma  moral superior que otorga validez irrestricta a todas las leyes.

La soberanía política popular enriqueciendo el conjunto del cuerpo doctrinario como posibilidad ética axiomática comunal.

 

¿Para ser enmascaradas sus sentencias?

Leyes hechas entre suscritos acuerdos, devenidas como nunca antes del debate parlamentario con su necesaria oposición como acuerdos colectivos votados o no, para el desenvolvimiento social en todos y cada uno de los ámbitos nacionales e internacionales. La comuna ética posible

 

 ¿El Estado de Derecho Docente es así virtuosamente impulsado?

Es irrefutable en el caso venezolano el surgimiento del empoderamiento desde el origen de la base del común ciudadano, o más académicamente como; la ontológico del poder popular , que despacha el poder otorgándolo democráticamente legitimo desde las raíces populares sujetas a la etnicidad, el empoderamiento del pueblo y su representatividad protagónica desde y con los de arriba,  donde se trata de realizar la felicidad colectiva en  función de la esencial doctrinaria que le prescribe genuinamente, “la justicia social para la paz”  como lo señala oportunamente el finado Hugo Chávez,  y, por ello en una libertad necesaria impregnada de un necesario código ético escrito en nuestras razones y conciencias.

 

La condición soberana actual; sin códigos de comercio, civil moral republicanos esencialmente socialistas, y, mucho menos código ético

Por lo tanto, no habrá y no hay soberanía más que con una condición: no tener la voluntad humana de conseguir la efectiva eficacia de la eficiencia en el ejercicio del poder público y de sus oposiciones, como norma mostrada a rostro a seguir en la contraposición del juego político. Dialéctica útil mente necesaria que es acción a entender administrativamente en la “cosa” organizativa pública; la política y lo político como saber lo que es malo y lo que es bueno, sin enmascararse para tomar fallos a su medida de su transformación eficientemente propia y productiva

 

El resplandor de las virtudes comunales nacionales en ciernes 

Así pues las normas que fijan esas fronteras  provienen del derecho natural  conjuntamente paralelo en el marco cultural de socialización aunado en un vital moderno Estado de Derecho a las nuevas y revolucionarias legislaciones, que en el caso venezolano es  progresistamente inédito y ejemplar al  desarrollo histórico en ciernes de una revolución socio-política administrativamente aceptando en común reconocimiento las normas como parte esencial del ser humano integral con todo y sus diferencias.

El delito y su corrupción son los sin rostro; la justicia como  ley  y orden  muestran el esplendor de su rostro

Teniendo clara que la aceptación absoluta de la inviolabilidad de la libertad así entendida, -no enmascarada- con sus derechos y disentimientos incluidos es lo soberano para la paz, y, no el poder por  sí, y  en sí mismo. Gobernando para hacer revolución y no por mantenerse en el poder de clase alguna. 

 

Del poder político y su ideología como doctrina o viceversa, y, de allí a su Estado crítico de derecho. ¿Una inédita filosofía del derecho socialista?

Con ello es obligatorio que la razón pura tenga que someterse a la crítica de todos los sectores de la esfera social y, con ello preservamos una soberanía básica e imprescindiblemente independiente de la imposición de la voluntad de un grupo mayoritario o no, sobre otro.

Así la soberanía popular dejaría de ser una expresión sin sentido práctico  y  asistiría  evolucionada a través de las adquisiciones históricas de  las nuevas jurisprudencias vertidas en textos de constituciones suscritas entre iguales y opuestos a la paz mundial devenida de la justicia soberana, pero solo con éstos vitales preceptos orgánicos éticos

 

Ética y derechos humanos ejercicios comunales-nacionales para la paz perpetua

Los contratos sociales así aceptados en democracias participativas y protagónicas populares surtirían mayor efectividad  sin destruir la virtud del electo gobernante ni de su adversario electoral,  ni la de sus respetables electores como autoridades soberanas esenciales para fomentar  y preservar la paz 

 

Leyes y jueces sin capucha principios éticos nacionales

Necesario el Estado donde predomina este sistema de buenos vecinos --¿el Estado Comunal?-- unidos por un mínimo vinculo de niveles de organización social establecida e indestructible, donde no se impone la pulsión de lo que arbitrariamente tengamos que actuar y, en cambio nos proporciona los indicios y recursos casuísticos para comunicar lo que pluralistamente está ligado al sentir individual no privado, con amplio decente rostro al sujeto colectivo necesario nacional, la libertad  honesta, honrada y responsablemente reconocida en todas sus instancias procesales.

 

Ética con rostro derecho procesal humanista

Con ello se fortifica la acción moral en una especie categórica de sistema político de gobierno aclarado. El Estado Moderno Social revolucionario, incluyendo la familia como primera institución, sus múltiples relaciones-modos de producción económico políticas, versados en el sistema educativo y las diversas relaciones de re- producción social comunal-nacional, que representarían el promulgado Estado Docente. La justicia; rápida, objetiva, precisa y concisamente imparcial

Una moral política con rostro humanista para la multiplicación de los panes de la conciencia posible, para la  justicia de amor y paz

 

Bibliografía

Constitución de la República bolivariana de Venezuela

Metafísica de las costumbres. I. Kant

 

 



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Alejandro Álvarez Osuna


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