En el seno de la sociedad venezolana se ha abierto un debate público acerca de la conveniencia de medidas de gracia (amnistía, indultos, suspensión de penas, etc) a personas vinculadas con la oposición contra-revolucionaria, a quienes se les ha enjuiciado, condenado o investigado en relación con la comisión de diversos delitos previstos y sancionados por las leyes penales vigentes, tomando como fundamento de ello, la necesidad de abrir un espacio de convivencia política democrática que reduzca el estado de confrontación que ha vivido la revolución desde el 2 de febrero de 1.999, fecha en la que el comandante Hugo Chávez fue juramentado en la presidencia de la República, iniciando con ello, un largo y conflictivo proceso de cambios en el cual, la oposición interna y sus aliados de los Estados Unidos, Europa y Nuestra América, combinaron todas las formas de organización y luchas legales, e ilegales, pacíficas y violentas, con el objeto de derrocar al gobierno bolivariano, pero que, finalmente, fueron derrotados en las elecciones, en los cuarteles y en la calle, por las fuerzas patrióticas del pueblo y la nueva fuerza armada bolivariana.
No debe sorprende esta iniciativa de la oposición contrarevolucionaria porque la lucha por la libertad y la solidaridad con los presos relacionados con conflictos políticos es una actividad asociada a las consecuencias de este tipo de confrontación, sin importar quien sea el triunfador o el derrotado por cuanto, más tarde o más temprano, quienes vencieron en esa confrontación, terminan por verse interpelados, de diversas maneras y en distintos espacios, para que asuman la atención y solución de esta reivindicación de los vencidos, quienes esperan obtener la libertad o el cese a la persecución o el exilio forzado de sus dirigentes y militantes, con lo que ayudarían a recomponer sus fuerzas partidarias pero, por el lado de los vencedores, tal reivindicación de su opositores constituye la posibilidad de atraer para la confrontación democrática, a un sector de los antiguos sublevados y darle una buena señal a la sociedad en general, de la necesidad de transitar un nuevo período político dentro de un escenario de pluralidad y diálogo político.
En el caso particular de Venezuela, hasta en la más tenebrosa de las dictaduras de la historia republicana, la de Juan Vicente Gomez, las medidas en favor de los privados de libertad por la comisión de delitos contra el orden público, la seguridad del Estado y otros delitos conexos, tuvieron,individualmente respuestas desde el Poder, sea con la libertad o con el extrañamiento al extranjero o el confinamiento dentro del territorio nacional; medidas que, aún siendo severas, no eran comparables a los grilletes de las cárceles de La Rotunda, el Castillo Libertador y los Campos de Concentración de la Guásima y Palenque.
Igual situación se vivió durante la lucha armada contra los gobiernos de la Cuarta República , que produjo la amnistía de la dirigencia, militantes y combatientes de los partidos de izquierda (PCV, MIR), implicados en los procesos insurrecciónales y a los cientos de militares participantes en los levantamientos de Puerto Cabello, Carúpano, Barcelona y Ramo Verde y, posteriormente, la siguiente generación de revolucionarios que se mantuvieron en la guerra contra el Capitalismo, el imperialismo y los gobiernos burgueses en los años 70's y 80's del siglo XX, , hasta que las nuevas realidades políticas nacionales e internacionales y las debilidades político-organizativas y militares de tales formaciones, las terminaron de convencer de la inutilidad de un sacrificio, en ese momento, sin visos de victoria.
Y que decir del presente periodo de turbulencia política y social que sacudió a Venezuela a partir del “Caracazo” del 27 de Febrero de 1.989 y, particularmente, las rebeliones cívico-militares del 4 de Febrero y 27 Noviembre de 1.992, cuando cientos de de oficiales, suboficiales y elementos de tropas, junto con civiles armados, fueron detenidos, juzgados y luego liberados o amnistiados, en el segundo gobierno del presidente Rafael Caldera Rodríguez, respondiendo así a un clamor de amplios sectores de la sociedad, la presión de parte de la oficialidad con simpatía con los sublevados y la existencia de una crisis política, económica y social que amenazaba la vigencia del sistema político iniciado el 23 de Enero del año 1.958.
Todas las consideraciones y reflexiones anteriores tienen como propósito fundamentar, desde el respeto a todas las víctimas y a sus familiares y el conocimiento de la historia nacional que es, políticamente adecuado y oportuno que el gobierno del Comandante Hugo Chávez Frías, en la búsqueda de un clima político favorable a los cambios democráticos que se estan desarrollando, pueda considerar, dentro de un proceso de diálogo con sectores de la contrarrevolución interna, la aplicación de medidas individuales de gracia que beneficien a distintos individuos condenados, en estado de proceso, exiliados e investigados por la comisión de diversos delitos previstos en las leyes pernales vigentes; de la misma manera que debiera rechazar la inclusión en el beneficio de tales medidas de Gracia, a quienes tienen causas pendientes por corrupción, terrorismo, traición a la Patria y los que mantengan su acción subversiva contra la Constitución, el Estado Social de Derecho y Justicia y los intereses del pueblo venezolano.
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