Es un hecho palmario que eso de precio justo y precios subsidiados no ha funcionado con los empresarios privados; lo ha hecho sólo con las empresas comuneras, con los CLAP.
Hemos sugerido no entregar el subsidio a los empresarios privados. Hoy, ante la escasez inducida de dólares desde el exterior y abiertamente convalidada por la empresa privada minorista y mayorista, muchísimo menos debemos hacerlo.
Cualquier necesidad de dólares por parte de empresarios atados a importaciones podría cubrirse con garantías de su pago, pago que perfectamente puede dar el riquísimo y poderoso Estado bolivariano para cubrir todas las importaciones que resulten inevitablemente necesarias.
No podemos-dice el refrán-poner "zamuros" a cuidar carne, porque esa condición es la que hemos visto en nuestro país, desde los mismísimos tiempos petroleros del siglo pasado, con las escasas salvedades del caso.
Recordemos las quiebras autoinducidas, las condonaciones y las refinanciaciones cíclicas a las que se acogieron los empresarios rentistas, meramente rentistas, que han poblado el territorio nacional en compañía de empresarios no muy patrióticos que digamos.
Un empresario animado con su empresa o deseoso y muy dispuesto a ejecutar un proyecto productivo factible y viable para el que no cuenta con financiamiento propio, que no tiene dólares o tiene bolívares y aspira que el Estado keynesianista se los venda bien baratos-dólares subsidiados-ante lo cual, ante las tristes experiencias ya sufridas con empresarios que dejaron de ser confiables, el Estado debería optar por limitarse a ofrecérsele como avalista ante la empresa que le suministre las importaciones del caso, sin subsidio alguno, porque esa política ya demostró que no funciona.
Ese empresario a partir de entonces operaría con precios justos, con aquellos que le garanticen una tasa de ganancia no mayor de 30% anual de su capital rentable.
Observación: Por capital rentable se entenderá el capital total de la empresa menos el monto del financiamiento ya que, si a ver vamos, el Estado, al darle el aval y le paga al exportador proveedor de las importaciones del caso se convierte de hecho en copropietario de dicha empresa y en consecuencia cualquier ganancia por esa alícuota del capital a él le pertenecería.