El CFG Apoyando la Técnica Presupuestaria “Tipo Pote”[i]

¿El Consejo Federal de Gobierno se Dobla?

Como tengo tiempo y huyo de la soledad de mi apartamento en Barcelona, ando jorungando por aquí y por allá; leyendo esto y lo otro. Dije que estuve en un encuentro con otros camaradas en el cual se oyeron ponencias de camaradas vinculados con la ONAPRE y el CFG/FCI y de ahí salió un artículo que titulé: “Como Presupuestan los Estados Revolucionarios”[ii], pero ahora, después de releerme la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno –LOCFG- y su Reglamento, veo que ese análisis quedó cojo, pues en todo esto hay otro factor institucional que no está cumpliendo con su papel o haciendo todo lo contrario para lo cual fue creado. Así de sencillo; el Consejo Federal de Gobierno y su fondo –FCI- están trabajando fuertemente para fortalecer en el país la flojera institucional y afincar la cultura o la técnica presupuestaria que califico de “tipo pote”.

Lo cierto es que hay un Consejo Federal de Gobiernos con unas atribuciones en la LOCFG y ese consejo dispone de un Fondo que se llama Fondo de Compensación Interterritorial (FCI), creado con una finalidad y una precisa orientación. En la LOCFG, artículo 22, puede leerse:

“El Fondo de Compensación Interterritorial (FCI) está destinado al financiamiento de inversiones públicas para promover el desarrollo equilibrado de las regiones, la cooperación y complementación de las políticas e iniciativas de desarrollo de las distintas entidades públicas territoriales y la realización de obras y servicios esenciales en las regiones y comunidades de menor desarrollo relativo” (El subrayado es todo nuestro)

Si aprendí a leer y creo que lo hice a fuerza de regla, está muy claro el para qué existe el Fondo. Pero como tenía dudas de lo que leí y de haber entendido; tomé la precaución de leerme nuevamente el Reglamento de la LOCFG y me di cuenta, que efectivamente el Reglamento es una cosa maravillosa, cuyo articulado ahonda muy ampliamente  en esta finalidad del artículo 22 de la Ley. Leí en unos de los artículos del Reglamento una cosa que llaman “APORTES” y leí también en otros artículos una cosa que llaman “índice desarrollo relativo”, Distrito Motor de Desarrollo, baremo, Plan, Proyecto, articulación y otra cantidad de términos que hacen de este Reglamento una cosa ingeniosa. En otras palabras; el reglamento hace de este Fondo de Compensación Interterritorial una caja de herramienta. No sé si la figura vale, pero el CFG y el FCI son como esas cajas de herramientas que tienen los buenos mecánicos bien ordenaditas y colocadas en el sitio adecuado para ser utilizadas cuando se requiera y donde ellas sirvan, pero asumo, que no estamos en ese taller ordenadito, sino un taller cualquiera y las piezas –llaves, juegos de dados, etc., etc.- están tiradas por todas partes y es imposible que el mecánico las tenga bien ordenadas al momento de poder utilizarla y como están desordenadas, comienza la improvisación y esta improvisación es útil y fortalece la cultura de los presupuestos tipos potes y la ausencia de planes en las entidades territoriales.

Una de las piezas primaria de este taller -no es la más importantes- son lo que definen como “APORTES”, pero por obra y gracias de alguien, esto no es un aporte en los términos que lo define el Reglamento –Art. 36- y vienen transformándose en otro situado constitucional. La lectura de ambos instrumentos no deja lugar a dudas. No es un situado o un situadito. El artículo 36 precisa de apartados especiales, pero en correspondencia con el artículo 22 de la LOCFG, este artículo establece la orientación, es decir, determina para qué se utilizaran esos apartados. Por ejemplo, el primer apartado ha de ser usado “para el impulso de los Distritos Motores de Desarrollo. La pregunta medio ingenua es: ¿Cuántos DMD existen realmente y cuanto recursos se han destinados para inversiones en esos DMD? ¿Son los DMD una herramienta para canalizara la inversión?

El Segundo apartado especial, se orienta a financiamiento de los proyectos en diferentes áreas, “en concordancia con los planes estadales y municipales de desarrollo, en concordancia con los planes de la Nación y los planes sectoriales”. La pregunta aquí es: ¿Cuántos de los proyectos financiados por el FCI se encuentran en los planes estadales y municipales? ¿Dónde están esos planes Estadales que uno pregunta porm ellos y no hay razón y deberían ser documentos públicos como el Proyectos nacional Simón Bolívar? ¿Dónde están los planes municipales?

Si la ida es lo que se concibe en el artículo 22, invito al fondo que Precise: ¿cuánto de los proyectos financiados ahora por el FCI, son para resolver desequilibrios territoriales? ¿Cuántos se orientan a comunidades de menor desarrollo relativo? Esta idea contenida en el artículo 22 no es distinta a la idea de proyectos por resultado a los cuales se le ha dado una patadita. El CFG, manejando la idea del Fondo de la manera en que lo viene manejando, contribuye fuertemente a fortalecer esta “cultura”.

@ClaudioElcuaco

Dominguezclaudio15@gmail.com

 


[i] La concibo como la “técnica” a través de las cuales,  el Poder Publico Municipal y Estadal formulan sus proyectos de Presupuesto. El centro de esta “técnica” es la creación de partidas genéricas (programas) a través de las cuales se le da salida a los recursos, pero sin prestarle atención a los resultados. Esto lleva a decir gastamos o invertimos tantos, pero cuesta ver los resultados. La técnica se hace para gastar y no para obtener los resultados que el proceso tiene como objetivo.

[ii] Artículo Puede verse en: http://www.aporrea.org/regionales/a144408.html


Esta nota ha sido leída aproximadamente 2596 veces.



Claudio Domínguez


Visite el perfil de Claudio Dominguez para ver el listado de todos sus artículos en Aporrea.


Noticias Recientes: