Fraude en París

El acuerdo sobre el calentamiento global, concluido en París el 12-12-2015, encausa a la humanidad hacia un aumento en la temperatura superficial promedio de 3°C a 3,5°C en relación con la época pre-industrial, desestima las responsabilidades por las emisiones acumuladas hasta el presente, promueve el comercio global de bonos de carbono y sanciona una pronunciada injusticia inter-generacional. El acuerdo no sólo deja abierta la posibilidad de que nuestros descendientes inmediatos se vean obligados a sobrevivir en un mundo desconocido para la especie humana, sino que sentencia la apropiación impune, por parte una selecta minoría de la población mundial, de la mayor parte de un bien común: la capacidad de la atmósfera para albergar gases de efecto invernadero.

Antecedentes

La actividad humana, particularmente desde el inicio de la revolución industrial a finales del siglo 18, ha venido modificando de manera cada vez más pronunciada el equilibrio natural de la atmósfera, la biosfera, la criósfera, la hidrósfera y la corteza terrestre. El impacto acumulado ha sido de tal magnitud que podemos referirnos a una nueva era geológica: el antropoceno, la edad del humano.

Una de las consecuencias de la actividad humana es la acumulación en la atmósfera de gigantescas cantidades de gases que desestabilizan el equilibrio energético planetario y provocan aumentos de temperatura global: dióxido de carbono (CO2), metano (CH4), óxidos nitrosos (N2O) y fluoro-carbonos (Fg). Estas emisiones han venido aumentando de manera vertiginosa, especialmente a partir de la segunda guerra mundial, superando en el 2014 las 50 giga-toneladas (miles de millones) equivalentes de CO2 por año: 76% CO2, 16% CH4, 6% N2O, 2% Fg.

Por tonelada equivalente se entiende la cantidad de CO2 que produciría el mismo efecto en un horizonte de tiempo determinado. Por ejemplo, cada tonelada de metano produce un efecto equivalente a 80 toneladas de CO2 durante los primeros 20 años, 30 toneladas de CO2 en 100 años (IPCC AR5 2013). El acuerdo internacional es referirse a un horizonte de 100 años para todos los gases, salvo cuando se especifica algún otro valor. Dada la urgencia de reducir rápida y drásticamente las emisiones, el horizonte de 20 años cobra cada vez mayor relevancia.

La atención se centra en el CO2 no sólo por representar el 76% de las emisiones anuales en la actualidad, sino por permanecer activo como agente del calentamiento global durante siglos. Mientras que el metano, el segundo gas más importante en cantidad de emisiones, registra una vida activa promedio de 12 a 13 años. "El calentamiento provocado por las emisiones de CO2 es efectivamente irreversible por siglos, a no ser que se tomen medidas para removerlo de la atmósfera" (IPCC AR5 2013).

Las tendencias actuales conducen hacia un aumento en la temperatura superficial promedio del planeta entre 3,7 y 4,8°C para finales de siglo en relación con la época pre-industrial (IPCC 2014). Estas tendencias representan una emergencia planetaria sin precedentes en la historia de la humanidad. Un aumento en la temperatura superficial promedio de 4°C no se ha registrado desde mediados del Mioceno, hace 10 millones de años. Las tendencias actuales conducen a la transformación del mundo que le dejamos a nuestros descendientes más inmediatos en un planeta hostil y desconocido por la especie humana (Ref1).

El Acuerdo de París

La conferencia de Paris condujo a la aprobación de dos documentos complementarios: las resoluciones de la Conferencia de las Partes (COP 21) y el Acuerdo de Paris sobre el Calentamiento Global (UN FCCC/CP/2015/L.9 de fecha 12/12/2015).

El preámbulo del acuerdo recopila preocupaciones señaladas principalmente por países en desarrollo y movimientos sociales durante años de negociaciones, en su mayor parte dejadas al margen en el texto del acuerdo: "Las Partes deberían respetar, promover y tener en cuenta sus respectivas obligaciones relativas a los derechos humanos, el derecho a la salud, los derechos de los pueblos indígenas, las comunidades locales, los migrantes, los niños, las personas con discapacidad y las personas en situaciones vulnerables y el derecho al desarrollo, así como la igualdad de género, el empoderamiento de la mujer y la equidad intergeneracional" (subrayado propio). En los borradores anteriores, este párrafo señalaba "Las partes deberán…". Fue modificado a insistencia de las delegaciones de Estados Unidos y la Unión Europea, con el apoyo de Japón y Canadá. De esta manera se evaden sutilmente responsabilidades relacionadas con el respeto los derechos humanos, el derecho al desarrollo y la equidad inter-generacional, entre otros aspectos claves vinculados al calentamiento global.

El preámbulo es un componente declarativo, carente de fuerza legal, un listado de intenciones donde se incluyen aspiraciones legítimas de pueblos y países sin que el acuerdo incluya medidas efectivas para atenderlas. Aunque reconoce "la amenaza apremiante del cambio climático", que es "un problema de toda la humanidad con efectos potencialmente irreversibles para las sociedades humanas y el planeta" y "la necesidad de hacer frente al cambio climático con urgencia", no reconoce, sino sólo expresa "deseos de hacer realidadlos principios de equidad y de responsabilidades comunes pero diferenciadas y las capacidades respectivas, a la luz de las diferentes circunstancias nacionales".

Un equipo de abogados y litigantes especializados de Estados Unidos y la Unión Europea fue puesto al servicio de la secretaría para asistir en la redacción final del acuerdo. Palabras claves fueron cuidadosamente seleccionadas para proteger intereses sectoriales, en la mayoría de los casos con la complicidad de funcionarios de la secretaría y de algunas delegaciones de países en desarrollo.

El preámbulo no reconoce, sino observa "la importancia de la protección de la biodiversidad, reconocida por algunas culturas como la Madre Tierra". Tampoco reconoce, sino observa "la importancia que tiene para algunos el concepto de ‘justicia climática’, al adoptar medidas para hacer frente al cambio climático". Queda así establecido que el concepto de justicia climática no es compartido por todos, ni es reconocido en el acuerdo. Tampoco tiene por qué ser tomado en consideración al adoptar medidas para hacer frente al cambio climático.

Los 2°C

El acuerdo de París reitera el objetivo establecido en Copenhaguen en el 2009 en cuanto a mantener el aumento en la temperatura superficial promedio por debajo de los 2°C para finales de siglo en relación con la época preindustrial (artículo 2). Este es el mismo objetivo al que se refiere el Panel Intergubernamental de Expertos en Cambios Climáticos (IPCC) en su último informe del 2013. Pero a diferencia del IPCC, el acuerdo de Paris no define ni la estrategia ni la ruta para asegurar su logro.

La última vez que la temperatura superficial promedio se acercó a los 2°C sobre el nivel actual, en el período interglaciar Emiense hace aproximadamente 125.000 años, la concentración de CO2 era inferior a las 300 ppm y el nivel del mar superaba por al menos 7 metros el que conocemos (National Academy of Science 2012: Relationship between sea level and climate forcing by CO2 on geological timescales). En la actualidad, la concentración de CO2 supera las 400 ppm.

El acuerdo de Paris se fundamenta en un collage de contribuciones voluntarias, determinadas por cada país a su libre albedrío, sin coordinación entre las partes, sin carácter vinculante, sin condiciones o penalidades en caso de incumplimiento. En el caso poco probable de que todas estas expresiones voluntarias de colaboración se cumpliesen a cabalidad, la humanidad quedaría encauzada en una ruta tendiente a un aumento de temperatura promedio entre 3°C y 3,5°C, lo que provocaría un peligroso desequilibrio planetario y amenazaría la sobrevivencia de millones de personas, afectaría el suministro de agua y alimentos a buena parte de la población mundial y forzaría el desplazamiento masivo de personas. Según la Academia Nacional de la Ciencia de EUA, a mediados del Plioceno, 4 millones de años atrás, la temperatura superficial promedio oscilaba entre 2,5ºC y 3°C sobre el promedio actual y el nivel de mar se encontraba entre 20 y 24 metros sobre el que conocemos. (NAS – Climate Change: Evidence and Causes 2013).

La COP21 reconoce en el numeral 17 de sus conclusiones la incongruencia entre el objetivo de los 2°C y las contribuciones voluntarias presentadas en Paris: "La Conferencia de las Partes observa con preocupación que los niveles estimados de las emisiones agregadas de gases de efecto invernadero en 2025 y 2030 resultantes de las contribuciones previstas determinadas a nivel nacional no son compatibles con los escenarios de 2°C"

El acuerdo de París hace referencia a "realizar esfuerzos para limitar el aumento de temperatura a 1,5°C" (artículo 2), un objetivo prácticamente imposible de alcanzar dado que en la actualidad ya se registra un aumento de 1°C, mientras el planeta soporta un desequilibrio energético de 326 Terajoules por segundo, lo que implica un inevitable aumento adicional de aproximadamente 0,5°C para mediados de siglo aunque se detuvieran de inmediato todas las emisiones de gases de efecto invernadero. La posibilidad de evitar un aumento de temperatura de 1,5°C se reduce aún más si se toma en consideración que el acuerdo de París sólo entra en efecto en el 2020 y que la mayoría de los compromisos voluntarios registrarían posibles reducciones en emisiones del 2025 al 2030.

El objetivo fundamental de descarbonizar la economía, tan duramente debatido en las reuniones preparatorias y destacado como prioritario por el IPCC, quedó reducido a una vaga referencia a que "las partes se proponen lograr que las emisiones alcancen un punto máximo lo antes posible" para luego "reducir rápidamente las emisiones" con la finalidad de "alcanzar un equilibrio entre las emisiones antropógenas por las fuentes y la absorción antropógena por los sumideros en la segunda mitad del siglo…" (artículo 4). El punto máximo de emisiones puede ser así de cualquier magnitud, con un indefinido margen de tiempo para alcanzarlo, mientras que el alcance del equilibrio entre emisiones y sumideros pudiera extenderse hasta finales de siglo.

La vaguedad de tales señalamientos luce como una fórmula para el desastre. Para lograr el objetivo de los 2°C con una probabilidad de al menos 66% es necesario que las emisiones acumuladas de todos los gases de efecto invernadero durante el período 1850-2100 se mantengan por debajo de las 3.670 giga-toneladas de CO2-equivalentes, mientras que sólo las de CO2 deben limitarse a un máximo de 3.000 G-ton durante el mismo período. El presupuesto o cupo máximo de emisiones disponibles para el período 2015-2100 es de apenas 855 giga-toneladas de CO2, lo que implica dejar al menos dos tercios de las reservas probadas de hidrocarburos bajo tierra (Ref1).

El acuerdo fundamenta la aspiración de evitar un aumento de temperatura superior a los 2°C en contribuciones nacionales voluntarias progresivamente más ambiciosas, a presentarse cada 5 años (4-9) pero ignorando las responsabilidades acumuladas hasta el presente:

Artículo 4 (3): "La contribución determinada a nivel nacional sucesiva de cada parte representará una progresión con respecto a la contribución determinada a nivel nacional que esté vigente para esa parte y reflejará la mayor ambición posible, teniendo en cuenta sus responsabilidades comunes pero diferenciadas y sus capacidades respectivas, a la luz de las diferentes circunstancias nacionales".

Artículo 13 (7): "Cada Parte deberá proporcionar periódicamente la siguiente información: a) Un informe sobre el inventario nacional de las emisiones antropógenas por las fuentes y la absorción antropógena por los sumideros de gases de efecto invernadero, elaborado utilizando las metodologías para las buenas prácticas aceptadas por el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático que haya aprobado la Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Acuerdo de París"

Artículo 14 (2): "La Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Acuerdo de París hará su primer balance mundial en 2023 y a partir de entonces, a menos que decida otra cosa, lo hará cada cinco años".

La referencia a "responsabilidades comunes pero diferenciadas y sus capacidades respectivas" en el artículo 4 entre otros, corresponde a responsabilidades futuras, excluyendo las acumuladas hasta la fecha. Ninguna de las contribuciones voluntarias presentadas por los países que más han contribuido a provocar la amenaza climática que hoy se cierne sobre toda la humanidad incluye referencia alguna a sus responsabilidades acumuladas hasta el presente, mientras que el artículo 4 se refiere sólo a las contribuciones presentadas en Paris y las sucesivas.

El acuerdo excluye las emisiones generadas tanto por la actividad militar como por el transporte aéreo y marítimo, favoreciendo principalmente intereses estratégicos y comerciales de países industrializados, mientras que se excluyen excepciones similares a emisiones de países empobrecidos aunque correspondan a actividades de sobrevivencia.

La palabra de la discordia

Las negociaciones alcanzaron uno de sus puntos críticos cuando la delegación de Estados Unidos insistió en cambiar una palabra, amenazando con retirarse de las negociaciones si no se le complacía. Esta posición fue apoyada, como de costumbre, por la Unión Europea, Japón, Australia y Canadá. La misma actitud, catalogada como chantajista por múltiples delegaciones de países en desarrollo, se presentó en variadas ocasiones. La exigencia era cambiar la palabra "shall" por "should" en el texto original de negociación, en el idioma inglés, en el párrafo del artículo 4 que señalaba:

"Developed country Parties shall continue taking the lead by undertaking economy-wide absolute emission reduction targets" (Las partes que son países desarrollados deberán continuar liderando a través de la adopción de metas absolutas para la reducción de emisiones para el conjunto de la economía).

El párrafo se refería a la necesidad de que los países industrializados, cuyo desarrollo se ha fundamentado en la acumulación de gases de efecto invernadero en la atmósfera, adoptaran metas para la reducción absoluta de sus emisiones futuras para el conjunto de sus economías. Esta solicitud había sobrevivido más de 20 años de negociación y es el principio fundamental en el que se fundamenta el Protocolo de Kioto. La exigencia, finalmente satisfecha como tantas otras, era cambiar la palabra ‘shall’’, que implica una obligación (deberán) por ‘should’’ (deberían, condicional no vinculante). Los países industrializados se liberan así de la obligación establecida en la Convención Marco para el Cambio Climático de 1992 y en el Protocolo de Kioto de 1997 de liderar en la reducción de emisiones, debido tanto a su desproporcionadamente elevada contribución al calentamiento global como a su mayor capacidad técnica y económica para hacerlo. También se liberan de la obligación de reducir emisiones en el conjunto de sus economías, quedando en libertad de liberar a sectores económicos seleccionados de tales obligaciones. (En la versión en español del documento oficial distribuido por la secretaría de la convención, FCCC/CP/2015/L.9 del 12-12-2015, se mantiene erróneamente la palabra "deberán" cuando debería decir "deberían").

La exigencia condujo a una modificación similar para los países en desarrollo: "Las Partes que son países en desarrollo deberían seguir aumentando sus esfuerzos de mitigación, y se las alienta a que, con el tiempo, adopten metas de reducción o limitación de las emisiones para el conjunto de la economía, a la luz de las diferentes circunstancias nacionales"

Combustibles fósiles

Una evaluación del concepto cambio climático peligroso, publicada en Diciembre 2013 por el Instituto de Estudios Espaciales de la NASA, en colaboración con la Universidad de Columbia, EUA, el Institut Laplace de Francia, la Universidad de Estocolmo, Suecia, el Instituto Federal de Investigaciones Tecnológicas de Suiza, la Universidad de Harvard y la Universidad de California entre otros, señala lo siguiente: "Un calentamiento de 3 a 4°C tendría consecuencias desastrosas. La continuación de las emisiones provenientes de combustibles fósiles sería un acto de extraordinaria y deliberada injustica inter-generacional" (Assessing Dangerous Climate Change 2013).

El informe más reciente del Panel Intergubernamental de Expertos en Cambios Climáticos resalta igualmente la ineludible necesidad de reducir rápida y drásticamente el consumo de combustibles fósiles como condición necesaria para alcanzar el objetivo de los 2°C (IPCC 2013). El consumo de combustibles fósiles debería reducirse a menos de la mitad de sus niveles actuales para mediados de siglo debido a que son la fuente de casi la totalidad de las emisiones de CO2 y cerca de tres cuartas partes de las emisiones de gases de efecto invernadero. Sin embargo, el Acuerdo de París no menciona ni una sola vez el término combustibles fósiles.

Las emisiones de CO2 provienen fundamentalmente del consumo de combustibles fósiles. En el 2014 superaron las 38 giga-toneladas. De mantenerse las tendencias actuales, aún con una modesta tasa de crecimiento del 1% interanual, el cupo disponible de emisiones para evitar un aumento de temperatura superior a los 2°C se agotaría para el 2040. Esta alarmante conclusión es resaltada por 17 instituciones científicas en un comunicado de Abril 2015, entre las que se destacan: Max Planck Institute, Stockholm Resilience Center, Mercator Research Institute, Grantham Institute, IIASA, World Resources Institute, Scripps Institution, Earth Institute, Potsdam Institute, The South Center, Teri University, Chinese Academy of Sciences (Earth Statement 2015):

"El 2015 es un año crítico para la humanidad. Nuestra civilización nunca antes ha enfrentado riesgos existenciales similares a los asociados al calentamiento global, la erosión de la biodiversidad y el agotamiento de recursos … Es una obligación moral, en nuestro propio interés, des-carbonizar la economía mundial…".

Los negociadores de la COP 21, burócratas representantes de países adictos al consumo de hidrocarburos, no fueron capaces de oponerse a las poderosas industrias transnacionales de los combustibles fósiles, presentes en las negociaciones. El Acuerdo de París falla así en uno de sus objetivos fundamentales: impulsar una transición hacia una economía libre de emisiones de CO2, transición que debe efectuarse para mediados de siglo con el fin de limitar las emisiones al presupuesto correspondiente al objetivo de los 2°C (Ref 2).

El párrafo 7 del artículo 6 incluido en el borrador del 5 de diciembre 2015 señalaba: "Las partes deberían reducir el apoyo internacional a las inversiones con altos niveles de emisiones y aumentar el apoyo internacional a las inversiones dirigidas a soluciones bajas en emisiones". En la versión final, 7 días después, tal referencia había desaparecido.

Las empresas de hidrocarburo ejercen poderosa influencia sobre funcionarios públicos en Estados Unidos y otros países industrializados. Sólo las empresas que operan en Estados Unidos y Canadá registraron ganancias de US$ 257.000 millones en el 2014.

Durante el período legislativo 2013-2014, las empresas de hidrocarburos aportaron 326 millones de dólares a miembros del congreso norteamericano para financiar sus campañas electorales y para influenciar sus decisiones. Entre los favores recibidos en contrapartida durante ese mismo período, el congreso otorgó subsidios a las empresas de hidrocarburos por US$ 33.700 millones. Por cada dólar invertido en el congreso norteamericano las empresas reciben a cambio 102 dólares, una tasa de retorno de 10200% (OCI 2015).

La Academia Nacional de la Ciencia de Estados Unidos estima un subsidio adicional de US$ 120.000 millones por los costos que se transfieren a la población en su conjunto por efectos sobre la salud derivados de la producción y el consumo de combustibles fósiles en eses país (www8.nationalacademies.org/onpinews/newsitem.aspx?RecordID=12794).

A escala global, excluyendo los costos sociales y ambientales, los subsidios a las actividades de producción y consumo de combustibles fósiles superan los 750.000 millones anuales (OCI 2015).

Según un análisis conjunto del Instituto para el Desarrollo Internacional del Reino Unido (ODI) y OilChange International, sólo los países del G20, las 20 principales economías, canalizan anualmente 450.000 millones de dólares de fondos públicos en forma de subsidios hacia las empresas de hidrocarburos. Resultados similares fueron reportados por el Fondo Monetario Internacional en el 2015. Mientras en las negociaciones sobre el calentamiento global los países industrializados recurren a todo tipo de argumentos para evitar suministrar una quinta parte de este monto para la mitigación y la adaptación al cambio climático en los países en desarrollo. Sólo el G7 más Australia invierten 80.000 millones anuales en subsidios a los combustibles fósiles, mientras su contribución colectiva al Fondo Verde para el Clima (Green Climate Fund) es de apenas 2.000 millones anuales.

Durante años de negociaciones, en particular desde la fallida cumbre de Copenhaguen en el 2009, los países industrializados han venido sugiriendo voluntad para canalizar US$ 100.000 millones anuales para actividades de mitigación y adaptación al calentamiento global en los países en desarrollo a partir del año 2020. Sin embargo, se opusieron a que tal compromiso quedara plasmado en el acuerdo de París. Los recursos se encuentran evidentemente disponibles. Lo que escasea es la voluntad política para asumir responsabilidades acordes con su desproporcionada contribución al calentamiento global.

Según SIPRI (Stckholm International Peace Research Institute) el presupuesto militar global supera los US$ 1,7 billones anuales (millones de millones). Sólo el de Estados Unidos supera los 650.000 millones anuales, y el de Europa sobrepasa los 420.000 millones anuales. Pero en las negociaciones sobre el calentamiento global los países industrializados evadieron el compromiso de aportar 100.000 millones a los países en desarrollo, en donde se encuentra el 80% de la humanidad, para apoyar su contribución con los objetivos del acuerdo. En su discurso en Paris, John Kerry se mostró particularmente generoso al duplicar el aporte de Estados Unidos al Fondo Verde para el Clima, pasando de 400 a 800 millones, menos del 1% de los 100.000 millones prometidos desde la conferencia de Copenhaguen en el 2009.

Responsabilidad común pero diferenciada

Articulo 2 (2): "El presente Acuerdo se aplicará de modo que refleje la equidad y el principio de las responsabilidades comunes pero diferenciadas y las capacidades respectivas, a la luz de las diferentes circunstancias nacionales".

Artículo 4 (19): "Todas las Partes deberían esforzarse por formular y comunicar estrategias a largo plazo para un desarrollo con bajas emisiones de gases de efecto invernadero, teniendo presente el artículo 2 y tomando en consideración sus responsabilidades comunes pero diferenciadas y sus capacidades respectivas, a la luz de las diferentes circunstancias nacionales".

El principio de la responsabilidad común pero diferenciada, componente fundamental del Acuerdo Marco sobre el Cambio Climático de 1992, se refiere a la necesidad de que cada país asuma una responsabilidad proporcional tanto a su contribución al calentamiento global como a sus capacidades tecnológicas y económicas.

La contribución de cada parte a la amenaza del calentamiento global no es proporcional a sus emisiones anuales actuales, sino a las emisiones acumuladas al menos desde el año 1900. Esto es particularmente valedero en el caso de las emisiones de CO2, pues su potencial de calentamiento se mantiene activo durante siglos.

Partiendo de este principio fundamental, es evidente que a los países industrializados les corresponde la mayor parte de la responsabilidad por las emisiones acumuladas hasta el presente. De las 2.145 millones de toneladas de CO2 emitidas a la atmósfera entre 1900 y el 2014, el 72% corresponde a los países industrializados. La responsabilidad diferenciada es aún mayor cuando se toman en consideración tanto sus potencialidades económicas y tecnológicas, como el hecho de que su población corresponde a sólo el 18% de la población mundial.

Sin embargo, el acuerdo de París ignora tales responsabilidades y se limita sólo a los compromisos voluntarios, no vinculantes, presentados en el marco de la conferencia. De esta manera, se diluyen las obligaciones económicas y tecnológicas que se derivan de las desproporcionadas emisiones acumuladas por los países industrializados hasta el presente.

El acuerdo de París reconoce "la necesidad urgente de que las Partes que son países desarrollados aumenten la prestación de un apoyo previsible a las Partes que son países en desarrollo en forma de financiación, tecnología y fomento de la capacidad, para permitirles reforzar su acción en el período anterior a 2020".

Los compromisos voluntarios presentados por los países industrializados implican que continuarán acaparando una desproporcionada proporción del cupo atmosférico disponible para finales de siglo. De esta manera, terminarán impunemente asegurándose la ocupación del 60% al 70% del cupo atmosférico disponible para el 2050, a pesar de representar para entonces sólo cerca del 15% de la población mundial.

De haberse incluido las responsabilidades acumuladas hasta el presente, los artículos sobre financiamiento y transferencia tecnológica se habrían relacionado con una deuda climática de aproximadamente 50 billones de dólares (millones de millones). Las cuotas anuales de la deuda climática acumulada por los países industrializados hasta el 2014 son al menos 10 veces superiores a los US$ 100.000 millones reiteradamente ofrecidos pero ausentes del acuerdo de París (Ref 1).

El Gobierno de Estados Unidos, con la complicidad de la Unión Europea, Canadá, Australia y Japón lideró la insistencia en una demanda vergonzosa y sin precedentes: que los países en desarrollo, menos responsables pero más vulnerables al cambio climático, renuncien a su derecho legal a demandar a otros países por daños o pérdidas provocados por el calentamiento global. El pronunciamiento de la COP21 (FCCC/CP/2015/L.9) señala explícitamente: "Se conviene en que el artículo 8 del acuerdo no implica ni da lugar a ninguna forma de responsabilidad jurídica o indemnización". El artículo 8 se refiere a pérdidas y daños relacionados con las repercusiones del cambio climático: "Las Partes reconocen la importancia de evitar, reducir al mínimo y afrontar las pérdidas y los daños relacionados con los efectos adversos del cambio climático". Si la solicitud es insólita, lo es más aún el que haya sido aceptada por los burócratas delegados de los países en desarrollo.

Estados Unidos y la Unión Europea boicotean desde hace años el reconocimiento de la deuda climática acumulada hasta el presente. Se protegen así, y protegen a sus empresas, de posibles juicios por daños relacionados al calentamiento global, como la desaparición de glaciares, la subida del nivel del mar, la destrucción de fuentes de agua y alimentos, o los daños provocados por cada vez más frecuentes e intensos huracanes, tormentas y sequías.

Bonos de carbono

El acuerdo fortalece los mecanismos de mercantilización del clima, como los mercados de carbono que favorecen la especulación, colonizan recursos de países en desarrollo y evaden esfuerzos reales para reducir emisiones en países industrializados.

Artículo 4 (2): "Las Partes procurarán adoptar medidas de mitigación internas con el fin de alcanzar los objetivos de sus contribuciones". Las partes no se comprometen necesariamente a reducir sus emisiones con medidas internas, sino sólo a procurar adoptar medidas en ese sentido. Las contribuciones son determinadas a nivel nacional, pero las medidas de mitigación no tienen necesariamente por qué serlo. Queda así abierta la opción de adoptar medidas de mitigación en otros países, reclamando los créditos correspondientes.

El artículo 6 sanciona con mayor claridad el comercio de bonos o créditos de carbono a escala global y define los mecanismos que se establecerán para regularlo:

"Las Partes podrán optar por cooperar voluntariamente en la aplicación de sus contribuciones determinadas a nivel nacional…"

Se establecerán "enfoques cooperativos que entrañen el uso de resultados de mitigación de transferencia internacional"

"La utilización de resultados de mitigación de transferencia internacional para cumplir con las contribuciones determinadas a nivel nacional en virtud del presente Acuerdo será voluntaria"

Se creará un mecanismo para "contribuir a la reducción de los niveles de emisión en las Partes de acogida, que se beneficiarán de actividades de mitigación por las que se generarán reducciones de emisiones que podrá utilizar también otra Parte para cumplir con su contribución determinada a nivel nacional"

Se "velará por que una parte de los fondos devengados de las actividades que se realicen en el marco del mecanismo a que se refiere el párrafo 4 del presente artículo se utilice para sufragar los gastos administrativos y para ayudar a las Partes que son países en desarrollo particularmente vulnerables a los efectos adversos del cambio climático a hacer frente a los costos de la adaptación".

Bosques

En el preámbulo se hace referencia a "la importancia de conservar y aumentar, según corresponda, los sumideros y reservorios de los gases de efecto invernadero mencionados en la Convención"

El artículo 5 del acuerdo de París se refiere a los bosques no sólo como sumideros y reservorios de gases de efecto invernadero, sino como instrumentos para la generación de bonos de carbono específicamente en países en desarrollo:

"Las Partes deberían adoptar medidas para conservar y aumentar los sumideros y reservorios de gases de efecto invernadero … incluidos los bosques".

"Se alienta a las Partes a que adopten medidas para aplicar y apoyar, también mediante los pagos basados en los resultados … para reducir las emisiones debidas a la deforestación y la degradación de los bosques… y el aumento de las reservas forestales de carbono en los países en desarrollo…"

Múltiples organizaciones ambientalistas que durante años habían venido denunciando la comercialización de bonos de carbono en general, y en particular su aplicación en la conservación de bosques o el establecimiento de plantaciones, ahora aplauden la firma del acuerdo de Paris, en el que tales prácticas se formalizan a escala global. Algo similar ocurre con países que habían venido denunciando la mercantilización de la atmósfera y el comercio de bonos de carbono.

Financiamiento y transferencia de tecnología

En el preámbulo se señala: "Teniendo plenamente en cuenta las necesidades específicas y las situaciones especiales de los países menos adelantados en lo que respecta a la financiación y la transferencia de tecnología".

Artículo 9: "Las Partes que son países desarrollados deberán proporcionar recursos financieros a las Partes que son países en desarrollo para prestarles asistencia tanto en la mitigación como en la adaptación, y seguir cumpliendo así sus obligaciones en virtud de la Convención".

En este caso, no se objetó la palabra "deberán" (’shall’ en el documento original de discusión en inglés), debido a que no se especifica monto alguno. Los aportes efectivos actuales son insignificantes, apenas superando los 15.000 millones anuales. La modificación si se presenta en el siguiente párrafo:

"Las Partes que son países desarrollados deberían seguir encabezando los esfuerzos dirigidos a movilizar financiación para el clima… Esa movilización de financiación para el clima debería representar una progresión con respecto a los esfuerzos anteriores."

Los países desarrollados evaden así su obligación, de acuerdo con el principio de la responsabilidad común pero diferenciada, tanto de liderar los esfuerzos para movilizar financiamiento para los países en desarrollo, como para que tales esfuerzos se concreten en montos cada vez mayores. Queda a su albedrío las acciones a tomar en este sentido.

Durante las negociaciones se realizaron reiteradas referencias a la voluntad expresada por los países industrializados para aportar al menos US$ 100.000 millones anuales a partir del 2020 como asistencia para actividades de mitigación y de adaptación en los países en desarrollo. Sin embargo, este compromiso quedó excluido del acuerdo de París. Sólo se hace la referencia señalada: "los países desarrollados deberán proporcionar recursos financieros a las Partes que son países en desarrollo…", quedando los montos a juicio y voluntad de los primeros.

En la sección sobre financiamiento de las resoluciones de la COP se establece:

"los países desarrollados tienen la intención de mantener su actual objetivo colectivo cuantificado de movilización hasta 2025… Antes de 2025 se establecerá un nuevo objetivo colectivo cuantificado que será como mínimo de 100.000 millones de dólares anuales, teniendo en cuenta las necesidades y prioridades de los países en desarrollo"

Los países en desarrollo han venido además señalando a lo largo de las negociaciones que los países desarrollados tienden a sesgar su cooperación financiera y tecnológica hacia las medidas de mitigación al calentamiento global, minimizando las necesarias inversiones en países en desarrollo para adaptarse y protegerse de los impactos adversos del cambio climático. Las medidas de mitigación tienden a beneficiar a ambos grupos de países, mientras las de adaptación benefician principalmente a los países recipientes de la cooperación. Debido a esta tendencia, los países en desarrollo han venido reclamando que la cooperación económica y tecnológica debe distribuirse equilibradamente en ambos sectores. Sin embargo, el texto final del acuerdo deja a juicio de los donantes el destino final de su cooperación:

"En el suministro de un mayor nivel de recursos financieros se debería buscar un equilibrio entre la adaptación y la mitigación"

El control de los recursos financieros que se destinen al cumplimiento del acuerdo si queda claramente establecido:

"El Mecanismo Financiero de la Convención, con las entidades encargadas de su funcionamiento, constituirá el mecanismo financiero del presente Acuerdo". Este mecanismo es particularmente dependiente del Fondo Verde administrado por el Banco Mundial, aunque el numeral 59 de las conclusiones de la COP "Decide que el Fondo Verde para el Clima y el Fondo para el Medio Ambiente Mundial, entidades encargadas del funcionamiento del Mecanismo Financiero de la Convención, y el Fondo para los Países Menos Adelantados y el Fondo Especial para el Cambio Climático, administrados por el Fondo para el Medio Ambiente Mundial, estarán al servicio del Acuerdo"

Artículo 13 (10): "Las Partes que son países en desarrollo deberían proporcionar información sobre el apoyo en forma de financiación, transferencia de tecnología y fomento de la capacidad requerido y recibido con arreglo a lo dispuesto en los artículos 9, 10 y 11"

El principio de responsabilidad común pero diferenciada, parte vital del Convenio Marco sobre el Cambio Climático de 1992, se refiere no sólo a la necesidad de transferencia de recursos económicos de los países industrializados a los países en desarrollo, sino a la transferencia de tecnología en términos preferenciales. Sin embargo, el acuerdo de París es particularmente vago en este sentido:

"Las partes … deberán fortalecer su cooperación en el desarrollo y la transferencia de tecnología"

"…promover y facilitar el fortalecimiento del desarrollo y la transferencia de tecnología"

"…impulsar los enfoques colaborativos en la labor de investigación y desarrollo y de facilitar el acceso de las Partes que son países en desarrollo a la tecnología…"

"…fortalecer la cooperación en el desarrollo y la transferencia de tecnología en las distintas etapas del ciclo tecnológico"

La obligatoria transformación de la infraestructura energética de los países en desarrollo hacia energías limpias y renovables, sin un acuerdo vinculante sobre la transferencia de recursos financieros y tecnológicos, tiende tanto a profundizar su dependencia económica y tecnológica, como a fortalecer el injusto orden económico internacional impuesto desde la segunda guerra mundial. La superación de esta coyuntura depende principalmente del reconocimiento de la deuda climática acumulada hasta el presente.

El carácter no vinculante del acuerdo de París se aplica también a las obligaciones de los países en desarrollo, por lo que las fallas u omisiones del acuerdo tampoco son vinculantes. Queda así aún abierta la posibilidad de exigir el reconocimiento de la deuda climática acumulada hasta la fecha, así como la posibilidad de exigir una reducción más pronunciada de las emisiones futuras de los países industrializados al menos en proporción con sus respectivas poblaciones. Para lograr estos objetivos es necesario que los delegados de los países en desarrollo, en representación de la inmensa mayoría de la población mundial, dejen de comportarse como pordioseros en la mesa de negociación.

El Secretario General de la ONU convocará una ceremonia de alto nivel para la firma del Acuerdo en Nueva York el 22 de abril de 2016.

Referencias

1. La Colonización de la Atmósfera – Informe

https://www.dropbox.com/s/l8cte8fh9w0uy2u/Centeno%20-%20LA%20COLONIZACI%C3%93N%20DE%20LA%20ATM%C3%93SFERA%202015%20-%20Informe.pdf?dl=0

2. La Colonización de la Atmósfera – Presentación

https://www.dropbox.com/s/cwmj8d0jnx8wczi/Centeno%20-%20LA%20COLONIZACION%20DE%20LA%20ATM%C3%93SFERA%202015vfs.pdf?dl=0

 

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Julio César Centeno

Ingeniero; estudios de maestría y doctorado en la Universidad de California. Profesor de la Universidad de los Andes. Director Ejecutivo del Instituto Forestal Latino Americano. Vicepresidente de la Fundación TROPENBOS, Holanda.

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