¿Quién le diría a Luisa Ortega Díaz que lo que la oposición está anunciando es una “huelga legal que está” en la Constitución?
Las huelgas, y ella debe saberlo, son las convocadas por los sindicatos, y por extensión, grupos de trabajadores organizados para presionar por sus específicas condiciones de trabajo, contra despidos, por la violación o desconocimiento de los contratos, etc. y, generalmente, con oportuno aviso a las autoridades del Trabajo, inspectorías o al ministerio. En Venezuela están regidas por el Reglamento del Trabajo. Excepcionalmente, la paralización de las actividades laborales puede ser decretada por el sector empresarial, pero ya no estaríamos hablando de huelga.
Como ustedes comprenderán, al “paro cívico” con seis muertos, decenas de heridos, saqueos, obstrucción de vías, guarimbas y otros hechos violentos, como ocurrieron el pasado jueves 20, no puede llamársele huelga, y nada parecido está contemplado en la Constitución ni en las leyes.
Es evidente que esa declaración de la señora fiscal Ortega Díaz lo que pretende es “darle” legalidad a los hechos violentos que seguramente ocurrirán hoy para crear tensiones y un ambiente de incertidumbre ante las elecciones del domingo para la Asamblea Nacional Constituyente.