En el año 1999 cuando se dio el proceso constituyente, los oligarcas que se lograron colar y formar parte de ese equipo de hombres y mujeres, que fueron electos como constituyentitas, lograron frenar el sueño de Chávez, que no era otro que se abrieran las puertas a través del marco de una Constitución. Para avanzar hacia la consolidación del ideal, bolivariano;
Lamentablemente así nació nuestra Constitución Bolivariana con un disfraz de un nuevo modelo de gobierno participativo, donde el pueblo solo sigue su vieja praxis de borrego sometido a las dadivas del poder constituido, siendo utilizado como el tonto útil, que solo sirve para votar.
Digo que solo es un disfraz, porque las leyes del poder popular, que actualmente le dan “un poder al pueblo”; Que a la vez no es poder, y como ejemplo tenemos las asambleas ciudadanas, que según el artículo setenta (70) de Nuestra Constitución Bolivariana, son de carácter vinculante ¿ Pero para quién? El carácter de viculante debería ser para las autoridades municipales, Pues son un organismo que emana de la soberanía del poder popular y debe estar sometido a esa soberanía cito parte de lo estipulado en los principios constitucionales las instancias que emanan de la soberanía del pueblo a ella debe estar sometida, Articulo cinco (5) de nuestra carta magna (CRB V).
Pero cuando nuestro Diputados hicieron la ley de los Consejos Comunales y ley del Poder Popular fue otra burla mas, que le hicieron al pueblo, dicha asamblea ciudadana es vinculante, ¿ pero para quién? Del bolsa sobre el mismo bobo.
Ahora porque digo, que nuestros derechos políticos constitucionales, fueron menoscabados, por lo siguiente si relacionamos lo que estipula los principios de nuestra Constitución en el articulo cinco (5) y seis (6) Nuestro gobierno es participativo y los órganos emanan es de la soberanía del pueblo o mejor dicho de los tontos útiles que salimos a votar y a ella están sometido.¿ Pero donde carajo? Poeque los que hacen las leyes se la han ingeniado, para mantener al poder popular, como lo han sido toda la historia unos dependientes del poder constituido y otros de más baja estirpe porque se convierten en jala mecate de los politiqueros.
Pero volviendo a los preceptos de nuestra Constitución Bolivariana, allí están bien explícitos, a nivel del Municipio, si leemos con detenimiento y hacemos una correlación entre lo que estipula el artículo 168 de Nuestra Constitución Bolivariana y los artículos de los principios constitucionales, incluyendo lo estipulado en el articulo setenta (70).
Nos encontraremos las siguientes palabras, como que el municipio es autónomo, fíjense bien autónomo, ¿Para Qué? Lo establece la misma constitución como tres atribuciones la primera la de elegir sus autoridades, la segunda: la administración y la tercera la de establecer los impuestos.
Está bien claro cuáles son las atribuciones del Municipio (pueblo) Las cuales la Asamblea Nacional no puede establecer las atribuciones del Alcalde y Concejales por una razón muy simple, es que son competencia del Municipio como un derecho constitucional, lo cual ninguna ley puede menoscabar un derecho establecido en la Carta Magna (CRBV) se convierte como una violación de los derechos civiles del Pueblo,
La pregunta que me hago; De que ha servido la Misión Sucre; cuando Chávez creo esta misión a lo mejor pensó aquí tendré el ejército, que construirá el ideal Bolivariano, que lastima estudiaron para convertirse en otros amantes del sistema de gobierno europeo y si no luchamos aquí volverá el punto fijismo,, porque ahora uno ve a muchos que gracias a esta misión se graduaron de abogados aspirando a ser Concejales, Alcaldes y Diputados. Pero no lo ve uno luchando para, que el sueño de Chávez se haga realidad. COMUNA O NADA