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El historietista Winsor MCay caricaturiza en su obra maestra Little Nemo a ciudadanos que para respirar deben pagarle a un capitalista que monopoliza el aire. Quien acapara las cosas posee las personas.
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Esos mismos ciudadanos no pueden protestar porque el capitalista ha monopolizado las palabras. Quien monopoliza las ideas esclaviza a la humanidad.
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Más terrible que la privatización del agua y los recursos naturales que intentan la Organización Mundial del Comercio en el planeta, el ALCA en América y la Ley Orgánica de la Hacienda Pública Estadal en Venezuela, es la privatización de la mente que el gran capital prepara mediante sus regímenes de propiedad intelectual.
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Para muestra basta un botón. En el Capítulo sobre Propiedad Intelectual, el ALCA somete a sus signatarios a suscribir una veintena de tratados internacionales, entre ellos la Convención Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales de 1991, la Convención sobre Diversidad Biológica y el Tratado de Budapest sobre el reconocimiento internacional del depósito de microorganismos a los fines del procedimiento en materia de patentes de 1980. De acuerdo con éstos se podrá patentar organismos vivos.
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La Corte Suprema de Estados Unidos sentenció que era legítimo registrar una bacteria devoradora de petróleo criada por científicos israelíes, y dictaminó que el único organismo no patentable sería un “ser humano, nacido”. Vale decir, son susceptibles de copyright y apropiables como esclavos o bancos de órganos hombres, mujeres y niños clonados, de probeta o extraídos por cesárea.
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Así, según denuncia la delegación venezolana para las negociaciones del ALCA, “como consecuencia de las transformaciones en el campo de la tecnología, en particular de los nuevos desarrollos en la biotecnología, y respondiendo a las exigencias de dicha industria, se ha abierto un nuevo e inmenso campo para la propiedad intelectual: la propiedad intelectual sobre las formas de vida. (...). En la actualidad 80% de las patentes sobre alimentos modificados genéticamente están en manos de 13 transnacionales, y las cinco compañías agroquímicas más grandes controlan casi todo el mercado global de semilla”(Comisión Presidencial para el ALCA: Posición de Venezuela ante el Área de Libre Comercio para las Américas ; Ministerio de la Producción y el Comercio, Caracas, 2003, pp.53-55). En el IV Encuentro Hemisférico de lucha contra el ALCA, Gilmar Mauro confirma que en Brasil tres o cuatro empresas controlan la leche y la industria agrícola mediante el monopolio sobre las semillas transgénicas legalizadas por el Congreso de ese país.
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No hemos creado la vida, y no podemos por ello patentarla, ni convertir en patentables sus variantes inducidas. Y sin embargo, denuncia la delegación venezolana para las negociaciones del ALCA “se ha producido una notoria ampliación de lo que se considera como patentable, haciéndose difusa la anterior frontera entre invención (patentable) y descubrimiento (no patentable)”( Op.cit . p.53). Invención es lo que creamos en forma enteramente nueva; descubrimiento es la verificación de lo que ya existe. No se puede patentar América, el átomo, la quinina.
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Pero, según verifica la delegación venezolana ante el ALCA, “producto de este régimen legal global de biopiratería es la inmensa gama de patentes basadas en la expropiación no reconocida de los conocimientos y/o recursos de otros” ( Op.cit . p.55). Ariadna Cortázar denuncia el saqueo de conocimientos tradicionales indígenas que contribuye a que las transnacionales ingresen por semillas, biotecnología y nutracéuticos ganancias que oscilan entre 500 y 800 billones de dólares, ya que “estas industrias patentan en múltiples países los conocimientos apropiados, obteniendo con ello la exclusividad de la explotación en sus mercados, esto es lo que se llama biopiratería” (“La dignidad de los shamanes. La globalización puso su atención sobre los saberes ancestrales de los puesblos indígenas”; Question , junio 2003, p.34, Caracas).
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Para legitimar tal saqueo, el artículo XX del Capítulo del ALCA sobre Propiedad Intelectual impone que “cada parte concederá a los nacionales de las otras partes un trato no menos favorable que el que otorgue a sus propios nacionales con respecto a la protección y el disfrute de los derechos de propiedad intelectual y cualquier beneficio que de ellos se derive”. Toda ventaja que se conceda a una parte se extiende automáticamente a los nacionales de las demás. Las transnacionales son nacionales para todos los beneficios, menos para el pago de impuestos, del cual las exoneran los Tratados contra la Doble Tributación.
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Nuestra relación con las ideas debe reconocer límites parecidos a las que rigen nuestro trato con las cosas. Sólo el trabajo crea bienes, materiales o intelectuales, y justifica alguna forma de posesión sobre éstos. No se puede enajenar la propia persona ni el derecho al reconocimiento de las propias ideas. No puede haber relación laboral ni de exclusividad intelectual perpetuas. No pueden ser apropiables manifestaciones de la naturaleza no creadas por el hombre, como el aire, las aguas y la vida. Tampoco creaciones sociales indispensables para el funcionamiento de la comunidad como el alfabeto, el lenguaje, los números, los saberes tradicionales.
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No debería haber propiedad material ni intelectual ociosa. Los países civilizados imponen altos impuestos a las tierras cuyo dueño no las hace producir, o las expropian. Por igual razón debe volver al dominio colectivo la propiedad material sobre el bien intelectual cuyo dueño no lo hace producir ni reproducir. También la que represente imprescindible utilidad pública o social. Así como caducan los derechos de autor, deben caducar las marcas. Conocimientos y marcas son la mayor riqueza. La infinita replicabilidad informática de las ideas es vida. La privatización de la vida es muerte.