"¡Convierten la justicia en amargura y arrojan por los suelos el derecho!" Amos 5-7

Domingo Informativo ASINSUOPET Nº 7: Partidismo burocrático en PDVSA

Nota de Aporrea: Informan directivos de ASINSUOPET que este Boletín "Domingo Informativo ASINSUOPET" Nº 7, debió salir el día domingo 11 pasado, pero a causa de apagones e interferencias en las comunicaciones y en el servicio de Internet, hubo dificultades para garantizar las consultas y la elaboración democrática colectiva sin postergar su edición, por lo que la mencionada asociación sindical tomó la decisión de enviarlo a nuestro buzón el lunes 12 para su publicación en el día de hoy.

Domingo Informativo ASINSUOPET es una herramienta que nació para brindar información sobre lo que vive el trabajador(a) activo(a) y jubilado(a) de Petróleos de Venezuela y que es reflejada en un escrito que se hace entender por sí sólo y que sus lectores y lectoras pueden a través de nuestras redes sociales interactuar y expresar sus comentarios al respecto.

Hoy 11.08.2019, dando continuidad a nuestro compromiso social informativo – colectivo de reclamo, en esta oportunidad tenemos el deber de expresarles públicamente y rigurosamente la realidad existente en Petróleos de Venezuela, S.A. (PDVSA) con respecto a la No politización partidista de la empresa estatal y sus filiales; y aunque se verán literalmente afectados algunos líderes integrantes de las juntas directivas, presidencia y compañeros(as) de trabajo que han venido defendiendo los lineamientos, la ideología o el partidismo que ha tenido que existir en PDVSA y sus filiales en lo últimos 15 años, queremos expresarles que la dirección de este dominical es un correctivo nacional y debe ser asumido con humildad, sinceridad, honestidad, sabiduría y justicia, pues quizás estén intentando hacer lo que mejor consideran, por querer ejecutar proselitismo político y partidista dentro de PDVSA pero muchas veces esas actitudes están mal direccionadas o no son las más adecuadas para el funcionamiento y operación de la empresa. Para hacernos entender, veamos a continuación los hechos y las consideraciones siguientes:

En nuestro país existe un marco jurídico legal por el cual nos debemos regir todos los venezolanos(as) por igual, citamos los siguientes artículos de interés referente al tema, resaltando el texto para enfatizar los aspectos a ser considerados de Derecho en éste Domingo Informativo.

  • Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) - Vigente desde el 24 de marzo de 2000 – Enmienda No.1 el 19 de febrero 2009.

Artículo 2: Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.

Artículo ratificado en la exposición de motivo del Código de Conducta Ética para las Trabajadoras y Trabajadores de Petróleos de Venezuela S.A., y sus filiales de Agosto 2016.

Artículo 67: Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de asociarse con fines políticos, mediante métodos democráticos de organización, funcionamiento y dirección. Sus organismos de dirección y sus candidatos o candidatas a cargos de elección popular serán seleccionados o seleccionadas en elecciones internas con la participación de sus integrantes. No se permitirá el financiamiento de las asociaciones con fines políticos con fondos provenientes del Estado. La ley regulará lo concerniente al financiamiento y las contribuciones privadas de las organizaciones con fines políticos, y los mecanismos de control que aseguren la pulcritud en el origen y manejo de las mismas. Así mismo regulará las campañas políticas y electorales, su duración y límites de gastos propendiendo a su democratización. Los ciudadanos y ciudadanas, por iniciativa propia, y las asociaciones con fines políticos, tienen derecho a concurrir a los procesos electorales postulando candidatos y candidatas. El financiamiento de la propaganda política y de las campañas electorales será regulado por la ley. Las direcciones de las asociaciones con fines políticos no podrán contratar con entidades del sector público.

Artículo 328: La Fuerza Armada Nacional constituye una institución esencialmente profesional, sin militancia política, organizada por el Estado para garantizar la independencia y soberanía de la Nación y asegurar la integridad del espacio geográfico, mediante la defensa militar, la cooperación en el mantenimiento del orden interno y la participación activa en el desarrollo nacional, de acuerdo con esta Constitución y la ley. En el cumplimiento de sus funciones, está al servicio exclusivo de la Nación y en ningún caso al de persona o parcialidad política alguna. Sus pilares fundamentales son la disciplina, la obediencia y la subordinación. La Fuerza Armada Nacional está integrada por el Ejército, la Armada, la Aviación y la Guardia Nacional, que funcionan de manera integral dentro del marco de su competencia para el cumplimiento de su misión, con un régimen de seguridad social integral propio, según lo establezca su respectiva ley orgánica.

Artículo 330: Los o las integrantes de la Fuerza Armada Nacional en situación de actividad tienen derecho al sufragio de conformidad con la ley, sin que les esté permitido optar a cargo de elección popular, ni participar en actos de propaganda, militancia o proselitismo político.

  • Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT) - Vigente desde el 7 de mayo de 2012.

Artículo 21: Son contrarias a los principios de esta Ley las prácticas de discriminación. Se prohíbe toda distinción, exclusión, preferencia o restricción en el acceso y en las condiciones de trabajo, basadas en razones de raza, sexo, edad, estado civil, sindicalización, religión, opiniones políticas, nacionalidad, orientación sexual, personas con discapacidad u origen social, que menoscabe el derecho al trabajo por resultar contrarias a los postulados constitucionales. Los actos emanados de los infractores y de las infractoras serán írritos y penados de conformidad con las leyes que regulan la materia. No se considerarán discriminatorias las disposiciones especiales dictadas para proteger la maternidad, paternidad y la familia, ni las tendentes a la protección de los niños, niñas, adolescentes, personas adultas mayores y personas con discapacidad.

  • Ley del Estatuto de la Función Pública – Vigente desde el 06 de septiembre de 2002.

Artículo 34, numeral 2: Sin perjuicio de lo dispuesto en las leyes y los reglamentos, se prohíbe a los funcionarios o funcionarias públicos; realizar propaganda, coacción política u ostentar distintivos que los acrediten como miembros de un partido político, todo ello en el ejercicio de sus funciones.

Artículo 82, numeral 1: Independientemente de las sanciones previstas en otras leyes aplicables a los funcionarios o funcionarias públicos en razón del desempeño de sus cargos, éstos quedarán sujetos a la sancione disciplinaria de amonestación escrita.

Artículo 83, numeral 6: Serán causales de amonestación escrita; realizar campaña o propaganda de tipo político o proselitista, así como solicitar o recibir dinero u otros bienes para los mismos fines, en los lugares de trabajo.

  • Ley Contra la Corrupción - Vigente desde el 07 de abril del 2003.

Artículo 13: Los funcionarios y empleados públicos están al servicio del Estado y no de parcialidad política o económica alguna. En consecuencia, no podrán destinar el uso de los bienes públicos o los recursos que integran el patrimonio público para favorecer a partidos o proyectos políticos, o a intereses económicos particulares.

Artículo 14. El nombramiento y remoción o destitución de los funcionarios y empleados públicos no podrá estar determinada por afiliación u orientación política alguna y se realizará de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en las leyes.

  • Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal - Vigente desde el 23 de diciembre del 2010.

Artículo 25, numeral 2: El Sistema Nacional de Control Fiscal se regirá por el principio: El apoliticismo partidista de la gestión fiscalizadora en todos los estratos y niveles del control fiscal.

  • Código de conducta de los servidores públicos – Vigente desde el 15 de julio del 1998.

Artículo 18, literal c: La equidad de los servidores públicos será practicada y apreciada según el criterio; Para la justa y correcta prestación del servicio, el servidor público deberá estar permanentemente consciente de que su trabajo está regido por el interés de ser útil a quien demande un servicio, sin considerar condición social, política, económica, religiosa, étnica, o de cualquier otro orden, respetando fielmente sus derechos individuales.

Artículo 22, literal b: La disciplina de los servidores públicos será practicada y apreciada según el criterio; Los servidores públicos respetarán los principios y prácticas de la continuidad administrativa, siempre que se ajusten a Derecho, independientemente de cuáles sean sus afiliaciones políticas o simpatías electorales.

Los hechos que a continuación se exponen, son parte de una situación prolongada de violación de los Derechos y Deberes indicados arriba que se mantiene, se repite y no ha cesado. Por lo tanto, la situación jurídica infringida es susceptible de restablecimiento, con el cumplimiento de las obligaciones omitidas por PDVSA como empresa estatal (Art. 303 de la CRBV), que puede comenzar a corregirse con el ajuste adecuado en la dirección, gestión y lineamiento estratégico corporativo.

Aun cuando tiene consecuencias y deja secuelas, cuya duración y profundidad debe ser acortada y compensada con acciones urgentes, no se trata de un acto irreparable en sí mismo, y la situación de derecho puede ser restituida mediante una acción, decisión y decreto que cumpla con los Derechos y Deberes indicados arriba.

A continuación se citan varias desviaciones, entre ellas del expediente sustanciado donde se tienen los soportes (Por confidencialidad no se muestran) que están en mano del Equipo Multidisciplinario Nacional de ASINSUOPET conformado por los trabajadores(as) activos(as) y jubilados(as) de la Industria del Petróleo y Gas:

  • PDVSA, se dice que es Roja Rojita entendiéndose que se debe a una inclinación política partidista, de la cual muchos compañeros(as) respaldan, toda persona tiene derecho a tener, expresar y pensar libremente su inclinación política, pero las instituciones y empresas del Estado no pueden tener proselitismo político, según leyes aprobadas por el Presidente Hugo Rafael Chávez Frías.
  • Se cuenta con evidencias soportadas por comunicaciones internas de la Empresa donde se solicita la participación de los trabajadores(as) en actividades con mayores connotaciones políticas y partidistas que técnicas y científicas asociada al proceso social del trabajo en PDVSA, tales como Marchas, Concentración y Asistencias a Puntos Rojos. Es importante resaltar que para estos llamados de participación, a pesar que se decía que era voluntario, no era así para algunos ya que, los trabajadores(as) eran coartados, manipulados, persuadidos y en algunos casos obligados a asistir a pesar de su situación personal, de salud, familiar, económica y libertad de pensamiento. En muchas de las actividades promovidas por la Empresa fuera del centro de trabajo no se le daban viáticos a los trabajadores(as), ni se le daban en algunos casos por falta de criterio en materia laboral los respectivos días compensatorios cuando eran en los días de descanso (Sábado y Domingo) y en los casos cuando el trabajador(a) salía de noche de su hogar para llegar al segundo día siguiente en la madrugada, estando más de 24 horas fuera de su casa, no se le daban los días de descanso por la jornada de prácticamente tres turnos continuos en dicha actividad. Estas participaciones políticas se consideraron parte de las evaluaciones de desempeño de los trabajadores(as) dándole hasta más importancia que al desempeño propio en el cargo del trabajador(a). Por lo que, se presta una violación de los principios de los derechos humanos consagrados en las leyes respectivas, que el proceso Revolucionario Bolivariano a respaldado.
  • Se cuenta con evidencias soportadas por comunicaciones internas de la Empresa donde se solicita el aporte de un día de salario al partido PSUV, a pesar de ser un llamado voluntario y muchos compañeros(as) militaban en el PSUV, se hacía seguimiento en la Empresa para que todos los trabajadores(as) realizarán su aporte donde algunos fueron manipulados, persuadidos y en algunos casos obligados, hasta llegó a ser considerado para la evaluación de desempeño, por lo que, los trabajadores(as) se vieron en la necesidad en mucho de los casos en participar para estar en las buenas con su línea supervisora y así mantener un ambiente laboral armónico.
  • Se cuenta con evidencias soportadas por comunicaciones internas de la Empresa donde se solicita información con respecto al apoyo requerido a las empresas contratistas, de su zona de acción, para poner a la orden vehículos, toldos, sillas, teléfonos celulares y tarjetas telefónicas para saldos, en colaboración para las actividades políticas electorales.
  • Se cuenta con evidencias soportadas de varios, de los tantos casos lamentables, accidentes muy tristes para la fuerza laboral de PDVSA ocurridos en las actividades políticas donde resultaron heridos y fallecidos algunos compañeros(as) de trabajo, que cuando ocurrieron se discutían si aplicaban ser considerados como un accidente de trabajo o no, ya que no había un criterio claro según lo establecido en los artículos 43, 156 literal "e" de la LOTTT y artículo 69 de la LOPCyMAT.
  • Es importante destacar que en todas las actividades políticas presentadas hasta la fecha, se usaron de alguna u otra forma los activos de PDVSA, tales como las unidades de transporte terrestre, los celulares corporativos, los contratos de comidas empacadas y los servicios propios de los comedores industriales para las comidas empacadas, generando un deterioro acelerado fundamentalmente en la flota de transporte terrestre de la empresa, así como las contrataciones de servicios de unidades de transporte terrestre privado (Buscama, encavas, camiones, camionetas y vehículos sedan). Considerando todos estos gastos de forma general, estamos hablando de muchos millones de dólares para fines de proselitismo político durante los últimos 15 años aproximadamente, presuntamente desviando los recursos y presupuestos de la Empresa aprobados para las operaciones, mantenimiento e inversiones de sus actividades propias inherentes.

Por las razones de hecho y de derecho expuestas, nosotros la clase trabajadora solicitamos al:

Señor Presidente de la República Bolivariana de Venezuela.

Nicolás Maduro Moros.

Señora Vicepresidenta de la República Bolivariana de Venezuela

Delcy Rodríguez.

Señor Fiscal General del Ministerio Público

Tarek William Saab.

Señor Ministro del Poder Popular de Petróleo y Presidente de PDVSA.

Manuel Quevedo Fernández.

La restauración de los derechos y deberes citados en éste comunicado haciendo justicia y dando un paso al frente por nuestra PDVSA y por el país, nos mueve la verdad y el amor a nuestros hermanos venezolanos que están sufriendo, el dolor de ver a PDVSA deteriorada cada días más y con niveles de corrupción muy altos ya denunciados, y muchos aun en investigación, por el Ministerio Público desde hace varios años, nos duele nuestros compañeros(as) de trabajo que en su mayoría acataron los lineamientos del patrono - PDVSA y hoy se ven afectados en su condición de trabajo, salario y beneficios laborales, nos duele el pueblo de Venezuela que no cuenta a tiempo con los productos de calidad de PDVSA, tales como, la gasolina, los lubricantes, el gas comunal y los productos derivados de la petroquímica por la mala administración y los errores del patrono, por eso con sabiduría permitan que nuestro Equipo Multidisciplinario Nacional de trabajadores(as) activos(as) y jubilados(as) de la Industrial del Petróleo y Gas promovido por la asociación sindical nacional ASINSUOPET en conjunto con los Sindicatos de Base que nos acompañan y los Colegios de Profesionales que nos respaldan, les demuestre con hechos y no con palabras nuestra capacidad, formación y compromiso patrio para levantar a PDVSA de forma productiva, rentable y sostenible como está establecido en la Ley del Plan de la Patria 2019 - 2025 y en el Plan Estratégico Socialista 2016 – 2025 de PDVSA, brinden el voto de confianza al trabajador(a) activo(a) y jubilado(a) que hoy representado por nosotros tiene las propuestas impresas en la mano, permitan ustedes que nuestro Equipo Multidisciplinario Nacional como Consejo de Trabajadores y Trabajadoras (Art. 497 LOTTT) tengan la libertad de demostrarles que aún se puede, que aún queda personal capacitado, formado y comprometido con PDVSA, rescatar el orgullo de llevar el nombre de PDVSA en el corazón y el Carnet de Identificación, nuestras estrategias están impresas para obtener resultados a corto plazo y mantenemos con firmeza y la bendición de DIOS que saldremos triunfadores.

  • NO a la politización y partidismo de PDVSA.
  • NO a la politiquería en PDVSA.
  • NO al proselitismo político y partidista en PDVSA.
  • NO a los cargos a dedo por su condición política y no técnica.
  • NO al SINDICATO ILEGITIMO partidista y a favor del patrono.
  • NO a los Directores improvisados.
  • NO a la discriminación laboral.
  • NO al factor 90/30 y al Memorándum – Circular N° 2792.
  • NO al canibalismo de los activos de la empresa.
  • NO al burocratismo corrupto.
  • NO a la indolencia, negligencia, inacción, inobservancia y omisión.
  • NO a la intervención militar y a la injerencia de todo tipo de imperios.

¡Ay de ustedes, que convierten la justicia en amargura

y arrojan por los suelos el derecho! Amos 5-7

Pero que fluya como agua la justicia, y la honradez

como un manantial inagotable. Amos 5-24

Dejamos demostrada nuestra actual realidad sobre cómo se ha manejado la dirección de PDVSA y sus Filiales politizando de manera partidista su gestión, donde también la Federación Unitaria de Trabajadores Petroleros de Venezuela (FUTPV) no está excenta de esta condición. Seamos portavoz de éste Domingo Informativo ASINSUOPET No. 07 como nuestra nueva estrategia informativa. Dejémos así abiertas nuestras redes sociales @ASINSUOPETB, @YorjanCoa, @juancgarciach, @crimarant y @ipczacarias como parte de los voceros del Equipo Multidisciplinario Nacional para que nos brinden su opinión y agreguen sus comentarios que son el complemento más importante, por PDVSA, sus TRABAJADORES(AS) ACTIVOS(AS) Y JUBILADOS(AS) – PETROLEROS Y NO PETROLEROS y su familia.

Queremos expresar públicamente nuestro agradecimiento a todos los Trabajadores y Trabajadoras activos y jubilados por la confianza brindada y por el respaldo que hoy es público y notorio, seguiremos avanzando con la guía, protección, bendición de DIOS y con pasos firmes por todos sin excepción, gracias por la oportunidad de demostrarles que en PDVSA hay trabajadores que les duele la empresa y que haremos lo propio por recuperarla e impulsarla de forma sostenible para las generaciones futuras del país.



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ASINSUOPET

Asoc. de Supervisores y Operadores Petroleros

 asinsuopetbolivariana@gmail.com      @ASINSUOPETB

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