De introito; nos permitimos de sucinto transcribir, lo que de concepción teórica. Constituye la ¡Lucha De Clases! A saber … ¡Permanente conflicto de intereses entre las clases sociales, de cuyas tensiones y dinámicas de contrarios, surgen los cambios históricos!
Del resumen anterior … ¡Clase Social y Cambios Históricos! … Obvio considerar que perse, he imbricado con el cambio ¡Cambio revolucionario social histórico! Obligante derivar al subsecuente también cambio económico de nuevo orden distributivo. Mismo que democráticamente deberá equilibrar, reformular, tabular, el nivel de bienestar social ¡(Estado De Bienestar)! en el sector fuerza de trabajo. Incluyendo a toda aquella fuerza de trabajo en sus diferentes categorizaciones, que de venta/explotación y vigencia en las líneas de producción (Mano De Obra Directa) así como el desempeño laboral supervisorio (Mano De Obra Indirecta) más la Carga Fabril, asume el desempeño del talento robótico músculo intelectual, y concluye en la terminación del Producto Terminado Fabril, en su costo primo mercancía.
Como referimos del anterior narrado texto, el concepto - ¡Conflicto! - ¡¿Será exagerado?!
¡¿Sobredimensional por parte nuestra?!
Afirmar que el ¡Nuevo Ideal Nacional! de matriz demagógica, lampedusiana, mitómana por compulsión; asumiéndose "revolucionario" en desempeño gerencial de ente natural ¡Elite política.
Pueda en teatro situacional de conflictos e intereses. ¿Constituirse en una emergente clase social (¡Boli burguesa clase social de privilegios y poder!)? …
¿De perfil reaccionario?
¿Ausente de la precariedad familiar?
¿Contrario al real estado de bienestar popular?
¿Reaccionariamente ninguneador, del sector ancianos pensionados?
Todos nuestros anteriores comentarios de esta nota, en repetitiva cíclica ocasión de referirnos al decreto que de ahora en fecha septiembre de 2.024, en el cual nuestro Presidente de la República Bolivariana De Venezuela, Nicolás Maduro Moros. Decreta de anticipado, la celebración de la navidad 2.024 y festejos del venidero año 2.025; y de igual manera y cronograma financiero. Anuncia para el próximo mes de octubre de este año 2.024, el pago de bonos y aguinaldos de fin de año, a los empleados y jubilados del aparato público. Relegando como ha sido usual, a la condición de huérfanos ciudadanos venezolanos de segunda, a los ancianos pensionados del Instituto de Los Seguros Sociales; mismos que desde ya beneficiarios, percibirán. El miserable desembolso de cuatro lochas (¡Bs 130 * 3 = Bs 390 = $10,63!) o (¡Bs 130 * 4 = Bs 520 = $14,18!)
¿Por qué? ...
¿Por qué repetitivamente apoyándose en el demagógico gatopardiano discurso "revolucionario socialista", desde la élite política?
¡Cínicos!
¡Tareck El Aissamiados!
¡Miserables!
¿Se desdeña la precariedad del pensionado anciano venezolano?
Sencillo de responder. Porque el vulnerado anestesiado ninguneado social venezolano pensionado del Ivss, no tiene real organizada fuerza de convocatoria de ¡Lucha De Clases! para protestar; ni dispone de la coaccionante herramienta de la huelga; y las consecuencias que ...
¡Encajonen!
¡Dobleguen!
¡Rinda de contrarios
¡Al Estado!
¡Al vigente atornillado burgués, aparato público! …
Haga ceder el anciano venezolano pensionado del Ivss, en confrontación revolucionaria y postura de vanguardia. De hacer justo, humano y solidario; a un supuesto Estado Socialista De Siglo XXI.