Fatal Accidente Laboral en Provegran.
Provegran es una empresa en el estado Aragua que recicla desechos cárnicos de mataderos, estos desechos al descomponerse generan gases tóxicos (H2S)
El 18/08/2003 fallecen 9 trabajadores intoxicados con H2S en un espacio confinado.
El patrón dijo que solo reconocía al primer fallecido de los trabajadores como accidente laboral, que los demás mueren por irse a rescatar al primer fallecido, a riesgo propio.
La empresa aplicó todas las trampas, pretextos y artimañas para retardar el juicio, fueron 9 años de lucha y 36 audiencias para lograr que hubiese sentencia.
En este caso se demostró que:
- El patrón no informó a los trabajadores del riesgo al que estarían expuestos, (no se informó al personal de la empresa que el H2S es un gas mortal).
- Ningún trabajador fue dotado de máscaras antigases apropiadas.
- La empresa incurrió en graves violaciones al Reglamento de las Condiciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo.
Los patronos apelaron en la fiscalía, fueron a 2da instancia al Tribunal Supremo de Aragua y luego al Tribunal Supremo de Justicia, donde les ratificaron la sentencia de siete años de cárcel a los dos socios principales de la empresa, y a tres años de cárcel para los dos encargados.
Día Nacional de Movilización y Lucha por la Salud Laboral.
Hasta la fecha predomina la Impunidad de los patrones en cuanto a muertes ocasionadas por el trabajo. En estos casos las personas responsables no responden por sus acciones por ser MAS FUERTES ECONÓMICAMENTE Y MAS PODEROSAS que los(as) familiares de las trabajadores(as) muertos(as).
La ausencia de prisión contra las personas culpables de las muertes laborales permite una impunidad que empeora el clima de inseguridad contra la vida y la salud en las empresas y favorece la precarización de las condiciones de trabajo.
El hecho de que no se encarcele a los(as) responsables de las muertes, ayuda a que anualmente mueran centenares de trabajadoras(es) venezolanas(os) sin temor de ser castigados(as) los(as) responsables.
Luchar por prisión de los(as) culpables, contra la impunidad en las muertes ocasionadas por las condiciones laborales inseguras, es parte de la lucha por un trabajo digno y contra el capitalismo salvaje.
Esta situación de la impunidad, entre otros aspectos, se abordó en el VI Encuentro Nacional por la Salud de los Trabajadores, (03y04/12/2004 en la U.D.O. de Pto la Cruz), evento organizado por la CONASAT. Debatimos la necesidad de fijar un día al año para promover a nivel nacional y/o regional la seguridad y salud en el trabajo, así conmemorariamos a los trabajadores fallecidos con ocasión al trabajo ademas de movilizarnos contra la impunidad por muertes en el trabajo.
En este encuentro se aprueba la fecha del 18 de Agosto como Día Nacional de Movilización y Lucha por la Salud Laboral en memoria de los 9 trabajadores fallecidos en Provegran el 18 de Agosto del 2003.
La CONASAT, apoyó desde el inicio a las(os) familiares y sobrevivientes de los trabajadores en la tragedia de PROVEGRAN. Junto a sindicatos, frentes y consejos de trabajadoras(es) nos congregamos a conmemorar el Día de Movilización y Lucha por la Salud Laboral cada 18 de agosto en el estado Aragua. Ademas hicimos presencia en cada una de las 36 audiencias hasta lograr la sentencia a los responsables.
Desde que la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (Lopcymat) fuera promulgada en 1986, esta es apenas la segunda condena (en casos mortales) y es una conquista de la movilización de trabajadores(as), dirigentes clasistas y delegadas(os) de prevención.
La CONASAT logra que en la reforma de la Lopcymat, (26/07/2005) se considere accidente de trabajo los accidentes acaecidos en actos de salvamento y en otros de naturaleza análoga, cuando tengan relación con el trabajo, (artículo 69); propuesta que surge de las lecciones que nos dejo la tragedia en Provegran.
Planes para el 18 de Agosto del 2014.
Después de lograr que no quedara impune la tragedia de Provegran en Aragua, a partir de este año iniciaremos la conmemoración en Caracas del 18 de Agosto como Día Nacional De Movilización Y Lucha Por La Salud Laboral.
Haremos entrega a las autoridades nacionales de las demandas que levanta el movimiento nacional por la salud de las(os) trabajadoras(es), para continuar avanzando en la promoción del trabajo seguro y saludable, la prevención de los accidentes de trabajo, las enfermedades ocupacionales y el respeto a los derechos establecidos en la legislación del país.
Las actividades se iniciaran con una concentración en la Plaza Morelos de Caracas, 8am.
Entregaremos una comunicación sobre aspectos de seguridad y salud laboral en el Ministerio
También presentaremos documentos en materia de seguridad y salud laboral en la vicepresidencia.
Invitamos a todos(as) aquellos(as) trabajadores(as), dirigentes sindicales, delegados(as) de prevención y organizaciones populares con interés en el tema a incorporarse a las actividades, a partir de las 8am en la Plaza Morelos de Caracas.
Demandas que Presentaremos en el Día de Movilización y Lucha por la Salud Laboral
1. Por Cárcel a los Autores(as) Intelectuales de asesinatos a Dirigentes Populares (Delegadas[os] de Prevención, Sindicales, Indígenas, Campesinos[as], entre otros).
2. Por Cárcel a los(as) Autores(as) Intelectuales de la masacre de MMC en Barcelona, estado Anzoátegui 29/01/2009.
3. Por Cárcel para los(as) responsables de muertes por accidentes laborales y enfermedades ocupacionales.
4. Por una Comisión Nacional de Diputados(as) y Trabajadores(as) contra la impunidad en los puntos anteriores.
5. Por el reenganche inmediato de los representantes de los trabajadores(as) despedidos(as) ilegalmente, en protección de los derechos colectivos de los trabajadores(as) afectados(as), (Delegados[as] de Prevención y Dirigentes Sindicales).
6. Respuesta oportuna por parte del INPSASEL sobre las certificaciones de las enfermedades ocupacionales y los accidentes laborales.
7. Promover Materias sobre Salud de las(os) Trabajadoras(es) en el pensum de estudio de primaria, secundaria y que en cada carrera universitaria esta materia sea de carácter obligatoria, que no sea opcional o electiva.-
8. Por Sedes del INPSASEL en cada estado (Geresat).
9. Por el respeto al artículo 68 de la CRBV, que prohíbe el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas. Contra el terrorismo de los(as) patronos(as) hacia las(os) trabajadoras(es), contra el uso de cuerpos represivos, armas de fuego, elementos tóxicos y militarización de la zona en conflicto de manifestaciones pacíficas laborales y populares, como respuesta por parte de los(as) patronos(as).
10. Por un verdadero control obrero en el Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo.
11. Que las(os) Directoras(es) y Presidentas(es) del INPSASEL sean nombrados por las(os) trabajadoras(es) en concordancia con el Artículo 70 de la CRBV, que establece entre los medios de participación y protagonismo del pueblo, en ejercicio de su soberanía, a la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas cuyas decisiones serán de carácter vinculante.
12. Contra la criminalización, judicialización y/o penalización, de las protestas populares.
¡NO MÁS MUERTES POR ACCIDENTES Y ENFERMEDADES EN EL TRABAJO!
Por la Defensa de la Salud y la Vida en el Trabajo
mediante la ORGANIZACIÓN, FORMACIÓN Y MOVILIZACIÓN
de manera Independiente, Democrática, Solidaria y Unitaria