La propuesta concreta que tenemos para el diseño y la construcción de una red del poder popular toma en cuenta la realidad y complejidad de nuestra estructura y división político-territorial. De esta manera, consideramos que la red debería tener 6 niveles de trabajo que reproducen a cada escala una realidad, un proyecto de comunidad y una fuente de interacción colectiva. Es decir, cada nivel incorpora procesos de comunicación, identificación y pertenencia que son indispensables para conformar una vasta y diversa multitud, tal y como lo concibe Antonio Negri. Estos niveles son los siguientes:
1.- La Comunidad: Debe ser definida como el conjunto de personas que ocupan un área geográfica determinada, con características culturales homogéneas, con intereses y prácticas sociales comunes, con un nivel de cohesión interna que se soporta en lazos de solidaridad, de pertenencia y de cooperación. El intercambio de cada uno de los miembros de la comunidad debe darse cara a cara. El artículo 4 de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales, en su apartado I, define a la comunidad, y también los límites que ésta debe tener a la hora de organizarse en consejos comunales, los cuales no deben exceder las 400 familias: " Es el conglomerado social de familias, ciudadanos y ciudadanas que habitan en un área geográfica determinada, que comparten una historia e intereses comunes, se conocen y se relacionan entre sí, usan los mismos servicios públicos y comparten necesidades y potencialidades similares: económicas, sociales, urbanísticas y de otra índole".
2.- Los sectores: Son grupos de comunidades que se asocian por afinidad urbana, cultural, social o económica. Las distintas investigaciones sociales y urbanísticas han demostrado que la manera de ocupar un territorio, un barrio dado, se produce en oleadas de familias o de grupos que comparten el lugar de procedencia. De manera que los barrios son conglomerados sociales marcados por la diversidad y las diferencias afectivas o culturales.Un barrio está conformado por diversos sectores, que aunque conviven de manera estrecha, no pueden ser considerados como una comunidad homógenea de intereses.
3.- Las parroquias: Es una de las divisiones territoriales que se conservan en Venezuela desde los tiempos de la Colonia. Es un término histórico vinculado con la división eclesiástica. Supone un conjunto de sectores bajo la jurisdicción de una determinada iglesia, independientemente de sus linderos y fronteras. En la Constitución Bolivariana, la parroquia sirve no sólo para designar a los diversos sectores de un municipio, sino también para nombrar una unidad territorial y cultural, a la vez plural y común, con elementos de pertenencia e identidad que sirven de cohesión urbana.
4.- El municipio: Es la unidad política primaria de la organización nacional de los poderes públicos. Gozan de personalidad jurídica y autonomía dentro de la Constitución Bolivariana. Es la unidad administrativa más pequeña del Estado Venezolano y agrupa a un determinado número de parroquias, independientemente de sus fronteras. (Continuará...).
*Abogado, Analista Político y militante del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV). Moderador del Programa Informativo y de Opinión "Micrófono Abierto", transmitido de lunes a viernes de 12 m a 2 pm por la Emisora Comunitaria "Llovizna" 104.7 FM, la primera Emisora Comunitaria de Ciudad Guayana.
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