Farsa en los Presupuestos Fiscales

Petróleo y tributación

Manuel C. Martínez M.
18 nov. 04

Como el petróleo y que es *del Estado* (Art. 12, Constitución de la República Bolivariana de Venezuela), el royalty o impuesto petrolero, los volúmenes de su extracción y venta, los dinámicos precios de venta, su administración y la supervisión y control de su empleo y conservación como recurso no renovable, debería ser conocido, presupuestado y modificado anualmente por el pueblo, según los cacareados y constitucionales derechos políticos de participación ciudadana recogidos en los letreros del Capítulo IV de CRBV.

Como sabemos, el #6 del Art. 187 de la CRBV le permite a la Asamblea Nacional *Discutir y aprobar el presupuesto nacional*, y todo proyecto de ley concerniente al régimen tributario y al crédito público, que debe consignarle a manera de Anteproyecto el Ejecutivo Nacional _en el transcurso del tercer trimestre de cada año_ (#8, Art. Ejusdem), y, por cierto, no esperar el final de dicho trimestre como suele hacerlo el Ministerio de Finanzas, con todos los inconvenientes arrastrados y el *mateo* que terminan dándole forzosamente los diputados a dicha discusión y aprobación ante la cortedad temporal impuesta por un ministerio que peca de irresponsable cuando todo lo deja para última hora. Decimos que esa presentación del Anteproyecto en cuestión debería hacerse a comienzos del tercer t.

Ahora bien, según declaraciones que en vivo ofreció el presidente de la actual Comisión de Finanzas de la Asamblea Nacional, el Econ. Rodrigo Cabezas, soportadas constitucionalmente, paradójica y anticonstitucionalmente, la Asamblea Nacional (el soberano) ni discute ni tiene competencia sobre el principal componente de los ingresos que tiene el Presupuesto Nacional de Ingresos y Gastos, es decir: la Asamblea no participa directamente (léase bien: directamente) en el estimado de ingresos petroleros ni en sus volúmenes de exportación, ni en su destino, ni en los respectivos precios, ni en la contratación de sus administradores (Pdvsa) ni en la correspondiente dosificación de su extracción de cara a que sea respectada la agotabilidad y no renovabilidad de este recurso energético.

Lo que se discute en esa asamblea es el mero reparto de la piñata presupuestaria y se aprueba también el monto y discriminación de dicho reparto, con lo cual y de la manera más irresponsable y más irrespetuosa del Capítulo IV arriba citado deja en las manos exclusivas del Ejecutivo Nacional todas las posibles arbitrariedades y la metodología que tenga a bien o mal adoptar e implementar aquel en materia de esos importantes y determinantes ingresos derivados de la renta petrolera.

Como sabemos, durante la IV república, y ahora por desgracia en esta, el Ejecutivo consuetudinariamente subestima los ingresos petroleros, sobrestima los gastos y termina cuadrando un presupuesto de la manera más criminal e inducidamente deficitario, comprometiendo el futuro de las generaciones venideras, principalmente el de los niños, quienes cargarán en su adultez ineluctablemente con esa pesada carga que supone el arbitrario endeudamiento público nacional, por causa de una burla que se le hace al soberano cuando a este se le priva de toda ingerencia en esos estimados de ingresos, porque la Asamblea Nacional los aprueba por defecto y se limita a la discusión de los gastos, pero, según el grado de control del Ejecutivo sobre dicha asamblea, esta le aprueba sin discusión alguna todo el endeudamiento que acompaña indefectiblemente esa subestima de ingresos petroleros.

Eso significa que la Asamblea Nacional sí tiene competencia directa (léase bien; directa) para controlar y discutir previamente todo lo concerniente a los ingresos petroleros, ingresos que no son propiedad privada ni de competencia exclusiva del Ministerio de Minas ni del Ministerio de Finanzas, ni mucho menos del Presidente de la República, sino del soberano que la delega para su administración, discusión y aprobación en las manos de los parlamentarios y asambleístas. Por esto decimos que el presupuesto fiscal venezolano es una buena farsa cuyos protagonistas verdaderos son el Ejecutivo nacional y su servicial y coyuntural Asamblea Nacional.

De resultas, la Asamblea Nacional y su respectiva Comisión de Finanzas (hasta ahora y por ahora) terminan burlándose del soberano cuando le avalen al Ejecutivo expeditamente los créditos adicionales que surgen por un déficit inducido, derivado de un déficit que arbitrariamente el Ejecutivo provoca con su arbitrario y unipersonal cálculo de precios y volúmenes de venta de petróleo, amén de que arbitraria también es la escogencia de la Directiva y Administración de Pdvsa, a través del Ministerio de Minas, que es supuestamente el órgano contralor de aquella empresa estatal.

Proponemos que el soberano participe con sus opiniones y soporte tecno- profesional en las comisiones y subcomisiones ad hoc de la Asamblea Nacional en materia de ingresos petroleros, mediante designaciones populares que desde la base salgan por vía de voto directo, y de la manera más despolitizada posible



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Manuel C. Martínez M


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