No conozco el detalle de la nueva LOT, pero es necesario que se establezca, en dicha LEY, que cuando se produzca, la renuncia y/o despido del trabajador, lo que pueda corresponder por dichos conceptos, le sea cancelado y/o indemnizado al trabajador, en un plazo que debía estar entre los treinta (30) y cuarenta cinco(45) días máximo.
Actualmente, cuando se producen despidos o renuncias, el trabajador debe esperar meses para poder cobrar sus prestaciones sociales y hacer grandes colas en el ministerio de trabajo para conocer el monto correcto de sus prestaciones. Es decir, el patrono no le para a los lapsos, existen muchos vacios en este sentido; hay trabajadores que, además de quedarse sin empleo, deben esperar meses para poder cobrar sus prestaciones sociales. En socialismo, esto no debería estar ocurriendo. Las empresas privadas de cualquier tamaño y todas las instancias ministeriales y de gobierno, deben dar ejemplo en este sentido, y realizar el pago de los pasivos laborales, en forma muy puntual.
Lo que debía ocurrir, antes de la promulgación de la ley, es pronunciar que: todos los pasivos laborales que se tienen de las instituciones públicas y/o de gobiernos, se van a cancelar, durante el mes de Mayo y Junio en efectivo, con transferencias bancarias y/o con instrumentos financieros que garanticen las prestaciones y7o esos pasivo laborales, con esto la revolución quedaría con todos los pasivos laborales públicos al día y saldadas y todas las personas sabrán donde están sus reales y cuando puede disponer de ella efectivamente; solo quedaría el sector privado, para que se ponga a derecho, y pague las deudas atrasadas de las prestaciones pendientes por pagar de las miles de personas que están a la espera del pago de sus prestaciones sociales.
La Nueva ley debería ser exigente y penalizadora, en este sentido, la propuesta es la siguiente: Si una persona, es despedida o renuncia, y se establece como máximo un plazo para cobrar sus prestaciones sociales de cuarenta y cinco(45) días y ésta no recibe el pago en dicho tiempo, por cada 5 días de retraso en el pago de las prestaciones sociales por trabajador, se le debe compensar con una penalización del 25% del monto de la prestaciones sociales y así sucesivamente hasta llegar al 100% de sus prestaciones sociales. Luego de esto, si el patrono aún no paga, se le deben aplicar multas, medidas por unidad tributaria, a su establecimiento por incumplimiento del pago de las prestaciones y si persiste el no pago, el cierre “parcial” del establecimiento y la expropiación “parcial” de sus bienes hasta la cancelación de los pasivos laborales a los trabajadores. Con esta medida se obliga a los patronos a cancelar puntualmente las prestaciones sociales a sus trabajadores.
Patria, socialismo, viviremos y venceremos, estamos en el camino correcto y venciendo, somos muchos.