La nueva LOT muestra la realidad destructora de la oposición

La Ley del Trabajo recientemente promulgada por nuestro presidente, evidentemente que hizo que a la oposición le salieran salpullidos, no precisamente porque esta es  mala o enfermiza, sino porque hizo que mostrara la verdadera intención e interés  oposicionista: Proteger al Patrono con instrucciones del Imperio. El mostrar las virtudes de esta Ley, no les proporciona ganancias, más si para ellos,  cuantiosas pérdidas. Por ello le dedicare un pequeño análisis a la misma, para que el pueblo vea sus bondades y beneficios, que nunca, por otra vía, sino en la vía del socialismo,  podrían tenerse.

En efecto, la Ley Orgánica del Trabajo, tiene por objeto proteger al trabajo, ello como hecho social e igualmente garantizar, los derechos de los trabajadores y trabajadoras, teniendo a estos, como creadores de la riqueza socialmente producida, todo para garantizar los fines del Estado democrático y social de derecho y de justicia de conformidad con la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, teniendo en cuenta el pensamiento de nuestro Libertador Don Simón.

Igualmente expresa, la norma, que esta Ley regula las situaciones y relaciones jurídicas que se derivan del proceso de producción de bienes y servicios.

Expresa igualmente que vine a proteger el interés supremo del trabajo como proceso liberador,  para con ello materializar los derechos de la persona humana, el de las familias y del conjunto de la sociedad, aplicando una justa distribución de la riqueza para con ello satisfacer las necesidades materiales, intelectuales y espirituales de pueblo.

Expresamente contempla que sus normas son de orden público y su aplicación es imperativa, obligatoria e inmediata, dándole prioridad a la aplicación de los principios de justicia social, solidaridad, equidad y el respeto a los derechos humanos.

Es por ello que su aplicación vendrá a ser, un verdadero hecho social y de justicia para quienes laboran, tomando en cuenta y ello es lo que les pica a la oposición, la cual esta desvariando, que se toma hasta al ama de casa como receptora de una serie de derechos laborales, que antes en la aplicación que quieren y que aplicaron en otrora, denotaban su criterio avasallante y demoledor de los derechos de todos.

Ya se toma en cuenta en esta bendita ley, a quienes como abogados, médicos, ingenieros, taxistas, etc.,  laboran por cuenta propia, dándoles derechos, que los benefician y que por extensión benefician a la familia y en definitiva, a la sociedad misma.

Las autoridades administrativas o judiciales tendrán, en el ejercicio de sus atribuciones,  una amplia facultad para que sus decisiones ya sean administrativas o judiciales, apliquen los correctivos y las medidas para lograr con eficacia, la ejecución de sus decisiones.

Tiene entre sus sanciones arrestos, los cuales se producirán en diferentes supuestos. Uno de ellos seria la falta de pago de la multa impuesta. Otro seria el no pagar el sueldo mínimo etc.

De otra parte tenemos que esta formidable Ley, es con respecto a la costumbre de declararse en quiebra en perjuicio de los trabajadores ahora la cosa es diferente, ya que los jueces en materia laboral, tendrán competencia en la ejecución de créditos laborales, no pudiendo tramitarse atraso o quiebra hasta que se haya concluido el procedimiento de ejecución forzosa y se hayan satisfecho a plenitud todos los derechos de los trabajadores y trabajadoras.

De igual manera tenemos que se prevé en esta Ley, que cuando el lugar del trabajo este ubicado a más de 30 kilómetros de la población más cercana, el patrono deberá suplir al trabajador o trabajadora del transporte para ir y venir gratuitamente de su residencia al lugar del trabajo.

As y que presten labores a mas de cien kilómetros En cuanto a la atención educativa, cuando se tenga bajo la dependencia más del mil trabajadores y trabajadoras cuya labor se preste a mas de cien kilómetros de una ciudad que tenga centros de educación, deberán establecer institutos educacionales dándole cumplimiento a la normativa legal para darle educación inicial, básica y media general dando cumplimiento a lo dispuesto por el ministerio del Poder Popular con competencia en educación.

En cuanto a la protección de la maternidad, esta Ley establece que se protegerá la maternidad y se apoyara al padre y madre en el cumplimiento de criar, formar, educar, mantener y asistir a sus hijos.

Otorgándole a la trabajadora en estado de gravidez el derecho a un descanso de seis semanas antes del parto y veinte semanadas después del mismo, extendiendo este lapso de tiempo en caso de enfermedad dictaminada por médico que le impida trabajar, manteniendo en este caso, el derecho al trabajo y al pago de su salario.

Ahora esta protección no se le da solamente a la madre trabajadora sino al padre, al cual se le conceden catorce días continuos contados a partir del nacimiento de su hijo o hija o a partir de la fecha le sea dado o dada en colocación familiar. Esto no queda allí ya que esa protección se extiende a la inmovilidad laboral contada a partir del alumbramiento.

Este pequeño extracto de la Ley que sabiamente nuestro Comandante presenta y promulga, viene a ser un estorbo, evidentemente a los apátridas, ya que de su lectura, sea Orgánica o no, se observa, que va en beneficio director del pueblo, aspecto este que no reconocen en la oposición. Habían logrado mancillar al trabajador con leyes contrarias, les habían secuestrado una serie de derechos laborales, y ahora gritan que no es procedente esta Ley. El pueblo es sabio y sabe que es lo que le beneficia, todas esas incongruencias de la oposición, serán cobradas el día de las elecciones presidenciales, cuando con su voto, el pueblo, nuevamente pondrá en la Silla de Miraflores, a quien evidentemente ha pasado a la Historia como ejemplar hombre, lleno de virtudes y de signos patrióticos, castigando con ello a estos siniestros personeros, que solo buscan irrogarse beneficios personales. Salud trabajadores! Salud Presidente!

reveron.jose@gmail.com




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José Agustín Reverón (*)


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