Encontrarse con la nueva ley orgánica del trabajo, para trabajadoras y trabajadores, se visualiza situaciones que le dejan campo abierto a los señores que siempre se han aprovechado de la masa de trabajadores, para satisfacer sus necesidades de explotarlos para poder vivir como quieren, cuando se establece un lapso para que se inicie a cumplir la misma de un año progresivamente, la situación acá es que de inmediato se debería comenzar a cumplir pero se le deja ese tiempo cuando falte una hora para el vencimiento del mismo; es que los empleadores iniciaran a cumplir la misma,aquí uno pone los casos prácticos de la misma, cuando un medico le dice a una persona tiene 48 horas para realizarse la operación sino se puede complicar mas, no esperan un minuto antes para hacerla, en cumplimiento de lo indicado, ah claro; esta en riesgo su vida.
Lo cierto del caso que con la nueva jornada laboral según lo indica en el articulo 173 de la ley en mención sera de 5 días a la semana y sus dos días de descanso remunerado, pero aquí entra el dilema; si hay empresas que el día sábado ; es su mejor día como hacen? Deben cerrar? Allí salen a decir algunos detractores de las realidades llevaran a la quiebra las empresas y el mercado cerraran sus puertas, la finalidad de esta ley es ser humanista que se termine la explotación del hombre por el hombre entonces lo que deben hacer los patrones es fortalecer el mercado laboral, empleando mas personas, ya que es muy comodo pagar el salario a una personas cuando eso lo pueden hacer dos, así mejora la calidad de vida del trabajador y bajaran la tasa de enfermedades ocupacional.
Entonces contrato a una persona para el día sábado solamente, hay dos opciones; una agota el tiempo de horas extraordinarias que no se deben exceder de 100 horas al año, compartiendo un poco sus ganancias con el que ha dado el fruto del mismo u el otro es lo que indica el articulo 176 donde da un permiso para que se exceda de las jornadas a seis días a la semana colocando un limite en las ochos semanas continuas, allí le deben abonar un día extra a la vacaciones del o los trabajadores que han realizado estas faenas, quedando la ultima opción que es contratar personal a destajo cumpliendo el articulo 114.
por esta y otras razones que se detallaran en las próximas entregas, existieron muchas personas en contra de esta novedosa ley, como la anterior beneficiaba al patrón y esta hace una flexión hacia el trabajador, solo queda prepararse para defenderla ahora y siempre además de no abandonar la lucha por las demás reivindicaciones que se merece la masa trabajadoras, sin trabajadores; no hay revolución¡