El debate constitucionalista en el espectro revolucionario no puede contaminar el debate político por el socialismo.
¿Qué no se le debe ocultar al pueblo?. Que la lucha de la Revolución es entre el constitucionalismo de la república burguesa y el de la república socialista. Este es el fondo político del problema sobre el Estado que el debate constitucionalista venezolano no llega a aprehender. El debate con el pueblo ha de ser revolucionario y definitorio ideológicamente. Puesto que se trata del reino de lo político.
La Constituyente bolivariana de 1999 refrendada por el soberano, el pueblo, no se planteó como Constituyente Socialista. No era aún ese momento de maduración revolucionaria del proyecto bolivariano.
La Constitución Bolivariana - una de las más progresistas que conozcamos en la cultura política republicana occidental burguesa - es susceptible de adecuación en el sentido de las improntas del proceso revolucionario de transformación del estado burgués en estado socialista.
Venezuela sigue siendo un estado capitalista "casi" en toda regla. El casi va entrecomillado porque la sociedad está envuelta en un proceso de transformación. No es la sociedad de la IV República que se reciclaba en el sometimiento a ese poder. La revolución bolivariana ha desencadenado un proceso de emancipación que pone en condiciones de tránsito al estado burgués del viejo régimen. La Constitución bolivariana refleja parcialmente ese mover, ese movimiento político del estado. A. Gramsci identificó ese movimiento como un interregno político donde el viejo mundo no acaba de morir y el nuevo no acaba de nacer. H. Chávez no dejaba de puntualizar esa percepción de la realidad política que la Revolución convulsionaba.
Pero ese movimiento transformador del estado no se da fuera del proceso de cambio del modo de producción capitalista que aún domina las relaciones sociales económicas y del poder del estado y la sociedad venezolana en ello soportado.
La Constitución Bolivariana establece un parteaguas en la institucionalidad de la República. Pero la República sigue siendo material y culturalmente burguesa.
En el debate constitucionalista de mérito que tiene lugar en Venezuela una voz destacada, Hermann Escarrá, asume una posición constitucionalista conservadora cuando adversa, como lo hizo en su momento, el cambio revolucionario del concepto burgués de la alternancia del poder. H. Escarrá no advertía, como pareciera no llega a advertilo aún hoy, que la Constitución no es un hecho jurídico en sí y sí mismo, sino una expresión de la correlación de fuerzas políticas y el carácter de lo que Marx llamó la base del ordenamiento socioeconómico del estado en el condicionamiento de su superestructura política. La correlación entre ambos factores - base socioeconómica y superestructura política - es de doble vía, se da una interracción constituyente entre ellas, pero es una interración definida en última instancia por la estructura socioeconómica, por el carácter de las relaciones sociales de producción que establece el poder económico de una clase. La clase trabajadora, y por ende la mayoría de la sociedad, está subordinada al poder económico, porque el trabajo social está subordinado al capital privado. Es una relación de poder que se oficializa como "estado de derecho" en la institucionalidad burguesa.
Otra voz destacada dentro del constitucionalismo venezolano, la de Jesús Silva, en su crítica a la idea de la república burguesa que le apunta al pensamiento constitucionalista de H. Escarrá, comete un error de similar naturaleza al que imputa. Y esto es importante esclarecerlo en el debate de ideas con el pueblo.
Si la república ha de ser socialista, aceptamos que se convierte en negación de la república burguesa. Pero no es ello una negación nihilista, sino democrática en el sentido del materialismo dialéctico.
El error del pensamiento de izquierda radica en divorciar lo revolucionario de lo democrático. Como si la revolución socialista fuese o debiera ser una negación de la democracia.
La cuestión del poder, clave en la distinción clasista del estado, se define en el contenido de la democracia. Voy a puntualizar aquí lo que analizo y defiendo en mi artículo "Cuba hacia la contrarrevolución capitalista de la mano del PCC", abordando las líneas de pensamiento que tomaba el VII Congreso del PCC (16.04/20.04.2016) - y que ya hoy refrenda el III Pleno del Comité Central del PCC celebrado en mayo del 2017 - en relación con lo que ha llamado "la conceptualización del socialismo cubano". No hay dudas que el PCC ha puesto en marcha un proceso de reformismo socioliberal de naturaleza capitalista en Cuba:
"¿Qué evita poner a debate con el pueblo cubano el PCC? Que la revolución socialista implica democracia.
Democracia implica negación del capitalismo. No existe ni existirá democracia bajo el dominio del capital sobre la economía y la sociedad. La democracia es antítesis del capitalismo en todas sus formas.
Aquellos que se afanan en la lucha anti capitalista, empiecen por entronizar la democracia y la gente hará suyo el socialismo" – que retumbe en los oídos y el pensamiento crítico de izquierdistas, marxistas y revolucionarios esta inapelable máxima de C. Marx.
No hablamos de socialdemocracia. Hablamos de la democratización del capital. Ello puede ser sólo posible mediante su socialización. Ni nacionalización ni estatización de la propiedad. Cambio radical del modo de producción capitalista. Ello significa cambio de las relaciones sociales de producción. Ese es el fundamento materialista que condiciona la democracia de la que nos habla Marx. No hay otra, si de socialismo se trata.
Democracia es eliminar el antagonismo inherente al modo y las relaciones sociales de producción capitalista: antagonismo entre el capital y el trabajo. Es eliminar la división clasista que nos convierte en propietarios y asalariados. Democracia es el cambio del modo de produción capitalista: asumir que el valor del trabajo no puede ser enajenado por la propiedad privada del capital. Ni por la propiedad estatal del mismo. Democracia es despojar la acumulación de capital de su lógica interna de reproducción bajo las condiciones de la propiedad privada y el libre mercado. Democracia es vacunar el capital contra su financierización, lo que implica ponerlo en función absoluta de la economía real: la producción y el empleo.
Democracia es la distribución del producto acoplada a la socialización de la producción, no a la redistribución del plus producto. Puesto que de ahí no saldrá más que socialismo vulgar, tal como de forma imbatible lo demuestra Marx.
Democracia es construir una sociedad de iguales frente al capital y al trabajo.
Democracia es transformar el sistema de poder capitalista burgués sujeto a la filosofía de la partidocracia con partido único o con multipartidismo en poder comunitario, socialización del capital y sistema político de democracia directa". Fin de la cita.
Esas referencias son totalmente válidas para el proceso revolucionario bolivariano en su lucha por el socialismo en Venezuela. La diferencia es que en Cuba los cambios de orientación contrarrevolucionaria se están dando desde el poder absoluto del estado y la economía que detenta la fuerza política del PCC. Teniendo el poder ya por más de 55 años, la fuerza política auto reconocida como comunista no intenta la toma del cielo por asalto. La Constituyente Socialista por la que desde la izquierda revolucionaria cubana venimos abogando no se asume como el imperativo de la revolución democrática que ha de darse en pos del socialismo. En Venezuela, por el contrario, se está dando una lucha de clases de las fuerzas revolucionarias por el poder del estado. Un estado que se alza sobre los fundamentos de las relaciones dominantes capitalistas de producción de la clase burguesa y la oligarquía.
Un acto democrático relevante de la revolución bolivariana ha sido negar el carácter ideológico del constitucionalismo burgués sobre la alternancia del poder político en la república. Ello se logró con la instauración - vía enmienda constitucional refrendada por el soberano - del principio de postulación ilimitada a los órganos de poder de la República.
La Constitución burguesa impide este acto de soberanía del pueblo. Simula la alternancia del poder político bajo condiciones donde la misma Constitución privilegia el poder fáctico de la clase burguesa al refrendar la naturaleza capitalista del sistema socioeconómico. Los cargos políticos relevantes del esatdo no pueden ser ejercidos por la misma perosna más de un cantidad de veces consecutivas (dos, tres o cuatro años). Este sistema queda legitimado por la Constitución burguesa que establece la hegemonía de la propiedad privada sobre el capital y la economía de mercado como bases socioeconómicas de la república burguesa, de su superestructura de poder político. Al mismo perro puede cambiársele el collar. El estado actual venezolano se estructura y funciona bajo el dictado de la propiedad burguesa sobre el capital. No menos del 70% del PIB sigue siendo "producido" por la propiedad privada. El capital financiero pertenece en aplastente mayoría a la burguesía. Todo vale en la lucha por mantener las bases del poder fáctico. La crisis económica que atraviesa el país no puede ser entendida - pecado de lesa contrarrevolución de los economistas entendidamente de izquierda - fuera de la constatación de este estado de cosas. Por cuanto se trata de una guerra económica del poder fáctico burgués contra el Gobierno de la Revolución y el derrotero social transformador que la misma ha asumido.
La alternancia del poder político que legitima la Constitución del estado capitalista se reduce a la alternancia de la administración de dicho poder por las fuerzas políticas del sistema en favor de la clase dominante. Es así cuando la correlación de fuerzas políticas se asienta en el dominio de la clase burguesa sobre el capital y por ende sobre el conjunto de la sociedad. El espíritu de democracia participativa - aún no protagónica – inculcado en el pueblo por la revolución social inclusiva ha puesto una represa a la burguesía en su afán de servirse del principio burgués de alternancia en el poder con el fin de revertir el curso político de la revolución en marcha. La propia democracia representativa burguesa no les sirve desde hace 18 años. La alternancia en el poder no se da. Esa represa de las urnas, tal como somos testigos, está siendo violentada por la derecha en un ataque desesperado cuasi fascistoide contra el propio estado de derecho y la república democrática.
Cuando H. Escarrá habla de constitucionalismo republicano tiene en mente la república burguesa. Por tal razón le fue difícil ver el carácter democrático de la proposición revolucionaria de H. Chávez sobre la no limitación de la postulación a los poderes del estado. Hasta el punto de adversar con vehemencia al Presidente H. Chávez en su audacia revolucionaria proponiendo la enmienda de la Constitución que permitía ese acto de democracia.
Pero la idea de la alternancia en el ejercicio del poder en el estado capitalista de la república burguesa no es totalmente ajena en su significado político a la idea de democracia que habría de encarnar el estado de la república socialista. Si en el estado capitalista de la república burguesa la alternancia en el poder del estado procura la legitimación del poder político fáctico de la burguesía, el poder económico, el poder que ejerce sobre las relaciones sociales de producción e intercambio, en el estado socialista de la república verdaderamente popular la alternancia en el poder del estado no tendría porqué legitimar el cambio de las relaciones de producción socialistas, sobre las que se soportaría el poder político del estado revolucionario.
Lo que la burguesía no llega a asumir es que el principio político de la alternancia en el ejercicio del poder del estado burgués es el que, en última instancia, permite el acceso al poder del estado a las fuerzas que adversan el carácter del mismo estado en tanto estado capitalista. Aquello que no logra la legítima rebelión contra el estado capitalista explotador, se logra a través del principio de alternancia concebido por la misma Constitución burguesa. Esa alternancia que no le funciona hoy a la burguesía venezolana. Es aquí donde toma relevancia el factor político de la Constituyente revolucionaria llamada a cambiar las bases político-jurídicas del estado capitalista legitimado por la Constitución burguesa. Esta impronta del cambio revolucionario es la que aclara porqué, en consecuencia, es un imperativo democrático el referendo decisorio (no el consultivo) que apruebe o no la Constitución emanada de la Constituyente. Por cuanto el referendo democrático legitima de jure el nuevo orden socioeconómico y político del estado, dado que, en tal caso, es el soberano quien definitoriamente así lo decide. Ello significa que el pueblo, en plena conciencia de sus intereses, puede aprobar o no una Constitución Socialista. Y de esa forma declarar con plena legitimidad ante el mundo que el socialismo es la alternativa elegida por el pueblo venezolano.
Es así que la idea de la alternancia democrática en el ejercicio del poder del estado viene a ser un principio de contención ante la desviación del poder por el representante (los representantes) de la fuerza política en el ejercicio de sus mandatos en un propio orden socialista de la república. El orden constitucional socialista no podría ser cambiado por el ejercicio de gobierno (poder ejecutivo) ni por el ejercicio parlamentarioi (poder legislativo) - tal como lo ejemplifican, aunque suceptibles de precisión, los art. 347, 348 y 349 de la actual Constitución bolivariana. Puede considerarse que el principio de alternancia en el poder del estado constituye un principio democrático por excelencia. El problema radica en cómo regular y desde qué perspectiva política la constitucionalidad del principio de alternancia en el poder del estado. Es una cuestión que concierne a la propia naturaleza política del estado. Esto constituye objeto de atención por la Constituyente Socialista.
La enmienda a la Constitución propuesta por H. Chávez resulta un paso revolucionario en la concepción de la democracia y el derecho constitucionalista. En su momento este acto de democracia fue rechazado por el constitucionalista H. Escarrá y apoyado por el constitucionalista J. Silva. Pero el pensamiento de ambos enfoques no aprehende que el alcance de aquella enmienda quedaba mediatizado por la naturaleza de la democracia burguesa entendida y asumida por la misma Constitución como democracia representativa parlamentaria sustentada en la hegemonía de la propiedad privada sobre el capital, las relaciones sociales de producción capitalistas y el libre mercado. Ello indica cuánto aún puede democratizar el poder la nueva Constituyente bolivariana si la democracia parlamentaria cediera el paso a la democracia directa y el sistema socioeconómico asumiera bases socialistas. De igual forma, el carácter presidencialista del sistema político que refrenda la propia Constitución de 1999 expresa un factor contradictorio con los significantes de la democracia que habría de regir el estado socialista.
No son los factores constitucionalistas académicos, sino el pensamiento revolucionario de H. Chávez el que alumbra con nuevos contenidos democráticos la Constitución de la República Bolivariana. La introducción pionera en la Constitución del principio de revocabilidad del Presidente de la República y de los representantes de los poderes elegibles mediante referendo revocatorio establece una contrapartida jurídica en términos del estado de derecho ante el principio de no limitación del derecho de sucesiva postulación a los poderes del estado. Ha sido la propia burguesía despojada del poder político directo sobre el estado quien ha hecho uso de ese principio democrático y esa prerrogativa de la Constitución Bolivariana para tratar de deshacerse, sin éxito, del poder popular que estructuraba el Presidente H. Chávez. Y es esa misma burguesía la que hoy lo intenta contra el Presidente N. Maduro. Lo han hecho a pesar de que los motivos políticos en el uso de esa prerrogativa constitucional han sido, muy lejos de cualquier exceso en el ejercicio del poder por la fuerza política de la Revolución, sus intereses particulares anti sociales y anti nacionales.
Hoy los constitucionalistas que apoyan la Revolución bolivariana defienden y fundamentan en lo meritorio y lo revolucionario la legitimidad de la nueva Constituyente a la que ha convocado al pueblo el Pdte. N. Maduro. Si la Revolución suma ello es señal de su fuerza. Pero igual que ayer, cuando la Constituynte de 1999, las fuerzas revolucionarias no se pronuncian por la Constituyente Socialista. Hemos llamado la atención sobre este momento álgido de la revolución bolivariana. Se hace un llamado a la paz afincado en el diálogo político superior que significa la Constituyente. Sin embargo, el pueblo ha de saber concienciar que la paz sólo es posible en el socialismo. La sociedad clasista burguesa diferenciada por la apropiación privada del capital permanece en estado de guerra crónico. No nos deja duda sobre ello el legado de Rosa Luksemburgo "Socialismo o Barbarie", que se torna cada vez más auténtico en Venezuela y en el caos capitalista reinante en el mundo.
El cálculo político de que las fuerzas bolivarianas perderían ya no en comicios parlamentarios con los representantes de la burguesía y la oligarquía, tal como sucediera el 6D, sino en la lucha por la nueva Constituyente expone el resquebrajamiento moral de aquellos que en las tácticas pierden la fé en las fuerzas de la propia Revolución. Hay batallas que se pierden, el proceso revolucionario no puede ser lineal. Pero la lucha de clases no se abandona en lo complejo y extendido de sus manifestaciones.
Es Hugo Chávez con su arrojo revolucionario y su ideario democrático en torno al rumbo socialista de la revolución bolivariana quien demuestra que la alternativa al capitalismo no es sólo posible, sino imperativa. Y este es el momento histórico ante el que está el pueblo venezolano y los pueblos del mundo expectantes ante la Revolución Bolivariana.