El Pacto Económico de Miraflores sacrifica la resurrección

El Gobierno del Presidente N. Maduro ha presentado un paquete de reformas económicas llamadas a contrarrestar la corrosiva crisis que aqueja al país. El talante monetarista liberal de las reformas, sin embargo, habla de la poca comprensión que se posee sobre la naturaleza de la crisis económica o expresa la deriva consciente neoliberal del proyecto bolivariano.

No ha sido por falta de exámenes y propuestas que han puesto a debate ya desde hace bastante no pocos analistas venezolanos y otros latinoamericanos comprometidos con el pensamiento crítico revolucionario progresista y anti liberal. Hemos tratado de aportar ideas que coadyuvaren al entendimiento de la crisis que desde 2014 envuelve y arrasa la economía y resquebraja todo el desarrollo social que había alcanzado la Revolución hasta la salida de la conducción del proceso por el Cdte H. Chávez. Pero no solamente, los análisis han ido acompañados de propuestas que habrían podido, y pueden, sintetizar la visión y el rumbo de los cambios necesarios fuera de la lógica neoliberal capitalista.

No obstante lo anterior, en el Gobierno se han impuesto corrientes de pensamiento de estirpe anti socialista que han logrado hacer valer una respuesta en términos de economía política burguesa.

La estabilidad de los precios internos y el valor de cambio de la moneda nacional responden a la estabilidad macro y microeconómica de la propia economía. Los factores especulativos que impulsan el alza de los precios y distorsionan el valor de cambio aprovechan las condiciones de desestabilización de la economía.

La construcción de un nuevo modelo económico no puede menos que proyectarse como alternativa al modo de producción e intercambio capitalista. La transformación plantea una solución revolucionaria: el desarrollo de la economía social. Superar el modo de producción capitalista con la proyección de un nuevo paradigma económico: la acumulación social de capital y la dinamizacón del desarrollo de relaciones socialistas de producción e intercambio.

Sin embargo, la reforma del Gobierno entiende que la crisis económica no es estructural, se resuelve en el ámbito monetario: cambiario/financiero, y en el sistema precios: salarios/ créditos/mercancías. Tal premisa sustancialmente falsa, genera una respuesta sustancialmente falsa al problema. El movimiento de las variables apuntadas necesita ser armonizado, sobre ello no hay contradicción. La contradicción está en desconocer la economía real como premisa primera de la armonía y la salud económica. El problema ha sido abordado en el ensayo [1], del cual es parte el presente análisis.

Apuntado lo anterior es menester replantear todo el concepto monetarista de la reforma gubernamental en el ámbito cambiario y financiero. Para ello pongo a consideración el análisis de las siguientes PROPUESTAS(*).

CORTO/MEDIANO PLAZO

Reordenamiento sistémico del mercado de divisas. Los principios a considerar serían:

  1. El Gobierno mediante el Banco Central de Venezuela establece el curso oficial del Bs, tomando en consideración dos factores: i) la canasta de divisas anunciada, según la referencia del valor medio ponderado o la principal de ellas para la economía nacional; ii) la relación entre el comportamiento de la balanza de pagos y los niveles de reservas internacionales. Con ello redefinimos el principio de universalidad del sistema cambiario en el mercado de divisas. No existe necesidad de crear "tramos cambiarios" participados o no por el Estado de carácter especial para "particulares" (y con ello tampoco los tecnicismos económicos sobre cálculo y evidencia de ganancias de las corporaciones para "asignarles divisas").

  2. El debate concierne un problema álgido para el sistema cambiario: el tipo de curso de la moneda Bs. Lo recomendable sigue siendo mantener el tipo de cambio fijo/rígido, mientras no se neutralice el galope inflacionario y estabilice la macroeconomía. El tipo de curso rígido actúa como represa de contención contra la alta inflación. Prueba de ello, contrariamente a como quieren ver los críticos dogmáticos del tipo de cambio fijo, es el bajo nivel y la estabilidad de la inflación durante todo el periodo de gobierno del Pdte. H. Chávez.

A pesar que el tipo de curso fijo mantiene el riesgo de la erosión de reservas internacionales en caso de salida masiva de capitales, los niveles de las mismas mantienen estabilidad. El galope de la inflación a partir de 2012 tampoco hace mella en las reservas (P.Curcio). La extracción de divisas de la economía por los actores económicos privados no obedece al tipo de cambio fijo puesto que no está provocada, como en cuyo caso sería, por la demanda hacia otras divisas, sino por el efecto "asignación de divisas" a precios preferenciales a dichos actores económicos. Durante este periodo el aumento de los ingresos petroleros, revertidos en aumento de los gastos en inversiones sociales, tampoco afecta el nivel de inflación.

  1. Reducir el agregado monetario circulante buscando acercarlo a la demanda agregada de la economía (empresas y hogares) es condición base de partida para enrumbar la senda del equilibrio macroeconómico. Las vías eficases son dos: incentivación del ahorro con tasas de retribución bancaria estimulantes, y elevar los márgenes tributarios sobre toda la gama de bienes no básicos para el mínimo de existencia ME (cigarrillos, bebidas alcohólicas y parecidos) – no se trata de proteger la llamada canasta básica, sino lo determinado por el Art. 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de la ONU[2]. La „sinceración" del precio de la gasolina en el mercado interno no puede asumir niveles de impacto inflacionario por el aumento de los costos de transporte de mercancías, ni incidir en el alza descontrolada de los precios en el transporte de pasajeros (sin la transformación del actual sistema privado precario de transporte de pasajeros en un sistema público ello no se logrará).

  2. Paralelamente al alcance de condiciones de equilibrio de la economía se plantean dos opciones en el ámbito cambiario de la moneda: 1) pasar al establecimiento de un sistema de fluctuación del tipo de curso del Bs en bandas acotadas, en cuyo caso se actúa moderadamente sobre el efecto inflacionario y se disminuye el riesgo sobre las reservas internacionales; 2) luego, considerar establecer la libre fluctuación del tipo de curso del Bs, asumiendo que se haya alcanzado una adecuada fortaleza de la economía nacional y se hayan neutralizado totalmente los procesos inflacionarios.

  3. Se reafirma la obligatoriedad de los actores económicos nacionales y extranjeros de la venta y compra de divisas al Banco Central originadas por el comercio internacional, exportación e importación.

  4. Establecidas las definiciones anteriores toda medida cambiaria fuera de dichas reglas se asume como política de desarrollo socioeconómico fomentado por el Estado y coordinada con el Banco Central. Por ejemplo: política cambiaria preferencial y líneas de crédito blando para el desarrollo de la economía social (RCA:2).

  5. El acceso a la compra y créditos en divisas de personas jurídicas (empresas) y naturales (individuos) se realiza asistiendo a la banca comercial/univeral (privada y pública) respectivamente. Restablecido y garantizado este principio el sistema de subasta DICOM se consideraría solamente como instrumento para la intervención del Banco Central en el mercado de divisas, bajo escenario de un tipo de curso semi flotante o totalmente flotante. No hay necesidad de creación de algún tipo de "asignación de divisas" paralelo.

  6. El Banco Central de Venezuela regula (via tasa de préstamo interbancario y encaje bancario) la oferta de dinero (Bs) y su precio de mercado a los actores económicos, empresas e individuos, a través del crédito bancario que la banca comercial (pública y privada) está en obligación de asumir.

  7. El Estado desabilita del sistema de crédito de la banca comercial/universal la creación de moneda fraccionaria, es decir, el dinero de crédito como deuda. La banca comercial/univeral funciona según el principio tradicional del crédito a partir de los depósitos, así como de los préstamos interbancarios según la tasa de referencia de cambio establecida por el Banco Central. La creación de dinero como deuda por la banca comercial está en las causas de los procesos inflacionarios inherentes a la economía de mercado capitalista y al endeudamiento esclavo de empresas y familias e individuos.

  8. La banca comercial/universal queda separada por ley de la banca de inversiones (consultar referente de la Ley Glas-Steagal estadounidense, establecida en 1933 para contrarestar ese factor de la crisis de 1929, y eliminada en 1999 por la corriente neoliberal en el poder de la Casa Blanca, factor que facilitó la crisis económico-financiera aún reptante de 2008).

  9. Todas las necesidades particulares de divisas tanto de entes económicos nacionales como transnacionales se satisfacen, bajo rigor penal, con el servicio de la banca comercial (privada y estatal), según los valores cambiarios operantes: el de referencia del Banco Central y los particulares de la banca comercial (privada y pública). No existe ninguna necesidad de crear "tramos de asignación de divisas" por el Estado (Banco Central) distintos al canal de la banca comercial.

  10. La existencia de "casas de cambio" privadas (compra y venta de divisas) se inscribe en la actividad para-bancaria. Ella ha de ser debidamente legalizada y estrictamente supervisada por SUDEBAN. Funcionan con arreglo al riesgo de mercado.

  11. La reforma integral del sistema tributario se asume bajo los principios de progresividad sustantiva del impuesto a la renta empresarial y los salarios, así como la neutralización del efecto regresivo del impuesto IVA mediante su eliminación o su máxima disminución. El efecto regresivo del sistema tributario – impuestos lineales o semi lineales a la renta y la aplicación del VAT - se suma a la inflación, (cualquiera sea su nivel) para incidir en el deterioro del poder adquisitivo de los estratos de menores ingresos de la población mediante la transferencia desde ellos a los grupos de mayor renta.

  12. Introducción prioritaria en toda la red de comercio de bienes – minorista y mayorista – del sistema de evidencia y control de precios "cajas on-line" (de creciente aplicación en las economías de mayor desarrollo industrial económico-financiero como las europeas occidentales). A través de internet (especiales protocolos de transmisión encriptada de información sensible) todos los establecimientos de comercio envían automáticamente de forma obligatoria y directa al Ministerio de Finanzas los datos sobre: los reportes fiscales diarios, tickets fiscales de compra válidos y anulados así como las facturas válidas y anuladas, con una frecuencia de envío de dos o tres horas. El sistema se introduce empezando por las ramas más susceptibles a la evasión de impuestos y la deformación de precios[1]

MEDIANO y MÁS LARGO PLAZO

Redefiniciones estructurales del sistema bancario-financiero. Los principios serían:

  1. El Gobierno, el Banco Central y la ANC analizan y detrminan la reorganización del sector bancario. La nacionalización por adquisición, la fusión y la eliminación de unidades bancarias privadas de acuerdo a criterios de socialización del capital financiero y optimización del sistema bancario constituyen factores claves para lograr la estabilidad económica, dinamizar el fomento de las inversiones productivas, eliminar la especulación financiera y controlar los procesos inflacionarios.

  2. La banca estatal pública asegura la creación de una vasta red de sucursales bancarias comerciales de sus entidades en todo el país y la automatización plena de su gestión bancaria.

  3. El Estado asume la política de fomento de la banca comercial cooperativa en todos los ámbitos de la economía, legalizada y supervisada por SUDEBAN, de manera que esta modalidad de banca social llegue a ser un componente significativo del mercado de crédito y préstamos en el país.

  4. El Banco Central de Venezuela asume la potestad de financiación directa de las necesidades socioeconómicas racionales del Gobierno planteadas en el Presupuesto del Estado que no encuentren respaldo suficiente en el ingreso tributario del mismo. La financiación al Estado por el BCV no significa emisión de dinero inorgánico, se realiza mediante la emisión de bonos del Tesoro de la República con intereses cero, o mediante la carga de dichas emisiones con intereses mínimos sujetos a reembolso en el Presupuesto del Estado. El nivel de este endeudamiento con relación al PIB debe ir disminuyendo adecuadamente. Se asume como excepcional la emisión de bonos del tesoro en el mercado financiero externo y el endeudamiento directo con entidades financieras internacionales (FMI, BM, Club de París, etc), toda vez que las erogaciones del erario público por concepto del pago de intereses sobre esta deuda resultan onerosas para la sociedad.

  5. La emisión de dinero por el Banco Central contra bonos del Tesoro con los fines expuestos habría de estar anclada en los activos transables (no reservas) de oro y petróleo, fundamentalmente. Cada unidad monetaria emitida estaría respaldada – como valor contable en la balanza de pagos – por el valor de determinada cantidad de unidades (en kg y/o barriles respectivamente) de dichos activos. Ello valoriza las emisiones (eliminando la naturaleza FIAT de este dinero) y crea un primer nivel de seguridad contra el riesgo de sobre-emisión inflacionaria.

  6. La ANC analiza asumir la potestad para fijar por decreto o ley constitucional el límite (± 60%) de endeudamiento del Gobierno con respecto al PIB por demanda monetaria via bonos del Tesoro, así como el límite (± 5%) del déficit fiscal del Presupuesto. Ello crea un segundo nivel de segurida contra el sobre endeudamiento por parte del Estado.

  7. El Gobierno y la ANC determinan, solamente luego de alcanzadas las condiciones de estabilización de los precios internos (detenida la espiral inflacionaria), el planteamiento de nuevas denominaciones del Bs mediante la división por 100 o un múltiplo de 100 de los nominales monetarios actuales, "quita de ceros". La emisión de un nuevo cono monetario correría por cuenta de la Casa de la Moneda de la República en aras de la seguridad financiera y el ahorro de gastos por concepto de evitar la contratación de eseservicio a entidades foráneas. Para lo cual desde ya el Gobierno y el Banco Central toman las medidas de adecuación de las capacidades tecnológicas de la actual Casa de la Moneda (una inversión considerada de estrategia financiera por el Pdte. H. Chávez). La nueva denominación junto a la expansión de las transacciones electrónicas en la economía familiar y empresarial reducen al máximo los costos de la circulación monetaria y eliminan el espacio especulativo con el papel moneda.

  8. El Gobierno y la ANC analizan la definición de la capacidad del Bs. para funcionar como divisa internacional, en lo que sería un verdadero Bolívar Soberano, BsS, que hoy se asume sin respuesta estructural. La potencialidad de desarrollo de la economía venezolana y las riquezas en petróleo y oro predestinan la moneda venezolana para tal desempeño.

El Petro habría de ser reconsiderado solamente para la comercialización externa del petróleo, puesto que la posición de gran reservorio y exportador de petróleo de Venezuela (hoy disminuida por medidas neoliberales en el funcionamiento de la industria, PDVSA) es el único atributo que puede hacer demandable y transable en el mercado internacional tal moneda, sin que necesariamente esté anclada a los pasivos en reservas petroleras (que no garantizan el valor de dicha moneda Petro). Ello resultaría, y ese sería el objetivo esencial, en favor de la eliminación del dólar de las transacciones petroleras venezolanas. La convertibilidad interna del Petro para Venezuela se haría efectiva a través del curso establecido por el BCV con relación al precio de partida nominal en el mercado emitente primario venezolano y al precio que llegue a alcanzar en los mercados secundarios. Teniendo un Petro de vuelta por haber sido invertido por importadores y comercializadores de petróleo venezolano, Venezuela tendría en sus arcas una cantidad de dólares entre el precio nominal (60 $ el barril - mercado primario) y el precio del mercado secundario en el que siempre puede intervenir el BCV. El Petro no tiene posibilidades de ser moneda convertible universal para Venezuela. Tampoco puede ser implementado como una moneda paralela en la economía interna so pena de profundizar el desajuste económico a que conlleva la actual crisis.

Las Propuestas presentadas constituyen condición necesaria para la estabilización macro y microeconómica. Pero no son la condición suficiente. Tal como he expuesto en la introducción, la reforma debe ser sistémica, centrando su atención en el cambio de modelo de la economía real.

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(*) Este trabajo tiene su fuente en el ensayo I y II, publicado ya el 14 oct 2017.https://robertocobasavivar.wordpress.com/2017/10/14/venezuela-nueva-economia-estabilidad-financiera-neutralizacion-de-la-inflacion-sustentabilidad-cambiaria/

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Nota:

RCA:2, "Hacia lhttps://robertocobasavivar.wordpress.com/2017/07/10/venezuela-ensayo-por-la-constituyente-economica-i-las-pautas/a Constituyente Económica", Partes II y I

https://robertocobasavivar.wordpress.com/2017/07/10/ensayo-por-la-constituyente-economica-ii-el-nuevo-modelo-economico/

RCA, „Venezuela. Hacia la Renta Básica Universal RBU", https://robertocobasavivar.wordpress.com/2017/09/08/venezuela-hacia-la-renta-basica-universal-una-solucion-socialista/

RCA, https://robertocobasavivar.wordpress.com/2017/07/10/ensayo-por-la-constituyente-economica-ii-el-nuevo-modelo-economico/

[1] Este sistema automatizado sienta las condiciones para su eventual utilización como instrumento en una reforma tributaria que considere la eliminación de los impuestos directos a la renta/ganancia de las empresas y el impuesto IVA sustituyéndolos por el impuesto al giro/facturación comercial.

[2] Art. 25: Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.



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Roberto Cobas Avivar

Economista, activista político y social

 rcavivar@gmail.com

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