"El maltrato animal es una conducta inadecuada en contra de los animales y que puede implicar el sufrimiento, estrés excesivo o la muerte de estos. Conlleva al tormento de la vida del animal, pudiendo alterarlo física y psicológicamente. Este comportamiento refleja actitudes violentas que están fundamentadas en la cultura, la economía o el desconocimiento. Actualmente hay más información sobre el maltrato animal, ya que muchos países se han encargado de crear leyes y movimientos de concientización" https://conceptodefinicion.de/maltrato-animal/
De acuerdo a esta definición, está claro que en los zoológicos y circos (en los que se utilizan animales) hay maltrato animal hasta más no poder, y simple y sencillamente deberían desaparecer en el caso de los primeros, y dejar de usar animales en sus espectáculos, en el caso de los segundos. Nada justifica, por un lado, que un animal salvaje esté encerrado de forma permanente en esas ‘cárceles’ que sutilmente son conocidas como zoológicos, con evidentes consecuencias físicas y psicológicas. Y en cuanto a los circos, es bien sabido que nuestros hermanos menores son forzados brutalmente a participar en diversas exhibiciones y actos.
Es obvio, por ejemplo, que en los zoológicos y circos se violan abiertamente algunos derechos establecidos en la Declaración Universal de los derechos de los animales:
"Artículo No. 1
Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia.
Artículo No. 2
a) Todo animal tiene derecho al respeto.
b) El hombre, como especie animal, no puede atribuirse el derecho de exterminar a los otros animales o de explotarlos, violando ese derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio de los animales.
c) Todos los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados y a la protección del hombre.
Artículo No. 3
a) Ningún animal será sometido a malos tratos ni a actos crueles.
Artículo No. 4
a) Todo animal perteneciente a una especie salvaje tiene derecho a vivir libre en su propio ambiente natural, terrestre, aéreo o acuático y a reproducirse.
b) Toda privación de libertad, incluso aquella que tenga fines educativos, es contraria a este derecho.
Artículo No. 5
a) Todo animal perteneciente a una especie que viva tradicionalmente en el entorno del hombre tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y en las condiciones de vida y de libertad que sean propias de su especie.
b) Toda modificación de dicho ritmo o dichas condiciones que fuera impuesta por el hombre con fines mercantiles es contraria a dicho derecho.
Artículo No. 10
a) Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre.
b) Las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirvan de animales son incompatibles con la dignidad del animal"