El sistema venezolano de comercio interno y externo responde a una estructura mercantilista librecambista de las relaciones sociales capitalistas de producción e intercambio. En dicha estructura el mercado minorista y mayorista interno se mantiene bajo el monopolio y la exclusión impuestos por la clase burguesa propietaria. La cartelización especulativa de precios que en tales circunstancias alimenta el lucro y las extra ganancias de las empresas capitalistas privadas comercializadoras y/o productoras constituye un arma arrojadiza de esta clase contra el pueblo.
En la estrategia de neutralización del galope inflacionario que desde la especulación con los precios inducen a la economía del país los actores capitalistas internos y externos un papel central juega la democratización del sistema de comercio minorista.
Se trata de una solución socialmente revolucionaria de corte estructural al problema del monopolio privado de la red minorista de comercio. Hablamos de la participación social en el desarrollo de una nueva concepción de organización del comercio doméstico esencialmente comunitaria, con respecto a la red tradicional de distribución capitalista, a saber: el Sistema de Comercio Socialista - SCS.
El desarrollo del SCS sería objeto de fomento por el Estado y estaríabajo responsabilidad directa de las nuevas Gobernaciones (electas 15.10.2017). Las bases para la proyección del SCS son la inversión subsidiada y la política cambiaria diferenciada del Estado para el sector. Esta política cambiaria diferenciada con tasas preferenciales para el abastecimiento de la red cooperativa de consumo desmonta toda la especulación de precios en el comercio minorista de bienes de uso y consumo, sean o no de importación (ver amplia explicación en "Constituyente Económica" Parte II)i. Por otra parte, los niveles de producción doméstica encontrarían un cauce comercial hacia la red social de distribución SCS, dejando "fuera de base" la estimulación alcista por dolartoday del precio.
La producción tiene la opción de desvíarse hacia el comercio justo. Comercio justo, puesto que las cooperativas de producción y/o servicios funcionan reglamentadamente bajo principios de solidaridad social y democracia participativa. El consumo deja de ser aquí un factor alienante en la sociedad.
Considerando que el SCS constituye, tal como hemos apuntado, un elemento estructural modificante del mercado de consumo capitalista, podemos afirmar que el sistema de comercio queda vacunado contra todo factor especulativo y aquellos inherentes a dicho mercado que definen el fenómeno inflacionario cultivado por: la combinación de los bajos niveles de producción (con repecto a la demanda efectiva), el monopolio mercantil sobre la oferta (tomemos por caso La Polar) más un mercado minorista socialmente excluyente que hacen lo suyo como condicionantes del alza de precios. Esa es la cara de la inflación definida en el ámbito del mercado de bienes (de uso y consumo).
La revolución democrática del sistema mercantilista se apoya en tres factores: 1) El semi monopolio estatal de la importación; 2) la creación del mercado mayorista estatal; 3) el mercado minorista social.
El semi monopolio estatal de la importación se establece con el objeto de garantizar la importación no especulativa de bienes de uso y consumo popular.
La ejecucuión y control de la importación para tales fines se realiza a través de Centrales Estatales Importadoras - CEI. Estas centrales organizan el mercado mayorista de los bienes de uso y consumo popular. Ya hoy el Estado importa y distribuye a través de los Mercal o PDVAL un importante volumen de bienes de uso y consumo popular. Con la red de CEI se trata de establecer un sistema coherente de centrales mayoristas estatales para la articulación de una nueva red de mercado minorista en el modo de comercio social (más adelante explicado).
Los bienes de uso y consumo para la red de CEI serían importados por el Estado a precio de una tasa preferencial de cambio administrativamente ajustada. La referencia cambiaria puede ser la tasa preferencial existente antes de la introducción del sistema DICOM (entre 6 y 10 Bs. por dólar), puesto que las CEI tienen el fin de abastecer como unidades de comercio mayorista a los entes de un nuevo sistema de comercio social. Las cotizaciones del Bs marcadas por el sistema DICOM corren paralelamente y se mantienen para los fines creados. No obstante, es oportuno señalar que a mediano plazo ha de replantearse todo el sistema cambiario buscando su coherencia y eficiencia en condiciones de estabilidad macroecómicaii. El semi monopolio del comercio exterior en la importación puede cesar en el largo plazo, una vez restablecido el equilibrio integral de la economía social con la participación de los nuevos actores productivos.
Establecida la instancia de comercio mayorista estatal de comercio se abre paso a la creación de la nueva forma de comercio social. Se crea una vasta red social de comercio minorista bajo la modalidad de Establecimiento Cooperativista de Consumidores - ECC. Los ECC constituyen una experiencia de economía social que crece en el mundo. Poseen una larga tradición por ejemplo en Ecuador, como forma de organización socioeconómica de las comunidades desde abajo y horizontalmente. En Brasil alcanzan un nivel de organización superior la OCB - Organización de Cooperativas Brasileras. Los ESS se desarrollana también en ámbitos sectoriales de la economía. Con lo cual estamos ante un potencial poderoso de desarrollo de la economía social en la esfera socioeconómica del comercio. En Venezuela constituiría el comercio de vanguardia dado el empeño en su fomento que tendría la Revolución Socialista Bolivariana.
La libre asociación en cooperativas de producción, consumo, servicios socioproductivos y servicios financieros, sin que medie la relación del trabajo asalariado por el capital, establece el paradigma de la economía social, no-capitalista. Ya V. I. Lenin advertía que veía el modo de producción económico socialista como el sistema cooperativo de trabajadores cultos libremente asociados en relaciones democráticas de producción e intercambio.
En los ECC que nos ocupan los consumidores se asocian en unidades de comercio sin ánimo de lucro, regidas por los principios de democracia y solidaridad del cooperativismo. Los ciudadanos pueden ser miembros de una o varias ECC. Los ECC pueden organizarce territorialmente por parroquias, comunas y funcionan de manera horizontal. Con los ECC la distribución se socializa de manera participativa y protagónica. Con ello estamos dando un salto cualitativo en la autogestión comunitaria. La alienación del ciudadano/trabajador/consumidor con respecto al ente mercantil como es el comercio privado, propia del capitalismo, desaparece. Los ECC son dadas a la emulación entre sí, no a la competencia, resultan competitivas con respecto al comercio privado por su nueva cualidad socioeconómica.
La estructura social de comercio a través de los CEE está llamada a absorber en un sistema de comercio coherente no solamente las formas de distribución realizadas a través de los actuales PDVAL, MERCAL que pasarían a ser parte de la red abastecedora mayorista CEI, sino también de la distribución CLAP. Los CEE asumirían también, atención, la producción in situ de pan, absorbiendo en su estructura la panadería comunal. De modo que tenemos el Establecimiento Cooperativista de Consumidores integrando el factor socioproductivo, en este caso de la producción de pan. El comercio corporativo capitalista de grandes superficies (Carrefour, Aushan, Liddle etc) incorpora la produción in situ de pan siempre fresco en múltiples variedades. Los Establecimientos Cooperativistas de Consumidores asumen la solución como comercio socioproductivo comunitario. Esta forma de comercio propia de la economía social está llamada a superar el modelo capitalista en eficiencia, calidad productiva, funcionalidad tecnológica y organizativa de los establecimientos y atención a sí mismo como pueblo, ahora asociado en sus establecimientos cooperativistas comerciales sociopoductivos. Estamos frente a la empresa socialista.
Con los ECC la distribución se hace orgánica. Ahora la máxima en el ámbito consumo sería: no se "espera por la entrega", se participa socialmente en el comercio cooperativo. Sabemos que los CLAP desempeñan una función social importante que no se reduce a la entrega de cajas con produtos alimentarios. La función social de las organizaciones CLAP se articula también al ECC muy específicamente en cuanto a garantizar el servicio socio-humanitario a las familias que posean integrantes con condiciones especiales. Los ECC incorporan este servicio social en coordinación con los CLAP como elemento de solidaridad comunitaria.
La transformación del comercio minorista a través de la economía social donde los ECC juegan un rol protagónico puede realizarse perfectamente aprovechando las estructuras comunitarias creadas con los CLAP. Las parroquias - por ser comunidades vecinales de arraigo tradicional - pueden constituir el espacio geodemográfico para la organización horizontal de los ECC. Mientras que las comunidades CLAP localizadas en las parroquias se integrarían adecuadamente para formar las cooperativas de consumo distinguidas como ECC. El proceso de creación de la red ECC estaría bajo atención política y económica de las Gobernaciones, hoy en su mayoría en gestión administrativa de la Revolución. La transformación es revolucionaria. Los ECC vienen a ser asambleas comunitarias para la comercialización de bienes (uso y consumo) sin fines de lucro. Estamos hablando de la forma socialista de las relaciones sociales socioeconómicas, específicamente en el espacio del intercambio.
El abastecimiento mayorista de los ECC se realiza sin intermediarios, pero no se reduce al que propician las CEI, es decir, la red de establecimientos estatales abastecidas mediante el semi monopolio del Estado de la importación con tales fines. Todas las formas de producción de rubros de uso y consumo necesarios a la población llevadas por comunas, cooperativas de producción y otras empresas estatales e inclusive privadas, pueden sumarse como abastecedores de los ECC. En este espacio de intercambio desaparece el incentivo a la guerra de precios. Por cuanto en el interés de los consumidores asociados a los ECC está establecer precios - mediante procedimiento asamblearios de los asociados en las cooperativas de consumo - negociados con tales suministradores de forma que no laceren la capacidad de compra de los miembros de la cooperativa, de hecho serían precios competitivos con respecto a los precios de la red de comercio privado.
La nueva red social de comercio minorista cooperativo se amplía exponencialmente con el apoyo del Banco de Fomento y Desarrollo del Estado, así como con el aporte financiero y el trabajo voluntario de los miembros asociados a la cooperativa. Esta red social - concebida como modernos centros comerciales en sus diseños inmobiliarios y operatividad funcional - está llamada a ser altamente competitiva con la red de comercio minorista privada y a romper la hegemonía que actualmente esta posee en la distribución de mercancías. El contrabando y el bachaqueo desaparecen, puesto que en los comercios sociales solamente los asociados a la cooperativa compran con descuentos apropiados. El resto de los clientes no-asociados tiene derecho a comprar, pero a un precio mayor determinado por la asamblea del ECC.
Los ECC derrotan la especulación comercial y la financiera.
La restructuración social de la red de comercio minorista cooperativo es clave para enterrar la guerra inflacionaria de la burguesía contra el pueblo, el país y el Gobierno y llevar de esa forma a la normalidad el intercambio comercial.
En los ECC, al funcionar como empresas sociales sin ánimo de lucro, la política de precios es acordada por la asamblea de asociados en el ECC. Los productos que se ofertan son gravados - sancionado en una ley para la creación de los ECC y en la Ley Orgánica de Precios Justos – por la Cooperativa con un margen mínimo de utilidad comercial. Los referentes están entre el 3%, 5% y 10% - como los márgenes de utilidad que funcionan en los países de mayor desarrollo y organización del comercio interno - por encima del precio de compra en las centrales estatales de comercio mayorista CEI que operan bajo el semi monopolio estatal de las importaciones.
En el funcionamiento combinado de los ECC y las CEI hay un doble control del margen de utilidad comercial: el establecido por los precios mayoristas sin ánimo de lucro de las CEI (que importan con tasa cambiaria preferencial) y el de las unidades minoristas ECC (que venden sin ánimo de lucro a sus propios asociados). Estos márgenes de utilidad socialmente controlados desactivan los catalizadores del alza especulativa de los precios por una parte, y contribuyen a la autogestión económica de las ECC, por otra.
La red privada tradicional de comercio minorista no se abastecería por ley en las CEI (de ahí la decisión del semi monopolio estatal de la importación). Los dueños de los comercios privados importan directamente sus mercancías al precio de la tasa cambiaria que establece el sistema bancario (ver "Venezuela. Nueva Economía"). La guerra inflacionaria contra el consumo popular se apaga por "muerte natural". La burguesía propietaria compradora tendrá su derecho a la libre importación y venta para el consumo de las mercancías con que infla su ego clasista. Pero no tendrá posibilidades de influir el mercado minorista popular de la red ECC en cuanto a la comercialización de la más amplia gama de bienes de uso y consumo populares.
En tales condiciones, el marcador especulativo de precios para los bienes de uso y consumo "dolartoday" implosiona, cae en el vacío. No tiene cómo marcar los precios de la red cooperativa de comercio minorista ECC que funciona fuera del alcance del precio especulativo del Bs. Tampoco tiene cómo marcarle el precio a la red privada de comercio donde se abastece la clase media alta y la burguesía. ¿Importará la burguesía compradora al precio especulativo "dolartoday" para su propio consumo, cuando pueden hacerlo a precio de DICOM o el establecido por el sistema bancario? El precio de los bienes de uso y consumo, en tanto mercancías, estará forzado por la ley del valor que condiciona el juego de la oferta y la demanda y la competencia que desencadenará la red de comercio cooperativo minorista en el propio mercado. Calidad y amplia gama de productos, precios económicamente justos, solidaridad social, operatividad funcional y excelencia del servicio comercial situarían a la red minorista de comercio cooperativo ECC en la preferencia del pueblo, de la sociedad.
La gama de bienes básicos del consumo popular que ofertarían los ECC no es arbitraria. No son mercadillos que reducen su oferta al concepto economicista capitalista de "canasta básica". Los ECC garantizan una oferta ajustada económicamente al concepto de "nivel socio-material de vida". Este nivel responde a un umbral de consumo popular que satisfaga las necesidades situadas entre el mínimo de existencia (ME) y el mínimo social (MS). Ello significa que el pueblo tiene acceso económico a bienes de uso y consumo que le aseguran la satisfacción de dicho umbral cualitativo de vida.
Hoy el Gobierno Bolivariano sostiene una loable política de mantener el poder de compra de la población presionado por la inflación descontrolada. A ello sirven los aumentos del salario mínimo y los "cesta tickets". Pero ahora trabajamos en un escenario donde hemos reducido a la obediencia a los actores económicos contrarrevolucionarios con la revolución democrática del sistema de intercambio comercial. Del mercantilismo librecambista a formas socialistas de relaciones socioproductivas y comerciales.
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El texto ilustrado puede consultarse en:
https://robertocobasavivar.wordpress.com/2017/11/07/venezuela-fin-de-la-inflacion-la-especulacion-cambiaria-y-el-desabastecimiento/
Imprescindible consultar:
"Venezuela. Nueva Economía"
"Constituyente Económica I"
https://wordpress.com/post/robertocobasavivar.wordpress.com/2720
"Constituyente Económica II"
https://robertocobasavivar.wordpress.com/2017/07/10/venezuela-ensayo-por-la-constituyente-economica-i-las-pautas/