La reforma de la ley de los Consejos Comunales, debe ser una de las que antes de que se venza el tiempo estipulado para la Ley Habilitante la cual vence en el mes de agosto de este año y sea aprobada, es imprescindible que esta ley sea reformada por la cantidad de vacíos, que tiene la actual ley. La reforma debe establecer unos parámetros bien claros de lo que un gobierno Comunitario, donde el órgano ejecutivo, no sea un cero a la izquierda y de verdad asuma su rol de órgano ejecutivo, ejecutando las obras, sea directamente con las personas capacitadas en el ejercicio de la construcción o albañilería de la comunidad o contratando directamente con las Cooperativas de Construcción, No como hasta ahora, que el presidente del banco comunal, quiere hacer todo a su manera, ser el ente financiero y el ente ejecutor.
Otra cosa que se debe poner en su lugar, la Contraloría Municipal y el departamento de Ingeniería Municipal, deben tener autoridad para detener una obra, que esté ejecutando un Consejo Comunal, cuando un vecino se lo solicite, esta observación la hago porque en mi comunidad ejecutaron una obra, que tiene 6 fallas o mas claro violó las normas de construcción 6 veces y tengo las pruebas, pero a pesar de que solicitara el apoyo de la ingeniería municipal, que gustosamente el ingeniero se apersonó en el sitio verifico y le pidió que por favor, corrigieran las fallas, al cual ni bola le pararon, igualmente al fiscal de la contraloría municipal, Así se culminó la obra con las fallas y que me dijeron a mi como persona denunciante, que mas de ahí, de hacerle una simple advertencia, ellos no podían hacer mas nada, porque esos eran recursos designados por el ejecutivo nacional y era el contralor de la nación o la contraloría de la nación, la que tenia la facultad. Naguaraaá le dije, ¿Quien va a estar viajando para Caracas?
Lo otro es que cada Órgano debe tener su libro de actas y su sello, igualmente para ser registrado el Consejo Comunal en pleno debe ser ante un Registro Civil, Funda Comunal lo que a hecho es entorpecer y enredar a los Consejos Comunales. aqui en Lara por decisión de ellos no se puede hacer eleciones de Consejos Comunales, hasta que no sea reformada la Ley. Pero eso es aqui en Lara, porque en caracas estuve leyendo el periódico Catia Rebelde ya esta semana fueron conformados varios consejos comunales, también me sorprendió ver en la página principal, ESTÁN MATANDO A LA REVOLUCION,
Lo otro. Me hicieron llegar un proyecto de reforma de la ley de los Consejos Comunales al cual le observé ciertas fallas, como ésta: los miembros del Banco Comunal no son voceros, vocero es aquel que solo ejecuta lo que la comunidad ordena, si los miembros del banco comunal actúan como voceros, es entonces la comunidad a través de la asamblea ciudadana la responsable del dinero, entonces ¿Para qué una declacion jurada de los miembros? Mi opinion es que como banco esté supeditado al Órgano ejecutivo, Control y la asamblea ciudadana es otra cosa mas lógica, pero deben tener autonomía para decidir y estudiar los proyectos que garanticen que el dinero que van a prestar sea devuelto, por que ellos son los responsables del dinero, penalmente.
La Contraloría Social, como ente de control tampoco deben ser catalogados sus miembros como voceros o voceras, su actuación no debe depender de una demanda de la comunidad, su actuación debe ser autónoma, ejercer la contraloría revisando y denunciando a quien tenga que denunciar.
Así que lo Señores asesores del Señor Presidente revisen bien ese proyecto de reforma de la ley de los Consejos Comunales y recuerden que estos son un gobierno comunitario, no una asociación de vecinos, donde el presidente del banco hace todo y los demás si acaso son puros Cachicamos trabajando pa' lapa.
Salvemos la Revolución O se la lleva Mandinga,
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