Las cartas están echadas, respecto a las agresiones militares o físicas contra la República Bolivariana De Venezuela. Ya las fuerzas del imperio tienen planificadas las acciones militares, probablemente quirúrgicas y respaldadas por las quintas columnas y sus comandos mercenarios infiltrados por los flancos oeste y norteños, que tendrán como objetivo provocar un levantamiento popular de los anti chavistas o de uno o varios cuarteles militares.
Los enemigos del proceso revolucionario Venezolano saben que deben usar las condiciones mediáticas que ha creado el “numero 82” Uribe en la OEA, por lo tanto hasta que Uribe se vaya existirá el riesgo de este ataque.
Al respecto el gobierno Norte Americano expreso ayer que las acusaciones de Colombia son respaldadas por ellos y que concuerdan con las informaciones que ellos manejan, sobre la no cooperación de Venezuela con la lucha contra los terroristas. Esto conforma los elementos del silogismo siguiente.
“Los estados unidos destruyen terroristas y a los gobiernos protectores de terroristas, el gobierno de Chávez protege terroristas, conclusión Los Estados Unidos deben destruir al Gobierno de Chávez en Venezuela”.
Mas claro no canta un gallo y si no queremos pecar de tontos, debemos saber que los que van a pelear contra Venezuela, no serán los soldados, los marineros o aviadores Colombianos, si no, los GRINGOS y sus mercenarios. De esto hay libros escritos, basados en las guerras de los países Árabes contra Israel.
Nuestro trabajo debe ser desmontar la jugada, sin parecer que doblegamos la postura de confrontación al imperio y de libertad política y soberanía nacional.
Para anular los planes de agresión de los imperialistas y su aliado, el gobierno de Uribe. Propongo se use los mecanismos contenidos en UNASUR, con el siguiente plan fundamentado en las normas del Tratado De Fundación De UNASUR.
El artículo 3 del tratado de UNASUR dice
Artículo 3 - Objetivos Específicos
La Unión de Naciones Suramericanas tiene como objetivos específicos:
q) la coordinación entre los organismos especializados de los Estados Miembros, teniendo en cuenta las normas (…..) fortalecer la lucha contra el terrorismo, el crimen organizado transnacional y otras amenazas (….)
r) la promoción de la cooperación entre las autoridades judiciales de los
Artículo 21 - Solución de Diferencias
Las diferencias que pudieren surgir entre Estados Partes respecto a la interpretación o aplicación de las disposiciones
del presente Tratado Constitutivo serán resueltas mediante negociaciones directas.
Así las cosas, bajo estas premisas deben funcionar los estados miembros. Venezuela y Colombia son miembros en consecuencia deben buscar la implementación de un mecanismo que ha proposición de Venezuela debería ser “conformar una comisión multinacional, para evaluar las diferencias político diplomáticas referidas a la queja de Colombia Sobre hechos y situaciones sucedidas en la frontera entre los dos países y a los derechos de Venezuela a la Soberanía y a la Defensa”.
alfredomourad@hotmail.com