Venezuela: Espectro Radioeléctrico a Soberanía Popular

La acelerada elevación en el nivel de conciencia política, experimentada por la mayoría de las y los integrantes de la sociedad venezolana -con y en el proceso de cambios impulsado por la Revolución Bolivariana- le permite entender y valorar, como señala el Artículo 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) que: "La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público. Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos."

Del mismo modo han entendido que la propiedad de la tierra, el derecho sobre las zonas marítimas e insulares, así como las riquezas naturales y la equitativa redistribución de los recursos por ellas producidas, son de su interés. Asimismo han comprendido que para ejercer esa soberanía es indispensable su participación. La discusión sobre el ejercicio de la soberanía sobre el espectro radioeléctrico también forma parte de este proceso de madurez política.


Las Concesiones y el Espectro Radioeléctrico

El espectro radioeléctrico es el conjunto de frecuencias que de acuerdo con la tecnología disponible, se emplean para emitir ondas que transportan información, se trata de un recurso natural, de carácter limitado, que constituye un bien de dominio público, sobre el cual el Estado ejerce su soberanía.

La Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) -organismo de las Naciones Unidas que se encarga de la reglamentación, la normalización y el desarrollo de las telecomunicaciones en todo el mundo- reconoce en el artículo 44 de su Constitución que: "En la utilización de bandas de frecuencias para los servicios de radiocomunicaciones, los Estados Miembros tendrán en cuenta que las frecuencias y las órbitas asociadas, incluida la órbita de los satélites geoestacionarios, son recursos naturales limitados que deben utilizarse de forma racional, eficaz y económica…"


Marco legal del espectro radioeléctrico en Venezuela

La República Bolivariana de Venezuela a través de la Asamblea Nacional sancionó el 6 de junio de 2002, la Ley Aprobatoria de las Enmiendas a la Constitución y al Convenio Constitutivo de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, instrumento legal que conjuntamente a la Constitución Bolivariana, la Ley Orgánica de Telecomunicaciones (LOT) y la Ley de responsabilidad Social en Radio y Televisión (Ley Resorte), conforman el marco jurídico que regula el uso del espectro radioeléctrico en Venezuela. (Vea el texto de la Ley Aprobatoria pulsando aquí).

Estos instrumentos jurídicos disponen como potestad del Estado venezolano y en particular del Poder Público Nacional "…el régimen y la administración del espacio electromagnético" (Art. 156.28 CRBV). Este espacio como bien de dominio público requiere para su uso y explotación de la concesión respectiva (Art. 7 LOT) con lo cual se produce la habilitación para la difusión de mensajes, difusión que debe hacerse respetando las normas y principios contenidos en la Constitución, promoviendo la justicia social, la formación ciudadana, la democracia, la paz, los derechos humanos, la cultura, la educación, la salud de la Nación venezolana. (Art. 1 Ley Resorte y Art. 108 CRBV)

Sobre el espacio radioeléctrico cabe la siguiente analogía: se trata de un recurso natural, limitado y de dominio público, es decir, su uso concierne y compromete los intereses del pueblo que en definitiva es el depositario intransferible de la soberanía, tal y como ocurre con otros recursos naturales y limitados como el agua y los hidrocarburos.

De la misma manera como es injusto dejar en manos irresponsables un recurso tan vital como el agua, permitiendo que la dilapiden o priven de ella con su privatización, para que sólo aquellos con privilegios y recursos puedan obtenerla, así mismo sería injusto dejar en manos privadas, la administración, control o monopolio del espectro radioeléctrico.

De modo que un bien público como el espectro tiene que usarse y administrarse asegurando que la soberanía y la institucionalidad de un Estado no sean perturbadas, es por ello que los Estados se preservan su uso, para ejercer su nombre la soberanía que a este corresponde sobre dicho espectro radioeléctrico paro lo cual elabora y establece la política de su utilización, reglamentación y administración y control.

No sólo los países desarrollados administran su espacio radioeléctrico, existen experiencias sobre como ejercer soberanamente ese espacio en beneficio del pueblo y en resguardo de la soberanía, tal es el caso de la República de Cuba, a cuyo Ministerio de la Informática y las Comunicaciones le corresponde: "velar que el uso del espectro radioeléctrico se realice en beneficio de la nación, coadyuve al desarrollo económico y social sostenible y proporcione bienestar y seguridad a la población" para alcanzar entre otros, los siguientes objetivos: salvaguardar la vida humana; estimular el progreso económico y social; servir a los intereses nacionales en materia de defensa y seguridad; contribuir a la preservación del medio ambiente; facilitar la difusión de información y la educación; promover la investigación científica; estimular la innovación tecnológica y propiciar el desarrollo de las redes y los servicios de telecomunicaciones del país. (Para más detalles pulse aquí Ministerio de la Informática y las Comunicaciones de Cuba)


El anuncio del Presidente Hugo Chávez

El Presidente Chávez ordenó este miércoles 14 de junio de 2006 en el Patio de Honor del Ministerio de la Defensa anunció en su discurso que la revisión de las concesiones a las plantas de televisión comerciales que participaron en el golpe de Estado de 2002, que comienzan a vencerse en el 2007. Señalando que no pueden ser irresponsables las instancias gubernamentales "para seguir dándole concesiones a un pequeño grupo de personas para que usen el espacio radioeléctrico que es del Estado, es decir, del pueblo, para que lo usen contra nosotros mismos y en nuestras propias narices, como quinta columna". Agregando: "todos los días pasan mensajes dirigidos al odio, al irrespeto a las instituciones, a la duda de unos contra otros, a rumores. Es una guerra psicológica para dividir la nación, para debilitarla y destruirla". (Pulse aquí para obtener el audio y video de esta declaración)


Guerra psicológica

La función de los medios de información es proporcionar a sus usuarios un registro, un recuento de los acontecimientos. Su norte debe ser: la imparcialidad. El derecho de la ciudadanía a recibir información está claramente expresado en el Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas. Los Estados miembros de la ONU tienen el deber de respetarlo y garantizarlo.

El ejercicio periodístico de acuerdo a las características enunciadas en los Artículos 57 y 58 (CRBV), veraz y oportuna, en su proceso de búsqueda y presentación de noticias, es fundamental para la alcanzar el afianzamiento de los Estados democráticos. El conocimiento de los hechos contribuye a la formación de una conciencia libre que permite desempeñar efectivamente su papel político, llegar a ser ciudadanos. De allí que la actividad periodística cobre tal importancia.

Sin embargo, los prestadores de servicios noticiosos en el caso de Venezuela no respetan ese derecho. La irresponsabilidad de la mayoría de las empresas difusoras, empresas comerciales desvirtúan esa función cuando: denuncian, acusan y condenan al Gobierno de crear, fomentar y ejercer la violencia sin tener pruebas concretas. Formulan denuncias que realizan a través de titulares e informaciones alarmantes. Ocultan, silencian, tergiversan la verdad de los hechos. Trasmiten continuamente imágenes de violencia para generar un clima de terror psicológico, así como la instigación a desconocer las instituciones, creando con todas estas técnicas tendencias y matrices de opinión.

La imagen del país presentada por las empresas comerciales de difusión masiva es la de un país caótico, a punto de derrumbarse, visión que no se corresponde con la realidad. Empresas de esas características, que usufructúan un bien público, el espectro radioeléctrico que nos pertenece a todos, son una estafa, para mantener sus intereses privados, son una estafa y una burla para el pueblo soberano.


Medios de difusión al servicio del golpismo

Detener por todos los medios el avance de la revolución bolivariana ha sido la tarea constante de los medios de difusión privados, como quedó evidenciado –con mínimas excepciones- durante el Golpe de Estado en abril de 2002, en la violencia callejera (Guarimba) y en los 63 días que duró el paro-sabotaje petrolero en diciembre de 2002 y enero-febrero de 2003.

Durante todo este tiempo la mayoría de estos medios no sólo violaron el estamento legal venezolano, sino que revestidos de impunidad se aprestan a desafiar nuevamente al Estado venezolano, sólo que las lecciones del paro terrorista son ahora insumo para que pueblo y gobierno les hagan saber a las empresas mediáticas, tal y como dijo el periodista francés Ives Charles que "los medios deben someterse a la democracia y no a la inversa". Ahora que en Venezuela existe impera una democracia participativa y protagónica, parece ser justo la hora en que el pueblo debe ser consultado vía referéndum, si acepta o no el uso irresponsable que dichas empresas hacen del espectro radioeléctrico.


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