11 de agosto de 2015.- Tras solicitud del Ministerio Público, el Tribunal 15º de Juicio del Área Metropolitana de Caracas (AMC) acordó una medida cautelar de arresto domiciliario para Daniel Ceballos, por razones de salud.
Durante la audiencia del juicio que se sigue contra Ceballos, el fiscal 44° nacional, Rubén Pérez, efectuó el pedimento de acuerdo con lo establecido en el numeral 1º del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal.
En ese sentido, el hoy acusado será llevado a una residencia ubicada en Caracas, en la que cumplirá la medida.
Vale recordar que Ceballos fue detenido el pasado 19 de marzo de 2014 en El Rosal, municipio Chacao (Miranda), en atención a una orden de aprehensión requerida por el Ministerio Público y acordada por el Tribunal 3º de Control del estado Táchira. El procedimiento fue realizado por funcionarios del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional.
Tras la detención, Ceballos fue presentado ante el Tribunal 2º de Control del AMC, a fin de garantizarle sus derechos constitucionales. En esa ocasión, la referida instancia judicial declinó la competencia al Tribunal 3º de Control de Táchira, el cual había emitido la orden de aprehensión.
Posteriormente, el Ministerio Público solicitó la radicación del caso. El petitorio fue acordado, por lo que el proceso penal fue trasladado hacia del Circuito Judicial Penal del AMC.
Ceballos se encuentra en fase de juicio y está acusado por presuntamente incurrir en los delitos de rebelión y agavillamiento, a raíz de los hechos de violencia ocurridos entre febrero y marzo de 2014, en San Cristóbal, estado Táchira.