¿Por qué no se ha detenido a Juan Guaidó?: la geopolítica por delante de la justicia

INTRODUCCIÓN

El Artículo 1 de la Constitución Bolivariana de Venezuela establece de forma clara que "son derechos irrenunciables de la Nación la independencia, la libertad, la soberanía, la inmunidad, la integridad territorial y la autodeterminación nacional." En este artículo constitucional se encuadran todas las acciones de los actores de la sociedad política nacional en los últimos meses.

La oposición liderada por el actual presidente de la Asamblea Nacional en desacato, Juan Guaidó, viene impulsando desde el Parlamento Nacional un golpe de Estado, por medio de la aprobación de acuerdos administrativos fuera del ordenamiento jurídico, que atentan contra la paz nacional, el Estado de derecho y varios de los principios mencionados anteriormente.

Sus actuaciones se apoyan en el principio de la "inmunidad" que goza como parlamentario, que los utiliza para llevar a cabo un proceso sistemático de conspiraciones y manipulaciones de la opinión pública nacional en confabulación con el gobierno de los Estados Unidos y sus aliados a nivel mundial, que a partir del 10 de enero de 2019, han desconocido al Presidente legítimo y legalmente constituido de Nicolás Maduro.

Mucha confusión hay en el ambiente. Muchos quieren la detención inmediata del diputado usurpador de funciones presidenciales, del conspirador, del traidor a la patria, que se detenga su aventura desestabilizadora en el país, pero al mismo tiempo quieren paz. No obstante, en estos tiempos de paz, su detención, valga decir, la aplicación de la justicia, "podría" desencadenar hechos violentos como el "escenario ideal" del gobierno de Donald Trump y sus aliados.

En este artículo se intenta interpretar algunas relaciones e interacciones inmersas en el plano geopolítico, de la política nacional y el sistema jurídico venezolano, que dificultan la decisión de detener al diputado usurpador Juan Guaidó, ya en flagrancia continuada, que podría conllevar a que la oposición de ultraderecha nacional e internacional se salga con las suyas y generen el escenario de violencia que han venido insistiendo desde el 2014, que justifique la intervención extranjera de Estados Unidos en nuestro territorio.

 

¿PORQUÉ NO SE HA DETENIDO A JUAN GUAIDÓ?: LA GEOPOLÍTICA POR DELANTE DE LA JUSTICIA

Las actuaciones del diputado Juan Guaidó, quien ha venido usurpando funciones presidenciales desde el 23 de enero de 2019, con la venia de la Asamblea Nacional en desacato y protegido de manera abierta por el gobierno de Estados Unidos, ha generado un revuelo político a nivel nacional e internacional. Estamos hablando de Venezuela uno de los países más ricos en materia de hidrocarburos y otros recursos naturales exquisitos, necesarios para la industria y el comercio global.

Estados Unidos ha declarado una "guerra" al gobierno de Nicolás Maduro, que se ha enmarcado en lo "no convencional", pero el mismo presidente Donald Trump y sus voceros desde la Casa Blanca han manifestado la posibilidad de usar la fuerza militar de ser necesario. Es una confrontación peligrosa, es contra el Imperio del Norte, una de las principales potencia militar, industrial y financiera del planeta, entre otros. Entre esos otros, se incluyen Rusia y China, que son aliados al gobierno de Nicolás Maduro y lo han defendido en los organismos internacionales.

Como vemos se está dando una confrontación geopolítica interesante en nuestro territorio, que hasta los momentos la revolución bolivariana junto a sus aliados externos han venido ganando. Pero el imperio seguirá provocando, manipulando e insistiendo en el derrocamiento del gobierno de Nicolás Maduro por las buenas o por las malas. Esa es una de las razones del porqué Juan Guaidó sigue libre a pesar de las constantes violaciones a la Constitución y las leyes penales venezolanas.

La pregunta clave en este contexto es: ¿Por qué generar un conflicto interno con la detención de un "delincuente apadrinado" por el imperio más hostil y asesino del planeta, que busca facilitarle la intervención armada extranjera en nuestro territorio?

En este caso particular de juego geopolítico, "la justicia" se subsume a la "razón política" como principio o norma general. En ese sentido, la aplicación de la justicia "pasa a ser parte" de las "estrategias políticas" del Estado Nación (como un todo) y no "el todo" como garantía de la paz. Valga decir, la aplicación de "la justicia" de manera inmediata ante hechos delictuales de flagrancia continuada, como los que ha venido cometiendo Juan Guaidó en nuestro país con la venia imperial, podría ser más contraproducente para la paz de la Nación, que el simple hecho de actuar de manera precipitada y sin los elementos probatorios bien calificados y apegados al estado de derecho internacional –por ser este el escenario originario de donde surge la confrontación geopolítica-.

Cabe de más recordar, que ante una amenaza inminente de hacer desaparecer la revolución bolivariana y destruir la República como ocurrió en Libia, Irák y Yuguslavia, entre otros, producto de una confrontación bélica con el imperio más asesino de los últimos 200 años, la pasión idealista, la sed de justicia o de venganza no puede estar por encima de la razón política.

Son tiempos de demostrar mucha sabiduría y aplicar estrategias y táctica de guerra no convencional cónsonas con el momento histórico que se está viviendo, sobre todo para defender la paz a pesar de la usurpación de funciones presidenciales de Juan Guaidó y de las amenazas abiertas de confrontación bélica de Donald Trump.

Es por tales motivos que los organismos del Estado responsables de impartir justicia han sido muy cauteloso en sus pasos en este caso de carácter excepcional. Requiere de mucha paciencia y habilidad porque lo que está en juego no es el sistema de justicia (la parte) sino la sobrevivencia de la República Bolivariana de Venezuela como Estado Nación (el todo).

En ese escenario, la razón política está atada al tiempo. Ganar tiempo para ejecutar estrategias políticas contundentes que desmonten las acciones erráticas de Juan Guaidó dirigidas desde Estados Unidos. Para que pierdan apoyo popular opositor, para recabar más elementos probatorios que fundamenten el expediente judicial y, sobre todo, armar el expediente judicial internacional contra el gobierno de Donald Trump, que es de donde emanan las amenazas y las perturbaciones geopolíticas a nuestra Nación.

Sin estos elementos políticos bien amarrados por la revolución, Guaidó seguirá siendo un "delincuente suelto", con inmunidad parlamentaria, pero representando un peligro inminente para la revolución bolivariana.

MARCO LEGAL DONDE SE MUEVEN LOS ILÍCITOS DE JUAN GUAIDÓ

Es un hecho público, notorio y comunicacional que el diputado Juan Guaidó ha venido actuando fuera de la Ley con base en la Constitución y las Leyes nacionales, y sus delitos no prescriben según nuestro ordenamiento jurídico. Entre los delitos tipificados en el Código Penal venezolano se encuentran: traición a la patria, instigación a delinquir, usurpación de funciones públicas, alzamiento público contra el Gobierno legítimamente constituido, ofensa pública al Presidente de la República, agavillamiento, desobediencia a la autoridad, promoviendo la injerencia extranjera y la guerra civil (Artículos Código Penal): 128, 129, 131, 143, 147, 283, 285, 286, 291, 292, 293 y 483), que pone en peligro la paz y estabilidad de la Nación.

Una de sus actuaciones se enmarca en el delito de usurpación de funciones presidenciales, violentando el Artículo 233 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que según el Artículo 213 del Código Penal sólo paga con prisión de dos a seis meses. Los otros delitos de peso están vinculados a los Delitos Contra la Independencia y la Seguridad de la Nación, específicamente a los de traición a la patria, como lo establece el Artículo 128 del Código Penal:

"Cualquiera que, de acuerdo con país o República extranjera, enemigos exteriores, grupos o asociaciones terroristas, paramilitares, insurgentes o subversivos, conspire contra la integridad del territorio de la patria o contra sus instituciones republicanas, o las hostilice por cualquier medio para alguno de estos fines, será castigado con la pena de presidio de veinte a treinta años."

El Artículo 129 (C.P.), establece pena de presidio de veinte a veintiséis años a aquel que atente contra la independencia o la integridad del espacio geográfico de la República por medio de la solicitud, gestión o impetre, en cualquier forma, la intervención de un Gobierno extranjero para derrocar al gobierno venezolano. Como vemos, son artículos del Código Penal también que calan con las actuaciones del diputado Juan Guaidó en los últimos meses. Por tanto, anda en "flagrancia continuada".

No obstante, por ser diputado del parlamento nacional, Juan Guaidó goza de inmunidad parlamentaria con base al Artículo 200 de CRBV, que reza textualmente lo siguiente:

"Los diputados o diputadas a la Asamblea Nacional gozarán de inmunidad en el ejercicio de sus funciones desde su proclamación hasta la conclusión de su mandato o de la renuncia del mismo. De los presuntos delitos que cometan los y las integrantes de la Asamblea Nacional conocerá en forma privativa el Tribunal Supremo de Justicia, única autoridad que podrá ordenar, previa autorización de la Asamblea Nacional, su detención y continuar su enjuiciamiento. En caso de delito flagrante cometido por un parlamentario o parlamentaria, la autoridad competente lo o la pondrá bajo custodia en su residencia y comunicará inmediatamente el hecho al Tribunal Supremo de Justicia. Los funcionarios públicos o funcionarias públicas que violen la inmunidad de los y las integrantes de la Asamblea Nacional, incurrirán en responsabilidad penal y serán castigados o castigadas de conformidad con la ley."

El primer paso para la detención del diputado Juan Guaidó sería con base en lo establecido en ese artículo constitucional. Pero como vemos, es un artículo que genera polémica a la hora de su interpretación y aplicación, porque involucra a varios de los Poderes del Estado que actualmente se encuentran enfrentados en el escenario de la disputa de la legitimidad y reconocimiento político nacional e internacional: La Asamblea Nacional, el tribunal Supremo de Justicia y la Asamblea Nacional Constituyente. En este caso la "víctima" pasa ser la figura del Presidente de la República en función, electo democráticamente el 20 de mayo de 2018.

Recordemos que según la decisión N° 0002 emitida por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 11 de enero de 2017, la Asamblea Nacional se encuentra en desacato. Pero como reza el artículo 200 constitucional, la inmunidad no podrá ser allanada sino está autorizada por la Asamblea Nacional que preside Juan Guaidó y es de mayoría opositora. Y el juicio requiere de las pruebas suficientes y convincentes del Ministerio Público y de los tribunales competentes para justificar su debida acusación formal y privación de libertad, a pesar del riesgo que se corre debido a la protección que "el títere" cuanta de los "halcones" de los Estados Unidos y sus compañías petroleras.

Hasta aquí parece que el juego está trancado.

EL JUEGO ESTÁ TRANCADO. ¿QUIÉN LO DESTRANCA?

Pareciera que el único organismo que puede destrancar la diatriba política nacional actual es la Asamblea Nacional Constituyente. Como primera estrategia, pudiera asumir las funciones de la Asamblea Nacional en desacato y autorizar al TSJ la detención e inicio del enjuiciamiento del diputado Juan Guaidó por los delitos flagrantes que ha venido cometiendo. También, pudiera realizar la convocatoria de un adelanto a elecciones parlamentarias por ser la máxima expresión del poder originario nacional.

Pero, la Asamblea Nacional Constituyente es desconocida por los Estados Unidos y sus países aliados que han reconocido la usurpación de funciones presidenciales de Juan Guaidó. De manera aparente, cualquier decisión de la ANC sobre el tema, sería como echarle más leña al fuego.

No obstante, como se dijo arriba, la "victima" de la usurpación de funciones por parte del presidente del parlamento en desacato es Nicolás Maduro, Presidente de la República, y la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela le dota de algunas atribuciones para destrancar este juego (Artículo 236), como por ejemplo, convocar referendos en los casos previstos en la Constitución.

Por ser una batalla que los venezolanos damos en el campo internacional contra el Gobierno de los Estados Unidos, que de manera abierta amenaza, interfiere, bloquea e intenta mancillar la soberanía e independencia nacional, el Presidente de la República en Consejo de Ministros, con base en el Artículo 73 constitucional, podría someter a referendo abrogatorio, los tratados, convenios y acuerdos internacionales firmados con Estados Unidos por ser considerado un país enemigo a nuestros intereses, por cuanto sus actuaciones comprometen paz y estabilidad nacional.

Con base en el Artículo 71 constitucional, materias de especial trascendencia nacional podrán ser sometidas a referendo consultivo por iniciativa del Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros. Y, por ser una situación excepcional, la usurpación de funciones presidenciales por parte del diputado de la Asamblea Nacional y el desacato continuado por el mismo Parlamento Nacional, pudiera convocarse un referéndum consultivo para adelantar las elecciones parlamentarias este mismo año.

Ese mismo artículo 71 de la Constitución le da potestad a la población en general de someter a referéndum materias de especial trascendencia nacional como el de adelantar las elecciones parlamentarias, debido al continuo desacato y las continuas fallas jurídicas con las que ha venido actuando en detrimento de la paz nacional. En este caso, con un número no menor del diez por ciento de los electores y electoras inscritos en el registro civil y electoral podría convocarse a la consulta popular.

Incluso, si el tema es detener a Juan Guaidó, el pueblo elector del estado Vargas, en un número no menor del veinte por ciento de los electores o electoras inscritos en la circunscripción por la cual fue electo, pudiera convocar a un referéndum revocatorio por haberse cumplido más de la mitad del período para el cual fue electo (Artículo 72, CRBV). En este caso, si acude un 25% del electorado y la votación por la revocatoria del mandato es igual o mayor al número de electores que lo eligió, dejará de ser diputado y pasará a ser un ciudadano común sin las prerrogativas constitucionales que lo mantienen en la impunidad judicial actual.

LA DETENCIÓN: EL ESCENARIO APUESTA DE EE.UU. Y DE JUAN GUAIDÓ

Es de reconocimiento internacional que el gobierno de Estados Unidos y sus países aliados promueven un golpe de Estado en Venezuela. Un elemento clave de esta conspiración ha sido la autoproclamación del diputado opositor, Juan Guaidó, como presidente de la República de la Asamblea Nacional en desacato, violentando el Artículo 233 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Detenerlo y encarcelarlo por los delitos que abiertamente ha cometido lo convertiría en un héroe en poco tiempo. Ese es el escenario apuesta de Estados Unidos, que inmediatamente promovería campañas internacionales desde el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, la OEA y grupos de países que abogarían por su liberación, se le condecoraría con doctorados honorarios en varios lugares del mundo y promoverían convulsiones sociales dentro de Venezuela.

Recordemos que según el mismo presidente Trump no desestiman el uso de la fuerza. Incluso, el mismo día de su retorno al país como cualquier ciudadano común por los torniquetes de migración del Aeropuerto Internacional de Maiquetía, el vicepresidente de Estados Unidos, Mike Pence, advirtió en Twitter que "cualquier amenaza, violencia o intimidación contra él no va ser tolerada y se va a encontrar con una respuesta rápida".

Como vemos el escenario ideal para Juan Guaidó y Estados Unidos es que lo priven de libertad, como primer paso para lanzarlo a la cúspide de la fama alrededor del mundo, con el objetivo de, supuestamente, "atenuar" la tensa situación política y económica que desde Washington impulsarían y financiarían contra la revolución bolivariana. Y, contra esa estrategia imperial, los líderes tomadores de decisión de la Revolución deben jugar con pasos firmes junto a sus aliados internacionales.

GUAIDÓ PASA DE SER "EL USURPADOR" A SER "EL SUELTO"

La oposición quiere que pase algo extraordinario. En el caos cualquier cosa puede pasar. Pero lo que va a pasar es que Nicolás Maduro seguirá en el poder y Juan Guaido se secará y terminará siendo un problema para la oposición. A la revolución le conviene la ridiculez de un presidente (encargado por EE.UU) que manda desde una embajada extranjera llamando a la desestabilización y la revolución trabajando y derrotándolos políticamente junto la unión cívico militar.

Con él títere suelto no hay negociación posible. Un buen punto para una mesa sería que la oposición lo entregue a la justicia y pague por el cúmulo de delitos que el gobierno de Estados Unidos lo está llevando a cometer por presión de las compañías petroleras a Donald Trump.

La situación es como la de unos secuestradores (los gringos) amenazando con matarte (invasión militar) si no le permites que infrinjan la ley (el títere en Venezuela) y generen el caos que justifique sus planes maléficos.

 

#vamosAtriunfar

#victimastoday



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Andrés Giussepe

Doctor en Gerencia, Especialista en Política y Comercio Petrolero Internacional y Economista de la Universidad Central de Venezuela. Secretario Nacional del Movimiento Profesionales de Venezuela.

 agiussepe@gmail.com

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