Jubilados del IND hace tiempo lo dijimos

EL 23 de octubre 2020 un grupo de los convocados jubilados (obreros, empleados y entrenadores) del IND, seccional Lara, lo dijimos en el conversatorio constitucional vinculante organizado por la seccional larense y facilitado por este servidor

En aquella oportunidad fuimos determinante, claros, futurista, optimistas, expositivos sobre la grave y calamitosa situación socioeconómica por la que estamos transitando los 4000 jubilados y pensionados, valioso grupo de hombres y mujeres que dimos nuestra vida por el deporte venezolano

Lo dijimos "es un honor conversar con ustedes en esta mañana que respira victoria, lucha, acciones, agradécele a ustedes por comparecer a este llamado, esta asamblea histórica por ser la primera con el carácter constitucional vinculantes que realizamos los jubilados y pensionados en el estado Lara y de Venezuela.

La agenda aprobada, sus conclusiones serán vinculantes, es decir una vez aprobada nos ata, es obligatoria a los presentes como aquellos que no vinieron, es la importancia. Me vi en la necesidad y obligado relatar, recordar sucintamente las situaciones o fases, es decir el ayer y el hoy en que vivimos o transitamos todos los jubilados y pensionados del IND

Este peregrinaje, situación que se inició con irregularidades administrativas, legales, constitucionales, gremiales y políticas, como fue la mal llamada descentralización de la actividad deportiva, la liquidación del personal del IND sin previsiones y protección social al trabajador inedista

Una total arremetida anti jurídica y social, la imposición del derecho reaccionario y patronal, así nos tiraron a la calle, empujaron, obligaron a la clase trabajadora del IND a renunciar a nuestros derechos, en acuerdo a una "liquidación doble" , lo aberrante la posición anti clasista de la dirigencia gremial enquistada, pecho con un cinco por ciento de liquidación a cada renunciante, se apoderaron indebidamente de una millonada de bolívares, no realizaron, ni justificaron ninguna actividad, no rindieron cuentas"

Hoy a 16 meses, que lo dijimos y fundamentados, el tiempo, la historia, nuestro presidente, Nicolás Maduro nos dio la razón, anunció este jueves tres del presente, que el nuevo salarió mínimo de los trabajadores público y jubilados alcanzará el medio petro. «Vamos a salarizar los bonos que entregamos a la clase obrera, el salario mínimo de los trabajadores se subirá a medio petro, impactando todas las tablas salariales», dijo

Crearán fondo soberano

Durante la actividad, Maduro aprobó la creación de un fondo soberano para la estabilización del salario, las pensiones y las jubilaciones de los trabajadores y trabajadoras. Asimismo, señaló que el planteamiento es una oportunidad valiosa para "inyectar recursos a quien más lo necesita, a los trabajadores, trabajadoras y tener acceso directo como una gigantesca caja de ahorro que sea un banco de los trabajadores

Actualización de los contratos colectivos. El Mandatario Nacional informó que dentro de los anuncios establecidos para la clase obrera se encuentra como prioridad la actualización de los contratos colectivos, con el fin de que se adapten a las nuevas necesidades de los trabajadores. «Vamos aprovechar esta etapa para hacer nuevos modelos de contrato colectivo, que estén acorde a las necesidades que exigen las nuevas realidades», sostuvo.

En ese sentido, el presidente Maduro propuso que se tomará en cuenta en cada contrato actualizar los módulos de salud, vivienda, caja de ahorro, educación entre otros derechos fundamentales que redunden en el bienestar de todos los trabajadores del país.

Bonos salarizados, tras el aumento de salario anunciado este jueves, el presidente Nicolás Maduro, indicó que los llamados ‘Bonos de la Patria’ también estarán anclados al nuevo sueldo. Estos son los bonos que se beneficiaran del salario: Bono: Negro Primero, Protectores de la Salud, Máxima Eficiencia y Simón Rodríguez, Bono Complementario, Bono Alimentación y Transporte. El sueldo base mínimo en Venezuela quedó plasmado en medio Petro (equivalente a 126 bs), mientras la cesta ticket se elevó a 45 bs.

Previa. Considero inoficioso, ilogicidad, obstaculización administrativa, burocracia, desuso, sacrificar la justicia, retardo procesal, inoportuno, desviación, impertinencia, innecesario, la continuidad de aplicación de tablas y grados como se venían practicando, específicamente en nuestros caso

¿por qué? Es sabio conocido por cada uno de nosotros, que, al haber recibido nuestra justa jubilación, ya no tenemos actividad continua sistemática, perdemos el ejercicio del oficio para el cual nos pagaba el patrono. Es decir, en el aspecto del buen derecho, no es que vayamos a perder nuestros derechos, al contrario, los preservamos, pero hasta allí limitados, es decir a cada quien le otorgaron jubilación de acuerdo a su estatus administrativo que poseía al momento de su arreglo, verdad.

Al colocarnos la etiqueta administrativa que poseemos actualmente, no súmanos más créditos académicos puntuables, es decir, así hayamos logrados títulos profesionales y eventos deportivos donde hayamos participado posterior a nuestra jubilación. Es lógico y evidente que la comisión de clasificación no tiene efecto y uso, perdió su validez. No sumamos Score, estamos exceptuados en este aspecto

Una vez preservado el estatus como salimos, para que alinearnos al listado de grados, pasos. Por ejemplo, práctico, ningún jubilado en Venezuela está actualmente ubicado en una clasificación tres. Propongo una escala y sus respetivos sueldos: 3 al 7.

Tabla.

Grado III

IV

V

VI

VII

Bs.300 petros

400 petros

500 petros

600 petros

700 petros

1.- Nos declaramos en emergencia - crisis inminente. Solicitar audiencia con el nuevo presidente del IND Lic. Juan Carlos Amarante, para hacerle entrega de esta propuesta. contractual, que regulará las relaciones laborales de los jubilados y pensionados del IND

Única. Evaluación del estatus de cada jubilado a efecto de aplicar de inmediato la tabla de clasificación de rango y méritos académicos de los jubilados, obtenidos antes de su pase al carácter de jubilado. El IND se compromete al pago retroactivo correspondiente de cada caso y los beneficios de caja de ahorro, en un plazo de treinta (30) días calendario, una vez firmada la presente acta convenio

2.- Que todos nuestros trámites sean fundamentados en el decreto con rango, valor y fuerza de ley de simplificación de trámites administrativos y los fundamentos de celeridad procesal, oportuna respuesta consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

3.- La presente acta convenio se debe revisar periódicamente cada tres (3) meses, de oficio o a solicitud de parte interesada a efecto de su analisis pertinente e inminente aplicación a los índices inflacionarios, la hiperinflación visualizadas en Venezuela y la progresividad constitucional laboral

4.- Se nos aplique en un lapso no mayor de 30 días calendarios esta nueva convención colectiva de trabajo que ata a los Entrenadores deportivos, personal obrero y administrativo jubilados y pensionados dependientes el IND y el pago total derivado por retroactividad y conceptos

5.- Si por cualquiera circunstancia el IND llegase a conceder mejores beneficios al personal activo, distintos a los establecidos en la presente acta convenio, de inmediato al término de quince días continuos se los deberá aplicar también a cada jubilados o pensionado

6.- Se nos conceda todos los beneficios legales, decretos, jurisprudencia nacional laboral, dictados por el poder legislativo, Ejecutivo y judicial

7.- Un bono único compensatorio de ocho (8) meses de sueldo del que recibe cada jubilado o pensionado, el cual debe transferir el IND a cada jubilado o pensionado en la segunda quincena del mes noviembre del año 2020

8.- Créditos accesibles para vehículos, compra o reparación de viviendas, constitución de empresas de producción socialistas, inclusión, beneficios de la misión transporte y mi casa bien equipada

9.- Cada pensionado y jubilado debe recibir por concepto de aguinaldo un equivalente de ocho (8) meses de sueldo. El cual lo debe recibir el jubilado o pensionado a la segunda quincena del mes de septiembre de cada año

10.- La realización de los juegos nacionales de jubilados y pensionados en la primera semana del mes de mayo de cada año, en conmemoración a la primera huelga de hambre de los entrenadores deportivos y la firma de la resolución 86, sin modificación, retardo, suspensión. Una vez establecido en el plan operativo administrativo no podrá sufrir suspensión, a excepción de causa mayor o emergencia dictada por el ejecutivo nacional para toda la población nacional. En este último caso se debe reintegrar per cápita mente el presupuesto a cada participante de los últimos tres juegos, como compensación de los gastos hechos por estos

11.-Aumento de primas de HCM por una cantidad de trescientos (300) millones de Bolívares. Para la prestación de todo lo concerniente a esta cláusula, cada seccional debe recomendar los centros médicos hospitalarios más favorables (descentralización)

12.- Incorporación de inmediato a una representación de jubilados y pensionados al directorio del IND, el cual debe ser abogado jubilado

13.- Reforma parcial de la carta fundamental de los juegos nacionales de Pensionados y jubilados.

14.- Exoneración de pago de todos los servicios públicos, transporte por cualquiera vía, pago de tasas, impuestos nacionales, regionales o locales, así como también los pagos de servicio registrales y notariales de toda clase de documento donde haya participación de jubilados y pensionado

15.- Aumento de seis dígitos a la caja de ahorros

16.- Dotación anual de: Un par de zapatos, (de calidad), una gorra, un mono, una franelilla, un bolso y un short. Los mismos deben ser seleccionados por una comisión paritaria y licitación a efecto

17.- Una caja de proteínas cada quince días, sin atraso alguno, con variación de contenido, de calidad, la cual debe ser enviada y pagada por parte de la administración del IND a cada seccional. La misma debe ser recibida y convalidada por cada beneficiario, la cual debe ser enviada a la dirección de talentos humanos del IND al final de cada mes.

18.- Pago total de entierro, incineración, transporte por la muerte de un pensionado o jubilado

19.- El Instituto se compromete a transferir mensualmente a cada seccional la cantidad 100 petros por concepto cláusula gremial de funcionamiento administrativo de cada seccional. La misma para mantenimiento de sede, pagos servicios públicos, administrativos en general. Para cumplimiento de este beneficio cada seccional debe consignar pruebas de funcionamiento y sede respectiva.

20. El trabajo remunerado, en función de sus capacidades, para lo cual tomará en cuenta sus limitaciones, en cada estado para jubilados profesionales que así deseen ejercicio laboral.

21.- Toda clase pagos que reciba el jubilado y pensionado será con petros a precio de mercado

22. El IND se compromete a publicar la presente acta convenio, tomado en consideración el número de jubilados y pensionados por cada estado

Estimados colegas, una vez asomadas estas propuestas, debemos levantar el acta, redacción de convenio final sin dilaciones inútiles al efecto

Quien no es solidario para luchar por los demás, tendrá dificultad para luchar para sí mismo (Willians Escalona 24-07-2012)



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Willians Escalona Terán

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