El modo en que se define ciudadanía está estrechamente ligado al tipo de sociedad y de comunidad política a la cual aspiramos. Más allá que como ciudadanos, expresa mi maestro Alfonso Gándara (1983), somos sujetos de derechos frente al Estado, también como ciudadanos debemos ser capaces de expresar nuestros ideales e intereses, organizándolos y articulándolos a nivel social. La participación de la ciudadanía contribuye a la redefinición de lo público (parafraseando acá ideas de Nuria Cunill Grau, 1997) quitándole el uso exclusivo de lo público a lo estatal. El sentido último de la ciudadanía es que la gente común y corriente pueda ocuparse de los asuntos de la ciudad y el Estado.
Se puede entender la ciudadanía hoy desde un enfoque de derechos y equidad, tenemos que reconocer las condiciones que aún cuando nos identifica con distintos tipos de derechos y su ejercicio, con distintos tipos de necesidades y su satisfacción, induce al sometimiento de reglas que determina el Estado o la comunidad política. Así, la ciudadanía puede entenderse como un principio de articulación que incluye todas las posiciones de las personas, reconociéndose lealtades específicas y respetando la libertad individual.
Algunos elementos básicos para el concepto de ciudadanía, esgrimidos por autores como Cunill Grau y Norbert Lechner, son: 1. Coexistencia de derechos individuales y colectivos; 2. Lo público no es sólo lo estatal, lo público nos pertenece a todos, por lo tanto las visiones tecnocráticas de la gestión pública no sirven en la construcción de ciudadanos, ya que nos quitan protagonismo y propiedad; y 3. La ciudadanía emerge como un asunto político, como parte de un proceso por construir, estrechamente vinculado a la negociación de intereses presentes en ella.
En cuanto a los derechos civiles y políticos, valga destacar que son un tipo de derechos ciudadanos que reciben el calificativo de primera generación y surgen de Bill of Rights de 1689, de la Declaración de Independencia de EE.UU., en 1776 y de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano en Francia de 1789. De esta forma, todos nosotros somos objeto de una doble consideración por parte de la Ley: como persona humana y como miembro activo del Estado.
Como persona, citando ideas de Félix Bombarolo (2003), nos corresponden los derechos civiles, que son derechos inherentes a nuestra condición humana. Son derechos civiles, la vida, la libertad, la propiedad, expresar libremente el pensamiento, entre otros; todo tipo de discriminación atenta contra los derechos civiles. Y como miembro del Estado nos corresponden los derechos políticos, que nos habilitan para tomar parte en la vida cívica del país; el concepto de participación ciudadana es una expresión del ejercicio de nuestros derechos políticos. Nuestros derechos ciudadanos, le suponen al Estado a lo menos: restricciones a su acción, ya que el ejercicio de estos derechos establecen una esfera de autonomía individual para las personas y las colectividades; desarrollo legislativo, de instituciones, procedimientos y otras garantías para su ejercicio; y el deber y la obligación de respetarlos y garantizarlos a todos los individuos. En una palabra: los derechos ciudadanos son deberes del Estado.
En cuanto al papel de la participación ciudadana en el aparato Estado, hay que destacar la figura de la gestión pública para reconocer qué canales tiene de participación el ciudadano común que aspira hacer valer su derecho político. Por gestión pública se ha de entender la manera de organizar el uso de los recursos para el cumplimiento de los objetivos y tareas del Estado, la participación ciudadana en la gestión pública se refiere al rol del ciudadano en cuanto partícipe y en cuanto usuario de las decisiones y gestiones asociadas a la implementación de acciones públicas. Ahora bien: ¿Qué importancia tiene el reconocimiento de la participación ciudadana como un derecho? Esto nos lo respondió Gándara en 1989, en una nota tomada en una de sus conferencias con respecto a la idealización de la Sociedad Participativa que conservamos: “En primer lugar la participación ciudadana es un pilar del fortalecimiento de la democracia y de la gobernabilidad democrática, permite estar más cerca del ejercicio de la responsabilidad pública, e incluso tener responsabilidad en ella. Aumenta la comprensión del quehacer público y el conocimiento de lo que hace realmente. Facilita la transparencia y el control social. En segundo lugar, porque se considera que una sociedad civil fuerte y organizada y un Estado moderno, en mutua cooperación, son requisitos necesarios para lograr el desarrollo esperado…”
A todo esto hay que destacar el Informe del PNUD de Desarrollo Humano para América Latina, del 2002, el cual concluye que América Latina arrastra un déficit cultural que tiene una larga historia. La transición a la democracia ha hecho un intenso trabajo por devolver a los latinoamericanos el derecho de decidir por si mismos hacia dónde quieren ir y por qué medios.
El informe dice que se tiene una diversidad, pero que está disgregada, no integrada. La invitación es entonces a articular nuestra diversidad en un "proyecto país" que contenga la concentración de unos derechos asumidos con equidad, no sólo para ejercitar nuestros ya ganados derechos civiles y políticos, sino para imponer una cultura de la justicia hacia la construcción de una sociedad creativa, solidaria, participativa.
azocarramon1968@gmail.com