“La Voz del Pueblo”

Leyes del poder Popular

Cuando me senté a redactar este artículo, que hoy dignamente usted estimado lector lee, estaba lloviendo, y me provoco poner una canción de Ali Primera y casualmente escogí techos de cartón. Si, techos de cartón de esos que todavía cuando llueve, se les moja, se les vuela si llueve con mucha brisa, techos de cartón que todavía poseemos una deuda social, en el cerro, en el barrio, en el caserío, hoy todavía tenemos esa triste realidad que el gran Ali hace mas de 35 años lo vivió en su tiempo y hoy tiene aún mas vigencia que nunca, debo confesarles que me sentía tan triste, ¿por qué? No sé, se encontraron sentimientos sociales, políticos, soñando si hoy estuviera vivo mi Presidente que diferente fuera todo, pero me pregunto yo, Si existe un más allá como nos han hecho creer. ¿Será que el Comandante en su partida física, en el universo donde se encuentra estará observando y esperando que acomodemos el bochinche en que se encuentra mi Venezuela? Pues quiero soñar y creer que sea así, para tomar eso como inspiración para seguir luchando y construir lo que nos enseño nuestro jefe político, padre eterno, supremo comandante Hugo Rafael Chávez Frías.
Existe un compendio de leyes del poder popular, (Ley del Poder Popular, Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular, Ley Orgánica de Las Comunas, Ley Orgánica de Contraloría Social y Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal) de este último muy poco se ha comentado.
¿Sabemos Qué es la Comuna según la Ley Orgánica de Las Comunas?
Si nos vamos a la Ley Orgánica de Las Comunas, en su artículo 5 el legislador expreso lo siguiente: Es un espacio socialista que, como entidad local, es definida por la integración de comunidades vecinas con una memoria histórica compartida, rasgos culturales, usos y costumbres, que se reconocen en el territorio que ocupan y en las actividades productivas que le sirven de sustento, y sobre el cual ejercen los principios de soberanía y participación protagónica como expresión del Poder Popular, en concordancia con un régimen de producción social y el modelo de desarrollo endógeno y sustentable, contemplado en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación.
Ahora bien, ¿ya podríamos decir qué estamos claro? Yo diría que no, por qué, es algo nuevo para todos nosotros, que debemos interpretar, leer y en la práctica del accionar día a día, de repente, me dirán algunos camaradas ultra puros e hiper radicales que no debería decir esto, pero para muestra un botón, ¿Qué paso con nuestra comuna modelo del palito?(En Pto. Cabello) Como decía Cantinflas, Allí está el detalle! Esta vez no podemos fracasar, por eso debemos tener bien definidos, los propósitos y finalidad de la misma.
Propósito de La Comuna
Según el artículo 6 de la ley, nos explica detalladamente cual es el propósito, La Comuna tiene como propósito fundamental la edificación del estado comunal, mediante la promoción, impulso y desarrollo de la participación protagónica y corresponsable de los ciudadanos y ciudadanas en la gestión de las políticas públicas, en la conformación y ejercicio del autogobierno por parte de las comunidades organizadas, a través de la planificación del desarrollo social y económico, la formulación de proyectos, la elaboración y ejecución presupuestaria, la administración y gestión de las competencias y servicios que conforme al proceso de descentralización, le sean transferidos, así como la construcción de un sistema de producción, distribución, intercambio y consumo de propiedad social, y la disposición de medios alternativos de justicia para la convivencia y la paz comunal, como tránsito hacia la sociedad socialista, democrática, de equidad y justicia social.
Luego de leer detenidamente y analizar el propósito de la comuna, nos faltaría para mi parecer el paso 3 (tres) muy importante, ¿Qué Finalidad tendrá La Comuna?
La Comuna y su Finalidad
Luego de analizar detalle a detalle estos artículos, vamos con otro importante para estar firme en el nuevo reto que debemos construir, el artículo 7 dice así: La Comuna tendrá como finalidad: 1. Desarrollar y consolidar el estado comunal como expresión del Poder Popular y soporte para la construcción de la sociedad socialista. 2. Conformar el autogobierno para el ejercicio directo de funciones en la formulación, ejecución y control de la gestión pública. 3. Promover la integración y la articulación con otras comunas en el marco de las unidades de gestión territorial establecidas por el Consejo Federal de Gobierno. 4. Impulsar el desarrollo y consolidación de la propiedad social. 5. Garantizar la existencia efectiva de formas y mecanismos de participación directa de los ciudadanos y ciudadanas en la formulación, ejecución y control de planes y proyectos vinculados a los aspectos territoriales, políticos, económicos, sociales, culturales, ecológicos y de seguridad y defensa.

Nada de lo que acabo de transcribir es nuevo, y tampoco se está descubriendo el agua tibia, y nuestro compendio de leyes cumplirán este 21 de Diciembre 3 añitos de haber sido publicadas en la Gaceta Oficial de nuestra Gloriosa República Bolivariana de Venezuela, ese Sábado 21, después de haber pasado 13 días de las elecciones Municipales, en esa fecha deberíamos estar juramentando las primeras comunas modelos, los primeros equipos promotores nacionales, pero muy importante algo camaradas, que no se siga en retorica y discurso y que nada ni nadie, grupos, o sectores se crean dueños del Poder Popular, y ese Poder Popular que este pila, con los manipuladores y oportunistas de oficios. Como les dije al inicio del artículo, hagamos un ejercicio de meditación y observemos que desde el infinito donde esta nuestro comandante supremo no aceptará un error más. Y esos techos de cartón que se encuentran en algún rincón de Venezuela no quieren más error.


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