“La Voz Del Pueblo”

Prohibidos recargos en las TDC y TDD

En los últimos días en lo personal siempre realizo pago con Tarjeta de débito (TDD) y una que otras veces con Tarjeta de Crédito (TDC), también muchos han recibido sus utilidades y por medida de seguridad se les hace mas cómodo y fácil utilizar dicho servicio, pero de un tiempo para acá, algunos negocios afiliados a prestar el servicio te exigen compra mínima con TDD entre Bs. F. 50 y Bs. F. 100,00 y si te provoca pagar con tu TDC algunos establecimientos comerciales te dicen (la mentira) que no aceptan o en su defecto te hacen un recargo del 12 al 15% sobre el consumo realizado.

Existe una ley de tarjetas de crédito, débito, prepagadas y demás tarjetas de financiamiento o pago electrónico que todos debemos conocer y que tratare del manera más precisa reseñar algunos artículos importantes que usted debe saber.

En el capítulo III de la presente ley, Obligaciones del negocio afiliado.

Artículo 25 El negocio afiliado esta obligado a respetar los términos de la contratación entre el o la tarjetahabiente y el emisor, así como a dar fiel cumplimiento a las obligaciones en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, además debe cumplir con lo siguiente:

1.Identificar en un lugar visible las marcas de tarjeta que acepta. 2. Exigir en todo caso la identificación de los y las tarjetahabientes a los fines de resguardar la seguridad del uso a o la titular autorizado o autorizada. 3. Aceptar las tarjetas de crédito, débito, prepagadas y demás tarjetas de financiamiento o pago electrónico, identificadas en su negocio, según el numeral anterior. 4. No podrá establecer recargos para el uso de la tarjeta de crédito, débito, prepagada y demás tarjetas de financiamiento o pago electrónico. 5. No podrá establecer mínimos de compras, ni eliminar descuentos por el uso de la tarjeta de crédito, débito o prepagada y demás tarjetas de financiamiento o pago electrónico. 6. No podrá adoptar cualquier medida que genere una desigualdad o discriminación  entre los consumidores o consumidoras y usuarios o usuarias. 7. No podrá excluir las ofertas existentes en su negocio por el pago con tarjetas de crédito, débito, prepagadas y demás tarjetas de financiamiento y pago electrónico. 8. Entregar el comprobante de las operaciones realizadas en todos los casos. 9. Resguardar todos los puntos de pago electrónico que mantenga en su negocio y garantizar el buen uso de los mismos por parte del personal encargado de manipularlos.

Ahora bien, ¿Qué puedo hacer yo como usuario  cuando un negocio afiliado incumpla la ley? Primeramente saber a que banco pertenece el punto de pago al cual el negocio afiliado le realizo el cobro indebido o la o lo discrimino y también no le permitió la oferta que tenía en el negocio, ¿Cómo lo sabemos?  Al entregarte el comprobante sale en la parte superior el nombre del banco, usted se dirige a la agencia más cercana o a la sede principal del Estado donde usted se encuentre y solicita hablar con un funcionario del banco. Segunda opción, está el Consejo Nacional de Usuarios y Usuarias de Tarjetas de Crédito, Débito, Prepagada  y demás tarjetas de Financiamiento de Pago Electrónico. La otra Opción sería organizar entre todos los tarjetahabientes un instrumento de defensa local la cual tendrá toda la legalidad y respaldo de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras SUDEBAN, cumpliendo los requisitos de esta ley.



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Ángel Bonillo


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