Cómo doblegar la Inflación de un sólo plumazo

Ya señalamos que el Art. 91 de la CRBV se viola desde hace años y todos los días de ellos. También señalamos que está en peligro nuestro plan como Potencia Económica.

De poco sirven los señalamientos acerca del ajuste salarial cuando este no se acompaña del valor de la cesta básica; es como señalar una fecha reducida al mes y el día sin señalar el año correspondiente. Cuando sólo se trata del salario absoluto y se omite el monto dinámico de la cesta básica, es decir, el poder adquisitivo de ese salario, es de presumirse que algo se omite, que se trata de señalamientos deficientes muy impropios, por cierto, de un revolucionario que suele hablar imprudentemente con limpias verdades.

Ayer el Ministro y colega Jesús Farías hizo un señalamiento importantísimo que no suele hacerse. Aclaró que los ajustes salariales son efectos de las alzas de precios adelantadas y no justificadas como son las de la presente guerra económica no convencional, la misma que busca estrangular nuestras potencialidades de convertirnos en una gran potencia en mediano plazo una vez desbrozado el camino.

Se refirió el Ministro Farías acerca de que los empresarios no pueden considerar ni traducir estos ajustes salariales como alzas en sus costos porque obviamente ellos mismos ya los incrementaron; lo contrario, sería magnificar el círculo morboso y vicioso en el que hemos caído.

Bien, sobre esas bases y soportados por el mandato constitucional recogido claramente en el citado Art. 91 de nuestra Constitución vigente, insistimos en que el Estado decrete con la mayor brevedad una ajuste del orden de 3 - 5 veces sobre el salario actual que regiría para septiembre(2016), porque, además, la economía nacional requiere que el circulante financiero en general se acople a la dinámica comercial, so pena de que las compraventas se ralenticen y la oferta se contraiga más allá de los acaparamientos y del contrabando de extracción que, de paso, están siendo estimulados por la baja demanda doméstica debida a los bajos salarios actuales respecto de precios tan elevados de la cesta básica practicados en esta guerra no convencional, al margen de que tales alzas de precios sean inducidas y no estructurales.

Mediante ese ajuste al valor del salario que ascendería al equivalente de la cesta básica los empresarios deberán estirar o encogerse ya que, en primer lugar, la mayoría de los bachaqueros al por menor saldrían del juego por su descapitalización inmediata, y segundo porque semejante suma de dinero será un bocado muy apetecido[1] por los empresarios con mayor poder económico, fabril y mercantil, quienes iniciarían una carrera de competencia entre ellos mismos a fin de atrapar el mayor número de clientes[2].

Resultado de esa competencia sobrevendría un abaratamiento general de todas las mercancía o, por lo menos, se detendrían los aumentos de precio.

Mediante ese mecanismo también se estaría contraatacando la estrategia estranguladora que se ha trazado el imperio en el sentido de abortar nuestro potencial de desarrollo industrial-véase hipervínculo ya citado.

Una masa de circulante lanzada mensualmente a la circulación, a razón de unos 60.000 Bs.F/pensión, nos daría la bicoca de Bs.F 180 millardos = 180.000.000.000 Bs.F., sólo referida a los 3 millones de pensionados.

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[1] Para un salario mínimo de unos 60.000 Bs.F, el Estado estaría volcando en la circulación unos 180 millardos mensuales, sólo por concepto de pensiones. Recordemos que cuando se suprimieron 3 dígitos a dinero nacional, veníamos de manejar cifras millonarias para los salarios mínimos ya que se trata de dinero y monedas fiduciarias, según lo hemos explicado en entregas precedentes.

[2] Las recomendaciones keynesianas giran alrededor de esos efectos aceleradores por intervención financiera del Estado, o sea, por causa de inversiones inducidas o exógenas, ante las deficiencias de los empresarios que suelen actuar con menor velocidad en cuanto al desarrollo de sus propias empresas. El aliciente del mercado terminará privando sobre las decisiones de fábrica.

 

 



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Manuel C. Martínez


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